7. Servicio del teléfono del menor
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Una vez recepcionado el escrito de la menor, en el mismo se podía leer que pedía
ayuda para marcharse a vivir con su madre, porque su padre le repetía constantemente
que su presencia le molestaba. No le permitía hablar por teléfono con su madre.
Durante las comidas, cuando tenía más hambre, no le daba más de comer, ni tampoco
le daba de beber toda el agua que le pedía. Además la insultaba y le pegaba.
El escrito de la menor finalizaba diciendo:
(
)Que entiendan ya! Que quiero irme
a vivir con mi madre! Ayuda. (
...
).
Otro de los supuestos de maltrato es el “Abuso sexual”, definido como cualquier
clase de contacto o interacción sexual de una persona adulta con un menor, en la
que la persona adulta, que por definición goza de una posición de poder o autoridad
sobre aquel o aquella, lo utiliza para la realización de actos sexuales o como objeto
de estimulación sexual. También se contempla su comisión por personas menores
de 18 años, cuando sean significativamente mayores que el menor o la menor-
víctima o cuando estén en una posición de poder o control sobre éste o esta.
Respecto a lo anterior podemos citar la
Consulta Nº 11/627
en la que
una
ciudadana llamaba para denunciar que había tenido conocimiento a través de su
hija, que el padre de la amiga tenía un comportamiento inadecuado con su propia
hija y las amigas de ésta.
Según manifestaba nuestra interlocutora, el citado señor proponía a las menores
jugar al escondite y a los médicos. El juego consistía, según relataba la menor a su
madre, en subir a la habitación, apagar la luz y echarse sobre la cama, quejándose
la menor que en esas circunstancias el señor realizaba tocamientos a las niñas,
indicándoles que no debían decir nada a sus padres.
El mismo relato era contado también por otra amiga a sus padres y nuestra
interlocutora llamaba para solicitar información acerca de cómo proceder para
denunciar el comportamiento del posible pederasta, a fin de proteger a la hija y a la
sobrina de éste, con las que procedía de igual manera, temiendo que la situación de
riesgo no fuese denunciada por las menores por temor a represalias.
También el caso denunciado en la
Consulta Nº 11/917
sobre un posible caso
de pederastia. La persona denunciante exponía que un menor de menor de 12
años de edad, aproximadamente, frecuentaba el domicilio de un señor mayor,
cuyo
comportamiento en opinión del interesado era extraño.
El chico solía estar con él fuera de horario escolar, entraba en casa con él por la
tarde y salía sobre las 22 ó 23 horas de la noche. Recientemente había aparecido
una pintada en el edificio en la que se leía “ABUSADOR DE MENORES”, lo que le
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