Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
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6.1.2. Atención sanitaria durante embarazo y parto.
Otro grupo de quejas pone de manifiesto problemas en la atención al parto, e
incluso deficiencias en el control del embarazo. En el caso de la atención al parto
figuran la
queja 11/1392, queja 11/1887 y queja 11/3551
. En el primero el
interesado expone las circunstancias en las que se desarrolló el parto de su mujer
a raíz de su ingreso en el hospital, y expresa las dudas que tiene en relación con
determinados aspectos del proceso, que sostiene que no le han sido explicados, a
pesar de haberlo requerido al matrono que la atendió.
Por lo visto a pesar de haber accedido al centro hospitalario con anterioridad y
afirmarse por los profesionales que exploraron a su esposa que todo estaba bajo
control, se desarrollaron actuaciones contradictorias que provocaron incertidumbre,
y sobre todo intenso dolor a su esposa, que se vio abocada a una cesárea de
urgencia que la mantuvo impedida para la atención de su hijo durante las primeras
semanas de vida.
Tras el análisis de la documentación recabada, y con independencia de que
las actuaciones sanitarias practicadas pudieran ser las correctas en función de
las circunstancias, nos parece que el comportamiento de algunos profesionales
(agolpamiento de personal en determinados momentos, opiniones contradictorias
respecto del modo de proceder, dudas manifestadas sobre el resultado de las
exploraciones, etc.) pudo generar desconcierto al interesado y en ningún momento
contribuyó a garantizar su tranquilidad y la de su esposa respecto del devenir del
proceso, por lo que en este concreto aspecto hicimos hincapié ante el hospital, para
que se adopten medidas que permitan subsanar estas cuestiones.
En los otros dos expedientes se incorporan denuncias por mala praxis en la
atención al parto a la que se achacan resultados perjudiciales, pues en un caso se
le imputan los daños sufridos por el recién nacido, y en el otro el fallecimiento del
mismo. Ahora bien, dado que las cuestiones que se dilucidan son absolutamente
técnicas, pues no se aducen retrasos, dificultades en las derivaciones, o carencia de
medios, sino que exclusivamente se cuestiona el ajuste de la actuación sanitaria a
la lex artis que exigía el caso concreto, no hemos podido adoptar ninguna resolución
que contenga recomendaciones o sugerencias a los hospitales intervinientes para
tratar de subsanar posibles deficiencias, aunque hemos advertido a las interesadas
sobre la posibilidad de iniciar el procedimiento de responsabilidad patrimonial.
Por lo que se refiere al control del embarazo, y aunque registrada a finales
del 2010, se tramitó íntegramente en el ejercicio pasado la
queja 10/6611
, la
cual es presentada por una profesional (matrona) integrada en el circuito que
1...,240,241,242,243,244,245,246,247,248,249 251,252,253,254,255,256,257,258,259,260,...714