Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
612
RESOLUCIÓN 1/2011
del Defensor del Menor de Andalucía formulada en la Queja
09/6210 dirigida a la Delegación del Gobierno de Málaga de la Consejería de Justicia
y Administración Pública, relativa a la intervención de abogados en cuestiones
relativas a la ejecución de medidas de responsabilidad penal de menores: acceso al
expediente personal del menor.
ANTECEDENTES
El expediente se inicia a instancias de un abogado que se quejaba de dificultades
en el ejercicio de sus cometidos profesionales al no tener acceso a información
indispensable para analizar la situación jurídica de sus defendidos y proponer posibles
vías de defensa de sus derechos. Solicitaba que la Entidad Pública encargada de la
ejecución de la medida impuesta al menor le facilitara directamente, sin necesidad
de acudir al Juzgado, toda la documentación de la evolución del menor, relativa a
permisos, salidas, expedientes disciplinarios y medidas de contención.
La Delegación del Gobierno de Málaga respondió a esta petición señalando que es
práctica habitual que los abogados soliciten a los juzgados el acceso a los expedientes
que obran en los mismos, contando de este modo con toda la información existente y
garantizando con ello el derecho a la defensa del menor. También se aludía a ciertas
cautelas inherentes a la protección de datos personales de dichos expedientes.
Trasladamos la información remitida por la Administración al abogado con la
finalidad de que efectuase alegaciones, y éste nos indica que muy al contrario de lo
expuesto en dicho informe, no encontró facilidades para el ejercicio de la importante
misión encomendada en defensa de los derechos del menor, interno en el centro.
Nos dice que tras derivarle al Juzgado para el conocimiento de la información que
solicitó ni siquiera allí obraban tales documentos relativos a la estancia y evolución
en el centro de reforma, y que la información que pudo conocer a través del Juzgado
llegó tardíamente, cuando ya carecía de sentido su intervención.
También hacía alusión el abogado al caso de otro menor, cuya defensa también
le fue encomendada, y por quien solicitó a la Delegación del Gobierno de Málaga
información relativa al cumplimiento de la medida y a las incidencias de su expediente
personal, sin obtener respuesta.
En este caso el abogado especificaba que finalmente se atendieron sus peticiones
consistentes en personaciones o solicitudes expresas de información o relativas a
información sobre protocolos. Sin embargo reparaba que conforme a lo dispuesto
en la Ley Reguladora de la Responsabilidad Penal de Menores la ejecución de la
medida la despliega la Entidad Pública y corresponde precisamente a ella informar
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