Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
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la Educación constitucionalmente reconocido, sea un derecho al que realmente
tengan acceso todas las personas sin distinción o diferencia alguna por razón de sus
condiciones personales o sociales. Un concepto donde se engloban todas las acciones
y medidas orientadas a posibilitar la confluencia y la efectividad de dos derechos
fundamentales del ciudadano como son el derecho a la igualdad consagrado en
el artículo 14 de nuestra Constitución y el Derecho de todos a la Educación que
preconiza el artículo 27.1 del mismo texto.
A continuación pasamos a detallar las principales actuaciones desarrolladas por
la Institución en el ámbito que señalamos, diferenciando dos apartados: Educación
especial y Educación compensatoria.
6.2.6.1. Educación especial.
En el Informe correspondiente al ejercicio anterior detallamos minuciosamente
el resultado de la investigación desarrolladas por la Defensoría sobre los centros
específicos de educación especial en nuestra Comunidad Autónoma. Un trabajo
que analiza la realidad de estos recursos educativos; se ponen de manifiesto
sus carencias pero también sus virtudes, y además de todo ello, contiene unas
propuestas de actuación para la Administración que permitan mejorar la calidad
educativa de los niños y niñas que asisten a estos centros escolares.
En dicho trabajo ofrecimos una visión amplia y detallada de la investigación
sobre estos recursos educativos, básicamente a través de la experiencia de la
Institución en la tramitación de las quejas, en atención a los datos facilitados por
los sujetos protagonistas en un cuestionario, y de las manifestaciones y reflexiones
de las familias, los profesionales y el movimiento asociativo. Unido todo ello a las
conclusiones que pudimos deducir de las visitas que el personal al servicio de esta
Defensoría realizó a más del 40 por 100 de estos recursos.
Las propuestas de la intervención de la Administración que entendemos necesarias
y convenientes y que, en un sentido u otro, tienen como finalidad última mejorar la
calidad de la atención educativa que está recibiendo el alumnado escolarizado en los
centros específicos de educación especial en Andalucía, quedaron reflejadas en un
conjunto de Recomendaciones dirigidas en su momento a la Administración educativa.
Aún cuando el contenido de las señaladas Resoluciones quedó reflejado en
la Memoria de 2010 (BOPA nº 589, de 28 de Diciembre de 2010), nos parece
interesante proceder de nuevo a su reproducción a efectos de que se pueda valorar
el significativo grado de la aceptación de las mismas por la Consejería de Educación.
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