4. La Administración al servicio de menores
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programas específicos de vacunaciones. En el año 2008 se incluyó la vacuna del
papiloma humano en el calendario vacunal recomendado para la prevención del
cáncer de cerviz.
d) Salud escolar:
Este programa engloba un conjunto de actividades dirigidas a
mejorar la salud de la población escolarizada. Se desarrollan en el entorno escolar,
y su objetivo es promover la adquisición de hábitos sanos y actitudes saludables en
el alumnado y contribuir a la formación en educación para la salud del profesorado.
Las actividades se dirigen a niños y niñas de entre 6 a 14 años que se encuentren
cursando: 1º curso de Enseñanza Primaria (EP), 5º EP, 6º EP y 2º curso de Enseñanza
Secundaria Obligatoria (ESO), y se concretan en las siguientes: Examen de salud
individual; revisión del Calendario Vacunal y vacunación; y educación para la Salud
en la Escuela -educación sexual, tabaco, alcohol, accidentes de tráfico, etc.
Por otro lado, mediante el Decreto 281/2001, de 26 de Diciembre, se reguló la
prestación asistencial dental a la población de 6 a 15 años de la Comunidad Autónoma
de Andalucía. En cumplimiento de sus previsiones la Administración sanitaria de
Andalucía garantiza la asistencia dental básica y los tratamientos especiales a todas
las personas de 6 a 15 años protegidas por el Sistema Sanitario Público de Andalucía
y residentes en esta Comunidad. A tal efecto, la norma establece que la asistencia
de referencia comenzará el 1 de Enero del año en el que se cumplen los 6 años, y
finalizará el 31 de Diciembre del año en el que se cumplen los 15 años.
El niño o niña tiene derecho a una revisión anual con un contenido sobre instrucciones
de normas de higiene bucodental, dietas, etc., con exploración y reconocimiento de
la dentición permanente y seguimiento facultativo en los casos en que el especialista
lo aconseje. Siempre según el criterio del dentista, se podrá realizar lo siguiente: El
sellado de fisuras o fosas en las piezas permanentes sanas que evitará la aparición de
caries; la obturación en las piezas permanentes (empastes) cuando ya existen caries;
el tratamiento más adecuado de las lesiones pulpares; la extracción de piezas dentarias
temporales (dientes de leche); la extracción de alguna pieza dentaria, siempre que bajo
criterio médico no tenga otro tratamiento más conservador; la tartrectomía (limpieza),
cuando se detecte cálculo y/o pigmentaciones extrínsecas en dentición permanente;
y ciertos tratamientos especiales por traumatismos o malformaciones de los dientes
incisivos caninos, aunque con ciertos requisitos formales.
e) Prestación farmacéutica gratuita a niños y niñas menores de un año.
El Decreto
415/2008, de 22 de Julio, garantiza a la población infantil menor de un año el derecho
a la prestación farmacéutica gratuita del sistema sanitario público de Andalucía.
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