Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
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materia de educación, que incluye la programación y creación de centros públicos,
su organización, régimen e inspección, el régimen de becas y ayudas con fondos
propios, la evaluación, la garantía de la calidad del sistema educativo, la formación
del personal docente, de los demás profesionales de la educación y la aprobación
de directrices de actuación en materia de recursos humanos, las materias relativas
a conocimiento de la cultura andaluza, los servicios educativos y las actividades
complementarias y extraescolares, así como la organización de las enseñanzas no
presenciales y semipresenciales.
Dentro de la organización del gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
es la
Consejería de Educación
el organismo encargado de desarrollar y ejecutar
las competencias anteriormente señaladas.
Para el ejercicio de sus competencias, la Consejería se estructura, en los siguientes
órganos directivos: Viceconsejería, Secretaría General Técnica, Dirección General de
Planificación y Centros, Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa,
Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, Dirección
General de Formación Profesional y Educación Permanente, y la Dirección General
de Participación e Innovación Educativa. Además, en cada provincia andaluza existe
una Delegación Provincial de Educación.
La estructura de la Consejería se complementa con 3 Organismos adscritos: El Ente
Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos (ISE), la Agencia Andaluza
de Evaluación Educativa, y Instituto Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores.
Respecto al primero de ellos, se le encomiendan dos funciones principalmente:
construir y equipar centros educativos y gestionar los servicios complementarios a
la enseñanza.
Por lo que respecta a la Agencia de Evaluación Educativa, la Ley de Educación de
Andalucía establece que sus fines y objetivos serán los siguientes:
§
Fomentar la cultura de la evaluación en general y de la autoevaluación en los
centros docentes, servicios, programas y actividades que conforman el Sistema
Educativo Andaluz.
§
Homologar los criterios y métodos de evaluación del Sistema Educativo Andaluz
con los de los organismos similares autonómicos, nacionales e internacionales.
§
Colaborar en la promoción de la evaluación continua por los centros docentes de
su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de
enseñanza y aprendizaje que llevan a cabo y de los resultados de su alumnado.
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