Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
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Con posterioridad nos sentimos obligados a solicitar un nuevo informe, dado
que en el tiempo transcurrido desde la incoación del expediente los casos se habían
multiplicado, habiéndose detectado un incremento en ese último mes del 40%, por
lo que la cifra de afectados se situaba en torno a los 1.400. Por ello sin poner en
duda la eficacia de las actuaciones que se habían puesto en marcha, estimando que
el brote en cuestión no estaba controlado, solicitamos a la Delegación Provincial un
informe complementario, que explicara la evolución de las medidas adoptadas, el
número de personas en riesgo respecto de las que se había comprobado la ausencia
de vacunación, así como la respuesta recibida a la propuesta de vacuna (porcentaje
de rechazos explícitos), y si en función del número de los que han rechazado la
recepción de la vacuna se había valorado la opción de solicitar autorización judicial,
tal y como al parecer había ocurrido en otras provincias.
En su segundo informe la Administración Sanitaria justificó el contagio de la
enfermedad por el alto grado de convivencia y movilidad de la población afectada y
explicó las actuaciones realizadas en cada caso atendiendo al protocolo del servicio de
vigilancia epidemiológica de Andalucía, concluyendo con la afirmación de que el brote
aún se encontraba en fase de investigación y seguimiento y comprometiéndose a dar
traslado a esta Institución del informe final cuando el mismo se diera por concluido.
6.1.4. Salud mental infantil y juvenil.
Otro capítulo que habitualmente abordamos en este apartado del Informe es
el referente a la atención de la salud mental de la infancia y la adolescencia, pues
reiteradamente se suscitan ante nuestra Institución quejas que ponen de manifiesto
la problemática que se genera en este ámbito, singularmente reflejada durante el
pasado ejercicio en la atención que se dispensa a los niños y niñas afectados por un
trastorno del espectro autista.
Así el año pasado concluimos la tramitación de la
queja 10/1508
que iniciamos
a instancias de los padres de una menor para cuestionar la negativa al ingreso
hospitalario de su hija en un hospital del Sistema Sanitario Público Andaluz, la cual
falleció a los pocos días tras precipitarse desde la terraza de su domicilio.
Por lo visto por consejo de las profesionales que venían asistiéndola en el ámbito
de la medicina privada, acudieron al dispositivo citado requiriendo el ingreso ante
el estado que presentaba. Señalan los padres, y consta en el informe recibido que
fue atendida primero por pediatra y luego por el psiquiatra de la unidad de salud
mental infanto-juvenil (USMI); que volvió a asistirla un psiquiatra el día siguiente
tras fijación de cita urgente, y que se concertó posteriormente otra en la USMI de
otro hospital, a la cual no llegaron a acudir.
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