Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
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reflexiones contenidas en el presente documento, y que se concretan los
siguientes aspectos:
1)
Que en caso de guarda y custodia compartida de los progenitores, se considere
como domicilio familiar o habitual del alumno aquel en el que éste se encuentre
empadronado, independientemente del domicilio del progenitor que presente la
solicitud de plaza.
2)
Que se delimite un concepto claro de “familia monoparental”, o, en su caso,
se proceda a enumerar los supuestos que han de ser recogidos bajo esa
denominación, incluyéndose en todo casos aquellos anteriormente admitidos en
el Decreto 53/2007, de 20 de Febrero.
3)
Que para la acreditación de la condición de familia monoparental, en aquellos
casos que no exista documento oficial exigible, se admita como prueba de la
monoparentalidad cualquier documento que a esos efectos sea admitido en
Derecho, estableciendo para ello unos criterios claros y uniformes.
4)
Que se introduzca en los procesos escolarización como criterio de admisión
individualizado el de la existencia de una orden de alejamiento tanto respecto
del progenitor custodio, como respecto de los hijos e hijas menores.
Dado lo reciente de nuestra resolución, estamos a la espera de la respuesta debida.
De la misma, sin lugar a dudas, daremos cuenta en el próximo Informe Anual.
6.2.2 Escolarización del alumnado a partir de 3 años.
Los procedimientos que se llevan a cabo anualmente para la selección, admisión
y matriculación del alumnado en los centros escolares de Andalucía, es uno de los
temas que ha venido generando una mayor conflictividad en el ámbito educativo, y
así lo hemos expuesto y constatado a lo largo de los últimos años.
Sin embargo, analizando los datos del año 2011, vemos cómo todo lo relacionado
con la escolarización del alumnado, aunque sigue siendo una cuestión que origina un
número importante de quejas, no destaca por ser el tema clave de la conflictividad,
pues la tendencia a la baja, que ya apuntábamos en el pasado Informe Anual, se sigue
manteniendo este año, producto en gran medida de las sucesivas modificaciones
legislativas que se han llevado a cabo en nuestra Comunidad Autónoma, como más
adelante analizaremos.
Los procesos relacionados con la admisión de los hijos e hijas en un centro
educativo han originado, en cualquier caso, durante el año 2011 situaciones de
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