Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
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problemática que se ponía de manifiesto en la queja, puesto que la interesada no
cumplimentó los requerimientos de alegaciones que le hicimos en tal sentido.
De todas maneras y aunque suponemos que será preciso esperar un lapso de
tiempo prudencial para comprobar su nivel de eficacia, dado el interés que esta
cuestión suscita en esta Defensoría, nos hemos puesto a disposición de aquella para
que, en caso de que las dificultades no se soslayen y sigan peligrando los derechos
de las mujeres embarazadas de la zona, se ponga en contacto nuevamente con
nosotros para hacérnoslo saber.
6.1.3. Atención sanitaria dispensada a menores de edad.
Por su parte, en lo que respecta al derecho a la protección de salud el relato de los
planteamientos que se han realizado a esta Institución reivindicando dicho derecho
referido a personas menores de edad comprende el de múltiples incidencias acaecidas
tras la demanda de asistencia, bien en el área de la atención primaria de la salud, bien
en el de la asistencia hospitalaria. Junto a ello, aparecen temas que han presentado
mayor reiteración, entroncando con materias que tradicionalmente se reiteran ante
esta Oficina, y que por lo tanto vienen siendo objeto de seguimiento anual.
Entre las primeras nos encontramos con algunos expedientes que reproducen
la temática tradicional alusiva a la ausencia de pediatras titulados para prestar la
atención sanitaria a los menores de una determinada localidad. En concreto en la
queja 11/683
se discrepaba de la medida adoptada por la Dirección del Distrito
Sanitario de Jaén, aceptando la solicitud de comisión de servicio de la pediatra que
trabajaba en la ZBS de Porcuna, de manera que el pueblo y los municipios que
dependen de él se quedaban sin pediatra, mientras que la especialista que tenían
se iba a Martos, donde ya contaban con otros tres titulados.
El informe explica el proceso temporal de cobertura de vacantes por concurso
oposición y acoplamiento previo, y los esfuerzos realizados para contar con un pediatra,
que prosiguen en esta dirección, ocupando mientras tanto la plaza una médico de
familia que entienden capacitada por su formación para desempeñar el puesto, no
habiéndose detectado variaciones significativas respecto de la labor de la pediatra en
la actuación de aquélla, según las encuestas de calidad e indicadores de salud.
También en el expediente de
queja 11/3251
se aludía a la suspensión del servicio
de pediatría durante tres meses (época estival y navidad) en la localidad de Torrecera,
trayéndose a colación el incumplimiento del acuerdo alcanzado con el Delegado de
Salud, el director del Distrito, y el director del centro de salud de La Barca de la Florida.
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