La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/3638 dirigida a Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Demarcación de Costas de Andalucía Atlántico

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Tanto el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción como la Demarcación de Costas de Andalucía Atlántico nos dan cuenta de las circunstancias que llevaron al vertido de escombros durante la regeneración de la playa de La Atunara, que ya han sido retirados, comunicándonos que la regeneración de la arena se ha ejecutado adecuadamente.

27-07-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio al conocer, a través de los medios de comunicación, que una asociación ecologista ha denunciado que en la playa La Atunara, de La Línea de la Concepción, Cádiz, se viene produciendo, mediante maquinaría pesada, un movimiento de tierras en el litoral con el que se están llevando arena de playa, depositándolas en las cercanías de la Iglesia del Carmen, y, en su lugar, se está vertiendo todo tipo de residuos, citando la noticia restos de obras, hierros, plásticos y un sinfín de material de desecho.

En los medios de comunicación hemos observado que existe un vídeo en el que, efectivamente, se puede verificar que un camión deposita en la playa residuos de distinta naturaleza, como los citados anteriormente y otros materiales de desecho.

A la vista de tales hechos, nos hemos dirigido al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción (Cádiz) y, en vía de colaboración, a la Demarcación de Costas de Andalucía Atlántico para conocer, en síntesis, si tienen conocimiento de tales hechos y si, con motivo de estos, se ha adoptado alguna medida para impedir que tales depósitos se realicen, salvo que se trate de una intervención que, por motivos que desconocemos, ha sido autorizada. En todo caso, se deberá vigilar que los residuos tengan las características acordes al fin de interés público que, en su caso, lo justifique.

25-10-2017 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Tanto el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción como la Demarcación de Costas de Andalucía Atlántico nos dan cuenta de las circunstancias que llevaron al vertido de escombros durante la regeneración de la playa de La Atunara, que ya han sido retirados, comunicándonos que la regeneración de la arena se ha ejecutado adecuadamente.

Tras recibir la respuesta tanto del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción (Cádiz) y de la Demarcación de Costas de Andalucía-Atlántico, conocimos que las obras de regeneración de la playa de La Atunara, en la zona de Tonelero, consistían en reposición de la arena con otra procedente de la misma playa, de una zona donde hay excedente por sedimentación. Esta reposición se realizó con medios de transportes convencionales por lo que se autorizó a la empresa adjudicataria a que construyera, de forma provisional, un paso o camino para que los camiones pudieran circular por la arena, que debía ser retirada después de realizar las obras.

Este fue el camino que se construyó con zahorra natural, y el material debía ser material inerte tratado en planta, pero la incidencia surge cuando el que se utiliza está contaminado siendo, según la Demarcación de Costas, “más un escombro que un RCD (residuo de la construcción y demolición) apto para su reutilización”.

Tras esta incidencia no se aportó más material de estas características y, tras las obras de regeneración, se retiró el material que se utilizó para el camino, que fue devuelto al vertedero para su cribado.

A la vista de esta información, entendimos que se habían aclarado los hechos que motivaron esta actuación de oficio y, por tanto, dimos por concluidas nuestras actuaciones en la misma.

Queja número 16/1478

Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Córdoba impone una sanción económica por contaminación acústica a una asociación religiosa por los elevados ruidos que ocasionaba en sus celebraciones.

La interesada indicaba en su escrito de queja que frente a su vivienda celebraban sus actos religiosos una congregación evangélica. En estas celebraciones, que eran diarias, se reunían más de cien personas y en esas dos horas, con micrófonos y equipos musicales, cantaban y tocaban instrumentos musicales durante sus rezos. A ello se añadía que no sólo eran esas dos horas de rezos religiosos, sino que “Estas personas no solo vienen esas dos horas, vienen por la mañana a descargar mercancía, a lo que se paran a tocar un poco los timbales, luego sobre las 16.30 más o menos vienen a ensayar hasta la hora en la que empieza el culto, suelen venir también casi a diario a ensayar. Cuando empieza el culto sobre las 19.30 suele terminar a las 21.30, pero en muchas ocasiones suelen terminar sobre las 23 incluso las 00.30 de la noche. Luego tienen una época del año, que vienen de madrugada y están hasta las 7 de la mañana ocasionando ruidos por los rezos (…) Muchos y muchas se quedan en la calle formando grupos y hacen también ruido, tocan palmas, cantan, risas… etc. en las puertas de los vecinos”.

Llevaba así nueve años y después de varias quejas y denuncias al Ayuntamiento, siempre según la interesada “En esta última vez que han acudido a hacer mediciones de sonidos me indicó el funcionario que el nivel de decibelios alcanzados sobrepasaban con creces el nivel grave, y que ya ha dirigido su informe a Urbanismo. Esto no es la primera vez, ya se hizo hace unos 6 años obteniendo los mismos resultados (…) tengo dos hijos con edades de 9 y 6 años, empiezan a hacer sus tareas diarias y estudios, y el ruido no los deja, cuando eran bebes estos ruidos les interrumpía el sueño en muchas ocasiones. Mi rutina y mi vida ya está condicionada a ellos, esas horas intento no estar en mi casa, intento volver cuando ya no están o intento volver a casa antes de que empiecen a llegar”.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de Córdoba, en concreto a la Gerencia Municipal de Urbanismo, ésta nos comunicó que se había dictado resolución en Diciembre de 2016 por la que se imponía una sanción económica de 1.500 euros a la entidad denunciada por infracción administrativa en materia de protección contra la contaminación acústica. Dimos traslado de esta información a la interesada para que presentara las alegaciones y consideraciones que creyera oportunas, pero al no recibir respuesta de ella entendimos que consideraba que no eran precisas nuevas actuaciones por nuestra parte por lo que procedimos al archivo del expediente de queja.

Sólo la mitad de las personas que necesitan cuidados paliativos los reciben

Medio: 
El Mundo
Fecha: 
Mié, 18/10/2017

Queja número 15/5665

La Consejería de Fomento y Vivienda y RENFE mantienen contactos para ofrecer a los viajeros andaluces la posibilidad del abono de los transportes que realicen en los servicios ferroviarios a través de los billetes intermodales de los Consorcios de Transportes de Andalucía.

El Defensor del Pueblo Andaluz inició esta actuación de oficio para conocer las previsiones de desarrollo del Protocolo firmado entre la Consejería de Fomento y Vivienda y la Presidencia de RENFE Operadora para crear el billete único que permitiría utilizarlo en las líneas metropolitanas, trenes de cercanías y líneas de metro.

Tras dirigirnos, en un primer momento, a la Consejería de Fomento y Vivienda, ésta nos comunicó que el título intermodal no se podía aplicar a los servicios de Cercanias Renfe debido a la ausencia de acondicionamiento de las estaciones. Sin embargo, RENFE nos señaló que el cerramiento de las estaciones de Cádiz, Málaga y Sevilla era suficiente y adecuado para poner en marcha la segunda fase del Protocolo de Colaboración entre los Consorcios de Bahía de Cádiz, Málaga y Sevilla, y RENFE-Operadora para incorporar el título intermodal en los Servicios de Cercanías.

Después de ello, la Dirección General de Movilidad, de la Consejería de Fomento y Vivienda, nos informó de los contactos que se venían manteniendo con responsables de RENFE para analizar la viabilidad de la incorporación del título intermodal de los Consorcios Andaluces en los servicios de cercanías y para ello continuaban los trabajos, tanto técnicos como administrativos y jurídicos, que permitirán que, en pocos meses, si no surgen inconvenientes, se pueda utilizar la tarjeta de los Consorcios de Transporte de Andalucía en el Núcleo de Cercanías de RENFE en Cádiz. Tras ello, se valorará esta experiencia para trasladarla a los Núcleos de Málaga y Sevilla una vez que cuenten con la tecnología necesaria para ello.

De acuerdo con ello, estimando que nos encontrábamos ante un asunto en vías de solución, pero que requiere una serie de trámites ineludibles y la colaboración entre la administración autonómica y RENFE para poder ofrecer a los viajeros esta facilidad en el abono de los transportes que realicen en los servicios ferroviarios, suspendimos nuestras actuaciones en este expediente de queja incoado de oficio, puesto que se está produciendo, a la vista de la información recibida, una decidida colaboración institucional para su debido impulso.

Sin perjuicio de ello, solicitamos que, cuando ello se produzca y para su debida constancia en el expediente de queja, se nos mantenga informados de la integración de la tarjeta de los Consorcios en el Núcleo de Cercanías de Cádiz y, en su caso, de los de Málaga y Sevilla.

 

 

Queja número 16/0705

El Ayuntamiento de Santa Fe concede la licencia de obras para la instalación de un ascensor.

El interesado, en nombre de la Comunidad de Propietarios del edificio en el que residía, en el término municipal de Santa Fe (Granada), nos indicaba en su escrito de queja que los vecinos del inmueble, compuesto por 12 viviendas repartidas en 3 plantas, más 11 locales situados en la planta baja, habían acordado la instalación de un ascensor. Para ello, habían solicitado la oportuna licencia de obras pues hay “que demoler la escalera y reconstruirla de forma que deje el hueco para el ascensor, solicitud que el Ayuntamiento ha denegado argumentando inviabilidad técnica ya que vamos en contra del Código Técnico y otros argumentos”, pero, sin embargo, el Ayuntamiento finalmente no concedía la citada licencia de obras. Continuaba el interesado indicando, textualmente, lo siguiente:

Bien, el arquitecto que ha elaborado el proyecto antes de realizar el mismo y visarlo por el Colegio de Arquitectos Técnicos de Granada se puso en contacto con el técnico del Ayuntamiento para presentar la forma de la escalera el cual no vio ningún inconveniente.

Al recibir el Técnico la solicitud de licencia pidió un primer informe de subsanación o aportación de documentos el cual se les entregó valorando y permitiendo una serie de medidas de ancho de escalera y demás a cambio de medidas complementarias de seguridad y un Acta donde se refleje que el conjunto de la comunidad conozca y acepte la nueva escalera.

Puesto que todos conocen el proyecto pero desde primera hora hay cuatro vecinos que no quieren el ascensor ya sea por que vivan en una primera planta o por sus pensamientos, se entregó al Ayuntamiento el acta donde se aprueba por la mayoría que es lo que importa ya que la Ley de Propiedad Horizontal así lo refleja. Contestando el Ayuntamiento con una denegación y un Informe Técnico en el que no se flexibiliza para nada la posibilidad de realizar dichas obras aún sabiendo el técnico del Ayuntamiento que el propietario del piso … es una persona con movilidad reducida.

La Comunidad ha realizado un recurso de Reposición ante el Ayuntamiento y estamos a la espera de que conteste”.

Tras admitir a trámite la queja, nos dirigimos al Ayuntamiento de Santa Fe (Granada), que en su respuesta nos dio cuenta de la desestimación del recurso de reposición formulado por la Comunidad de Propietarios. Dicha desestimación venía avalada por el informe técnico emitido que descartaba que la solución prevista mejorara la accesibilidad del inmueble y, además, empeoraba su seguridad. Trasladamos esta información al interesado para que presentara las alegaciones y consideraciones que creyera oportunas.

Del contenido de lo alegado por el reclamante, dimos traslado al Ayuntamiento interesando que, a la vista del proyecto modificado para reforma de núcleo de escaleras para instalación de ascensor accesible presentado por la Comunidad de Propietarios, se nos expusiera el posicionamiento municipal acerca del mismo, señalando si, tras esta modificación, resultaba posible autorizar la instalación del ascensor pretendido en aras a mejorar la accesibilidad del inmueble.

El Ayuntamiento de Santa Fe, después de varias actuaciones, finalmente nos informó que, en Abril de 2017, la Junta de Gobierno Local había concedido la licencia de obras solicitada por la Comunidad de Propietarios donde residía el interesado para la instalación del ascensor. Consecuentemente, habiendo quedado resuelto el problema que motivó la presentación de la queja, dimos por concluidas nuestras actuacioanes.

Queja número 17/3034

El interesado exponía que el 6 de febrero de 2017 solicitó el reconocimiento del grado de discapacidad de su hija de meses, sin que la hayan llamado aún para la valoración, necesitando que le asignasen el grado de discapacidad, al tener varios trámites pendientes de dicho documento para ser resueltos.

Solicitamos informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, quien nos contestó que se había procedido a enviar citación para la valoración por parte del Equipo, que se llevaría a cabo el día 6 de septiembre de 2017 a las 20'30 horas.

Habiendo sido satisfecha la pretensión del interesado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 15/5785

El Ayuntamiento de Roquetas de Mar nos anuncia que ha iniciado un plan para la adecuación de los badenes o reductores de velocidad a la normativa que los regula.

El reclamante nos indicaba en su escrito de queja que, desde hace años, se vienen instalando en el municipio almeriense de Roquetas de Mar unos badenes “de hierro y plástico duro y goma, por muchas carreteras y calles de esta población, personalmente he tenido once averías de amortiguadores (3), soporte de radiadores (4), tubo de escapes (2) y cadena de distribución”. Se había puesto en contacto tanto con la Dirección General de Tráfico, como con la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, donde, siempre según el interesado “no solo me dijeron que eran «ilegales» sino que también el Ministerio me mando toda la normativa que regulaba dichos badenes o reductores de velocidad, asimismo me dijeron que habían dado unos plazos para que los quitaran y lo sustituyeran de acuerdo a la normativa”.

Desde entonces, venía realizando diversas actuaciones tendentes a que el Ayuntamiento cambiara esos reductores de velocidad (acuerdo de la asociación de vecinos a la que pertenecía, programa en Canal Sur Directo el 27 de Junio de 2014, entrevista con la Alcaldía-Presidencia, entrevista con los grupos municipales de la oposición, noticias en la prensa escrita, etc.), pero todas estas iniciativas habían resultado infructuosas, pues el problema seguía existiendo. Terminaba su escrito indicando lo siguiente:

Ademas de ser ilegales estos "badenes" tienen otros problemas adicionales a veces mas importante que la existencia de estos «artilugios». No tienen señalizaciones es decir deben poner claramente antes de llegar a ellos:

1ª la limitación de velocidad

2ª advertencia de la existencia de badenes

3ª Señalización en los pasos de peatones

4ª Iluminación nocturna de su presencia en el paso de peatones

5ª están colocados en zonas que no entiende porque, en curvas de pronto te encuentras uno, o por los invernaderos es decir sin un criterio racional

Por último les debo decir que hoy 30 de Noviembre de 2015 he presentado una Reclamación con número de registro … en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar efectuada por ... donde de alguna manera se pide que se de cumplimiento a la normativa vigente, señalada anteriormente y en consecuencia se proceda al desmontaje y/o sustitución, o adecuación de los resaltos y obstáculos situados en la calzada dejando de constituir un riesgo para peatones y conductores”.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de Roquetas de Mar, éste reconocía, en su respuesta, la conveniencia de adaptar en lo posible los badenes instalados en el término municipal a las instrucciones técnicas estatal y autonómica a fin de evitar cualquier peligro potencial o real para la circulación de vehículos, especialmente motocicletas y bicicletas; señalaba que el Gabinete de Movilidad había realizado un exhaustivo estudio de los reductores de velocidad trapezoidales para detectar sus deficiencias de ejecución y señalización y proceder a su subsanación. También se estaba desarrollando un inventario para detectar deficiencias en cuanto a los reductores de velocidad prefabricados.

Se añadía que, concluidos estos estudios, se elaboraría un proyecto básico y de ejecución para realizar las adaptaciones necesarias de estos elementos, previendo comenzar estos trabajos a finales del año 2016 o principios de 2017.

A tenor de esta información municipal, que a nuestro juicio suponía que, aunque fuera a medio plazo, el problema estaba en vías de solución, dimos traslado de la misma al interesado para que éste aportara las alegaciones y consideraciones que creyera oportunas.

Tras dar cuenta de las mismas al Ayuntamiento, interesamos que nos mantuviera informados de la conclusión de los trabajos de elaboración del proyecto básico y de ejecución para realizar las adaptaciones que fueran necesarias de estos elementos, señalando asimismo la fecha de inicio de los trabajos requeridos con tal finalidad, a fin de poder dar por concluida nuestra intervención en este asunto.

Como respuesta el Ayuntamiento de Roquetas de Mar nos señaló que ya se habían llevado a cabo diversos trabajos para la adaptación de reductores de velocidad en el municipio, añadiendo que se había convocado al reclamante para que pudiera comprobar su correcta ejecución y emplazamiento.

Cuando dimos traslado de esta información al interesado, éste nos confirmó la información que nos había facilitado el Ayuntamiento, indicando que se había reaccionado correctamente ante el problema planteado por su parte y se iba a establecer un plan para cambiar los resaltos de acuerdo con la normativa aplicable.

Así las cosas, considerando que el problema de no adaptación de los resaltos del municipio de Roquetas de Mar a la normativa de aplicación se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 17/3592

La interesada exponía que el 26 de enero de 2017 solicitó el reconocimiento de grado de discapacidad, sin que le hubieran dado contestación y ni siquiera cita para su valoración.

Solicitado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla se nos participó que la interesada estaba pendiente de recibir cita vía correo para la valoración, que se efectuaría el 15 de septiembre de 2017.

Habiendo sido aceptada la pretensión de la interesada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 16/2328

El Ayuntamiento de Torremolinos acepta retomar el Estudio de Detalle del frente marítimo de La Carihuela.

En su escrito de queja, el interesado, actuando en nombre y representación de una empresa de construcción, propietaria de una parcela que se emplaza en un pequeño porcentaje en zona de servidumbre de costas, nos exponía que se había dirigido al Ayuntamiento de Torremolinos (Málaga) planteando, en relación a dicha parcela, diversas cuestiones relativas a la aprobación de un Estudio de Detalle de la playa de La Carihuela, que incluía a su parcela.

Tras admitir a trámite la queja, durante su tramitación fue necesario formular resolución al Ayuntamiento de Torremolinos (Málaga) ante la conveniencia de impulsar medidas para mejorar la situación que presentaba el frente marítimo de la playa de La Carihuela, por lo que le sugerimos a su Alcaldía-Presidenica que, en el marco de las competencias que ostenta en materia de actividad urbanística y de su potestad de formulación y aprobación de los instrumentos de ordenación urbanística, propiciara una solución urbanística paralela, global y alternativa para el mencionado frente marítimo, resolviendo así, además, la problemática que afecta a algunos propietarios al no poder realizar obras de construcción o reforma.

Como respuesta, el Ayuntamiento nos expuso que, atendiendo a la resolución de esta Institución, se iba a retomar la tramitación del Estudio de Detalle del frente de fachada de la zona de servidumbre del Paseo Marítimo de La Carihuela al objeto de propiciar una solución urbanística global para el frente marítimo de dicha zona, añadiendo que se habían retomado las actuaciones en orden a la resolución del tema en la Demarcación de Costas independientemente de las actuaciones municipales en el Paseo Marítimo.

Para esta Institución, esta respuesta nos pareció muy positiva pues suponía la plena aceptación de nuestra Sugerencia, por lo que entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones en este expediente de queja toda vez que las iniciativas anunciadas por el Ayuntamiento, además de contribuir a proporcionar una solución urbanística global para el frente marítimo de la zona, iban a permitir resolver además de la problemática que afecta, dado que en la actualidad no eran posibles ningún tipo de obras, tanto a la entidad que representaba el interesado como a otros promotores que se encontraban en similares circunstancias.

Queja número 17/0958

El Ayuntamiento de La Línea de la Concepción nos informa de las obras de reparación que ha llevado a cabo la empresa concesionaria de la Estación de Autobuses.

El Defensor del Pueblo Andaluz inició esta actuación de oficio para conocer la situación de la estación de autobuses de La Línea de la Concepción que, según los medios de comunicación, se encontraba en mal estado de conservación y mantenimiento.

Tras interesar informe al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción (Cádiz), en su primera respuesta nos informó que la Estación de Autobuses estaba gestionada bajo contrato administrativo de gestión de servicio público, añadiendo que, cuando se inició la licitación de dicha gestión, ya se encontraba en mal estado y que se estableció la obligación al contratista de realizar una serie de mejoras, algunas ya realizadas, quedando otras aún pendientes. Se añadía que se había llevado a cabo una reunión con la empresa concesionaria para que se comenzara a reparar el asfaltado y subsanar los socavones, comprometiéndose la empresa a hacerlo próximamente.

También se indicaba que sí existía un mantenimiento de las instalaciones y se disponía de un vigilante uniformado, pero ello no evitaba que se sufrieran muchos actos de vandalismo, debido al perímetro de la instalación. Finalmente, se nos adelantaba que, en el caso de que la empresa concesionaria no efectuara las mejoras comprometidas, se incoaría expediente sancionador.

A la vista de esta respuesta interesamos un nuevo informe para que se nos mantuviera informados de la ejecución de las obras de reparación del asfaltado y de eliminación de los socavones.

Como respuesta, el Ayuntamiento nos trasladó un informe de la empresa concesionaria del que se desprendía que se había realizado pequeñas mejoras en la Estación para su debido acondicionamiento que, al parecer, el Ayuntamiento daba por suficientes.

Así las cosas, dimos por concluidas nuestras actuaciones aunque instamos al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción a que, en todo caso, se siguieran haciendo las gestiones precisas para que se mantuviera un adecuado estado de estas instalaciones.

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