6. Las quejas
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debía compensar la pérdida de capacidad económica de las familias, producidas a
posteriori a la presentación de sus declaraciones de la renta.
Esta controversia, con un gran componente social, ha sido pues el tema
denunciado por la ciudadanía en el curso 2011-2012 con respecto a los servicios
complementarios de comedor escolar.
Entre las quejas recibidas por estas cuestiones señalar la
queja 11/4691, queja
11/5187, queja 11/5192, queja 11/5259
y
queja 11/5375
, ejemplo claro
de esta problemática. Sobre la base de los anteriores argumentos, procedimos a
admitir estas quejas a trámite, en la mayor parte de los casos por razones de justicia
social, dirigiéndonos a las respetivas Delegaciones Provinciales de Educación.
No obstante, cuando llegaron los informes solicitados, tuvimos que darlas por
finalizadas, ya que de lo actuado no se deducía la existencia de irregularidad en la
actuación de la Administración, que se había limitado a aplicar los preceptos legales
para hallar las cuantías de las bonificaciones, y éstas eran correctas, y tampoco se
pronunciaba en ningún sentido para poder encontrar alguna una solución al problema.
6.2.6. Equidad en la educación.
Nuestra Constitución y la vigente legislación educativa contemplan claramente la
obligación de los poderes públicos de garantizar a todos los alumnos y alumnas, sin
distinción, el derecho a recibir una educación de calidad que les posibilite el pleno
desarrollo de su personalidad. Una obligación que no puede entenderse cumplida
por el mero hecho de garantizar la existencia de una oferta educativa suficiente
y adecuada para satisfacer las necesidades en todas las zonas de escolarización.
Es necesario, además, que el sistema educativo ofrezca a todos los alumnos las
mismas posibilidades de formación, compensando las situaciones de desigualdad
que pueden darse en el ejercicio del derecho a la educación, tanto si las mismas
provienen de deficiencias educativas, como si derivan de deficiencias sociales.
Y es esta obligación de las autoridades educativas de propiciar una compensación
de desigualdades en el ámbito educativo la que ha llevado al surgimiento del
concepto de la solidaridad en la educación, acuñado en la Ley 9/1999, de 18 de
Noviembre, como instrumento para hacer real y efectivo el derecho de todos a
acceder a una educación de calidad. Este concepto ha sido recogido por la vigente
Ley de Educación de Andalucía con un término más amplio e integrador, la “equidad”.
En todo caso, con el término equidad en la educación se debe hacer referencia
a todas aquellas actuaciones que tienen por objeto garantizar que el Derecho a
1...,357,358,359,360,361,362,363,364,365,366 368,369,370,371,372,373,374,375,376,377,...714