6. Las quejas
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la de incluir el contenido de nuestra Sugerencia en la normativa reguladora del
procedimiento de autorización de los servicios complementarios en centros privados
concertados en la que se regulan determinados aspectos de la organización de
dichos centros, que en la actualidad se está elaborando.
No podíamos más que mostrar nuestra satisfacción por la aceptación de nuestras
consideraciones, si bien nos surgía la duda sobre la aplicación de este criterio a los
centros que ya venían prestando el servicio al haber obtenido la correspondiente
autorización.
En efecto, hemos de entender que si, finalmente, se introduce la obligación
de ofrecer menús alternativos para atender las especificidades del alumnado
usuario del servicio de comedor que sufren patología celíaca o cualquier otro tipo
de intolerancia o alergia alimenticia como requisito necesario para autorizar dicho
servicio complementario, dicho requisito podrá ser sólo exigido a los conciertos que
se suscriban una vez entrada en vigor la correspondiente norma, surgiéndonos
la duda, como decimos, de que qué ocurrirá con aquellos centros que ya están
autorizados y a los que, en principio, no se les pueda realizar dicha exigencia.
Podríamos encontrarnos, por tanto, con una nueva situación discriminatoria, ya
que, el alumnado de los colegios concertados que vinieron prestando el servicio de
comedor, no podrá gozar de dicho “privilegio” en contraposición al alumnado que,
por autorizarse el servicio de comedor a partir de la entrada en vigor de la norma,
sí podrá gozar de dicho tratamiento especializado.
Finalmente se resolvieron nuestras dudas al indicar la Consejería que la
normativa que, en su caso, se elabore, será a de aplicación a la totalidad de los
centros concertados andaluces que presten el servicio de comedor escolar, con
independencia de la fecha de autorización del servicio.
Sólo nos queda esperar a que la normativa prometida se elabore con la mayor
celeridad posible habida cuenta la trascendencia del asunto que se trata.
6.2.6.2. Educación compensatoria.
De entre las actuaciones más significativas realizadas por esta Defensoría durante el
año 2011 en el ámbito de la Educación compensatoria, nos detendremos en comentar
los problemas relacionados con el Absentismo Escolar del alumnado. Que duda cabe
que estamos ante una problemática encuadrada en la Educación compensatoria por
cuanto el alumnado afectado por el problema en un altísimo porcentaje se trata de
alumnado con necesidades específicas asociadas a condiciones sociales desfavorecidas,
1...,371,372,373,374,375,376,377,378,379,380 382,383,384,385,386,387,388,389,390,391,...714