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Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
recursos que se han dispuesto para la adopción de cada medida adoptada como,
en su caso, las circunstancias que hayan podido afectar a su adecuada aplicación.
Durante el año 2010 el Comité de los Derechos del Niño, en su sesión de 15
de Septiembre, ha examinado el Informe señalado, procediendo a aprobar sus
Observaciones Finales
. En concreto, este documento contiene unas conclusiones
referidas a aquellas medidas de seguimientos adoptadas por el Estado español y a
los progresos logrados respecto de la aplicación de la Convención. Además de ello,
recoge otras conclusiones que versan sobre los principales motivos de preocupación
del Comité y las recomendaciones que se proponen al efecto.
Como reconocimiento de los progresos logrados por España respecto de la
aplicación de la Convención de los Derechos del Niño, el Comité destaca la aprobación
de los siguientes instrumentos:
a)
Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia (2006-2009).
b)
Segundo Plan de Acción Nacional contra la Explotación Sexual Comercial de la
Infancia y Adolescencia (2006-2009).
c)
Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración (2007-2010).
d)
Ley Orgánica 5/2010, de 22 de Junio, por la que se modifica el Código Penal, se
amplía el ámbito del delito de la utilización de niños en la pornografía y se tipifica
como delito el acoso sexual cibernético.
e)
Ley Orgánica 11/2003, de 29 de Septiembre, sobre medidas específicas relativas a
la seguridad pública, la violencia doméstica y la integración social de los extranjeros,
en la que se tipifica el delito de mutilación genital femenina, y la Ley Orgánica
3/2005, en la que se dispone la persecución extraterritorial de dicho delito.
Como se ha expresado, en sus Observaciones Finales, el Comité también analiza
algunos aspectos y cuestiones que entienden deben ser objeto de mejora, y a
tal efecto aporta una serie de recomendaciones. Es así que aunque dicho Comité
acoge con satisfacción la labor realizada por el Estado español para aplicar las
Observaciones Finales de su II Informe, señala no obstante que algunas de aquellas
recomendaciones realizadas en su momento no han sido atendidas suficientemente,
por lo que se reiteran esas preocupaciones y recomendaciones.
Como hemos señalado, las Naciones Unidas han aprobado en Diciembre de 2011
el nuevo
Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del
Niño
, que permitirá presentar denuncias individuales y colectivas ante el Comité
de los Derechos del Niño por la vulneración de los derechos contenidos en la
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