Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
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a) Revisar de oficio por parte de las Delegaciones Provinciales todas
las solicitudes presentadas en centros donde la oferta de plazas no sea
suficiente para atender la demanda, e investigar aquellas en que aparezcan
indicios de posible irregularidad. Para acometer esta labor de supervisión e
investigación, el órgano más oportuno son las denominadas Comisiones de
Escolarización.
b) Sancionar con mayor rigor los fraudes detectados: necesidad de que la
próxima normativa de escolarización contemple una sanción importante para
los casos de fraudes detectados y comprobados, que además debería ser
igualmente de aplicación en el caso de presentación duplicada de solicitudes
en más de un centro docente en contravención de lo legalmente estipulado.”
En Marzo de 2010, como analizamos en el Informe Anual del pasado año, la
Consejería de Educación nos respondió a nuestras propuestas agradeciéndonos,
eso sí, las aportaciones realizadas, pero no aceptando íntegramente la Sugerencia
formulada.
Por una parte, se había ampliado a 13 puntos la puntuación que se otorgaba por
hermano o hermana del solicitante matriculado en el centro, en coincidencia con
nuestras pretensiones. No obstante, por otra parte, cuando hermanos de una misma
edad solicitasen puesto escolar para un mismo curso sostenido con fondos públicos,
es decir, hermanos de parto múltiple, a nuestro juicio con la nueva regulación se había
suprimido un beneficio anteriormente reconocido para la admisión de los menores
nacidos de parto múltiple, cuestión que se tramitó específicamente en la
queja 10/179.
En este punto debemos retomar el análisis de dicho expediente de queja porque
el mismo quedó inconcluso en el Informe Anual del pasado año, y porque este
expediente fue ejemplo de otras muchas quejas de similar pretensión recibidas.
Efectivamente, la redacción del apartado 2 del artículo 9 del anterior Decreto de
escolarización del alumnado -hoy derogado por el Decreto 40/2011, de 22 de
Febrero-, propició la recepción de un importante número de quejas en las que se
denunciaba el perjuicio que esa nueva redacción les propiciaría a los hermanos de
parto múltiple que solicitasen plaza en un determinado colegio, en comparación con
lo regulado en la normativas anteriores.
Recordando la pretensión que se deducía en dichas quejas, entre las que destacaba
la formulada por una Asociación andaluza de padres con hijos nacidos de partos
múltiples, que llevaba más de diez años luchando por la mejora social de esas familias,
por la concreción y racionalidad de sus argumentos al respecto de esta cuestión, en
las mismas -decimos-, se denunciaba que los nuevos preceptos normativos afectarían
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