Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
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6.2.3. Problemas de convivencia en los centros docentes.
Ya en el Informe Anual correspondiente al ejercicio de 2010, veníamos a poner
de manifiesto que no se podía dejar de reconocer el esfuerzo que por parte de
los centros docentes se ha venido realizando en los últimos años en el sentido de
concienciar a toda la comunidad educativa -a través de la incorporación de programas
de prevención y el establecimiento de los respectivos planes de convivencia-, de
la importancia de prevenir y atajar todas y cada una de las manifestaciones de
cualquier tipo de violencia que pueden producirse en los centros docentes. A este
esfuerzo atribuíamos el hecho de que, en gran medida, se puede decir que hoy,
si bien es un fenómeno que no ha desaparecido, la tendencia ha sido la de ir
disminuyendo tanto en el número, como en la gravedad de los episodios, lo que
induce a pensar, de igual manera que, en general, el grado de violencia entre los
jóvenes con edad escolar ha disminuido.
Y siendo esta Institución un válido termómetro y espejo de la realidad social
que nos rodea, esta tendencia a la que aludimos de disminución de los problemas
de convivencia en los centros docentes viene a refrendarse en el dato de que,
con respecto al ejercicio anterior, el número de quejas recibidas afectantes a esta
problemática ha sido de un 28% menos, y no podemos más que celebrarlo.
No obstante, hemos de aludir a alguno de los expedientes que hemos tramitado
y que ponen de manifiesto, sobre todo, la actuación de los centros docentes y de
los Servicios de Inspección Educativa de las respectivas Delegaciones Provinciales
de Educación, principales protagonistas, junto con los afectados, de estos conflictos.
Así pues, en primer lugar, queremos hacer referencia a un expediente, la
queja
10/4489
, en el que se puso de manifiesto la clara discrepancia existente entre
esta Defensoría y la Administración educativa a la hora de interpretar determinado
aspecto que a continuación quedará puesto de manifiesto.
Como decimos, el interesado en este expediente nos mostraba su disconformidad
con la actuación llevada a cabo por parte de la Delegación Provincial de Sevilla al
respecto de la reclamación que había presentado contra las medidas disciplinarias
que se impusieron a su hijo en Noviembre de 2009 por parte de la Dirección de un
centro docente concertado.
Así pues, nos relataba que, resuelta por parte de la Directora del centro concertado
una primera reclamación que había presentado contra la resolución por la cual se
imponía al alumno la sanción de 5 días de expulsión del centro y un mes sin poder
realizar o participar en las actividades extraescolares, presentó una segunda reclamación
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