Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
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En la
queja 11/819
la protesta se refería a las malas condiciones de la planta
de hospitalización de neurocirugía (2ª planta del hospital Infantil), en la que se
encontraba ingresado el hijo de la interesada, y en la que por razón de su enfermedad
se veía obligado a pasar largas temporadas. Por lo que respecta a la percepción de
confort, entendíamos que el hospital se refería a condiciones de habitabilidad, y en
todo momento reconoce que no son las adecuadas, por lo cual solicita reiteradamente
disculpas. Refiere un plan de remodelación del centro, que aún no habría alcanzando
la planta de hospitalización ocupada por el hijo de la interesada, a lo que aquélla opone
que dicha remodelación es prácticamente inexistente desde 2009.
Sobre este particular ya hace algún tiempo tuvimos ocasión de investigar por la
estrecha conexión de dichas remodelaciones con el cumplimiento de la exigencia legal
de dotar de habitaciones individuales la estancia hospitalaria de los menores de 14
años, que es uno de los aspectos a los que la interesada también hacía referencia.
En este punto hacíamos especial hincapié en el informe correspondiente al año
pasado, cuando traíamos a colación la
queja 09/4968
planteada por una asociación
de familiares de pacientes cardiológicos, en la que reiteramos al hospital el Recordatorio
de Deberes Legales que ya tiempo atrás le habíamos dirigido, por incumplimiento del
artículo 14.1 en relación con la Disposición Transitoria única del Decreto 246/2005, de
8 de Noviembre, por el que se regula el ejercicio del derecho de las personas menores
de edad a recibir atención sanitaria en condiciones adaptadas a las necesidades
propias de su edad y desarrollo y se crea el Consejo Andaluz de las personas menores
de edad; y en concreto, al no haberse llevado a cabo las intervenciones necesarias
para la disponibilidad de habitaciones individuales para los menores de 14 años, aún
habiendo transcurrido el plazo que se otorgó para ello, dado el tiempo transcurrido
desde entonces y constatada la persistencia de este problema.
Algunas otras quejas enlazan con problemas de salud pública, y por este motivo
frecuentemente se inician de oficio por esta Institución cuando tenemos conocimiento
de las situaciones que las originan a través de los medios de comunicación.
Eneste sentidoel 2011 iniciamos, deoficio, la
queja11/2692
, al tener conocimiento
por diversos medios de prensa escrita del fallecimiento de tres jóvenes por causa
de meningitis C en la localidad sevillana de Mairena del Alcor. Nuestro propósito era
conocer las actuaciones de investigación epidemiológica de las que se daba cuenta,
para detectar la posibilidad de un brote, y evitar la propagación de la enfermedad. Así
nos interesamos por saber el itinerario de los acontecimientos, los resultados de las
intervenciones practicadas, la evolución del proceso de vacunación y los demás datos
que se consideraran oportunos para el conocimiento de este asunto.
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