Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
350
Igualmente importante era lo previsto en el artículo 123 del referido Acuerdo,
sobre gratuidad de servicios complementarios, donde se preveía la gratuidad del
transporte escolar en el caso de desplazamiento a centros fuera de la localidad de
residencia.
El desarrollo y puesta en funcionamiento de las medidas del referido Acuerdo,
cuentan con un margen temporal de un cuatrienio, es decir, del 2008-2012, aunque
en muchos aspectos su contenido es ya una realidad normativa, como se puede
comprobar.
Así, el Decreto 287/2009, de 30 de Junio, por el que se regula la prestación
gratuita del servicio complementario de transporte escolar para el alumnado de los
centros sostenidos con fondos públicos, ha reconocido este derecho al alumnado
de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial,
Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional Inicial, y ha
incluido la extensión de este servicio a los centros docentes concertados, que era
una antigua reivindicación de esas comunidades educativas.
Esta norma viene a hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del
Derecho a la Educación que estipula el artículo 80.1 de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de Mayo, de Educación, al establecer que las Administraciones Públicas
desarrollarán acciones de carácter compensatorio en relación con las personas,
grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situaciones desfavorables y
proveerán los recursos económicos y los apoyos precisos para ello. Y así lo establece
como finalidad al garantizar en su artículo 2 la igualdad de todas las personas en el
ejercicio del derecho a la educación.
Como colofón a estas consideraciones hay que hacer mención a las quejas que
se han recibido en esta Defensoría a lo largo del año 2011 sobre estas cuestiones,
analizando en primer lugar las relativas a problemas relacionados con el servicio de
transporte escolar.
Entre las quejas recepcionadas, merece destacar las siguientes quejas:
queja
10/1644, queja 10/4817, queja 11/4257,
y
queja 11/3079.
En cuanto a la primera de ellas,
queja 10/1644
, en la misma se planteaba
un tema que se ha repetido en otras denuncias de padres y madres, cual es la
denegación del servicio de transporte escolar a alumnado que se escolariza en
centros no adscritos. Esta queja se tramitó a instancia de varios padres de familias
residentes en una Urbanización existente en una zona rural de la provincia de
Sevilla, ante la denegación del servicio de transporte escolar para sus hijos desde
1...,342,343,344,345,346,347,348,349,350,351 353,354,355,356,357,358,359,360,361,362,...714