6. Las quejas
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para habilitar contenidos en internet útiles para las personas, configurando la
conocida como “Administración electrónica” que viene a suplir carencias del sistema
tradicional de relación entre Administración y ciudadanía.
Y al igual que ocurre con otras actuaciones de la Administración en que se ofrece
información pública sobre datos personales, con carácter previo se habrá de tener
en cuenta la normativa sobre protección de datos personales a fin de que no se
hagan públicos datos sensibles sobre la identidad de personas, todo ello mediante
la asignación de claves o referencias cifradas a su expediente que permitan la citada
confidencialidad.
En la
queja 09/1293
ya recomendamos a la Dirección General que se arbitrasen
los mecanismos necesarios para que las personas interesadas en expedientes de
adopción internacional pudieran obtener información periódica y actualizada sobre el
puesto que ocupan, por razón de antigüedad, entre todas las personas solicitantes,
ello además de la información correspondiente a la ordenación de la lista de espera
en función del concreto país de su elección.
La respuesta que obtuvimos fue en sentido favorable, señalando que se
arbitrarían los mecanismos necesarios para que las personas interesadas pudieran
obtener la información pertinente, advirtiendo que el orden de prelación establecido
no podría en ningún caso condicionar la tramitación que haya de efectuar conforme
a su derecho interno el país en cuestión, y que determinados países disponen de
una lista única para todo el Estado Español (tal como Perú y Nepal, gestionados por
el Ministerio de Sanidad y Política Social).
Llegados a este punto, y con la intención de avanzar en la gestión de la lista de
espera, formulamos la siguiente
Sugerencia
a la Dirección General de Infancia y
Familias:
“Que se valore la posibilidad de utilizar la página web de la Consejería
para ofrecer información permanente y actualizada de las diferentes listas de
espera para la adopción internacional, adoptando las necesarias cautelas en
protección de los datos personales de las personas implicadas”.
De la respuesta que nos remitió la Dirección General deducimos la aceptación del
contenido de nuestra resolución, aunque dicho centro directivo puntualizaba que las
posibles actuaciones de ese departamento quedaban a expensas de la disponibilidad
de créditos presupuestarios para habilitar una herramienta informática que diera
soporte a las consultas en internet de las personas interesadas.
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