11. Recomendaciones,?sugerencias y recordatorios de deberes legales
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respeto a los derechos fundamentales de la ciudadanía, entre estas medidas deben
tener carácter prioritario las dirigidas a poner fin a aquellas concentraciones ilegales
en las que noche tras noche de los fines de semana es posible contemplar como
numerosos menores de edad se concentran con el propósito de emborracharse sin
que ello sea impedido por la Policía Local.
RESOLUCIONES:
RECORDATORIO
de los deberes legales impuestos por la Ley 7/2006, de 24 de
Octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades
de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía.
SUGERENCIA,
para que a la mayor brevedad posible se dicte nueva resolución
que, derogando expresamente la dictada con fecha 28 de Noviembre de 2003,
determine cuales son los lugares autorizados para la práctica de las actividades de
ocio a que se refiere la Ley 7/2006 o bien establezca una prohibición absoluta de
dichas actividades en todo el término municipal
RECOMENDACIÓN 1,
a los efectos de que con carácter inmediato se adopten las
medidas oportunas para dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 7/2006,
de 24 de Octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas
actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía.
RECOMENDACIÓN 2,
para que se adopten medidas urgentes para impedir y
erradicar aquellas concentraciones de personas que contravengan la prohibición
establecida en Ley 7/2006 y en las que sea notoria la especial presencia de menores
consumiendo bebidas alcohólicas.
Consideramos que actuando en la forma que propugnamos se lograría la
adecuaciónde laactuaciónadministrativaa los principios deeficacia yde sometimiento
pleno a la ley y al Derecho, previstos en el artículo 103 de la Constitución.
Asimismo, se garantizarían los numerosos derechos constitucionales y
estatutarios que estimamos afectos, como el derecho a la intimidad personal y
familiar, el derecho a la inviolabilidad del domicilio, el derecho a la salud, el derecho
a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, el
derecho a la buena administración o el derecho de las personas menores de edad
a recibir de los poderes públicos de Andalucía la protección y la atención integral
necesarias para el desarrollo de su personalidad y para su bienestar en el ámbito
familiar, escolar y social.
RESULTADO
: La Administración acepta las Resoluciones.
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