7. Servicio del teléfono del menor
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tras la separación de los padres, y añadía que en igual circunstancia se encontraba
la abuela paterna. Así las cosas, preguntaba qué podía hacer para reanudar el
contacto con los menores. Desde la Defensoría se le informó que al tratarse de una
cuestión que afectaba al ámbito familiar, debía recurrir al Juzgado de Familia, donde
podrían solicitar un régimen de visitas con los menores.
Sobre el derecho a la pensión alimenticia de los hijos, se denuncia con frecuencia
la dificultad para hacer cumplir lo acordado en la sentencia de separación o divorcio.
Generalmente sedirigenaesta Instituciónpor demoraen los procesos judiciales iniciados
por impago de la manutención, argumentando que la falta de recursos económicos
está teniendo consecuencias negativas para las personas menores afectadas. Prueba
de ello sería la
Consulta Nº 11/620
, en la que el abuelo de dos menores, de 7 y 3
años, se quejaba de que el padre de sus nietos no le pasaba la manutención desde
hacía dos años. Su hija estaba interponiendo denuncias ante el Juzgado de Familia
correspondiente, solicitando la ejecución de sentencia y no obtenía respuesta.
Ante dicha situación se le orientó al interesado que presentara queja para
estudiar la demora del proceso judicial al que hacía referencia, al objeto de prestar
nuestra ayuda en el problema planteado.
Así mismo, se reciben denuncias por la dificultad que a veces presentan los hijos e
hijas de padres separados o divorciados para cumplir con el régimen de visitas a favor
del progenitor no custodio. Un ejemplo lo tendríamos en la
Consulta Nº 11/97,
donde de la cual la interesada exponía que sus dos hijas de 11 y 9 años, no querían
cumplir con el régimen de visitas que la Jueza había dictado a favor del padre, a
pesar de que no debían pernoctar en casa de éste. La situación que se producía era
muy violenta porque el padre interpretaba que era responsabilidad de la interesada
que las menores manifestaran tal resistencia a estar con él. Por tal motivo solicitaba
información acerca de cómo debía proceder, para no empeorar la situación.
En este ámbito orientamos a nuestros interlocutores acerca de la necesidad de
cumplir con la sentencia dictada por el Juzgado de Familia, buscar apoyo por parte
de profesionales que puedan ayudar a los hijos e hijas a superar los conflictos
surgidos, tras la separación o divorcio de sus padres, y si agotadas las vías de
ayuda, la situación persistiera y hubiera algún elemento nuevo que no hubiese sido
juzgado cuando se adoptaron las medidas, se puede recurrir al Juzgado de Familia
y solicitar un cambio de medidas si procede.
También, las denuncias por parte del progenitor no custodio contra el progenitor
custodio, por ser negligentes, poner en riesgo o maltratar a los hijos habidos
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