Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
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El acceso al programa se realiza a través de las Delegaciones Provinciales de
la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, Servicios Sociales, Sanitarios,
Educativos, Juzgados y Fiscalía, mediante la adecuada derivación técnica que
efectúen sus profesionales.
Todas estas actuaciones comprometen a los poderes públicos en general, y en
especial, a las Corporaciones Locales y a la Administración Autonómica.
Finalmente, por lo que respecta a los
recursos existentes para la ejecución
de la medida de protección de acogimiento residencial
,
la red institucional
contaba a 31 de Diciembre de 2010 con 2721 plazas en 276 centros, 20 propios
de la Administración de la Junta de Andalucía y 256 conveniados o concertados
con entidades y corporaciones locales-distribuidas en los distintos programas de
la siguiente forma: 600 en acogida inmediata, 1773 de acogimiento residencial
básico y 348 plazas de programas para necesidades específicas (conflicto social,
trastornos de conducta, discapacidad y madres gestantes).
Los Programas que pueden desarrollarse en cada uno de estos recursos son los
siguientes:
§
Programas destinados a la Acogida Inicial e Inmediata
Son aquellos que prevén que en los centros se pueda facilitar una primera acogida a
menores que necesiten atención en acogimiento residencial, pero de quienes aún no se
conozca adecuadamente su problemática, sea necesario un diagnóstico y se necesite
una labor previa a la toma de decisiones sobre su futuro, tanto si dicha acogida se
refiere a una situación de urgencia, como si se trata de algo previsto o programado.
Es decir, los programas que organizan la puerta de entrada al Sistema de Protección.
Así, al contemplar las distintas situaciones que propician la existencia de estos
programas, nos encontramos:
-
Por un lado, las situacionesderivadasde laatenciónamenoresengravedesprotección,
sobrevenida con urgencia y de forma imprevista, ante las cuales es imprescindible
disponer de un recurso especialmente adecuado a dicha contingencia.
-
Por otro, la supuesta desprotección de menores extranjeros no acompañados,
que deben ser atendidos mientras se determina por quien corresponda su futuro
en nuestro país.
Por último, todas aquellas actuaciones derivadas de la necesidad de disponer
de recursos residenciales en los que se asegure una buena labor de recepción,
diagnóstico y orientación de los casos, sin que necesariamente sea desarrollada desde
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