Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
264
considerado necesarias, por lo que afirma que la falta de datos en la historia clínica
desde 2004 a 2007 está motivada por fallos de registro de los mismos. Solamente
reconoce no haber acudido a revisión en el plazo de un año a contar desde Junio
de 2010, pero se ha debido a la ausencia de la psiquiatra que atiende a su hijo, con
la que se concertó una nueva cita para cuando se reincorporara de su situación de
baja médica, la cual tuvo lugar con posterioridad.
De todas maneras no está de más que reflexionemos en este punto muy
brevemente sobre la forma en que se ha venido dispensando la asistencia a los
afectados de autismo, tanto en el ámbito de la atención temprana, como una vez
superada la edad correspondiente a la misma. Y es que el propio hospital reconoce
que la plena integración de la Unidad Salud Mental Infanto Juvenil en el ámbito de
funcionamiento del centro, no se ha producido sino recientemente, puesto que al
tiempo de derivar a los pacientes al centro privado mencionado, la unidad estaba en
dependencias de la Universidad y desarrollaba una actividad de tipo mixto.
La prestación de atención temprana también ha sufrido vicisitudes diversas, pues
durante mucho tiempo no perteneció al área de intervención de la Administración
Sanitaria, sino que estuvo englobada en el de la Administración de Servicios Sociales,
la cual la dispensaba en muchos casos en colaboración con los Ayuntamientos.
Además por otro lado la publicación del Proceso Asistencial Integrado para trastornos
del espectro autista no se ha producido hasta hace poco tiempo, y es a partir de entonces
cuando se ha elaborado por el centro un programa específico para la atención de dicho
trastorno y por lo tanto se ha definido individualmente dicho proceso asistencial.
Mientras que este entorno asistencial se ha ido conformando, los padres de
afectados de autismo, no sólo el interesado, han intentado proporcionar a sus hijos
los tratamientos que pudieran resultarles más beneficiosos, aunque para sustituir
o completar la difusa atención pública, hayan tenido que recurrir en muchos casos
a centros privados. De hecho podríamos afirmar que los que en la actualidad no
reciben ningún tipo de terapia en este ámbito son simplemente los que no tienen
medios económicos para sufragarla.
Es de esperar que a partir de ahora esta situación mejore, pues el proceso
asistencial integrado al que nos hemos venido refiriendo en esta resolución diseña
el itinerario a seguir en cada caso, marca las posibilidades terapéuticas, e incluso
establece una fórmula de cálculo de la intensidad de la asistencia.
Ello no evita que haya familias que consideren que la atención que se le dispensa
a sus hijos es insuficiente, pero al menos se han sentado las bases para que sea la
1...,256,257,258,259,260,261,262,263,264,265 267,268,269,270,271,272,273,274,275,276,...714