Defensor del Menor de Andalucía. Informe Anual 2011
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reflejados los Juzgados de Familia existentes en el momento en que se procede a la
elaboración del Informe así como los Juzgados de Menores.
También destacamos las prestaciones y atenciones que la Administración
sanitaria andaluza pone a disposición de la población infantil y juvenil, debidamente
actualizadas, y diferenciadas entre la Atención Primaria y la Atención Especializada.
El apartado quinto se dedica a la Administración educativa, ofreciendo un relato
de las distintas enseñanzas no universitarias, y haciendo especial referencia a la
Consejería de Educación, como organismo encargado de desarrollar y ejecutar dentro
del gobierno de la Comunidad Autónoma las competencias en materia de educación.
La especial mención que sobre la juventud realiza la Constitución Española
así como el Estatuto de Autonomía de Andalucía justifica que hagamos alusión al
Instituto de la Juventud habida cuenta de las funciones encomendadas en relación
con este sector de la población.
Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, tiene una mención especial en
el apartado siete de este Capítulo. En él se distinguen los recursos y competencias
del Área de Protección del Menor de la Policía Autonómica Andaluza, la Unidad de
Mujer y Menores de la Guardia Civil, y las Unidades Policiales de Delitos Telemáticos.
Las competencias de la Administración local en materia de menores, en especial
las que le atribuye la Ley de los Derechos y Atención al Menor de Andalucía, quedan
asimismo relatadas en este apartado de la Memoria.
Por último, la referencia específica que anualmente realizamos a un órgano de
la Administración pública al servicio de las personas menores va dirigida en esta
ocasión a los Equipos Psicosociales de los Tribunales de Justicia.
4.1 El Sistema de atención a la infancia.
En el ámbito estatal, corresponde al
Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad
la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria y de consumo, así como el
ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado para asegurar
a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud. Asimismo, le concierne
la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de cohesión e
inclusión social, de familia, de protección del menor y de atención a las personas
dependientes o con discapacidad y de igualdad, así como de lucha contra toda clase
de discriminación y contra la violencia de género.
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