6. Las quejas
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a la hora de la escolarización de los hijos mellizos, y por ello solicitaban que se tuviera
presente
“la inquietud de un número considerable de familias andaluzas que viven en
esa situación familiar excepcional reconocido en otras normas, como es el caso de parto
múltiple, y defienda lo que son ya derechos adquiridos y reconocidos por una norma
que ahora pretende suprimir, solicitando se modifique el Proyecto de Decreto, en el
sentido de mantener el reconocimiento de puntos de acceso a los centros educativos
en caso de partos múltiples, tal y como ya se recoge en el artículo 9.2”.
Basaban los afectados su pretensión en la consideración de que en la Consejería
de Educación, con un criterio razonable, había entendido que debía primar más
la existencia de hermanos en el centro para favorecer el agrupamiento de los
hermanos y, en ese sentido y finalidad, había previsto en la nueva normativa esa
modificación, aplaudida por numerosas familias andaluzas. Sin embargo, el nuevo
Decreto, en la modificación del artículo 9, había eliminado el otorgamiento de puntos
en el supuesto de familias que habían tenido hijos procedentes de partos múltiples,
cuando era perfectamente compatible mantener este derecho con el favorecimiento
de la agrupación de hermanos.
Curiosamente, la Junta de Andalucía dentro de su política social, había venido
favoreciendo a las familias con hijos nacidos de partos múltiples con algunas medidas
sociales para paliar un poco los problemas que sufrían estas familias, siendo una
de ellas el reconocimiento de esa situación excepcional a la hora de otorgar puntos
para el acceso a los centros educativos.
En las quejas recibidas se exponía que dicha medida no se entendía, porque
suponía un recorte de derechos ya adquiridos, y era un retroceso a la política social
que siempre había sido bandera de la Administración andaluza.
Por ello, los interesados trasladaban sus quejas a esta Defensoría con el ruego de
intervención en el proceso de redacción que en esos momentos se seguía en sede de la
Consejería de Educación, en representación de la inquietud de un número considerable
de familias andaluzas que vivían en esa situación familiar excepcional reconocido en
otras normas, como es el caso de parto múltiple, y de este modo se defendieran lo
que eran derechos adquiridos y reconocidos por una norma que se pretendía suprimir,
solicitando, por tanto, que se modificase el Proyecto de Decreto, en el sentido de
mantener el reconocimiento de puntos de acceso a los centros educativos en caso de
partos múltiples, tal como ya se recogía en el artículo 9.2 del anterior Decreto.
Recibido el informe solicitado a la Dirección General de Planificación y centros,
en el mismo se nos indicaba que:
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