6. Las quejas
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concretos e indicios suficientes del fraude presuntamente cometido. En otro caso, la
denuncia no podrá ser investigada.
Para evitar estas situaciones, creímos necesario que la Administración educativa
asumiera ese rol de revisar de oficio todas las solicitudes presentadas en aquellos
centros en que la demanda superase a la oferta de plazas, para liberar en alguna
medida a las familias de esa penosa obligación, y sobre todo, dar un mensaje claro
de que todas las solicitudes serán revisadas cuando no haya plazas suficientes
para todos, con todo el elemento disuasorio que ello conlleva. Esta propuesta no
ha sido hasta la fecha aceptada por parte de la Administración, y desconocemos
las razones.
En cualquier caso, la mayoría de casos de fraude se producen en cuanto al
criterio de proximidad del domicilio, y concretamente en el empadronamiento familiar
en viviendas que no son la residencia habitual, por lo que es en este punto donde
hemos buscado mejores fórmulas de investigación. Ya sabemos que los certificados
de empadronamiento son un documento oficio que goza de presunción de veracidad,
salvo prueba en contrario, de la residencia habitual de una persona, y que lo consignado
en los mismos es válido y veraz por haber sido certificado por el Ayuntamiento.
No obstante, hay indicios que hacen presumir que un certificado de
empadronamiento puede no reflejar la realidad de una familia, como por ejemplo
cuando están empadronados en un mismo domicilio un número de personas
superior a lo normal, o pertenecientes a varias unidades familiares distintas, o el
empadronamiento se ha efectuado de todas las personas a la vez y en una fecha
cercana al plazo de escolarización.
Por ello, hay que conseguir tener un sistema ágil y eficaz de investigación y
comprobación de los domicilios consignados en los casos de presunción o denuncia
fundada de fraudes, como podrían ser la firma de acuerdos o convenios de
colaboración entre la Consejería de Educación y los Ayuntamientos, a fin de que se
investiguen esos casos siguiendo un procedimiento especial y sumario que permita
obtener resultados definitivos dentro de los plazos del proceso de escolarización.
Por lo que se refiere al domicilio laboral, que plantea si cabe mayores obstáculos
para su supervisión, lo que facilita la comisión de fraudes, estimamos que la solución
pasa igualmente por la utilización de un medio eficaz y ágil de investigación. Todo
ello se trasladó en su momento a la Dirección General de Planificación y Centros,
pero nuestras propuestas no han sido aceptadas ya que en ninguna de las reformas
normativas llevadas a cabo se ha regulado nada al respecto.
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