Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
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Por el contrario, en cuanto a la otra medida propuesta relativa a sancionar con
mayor rigor los fraudes detectados, si ha tenido finalmente feliz acogida, y por ello
nos congratulamos, porque, como decimos, puede contribuir en gran medida a
disuadir de la comisión de irregularidades.
El nuevo Decreto de escolarización 40/2011, de 22 de Febrero, en el artículo 50
que regula las garantías en el procedimiento de admisión y la veracidad de los datos,
establece claramente en su apartado 4 que en el caso de que los datos que figuren en la
solicitud o en la documentación que la persona interesada adjunte para la acreditación
de aquellos criterios que pretende que le sean tenidos en cuenta en el procedimiento
de admisión, no se ajusten a las circunstancias reales del alumno o alumna, éste
perderá todos los derechos de prioridad que puedan corresponderle, sin perjuicio de la
exigencia de las posibles responsabilidades a las que se refiere el apartado 6.
Dicho apartado, preceptúa que la Administración educativa procederá a comunicar
al Ministerio Fiscal y al Juzgado de Instrucción competente, los hechos a los que se
hace referencia en el apartado 4, para que adopte las medidas oportunas en relación
con las responsabilidades en las que la persona solicitante hubiera podido incurrir.
Por consiguiente, las familias que comentan fraudes durante el proceso de
escolarización de sus hijos e hijas, no solo perderán los puntos relativos a la
baremación del dato incorrecto que se facilite, como hasta ahora, sino la totalidad
de los derechos de prioridad que pudieran corresponderle, ya que antes, detectada
la comisión de algún fraude, la única consecuencia para el infractor era la pérdida
de puntos adjudicados como consecuencia de su actuación ilegítima.
La presentación de una documentación falsa para conseguir puntos por
domicilio, por ejemplo, si era detectada únicamente implicaba la pérdida de los
puntos ilegítimamente obtenidos en dicho criterio, lo que provocaba la indignación
de los que actuado correctamente, desprendiéndose de todo ello una sensación de
impunidad que lo único que favorecía era la práctica de nuevas irregularidades.
Nos consta que la Administración educativa ha estado trabajando con firmeza en esta
problemática, cuyos resultados se podrán ver en el próximo proceso de escolarización
del curso 2011-2012. Prueba de ello es el Protocolo Marco de colaboración entre la
Consejería de Educación y el Ministerio Fiscal que tiene por objetivo, entre otros,
establecer mecanismos de cooperación así como cauces de comunicación ágiles entre
las dos partes para garantizar la investigación eficaz y rápida de los delitos y faltas
derivadas de actuaciones fraudulentas en el procedimiento de admisión del alumnado
en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.
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