La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 23/8102 dirigida a Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. Delegación Territorial en Sevilla

ANTECEDENTES

I.- Esta Institución tuvo conocimiento —en el curso de unas jornadas educativas celebradas en Sevilla con asistencia de profesionales de distintos centros— de las demandas de una alumna con necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE), matriculada en en un Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) de la provincia de Sevilla. La menor requería los apoyos de profesorado de Audición y Lenguaje (AL) con especialidad de Lenguaje de Signos (LSE) así como el apoyo de la unidad o equipo de FM que, al mes de octubre no habían sido atendidos desde el centro.

II.- Para conocer las circunstancias del caso, se procedió a incoar queja de oficio y solicitamos con fecha 30 de octubre de 2023 el necesario informe ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Sevilla. Esa Delegación con fecha 24 de noviembre de 2023 nos informaba:

Ante la petición de informe n.º 230/62-23-06/RMH-msh en relación al AL asignado del CEIP, decir lo siguiente: Dicho recurso fue grabado en el Servicio de RRHH el 19 de octubre de 2023 y con firma del Señor Delegado el 25 de Octubre de 2023. No obstante se hacen las investigaciones oportunas y se corrobora con el centro que ese profesional aparece grabado en Séneca, cuestión que había sido pasada por alto por la directora del centro”.

III.- Con posterioridad esta Institución puede cotejar la información anterior constatando que los datos de la Delegación también indican que la petición del apoyo de AL-LSE se registró el 29 de mayo de 2023 y fue reclamada desde el centro el 14 de septiembre y 5 de octubre. Igualmente con fecha 26 de octubre otro CEIP comunica que la asignación del profesional esperado se realiza compartida entre los dos centros. Desde el 2 de noviembre el recurso de AL-LSE se desglosa lunes, martes y mitad horaria del miércoles en un centro y el resto de la semana para el segundo CEIP.

A la vista de la citada información, y tras el análisis de la queja, creemos oportuno ofrecer las siguientes

CONSIDERACIONES

Primera.- Recordamos que la estructura normativa dedicada a la labor de análisis y diagnóstico de este alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE), así como la definición de las respuestas de escolarización que se le asigna, viene establecida por varias disposiciones. Sin un ánimo exhaustivo reseñamos en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma:

- Ley de Educación en Andalucía (Ley 17/2007, de 10 de Diciembre), que reconoce en el Título III dedicado a la “Equidad en la educación” que el Sistema Educativo Público de Andalucía garantizará el acceso y la permanencia en el sistema educativo del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, teniendo tal concepción el alumno que presenta necesidades educativas especiales debidas a diferentes grados y tipos de capacidades personales de orden físico, psíquico, cognitivo o sensorial; el que, por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorpore de forma tardía al sistema educativo, así como el alumnado que precise de acciones de carácter compensatorio.

- El Decreto 147/2002, de 14 de Mayo, que establece la atención que se va a dispensar a este alumnado y se desarrolla igualmente a través de la Orden de 19 de septiembre de 2002, que regula la realización de las evaluaciones psico-pedagógicas para estos alumnos y establece el sentido y alcance de los dictámenes de escolarización para cada niño o niña. Esta norma establece una diferenciación primaria a la hora de asignar determinados modelos de integración y presencia de este alumnado con discapacidad psíquica, física o sensorial al señalar que «se escolarizará preferentemente en los centros educativos ordinarios ubicados en su entorno, de acuerdo con la planificación educativa y garantizando el mayor grado de integración posible y de consecución de los objetivos establecidos con carácter general para las diversas etapas, niveles y ciclos del sistema educativo». Y dispone que «la escolarización en los centros ordinarios se podrá organizar en las modalidades siguientes: a) En un grupo ordinario a tiempo completo. b) En un grupo ordinario con apoyos en períodos variables. c) En un aula de educación especial (artículo 15 Decreto 147/2002).

- La Orden de 19 de septiembre de 2002 recoge que esa evaluación debe ser realizada por el denominado Equipo de Orientación Educativa (EOE) y recogerá «a) Datos personales. b) Motivo de la evaluación psico-pedagógicas realizada e historia escolar. c) Valoración global del caso. Tipo de necesidades educativas especiales. d) Orientaciones al profesorado para la organización de la respuesta educativa sobre los aspectos más relevantes a tener en cuenta en el proceso de enseñanza y aprendizaje, tanto en el ámbito del aula como en el del centro escolar. e) Orientaciones para el asesoramiento a los representantes legales sobre los aspectos más relevantes del contexto familiar y social que inciden en el desarrollo del alumno o alumna y en su proceso de aprendizaje. Se incluirán aquí sugerencias acerca de las posibilidades de cooperación de los representante legales con el centro educativo» (artículo 6.4 de la Orden de 19 de septiembre de 2002).

- Las Instrucciones de 8 de marzo de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad prevén los procedimientos específicos para la revisión, actualización o reclamación ante los contenidos de estos informes y dictámenes precisamente por la trascendencia que implican en la vida educativa de cada alumno; se recoge el protocolo de detección, identificación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y organización de la respuesta educativa (apartado 4.6. Información del contenido del dictamen de escolarización a los padres, madres, tutores o guardadores legales del alumno o alumna).

Podemos resumir que éste es el armazón normativo con el que el sistema educativo organiza sus recursos y pautas de acogida e integración del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE). Es decir, de un lado se dispone una labor previa y actualizada de estudio de estos niños y niñas para definir sus concretas necesidades y disponer, coherentemente, de los recursos y respuestas que se necesitan para cada caso y, de otro, se realiza un diseño del complejo organizativo que se despliega en los centros para atender a este singular alumnado según las modalidades asignadas. Pues bien, más allá de este compendio dispositivo, una gran parte de las quejas recibidas ante esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía inciden, precisamente, en la aplicación práctica de este sistema descrito de atención e integración de nuestro alumnado con capacidades diversas o necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE).

No podemos obviar, por otro lado, que el alumnado que presenta estas necesidades constituye uno de los grupos con mayores riesgos de exclusión escolar y, por consiguiente, de exclusión social. De ahí que la calidad en la atención educativa que se preste a estos niños y niñas se convierta en un objetivo de primer orden para un sistema educativo que pretenda conseguir una educación para todas las personas.

En este contexto, debemos insistir en que para conseguir una adecuada integración del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se precisa la existencia de recursos en los términos que hemos tenido ocasión de señalar. Caso contrario, las proclamas y principios reconocidos en las normas no pasarán de ser más que una quimera, una integración formal y no una esperada y anhelada integración real.

Segunda.- Analizando el caso concreto, podemos discernir dos aspectos en el asunto que motiva la incoación de la presente queja de oficio.

Ante todo debemos resaltar, de nuevo, la parca información que se remite desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Sevilla, en concreto desde el Servicio de Ordenación Educativa, y cuyo contenido hemos transcrito íntegramente más arriba. Además de escueta, podríamos añadir parcial e insatisfactoria, ya que no relata el proceso cierto de asignación de la plaza profesional que el centro necesita ni recoge los hitos temporales de estas gestiones, sin duda complejas y arduas.

Tengamos en cuenta que la iniciativa abordada por esta Defensoría se justifica en sus propios términos ante la toma de conocimiento de que una alumna con severas limitaciones no dispone de los recursos imprescindibles que le haga viable su propia presencia y desenvolvimiento en su entorno educativo por la grave sordera que padece. Entendemos que la situación es lo suficientemente motivadora como para, al menos, recibir un relato más detallado y justificado de lo que resulta una omisión en la diligencia debida para asignar el recurso profesional que necesita la alumna.

Por cuanto respecta el proceso de asignación del recurso solicitado, las fechas no parecen indicar una gestión adecuada a las necesidades y el propio calendario escolar. El recurso es solicitado en el mes de mayo en los plazos previstos para disponer y ordenar el elenco de profesionales destinados al centro en función de sus necesidades; en particular, respecto a los técnicos destinados a la atención del alumnado NEAE. En este repertorio de apoyos, aparece el profesional de AL-LSE para atender a la alumna afectada de doble implante coclear y, por tanto, singularmente afectada de un apoyo educativo tan específico.

Tras la petición formal, se suceden varias reiteraciones para asegurar la disposición de dicho recurso. La asignación se registra por la Delegación el 19 de octubre y se firma el 25 de octubre; recibiéndose en el centro el 26 de octubre. Es evidente la mejora en la gestión de este proceso con un calendario escolar que dispone el inicio del curso con una ausencia del recurso de AL tan necesario y que implica grave deficiencias en estos retrasos para la integración y normalización de la presencia de esta alumna.

Tercera.- De otro lado, también debemos destacar la circunstancia, no menor, de que la asignación del recurso se realiza compartiendo la plaza de AL-LSE con otro CEIP, en donde se venía prestando este apoyo a un alumno matriculado en este otro colegio.

Este dato tampoco se indica en el “informe” recibido, lo cual ratifica la percepción de una actitud restrictiva en el contenido imprescindible para elaborar un relato acerca del problema que esta Defensoría somete a la consideración de esa Delegación. Dicho en otros términos: cuando el Defensor actúa de oficio interesándose por la falta de profesional de apoyo a una niña sorda ¿no se indica que ya ha sido asignado hace un mes? ¿tampoco se especifica que se va a repartir con otro centro?

Quiere ello decir que la medida que surge de la carencia de apoyo de la alumna del CEIP se pretende resolver asignando de manera compartida este profesional desgajando su destino con un nuevo centro y repartiendo el horario de atención semanal por mitades.

La práctica de repartir o compartir este tipo de recursos es una constante en la experiencia de esta Defensoría a la hora de analizar la adecuación de los servicios destinados a la Educación Especial en una multitud de ejemplos expresados en las quejas que procuramos atender. Y, al respecto, ya hemos analizado sobradamente que se trata de una práctica común establecida en muchos colegios e institutos andaluces de segmentar este tipo de recursos personales entre varios destinos acorde con una distribución horaria diaria o semanal, de modo que estos profesionales no se encuentran en los centros durante toda la jornada escolar o durante todos los días de la semana, limitando con ello la atención al alumnado.

Ciertamente la información facilitada por el ente territorial no permite analizar con detalle la idoneidad de los recursos personales asignados al centro docente para la debida atención educativa del alumnado con discapacidad. Es que ni siquiera manifiesta que el profesional AL-LSE va a ser compartido, por lo que este criterio de reasignación de jornadas y horarios da como resultado aplicativo un menor tiempo de atención al alumnado a cargo de esta figura de AL-LSE.

La medida implica que la demanda surgida en el CEIP apenas se mitiga, pero genera a su vez la reducción por mitad de la atención que se prestaba a un alumno en otro CEIP. El apoyo que se concede para la alumna tarde y probablemente insuficiente, provoca minorar a la mitad la ayuda que recibía otro alumno en el centro próximo.

Y nada se dice de la solicitud del equipo de Frecuencia Modulada (FM) como apoyo técnico para la alumna.

Tercera.- A modo de conclusión, las necesidades que en su día se tramitaron para la cobertura del servicio de AL-LSE para una alumna han sido atendidas con un evidente retraso y de manera restringida a la luz de las graves discapacidades auditivas de la menor. Por otra parte, no puede soslayarse la circunstancia de que se trata de una pequeña que permanece bajo la tutela del Ente de Protección de la Junta de Andalucía

La asignación de Profesional de Audición y Lenguaje y con apoyo de Lenguaje de Signos en Español (AL-LSE) se ha dispuesto retirando la mitad del horario semanal que se ofrecía a otro alumno del otro CEIP.

Al día de la fecha, y por todo lo señalado, no podemos por menos que mostrarnos proclives para adecuar los servicios de atención al alumnado con necesidades especiales a través de las funciones de Profesional de Audición y Lenguaje y con apoyo de Lenguaje de Signos en Español (AL-LSE). Consideramos que la atención del alumnado con necesidades educativas especiales de los dos CEIP de Sevilla están acreditados para disponer de los servicios adecuados para proporcionar a su alumnado una atención inclusiva de calidad.

A la vista de las anteriores Consideraciones, esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, conforme estable el artículo 25.2 b) de la Ley 4/2021, de 27 de julio, de la Infancia y la Adolescencia en Andalucía, en concordancia con el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, del Defensor del Pueblo Andaluz, ha acordado dirigir a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Sevilla la siguiente

RESOLUCIÓN

RECOMENDACIÓN. - para que por esa Delegación Territorial se proceda con celeridad a evaluar la ordenación de los recursos de profesionales especializados en los CEIP de Sevilla, destinados a la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y promoviendo, en su caso, los refuerzos de recursos horarios de Profesional de Audición y Lenguaje y con apoyo de Lenguaje de Signos en Español (AL-LSE).

Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

La Oficina de Información y Atención Ciudadana del Defensor del Pueblo andaluz se desplaza al levante almeriense para la atención presencial a la ciudadanía

La Oficina de Información y Atención Ciudadana (OIAC) del Defensor del Pueblo andaluz se desplaza los próximos 3 y 4 de abril al levante almeriense. El equipo del Defensor atenderá presencialmente a la ciudadanía ambos días en el centro de Servicios Sociales de Huércal-Overa.

El objetivo de esta visita presencial es acercar los servicios de la Institución con el fin de garantizar los derechos de la ciudadanía frente a la actuación de las administraciones públicas en vivienda, salud, educación, servicios sociales, medio ambiente, justicia o transporte público, así como en cuestiones relacionadas con los servicios de interés general, caso de reclamaciones de telefonía, entidades financieras y suministros de luz y agua.

En este desplazamiento la Oficina de Información del Defensor del Pueblo andaluz atenderá a los vecinos y vecinas de Antas, Bédar, Carboneras, Cuevas del Almanzora, Garrucha, Huércal-Overa, Los Gallardos, Lubrín, Mojácar, Pulpí, Sorbas, Turre y Vera. Lo hará en el Centro de Servicios Sociales Mónica Sánchez, calle Retama, s/n , en el barrio de San Isidro, en horario de miércoles 3 y jueves 4 de 09:00 a 14:00 y de 17:00 a 19:00 horas.

Con el fin de prestar el mejor servicio a las personas o colectivos que se dirigen personalmente a la Oficina, se recomienda cita previa llamando al teléfono 954 21 21 21 o enviando un correo electrónico a citapreviadpa@defensor-and.es. También se puede concertar la cita a través de nuestras principales redes sociales: facebook o twitter.

Además de la atención a la ciudadanía, la Oficina de Información mantendrá una reunión con los Servicios Sociales Comunitarios de la comarcas y con asociaciones de carácter social.

    Jesús Maeztu condena que la discriminación racial provoca mayor vulnerabilidad a la población ya vulnerable

    El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha condenado hoy que "la discriminación racial hace mas vulnerables a los vulnerables", en la clausura de la IV Semana Antirracista, que se celebra en Sevilla.

    El Ministerio de Igualdad, a través de la Dirección General para la Igualdad de Trato y No Discriminación y contra el Racismo, celebra esta jornada este año en Sevilla, en coincidencia con la celebración el 21 de marzo del Día Internacional para la Eliminación de la Discriminación Racial.

    El Defensor del Pueblo andaluz, en nombre de la Institución que garantiza la defensa de los derechos, ha señalado que el negacionismo "racista y machista es inaceptable". "Andalucía es solidaria, pero aún hay brotes racistas muy claros", ha sostenido el Defensor. Para Jesús Maeztu, las administraciones deben trabajar en la cultura de la diversidad y han de coordinarse para dar solución a los problemas mas graves, como son la salud mental, la violencia de género o la violencia vicaria, entre otros. "Debemos avanzar hacia políticas de cuidados, basadas en el afecto", ha señalado.

    El Defensor ha puesto de ejemplo el trabajo de algunas organizaciones sociales y ejemplos como el que supone el Premio Nacional de la Lectura para el colegio Alegría del Polígono Sur. "Me gustaría cerrar felicitando a todos los que trabajan por la cultura de paz y la desaparición de los delitos de odio", ha cerrado su intervención. El Defensor ha clausurado la jornada junto a la ministra de Igualdad, Ana Redondo, y el subdelegado del Gobierno en Sevilla, Francisco Toscano.

    El Defensor del Pueblo andaluz inaugura en Torre Sevilla una exposición ilustrativa sobre sus funciones para celebrar el 40 aniversario

    El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, y el gerente de Torre Sevilla, Juan Carlos Gómez Galiano, han inaugurado hoy en el centro comercial una exposición que ilustra los 40 años de la actividad de este comisionado como defensor de los derechos y libertades de la ciudadanía. El conjunto de paneles se pueden visitar en el lobby de Torre Sevilla hasta el próximo 21 de abril.

    Con esta exposición, el Defensor del Pueblo andaluz pretende acercar a la ciudadanía los valores de una institución valedora de derechos que forma parte de las herramientas de la sociedad democrática, así como invitar a una reflexión sobre la necesidad de concienciar sobre los derechos humanos, la justicia y la equidad. La exposición gira en torno al lema del 40 aniversario, “No asumas como normal lo inaceptable”, y se estructura en cuatro bloques temáticos: una explicación sobre la identidad del Defensor del Pueblo andaluz; su misión, visión y valores; los principales datos de los mandatos de los defensores andaluces durante este periodo, y una difusión de derechos estructurados en tres bloques: Personas, Planeta y Prosperidad, y Cultura de Paz y Alianzas, en línea con los objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030.

    La autoría de las ilustraciones pertenecen a la dibujante sevillana Aurora Villaviejas, cuyos trabajos en acuarela beben del cómic y del dibujo urbano, y del gaditano Arturo Redondo, ilustrador especializado en recreación histórica, cuya obra se exhibe actualmente en museos y centros interpretativos.

    La exposición continuará su recorrido en la Fundación CajaGranada y en la Diputación de Granada (del 22 de abril al 5 de mayo); Diputación de Córdoba (18 al 30 de junio) y Diputación de Huelva (1 al 15 de septiembre), como citas ya confirmadas.

    La atención a la población vulnerable, la salud mental y la igualdad de género, temas destacados del Informe Anual 2023 del Defensor del Pueblo andaluz

    El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha destacado hoy la atención a la población vulnerable, la preocupación por la salud mental y el compromiso por la igualdad de género como asuntos relevantes en el balance del ejercicio de 2023.

    Maeztu ha entregado el Informe Anual de la Institución al presidente del Parlamento andaluz, Jesús Aguirre, y, en coincidencia con el 40 aniversario de la creación de este comisionado parlamentario, ha subrayado que se han batido registros históricos. Según este balance, fueron más de 9.600 quejas recibidas, un 12% más que en en ejercicio anterior, y más de 15.500 consultas atendidas, cifra solo superada en 2020 como consecuencia de la atención prestada por las consecuencias de la COVID. En total, junto a más de 600 acciones de promoción de derechos, el Defensor acometió unas 30.000 actuaciones para las más de 35.000 personas que requirieron su intervención.

    Jesús Maeztu ha concretado que el 56% de estas acciones estuvieron relacionadas con la dignidad de las personas y, de ellas, dos de cada tres afectaron a población vulnerable. Fueron las relacionadas con dependencia y servicios sociales, discapacidad, infancia, personas mayores, vivienda, extranjería o prisiones, entre otras.

    El Defensor ha lamentado que un año más vuelven a ser reiterativas las denuncias que muestran la desesperación e indignación por la tardanza y la falta de claridad en el procedimiento y la resolución de estas prestaciones (ingresos de subsistencia; ayudas a la dependencia; valoración de la discapacidad; bono de alquiler...), así como la imposibilidad de contactar con los responsables de la tramitación de dichas prestaciones, porque no atienden las llamadas o porque no existen citas disponibles.

    Jesús Maeztu ha solicitado a la Administración una “verdadera política de cuidados” para los colectivos vulnerables y ha llamado la atención sobre la protección normativa y las políticas públicas singulares para las personas mayores, entre las que ha subrayado como de especial protección las que viven en residencias por el “apartamiento indecente que padecen”.

    Las quejas recibidas en salud fueron las que más aumentaron (un 58%, hasta 1.150 quejas nuevas), debido de nuevo a los retrasos en tiempos de respuesta asistencial en el acceso a la primera consulta de asistencia especializada y en intervención quirúrgica, principalmente. El Defensor ha resaltado el análisis que aporta este año sobre la salud mental con el objetivo de “crear conciencia, naturalizar esta necesidad, conocer su entidad, detectar sus puntos flacos, ahondar en las opciones de respuesta y sentar las bases que permitan caminar hacia un mejor horizonte”. Especial tratamiento dedica el Informe 2023 a la epidemia creciente de suicidios o al enfoque sobre las adicciones y la patología dual.

    Una última cuestión relevante aborda el compromiso del Defensor del Pueblo andaluz por la igualdad de género. Maeztu ha subrayado que en este ejercicio de referencia se ha aprobado el primer plan de igualdad del Defensor, asumiendo como principio la propia ejemplaridad de la Institución.

    El Defensor considera la vivienda "clave" en la lucha contra la pobreza y la desigualdad en una reunión con la AVS

    El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha considerado hoy que "la vivienda es clave en la lucha contra la pobreza y en la consecución de la igualdad real", en el transcurso de una reunión con la Asociación Española de Gestores Públicos de Vivienda y Suelo (AVS).

    El presidente de la AVS,  José María López Cerezo, quien a su vez es director gerente del Instituto Municipal de la Vivienda de Málaga, ha presentado al Defensor los nuevos retos y objetivos de la asociación y ha expuesto sus impresiones sobre el panorama actual en materia de vivienda publica.

    El presidente de la AVS ha destacado la necesidad de una mayor inversión en vivienda social y ha agradecido la colaboración del Defensor del Pueblo andaluz en la visibilidad de este problema.

    El Defensor de la Infancia pide extender a los mayores de edad la ayuda de 5.000 euros para los huérfanos por violencia de género

    El Defensor de la Infancia y Adolescencia de Andalucía, Jesús Maeztu, ha reclamado hoy la extensión de la ayuda económica a la infancia huérfana de violencia de género para los mayores de 18 años, al igual que sucede en otras comunidades autónomas.

    En la comisión sobre la infancia y adolescencia del Parlamento de Andalucía, Jesús Maeztu ha saludado la entrada en vigor este año de una prestación de 5.000 euros anuales destinadas a menores huérfanos por violencia de género, y ha solicitado la colaboración de los diputados y diputadas de la comisión para extender la ayuda a los mayores de edad. “Al menos a los que están estudiando, y hasta que comiencen a trabajar, pero para que no se queden fuera. Conocí el caso de un menor en estas condiciones al que le vino un recibo de IBI a los 18 años, y no tenía con qué pagarlo”, ha considerado el Defensor, que ha presentado el Informe de Infancia y Adolescencia 2022.

    Maeztu ha llamado la atención sobre la situación en la que quedan los hijos e hijas, “los grandes olvidados” y los familiares. “Cuando se entierra a la mujer, comienza el calvario del niño y del familiar que se queda con ellos”, ha subrayado.

    Para el Defensor de la Infancia, este Informe se puede utilizar como una “guía” para que esas familias conozcan qué pueden hacer cuando les sobreviene esta situación, al tiempo que ha reclamado a la Administración varios retos para garantizar recursos y protección a estas víctimas. Maeztu ha señalado, entre otros, una ampliación del acompañamiento superior a las 48 horas tras el entierro de la mujer; medidas para evitar la victimización de estos menores en los procesos judiciales -por ejemplo, en cuanto al otorgamiento de la guarda y custodia a las familias, o ante la futura excarcelación o permisos de su progenitor-; medidas de protección sobre sus derechos patrimoniales, y la necesidad de una acreditación de la condición de víctima para poder acceder a recursos y servicios más allá de la protección judicial. Maeztu también ha demandado una mejora en el sistema de recopilación e información de datos estadísticos, y potenciar acciones de investigación, campañas de sensibilización social e información.

    Desde 2003 -año en el que se incluyó a los menores en las estadísticas- y hasta la elaboración de este informe, el número de niños y niñas que se han quedado huérfanos por violencia de género se elevó a 388, 75 de ellos en Andalucía, según datos de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, el Observatorio estatal de violencia sobre la mujer, y las memorias anuales de la Fiscalía General del Estado. Otros 13 menores se han quedado huérfanos en este periodo, por lo que se trataría de 88 niños y niñas huérfanos por violencia de género en la comunidad autónoma hasta la actualidad.

    En cuanto al estado de la infancia andaluza este año, el Defensor ha señalado que fueron 4.965 actuaciones por parte de este comisionado, de las cuales 2.389 se refieren a quejas y 2.576 a consultas. En asuntos de infancia, adolescencia y juventud se tramitaron un total de 1.806 expedientes de queja nuevos, de los cuales 1.787 fueron instados por la ciudadanía y 19 se iniciaron de oficio promovidos por la Institución. Junto con estas actuaciones se realizaron otras 583 más, procedentes de quejas iniciadas en años anteriores.

    Acerca de otras materias del Informe, el Defensor ha destacado el derecho a la salud, caso de la atención especializada de pediatría, especialmente preocupante en entornos rurales, y las quejas sobre la salud mental, y el número de suicidios. Sobre educación, y mientras sigue descendiendo el número de reclamaciones por la matriculación, Maeztu ha avisado de que persisten carencias en la bioclimatización de muchos centros educativos de Andalucía; la reiteración de quejas sobre la asignación de recursos y medios profesionales para el alumnado de necesidades especiales; y la preocupación por las conductas violentas en las aulas.

    Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 23/5168 dirigida a Ayuntamiento de Arcos de la Frontera (Cádiz)

    ANTECEDENTES

    Ver asunto solucionado o en vías de solución

    Se dirigió a la Defensoría el padre de un menor quejándose porque el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera hubiera empadronado a su hijo a instancias sólo de la madre sin contar con su consentimiento. Nos decía que para ello aportó copia de una resolución judicial errónea. Por este motivo solicitó del Ayuntamiento la cancelación de dicho empadronamiento sin que hubiera sido atendida su petición.

    Para dar trámite a la queja solicitamos la emisión de informe al citado Ayuntamiento, respondiéndonos que la madre presentó su solicitud de empadronamiento mediante una resolución responsable, y que las consecuencias derivadas de sus manifiestaciones han de imputarse exclusivamente a ella. A continuación se reconoce que, efectivamente, la resolución judicial a la que se hace referencia en la queja correspondía a un hermano del menor, de distinto padre. Y precisa el informe municipal que el funcionario interviniente dio trámite a la solicitud de empadronamiento realizada por la madre ya que ésta aportó un escrito, firmado por el padre en el que éste le autorizaba a realizar gestiones para matricular a su hijo en la guardería municipal, del cual parecía deducirse que también autorizaba para el alta en el padrón municipal, ya que para dicha matriculación se requería estar empadronado en el municipio. Continuaba el informe señalando que una vez que el padre recurre dicha alta en el padrón, la policía municipal emite un informe en el que señala que la madre reside en dicho domicilio junto con su hijo desde hace aproximadamente un año, por lo cual no resultaría procedente estimar la petición del padre para que se cursara la baja de su hijo en el padrón municipal.

    A continuación dimos traslado al padre de un extracto del informe para que alegase lo que estimase conveniente éste nos indica que con dicho escrito solo autorizaba a la madre a matricular a su hijo en la guardería municipal de Arcos, y que dicha autorización nada tenía que ver con la autorización para que el menor fuera empadronado en Arcos junto con su madre, debiendo tenerse en cuenta la relevancia de dicho empadronamiento para el resultado del procedimiento judicial, todavía en trámite, en el que se dilucida el régimen de guarda y custodia del menor, y régimen de relaciones de éste con su familia. Y recalca el interesado que hasta el momento el menor ha venido conviviendo con ambos progenitores durante períodos de tiempo que podrían considerarse equiparables, a pesar de residir padre y madre en distintos municipios, requiriéndose por tanto autorización judicial para dicha alteración padronal por resultar ésta especialmente relevante.

    CONSIDERACIONES

    Tras analizar la tramitación dada a dicha inscripción padronal, en especial el cumplimiento de los requisitos establecidos en la por entonces vigente Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, para aquellos casos en que se solicitase el empadronamiento con uno solo de los progenitores cuando no existiera consentimiento de ambos ni autorización judicial (apartado 2.2.1.3 de las instrucciones técnicas) pudimos concluir que el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera no cumplió con las prescripciones establecidas en las instrucciones técnicas descritas, por lo que se procedió a una inscripción padronal sin cumplir con los requisitos establecidos, siendo así, esta inscripción causó indefensión al interesado, que no puede ser calificada como mera irregularidad no invalidante.

    Ahora bien, lo anterior no resulta obstáculo para que, en consideración al tiempo transcurrido desde entonces y, especialmente, por quedar probada por la policía local la residencia efectiva del menor junto con su madre en el domicilio en que actualmente se encuentran empadronados, consideremos que exista un obstáculo insalvable para proceder a la convalidación de este vicio de anulabilidad, máxime cuando el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 establece taxativamente que toda persona está obligada a inscribirse en el padrón del municipio donde resida habitualmente, y quienes residan en más de un municipio tendrán que inscribirse en el que residan durante más tiempo en el año.

    En virtud de lo expuesto emitimos al Ayuntamiento

    RESOLUCIÓN

    RECOMENDACIÓN 1.- Que se proceda a la convalidación del acto administrativo del empadronamiento de madre e hijo, afectado de vicio de anulabilidad por haberse dictado por ese Ayuntamiento con infracción del ordenamiento jurídico.

    RECOMENDACIÓN 2.- Que, en lo sucesivo, el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera observe escrupulosamente la normativa sobre el empadronamiento de menores no emancipados, en los casos en que éste empadronamiento sea instado por un solo progenitor, en concreto la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, modificada por la Resolución emitida por los mismos organismos, de 3 de febrero de 2023, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se modifican dichas instrucciones para adaptar su contenido a lo establecido en la disposición final segunda de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que ha modificado el artículo 154 del Código Civil.

    Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

    El Defensor destaca los avances y cambios normativos en los últimos 40 años para luchar por la igualdad “efectiva y real”

    El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, ha destacado hoy los avances y cambios normativos experimentados en los últimos 40 años en la lucha para conseguir la igualdad “efectiva y real” de la mujer en la sociedad.

    "Cuando hablamos de la igualdad de la mujer, hablamos de derechos. No se trata de que puedan mejorar, se trata de que se cumplan sus derechos. No podemos asumir como normal lo inaceptable", ha afirmado Jesús Maeztu en referencia al lema con el que la Institución está celebrando el 40 aniversario de su constitución.

    Por este aniversario, en el Día de la Igualdad de la Mujer, el Defensor ha celebrado un diálogo sobre el papel de la Institución y los avances que se han producido en los derechos de las mujeres junto a la profesora titular de Derecho Romano de la Universidad de Córdoba, Carmen Jiménez Salcedo. Maeztu ha significado el “fuerte compromiso por la igualdad” de la Institución , que desde hace más de 20 años incorporó la igualdad como materia transversal en el trabajo de la Defensoría. “El lema total de la Defensoría es la igualdad, porque la sociedad no puede progresar bien con la desigualdad, y en este sentido los más vulnerables son las mujeres y las niñas”, ha afirmado Maeztu, que ha cifrado en casi un 60% el número de quejas y consultas que presentan las mujeres, “cuando hace 20 años era al revés”.

    Jesús Maeztu ha recordado el caso de Ana Orantes -asesinada por su ex marido hace 25 años, pocos días después de relatar en Canal Sur su caso de maltrato- como el promotor del cambio y ha reclamado a las mujeres que sufran violencia de género que “no tengan miedo a denunciar”. “Estoy obsesionado con visibilizar los problemas, porque lo que no se visibiliza, no existe”, ha señalado.

    Tanto Maeztu como Jiménez Salcedo han comentado casos concretos, y la profesora ha considerado que los “textos normativos que priorizan igualdad efectiva y sociedad van por delante de la sociedad, que no está a la altura de los textos normativos, por naturaleza , costumbre, historicidad, y porque la mujer asume roles impropios. Por ello el papel del Defensor es muy importante, para inculcar a mujeres el papel que tiene en el ámbito social y no solo en el privado”.

    La profesora ha ensalzado la figura del Defensor como garante de los derechos y ha destacado su “utilidad y el reconocimiento cada vez más amplio de este instrumento democrático, por sus procedimientos ágiles, cercanos y de un corte más humano que acerca las instituciones a la ciudadanía”. Jiménez Salcedo, que ejerció como defensora universitaria, ha investigado el papel de los ombudsperson y ha encontrado antecedentes de defensores en el derecho romano, así como las condiciones de la persona que debe ejercer el cargo.

    Por último, el Defensor del Pueblo andaluz ha destacado las políticas de cuidados o la conciliación que realizan en su gran mayoría las mujeres, y ha manifestado que, entre los retos más urgentes, se encuentra combatir la pobreza, “que tiene rostro de mujer”, como es el caso de las familias monomarentales.

      El Defensor del Pueblo andaluz aborda las preocupaciones de la provincia de Sevilla en su reunión con el delegado de la Junta

      El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha abordado hoy las principales preocupaciones de la ciudadanía de la provincia de Sevilla en una reunión de trabajo con el delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía, Ricardo Sánchez, y los distintos delegados territoriales.

      El Defensor ha trasladado al delegado del Gobierno de la Junta actuaciones en materia de vulnerabilidad, infancia, y salud. En 2023 las actuaciones relacionadas con las personas acaparó el 59% de las actuaciones del Defensor en la provincia de Sevilla, frente al 17% de Planeta, 17% en Prosperidad y 7% en cultura de paz y alianzas.

      Esta estructura implantada por el Defensor está alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible y en base a la Estrategia del Defensor 2021-2024. Un 37% de las actuaciones del eje de personas en la provincia de Sevilla estuvieron relacionadas con asuntos de dependencia y servicios sociales, seguidas de salud y bienestar social (19%), vivienda (16%), educación (11%), prestaciones a cargo de la Seguridad Social (7%), personas migrantes (7%), personas presas (1%) e igualdad de género.

      Esta reunión se enmarca en una ronda de visitas, todos los años, a los diferentes delegados provinciales del Gobierno andaluz, que ha culminado con el representante de la Junta en Sevilla.

      El Defensor del Pueblo andaluz ha mantenido a continuación un contacto con los delegados territoriales de cada área en la provincia en relación a la evaluación de sus respectivas competencias.

      Jesús Maeztu ha destacado la necesidad de diálogo y evaluación de las políticas públicas, y ha señalado la importancia de contar con recursos humanos y una gestión eficiente de los mismos para atender las demandas de la ciudadanía en un tiempo adecuado de respuesta.

      El delegado del Gobierno de la Junta en Sevilla, Ricardo Sánchez, ha subrayado que ha sido una reunión bastante fructífera en la que se ha puesto de manifiesto lo esencial, “la colaboración y cooperación entre las distintas administraciones e instituciones, porque es la mejor manera de servir a los ciudadanos”.

      Ricardo Sánchez ha resaltado que “me gustaría poner en valor el trabajo que esta institución – el Defensor del Pueblo- realiza tratando siempre de ayudar a esa Sevilla más desfavorecida y ofrecerles soluciones. También nuestro compromiso como Gobierno andaluz con las políticas sociales es firme".

      Por último el delegado de la Junta ha querido agradecerle también al Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, su labor y la de todo su equipo, siempre al servicio de los sevillanos y de los andaluces.

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