La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/2838 dirigida a Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

La Fiscalía investigará el vertido de neumáticos en el paraje denominado El Llano, en el término municipal de Jabalquinto.

06-06-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Esta Institución ha tenido conocimiento, a través de distintas noticias aparecidas en los medios de comunicación, de que en el paraje denominado El Llano, que está situado en el término municipal de Jabalquinto, a un kilómetro y medio en línea recta del núcleo urbano de Mengíbar, en la provincia de Jaén, existe un “cementerio de caucho” de cierta entidad.

Según distintas noticias, en este lugar, que es un descampado rodeado de olivos, se vienen depositando ruedas de neumáticos usados sin que los titulares de este vertedero posean la preceptiva autorización. En uno de estos medios podemos leer que según el Alcalde de Jabalquinto “Nos consta que hubo una petición en el Ayuntamiento para solicitar una licencia de actividad. Le dijimos que tenía que cumplir unas determinadas condiciones de acuerdo con la normativa vigente. Nunca más supimos algo. Ese vertedero no tiene permiso alguno, al menos por nuestra parte”. Más adelante, la mencionada autoridad manifiesta que han pedido auxilio a la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para tratar de buscar una solución a la situación de este vertedero.

Por otro lado, hemos tenido conocimiento también de que según la citada Delegación Territorial, hace ahora dos años se personaron inspectores de la misma en el vertedero girando una visita al mismo. Parece ser que a resultas de esa visita pudieron comprobar que carecía de un vallado perimetral, de medidas de seguridad preventivas ante posibles incendios y que, asimismo, carecía de licencia municipal de la actividad y de la preceptiva autorización de la Consejería para gestionar estos residuos.

Ante estos hechos parece ser que se incoó expediente sancionador imponiéndose, incluso, una sanción económica y dándole plazo al titular de la actividad para que adoptara una serie de medidas correctoras que le permitieran mantener este almacén.

Sin embargo, transcurrido el plazo que habría dado la Consejería para que se adoptaran estas medidas, y otras tales como el plan de seguridad y de autoprotección para caso de emergencia y retirada de neumáticos, ya que parecía que había un exceso de toneladas respecto de las autorizables, no se habrían adoptado esas medidas y el titular de la actividad habría seguido manteniendo este depósito sin las preceptivas autorizaciones.

De esta forma continuaba esta situación, sin que se adoptaran medidas algunas de las previstas en la normativa ambiental ante un supuesto como el que nos ocupa, hasta que recientemente, parece ser, que la Delegación Territorial ha anunciado que adoptaría medidas, acudiendo en su caso a la ejecución subsidiaria para que se dé cumplimiento a las resoluciones adoptadas relativas a las medidas correctoras, o en otro caso suponemos a la retirada y clausura del deposito.

A la vista de todo ello hemos iniciado esta actuación de oficio en la que nos hemos dirigido a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para conocer, en síntesis, las medidas que hubiera adoptado para ejecutar, en su caso, la resolución que se hubiera adoptado para eliminar este vertedero.

03-01-2018 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

El Defensor del Pueblo Andaluz inició esta actuación de oficio para conocer las medidas adoptadas por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ante la situación en la que se encontraba un vertedero de neumáticos en Jabalquinto, Jaén, que parecía no disponer de las preceptivas licencias y autorizaciones para una actividad de este tipo.

De las diversas respuestas que nos remitió la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se desprendía lo siguiente:

1.- Que el depósito de neumáticos se estaba desarrollando sin autorización, lo que determinó que, previa inspección y tramitación de un expediente sancionador, se dictara Resolución de 11 de marzo de 2014 por una infracción grave con la imposición de una multa de 1.200.-euros y la imposición de una serie de obligaciones no pecuniarias, entre las que se encontraba la de “Obtener autorización por el órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma”.

2.- Que la multa había sido abonada por la empresa titular del depósito y que, tras visita de inspección de 25 de mayo de 2016, se comprobó que algunas de las obligaciones no pecuniarias impuestas no se habían cumplido.

3.- Se dictó resolución sancionadora imponiendo una multa de 30.000 euros al titular de esta instalación.

4.- Se había incumplido el compromiso de retirada de neumáticos fuera de uso previsto en el Plan de Gestión presentado en su momento, ya que solo se habían retirado 288 tm de neumáticos, es decir, una cantidad muy por debajo del compromiso adquirido de retirar mensualmente de 50 a 60 tm, por lo que deberían haberse retirado un mínimo de 600 tm.

Lo anterior, unido a que todavía quedaba una zona extensa sin sectorizar y con los neumáticos lindando con el vallado, con la presencia de vegetación que había vuelto a crecer en el perímetro de la instalación, dan lugar a una situación de grave riesgo ya que cualquier accidente en el almacenamiento en las condiciones actuales supondría un daño incalculable para el medio ambiente y las personas debido a la ubicación de la parcela situada a 150 metros del río Guadalquivir y a 500 metros del núcleo urbano de Mengíbar.

5.- Se había requerido al titular de la instalación para que procediera al desbroce y mantenimiento del área cortafuegos perimetral en el exterior y en el interior de las instalaciones, debido al riesgo de incendios en época seca.

Por último, nos llamó la atención que un depósito de neumáticos de la envergadura que parece tenía éste, constitutivo de infracción grave, fuera sancionado, en un primer momento, con solo una multa de 1.200 euros, cuando resultaba evidente que era una cantidad irrisoria frente a los rendimientos económicos de la actividad. De ahí que si la horquilla de sanción pecuniaria para una infracción grave esté entre el mínimo de 603 euros y el máximo de 30.051 euros, pareciera, en principio, bastante corta habida cuenta que se trataba de un depósito de muchas toneladas de residuos sin autorización. En este sentido, conviene recordar que el artículo 157.1 de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía establece que, en la imposición de las sanciones se deberá guardar la debida adecuación entre la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y la sanción aplicada, considerando, entre otros criterios como circunstancias atenuantes o agravantes para la graduación de la sanción, el ánimo de lucro o beneficio ilícito obtenido o la magnitud del riesgo objetivo producido sobre la calidad del recurso o sobre el bien protegido.

En cuanto al Ayuntamiento de Jabalquinto (Jaén), éste nos informó, en síntesis, que el Ayuntamiento consideraba legalizable esta actividad y que el promotor de la misma había presentado en el Ayuntamiento solicitud de aprobación de Proyecto de Actuación de Almacén de Residuos. A estos efectos, también nos informó que dicho Proyecto de Actuación había sido remitido al Área de Servicios Técnicos de Diputación de Jaén para que emitiera informe técnico, estando entonces a la espera de recibirlo.

Asimismo, nos daba cuenta de que ese Ayuntamiento carece de medios policiales (solo dispone de un auxiliar de policía) para la vigilancia e inspección en el ámbito urbanístico y disciplinario, “siendo que por otra parte, consideramos que dado el volumen de almacén de neumáticos, según informe de la Guardia Civil de fecha 15/03/2016 que determina que supera las 30.000 toneladas, de conformidad con la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía, y lo dispuesto en su artículo 128 sería competencia de la Consejería de Medio Ambiente el ejercicio de la función de vigilancia e inspección y control de aquellas actividades, actuaciones e instalaciones que puedan afectar negativamente al medio ambiente...entendiendo este Ayuntamiento que la Junta de Andalucía dispondrá de los medios personales apropiados para llevar a cabo estas funciones de vigilancia con mayor capacidad que este Ayuntamiento y en todo caso en colaboración con esta entidad local”.

Durante la tramitación de la misma, conocimos que la Fiscalía Provincial de Jaén estaba siguiendo diligencias de investigación en relación con el asunto objeto de la queja, por lo que suspendimos actuaciones en cumplimiento de lo previsto en el artículo 17.2 primer inciso de la Ley del Defensor del Pueblo Andaluz: «El Defensor del Pueblo Andaluz no entrará en el examen individual de aquellas quejas sobre las que esté pendiente resolución judicial y lo suspenderá si, iniciada su actuación, se interpusiera por persona interesada demanda o recurso ante los Tribunales ordinarios o el Tribunal Constitucional».

20 h: Ponencia del Defensor: “La figura del personero de común en época de Juan Relinque”, Casa de la Cultura, Vejer (Cádiz)

Vejer celebra la III edición de la Semana Cultural dedicada a las Hazas de Suerte con un amplio y variado programa de actividades organizadas por eñ Ayuntamiento de Vejer. El Defensor del Pueblo Andaluz interviene en el ciclo de conferencias con la ponencia  “La figura del personero de común en época de Juan Relinque”. Será el jueves, 10 de noviembre, en la Casa de la Cultura, a las 20 horas.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/5398 dirigida a Consejería de Educación. Delegación Territorial de Almería

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

La Administración informa que como consecuencia de la aprobación de una Proposición no de Ley (PNL), por parte de la Comisión de Educación del Parlamento de Andalucía, la Junta de Andalucía adquirió el compromiso de construir un nuevo Conservatorio de Danza, por lo que en la actualidad se está a la espera de los presupuestos de Educación para ver si se puede introducir en la planificación del presente año.

17-10-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Por la prensa se ha conocido las movilizaciones protagonizadas por los padres y madres, y el propio alumnado del Conservatorio de Música y Danza de Almería, quienes desde que se iniciara el curso, han decidido no entrar en las aulas y permanecer a las puertas del edificio hasta obtener alguna respuesta a su reivindicaciones por parte de la Administración educativa andaluza.

El Conservatorio de Música de Almería, que acaba de cumplir 25 años, además de no contar con espacio suficiente para albergar a los estudiantes de música, comparten aulas con los de danza, lo que provoca no solo que unas disciplinas interfieran en las otras, sino que al no estar concebido el edificio para ambos fines y carecer de las instalaciones y acondicionamientos necesarios, se tiene constancia, de lesiones físicas sufridas por el alumnado, como son la pérdida de capacidad auditiva -en el caso de estudiantes de música-, o lesiones en piernas y rodillas -en estudiantes de danza-.

No entienden los afectados, que aún no se haya construido un edificio que albergue en exclusiva al Conservatorio de Danza, puesto que, aseguran, los terrenos necesarios para ello fueron cedidos a la Junta de Andalucía por parte del Ayuntamiento hace años.

Entre las deficiencias que presenta el edificio, están la de la falta de insonorización de las aulas, para que los alumnos no se molesten unos a otros cuando dan clase, siendo igualmente urgente la construcción o la búsqueda de un Auditorio, espacio que, aún siendo una infraestructura básica en este tipo de edificios, no se contempló en el correspondiente proyecto -sin que la administración competente y responsable subsanara en ese momento dicha deficiencia-.

Por todo lo expuesto y de conformidad con la Ley reguladora de esta Institución, y ante la posibilidad de que se estén conculcando los derechos fundamentales de la Constitución (derecho a la integridad física y derecho a la educación, respectivamente), así como los derechos de Educación (derecho a una educación de calidad y a la necesidad de contar con la infraestructura y medios materiales y humanos necesarios para su consecución en igualdad de condiciones) consideramos justificado iniciar de oficio, un expediente para poder conocer la situación en la que se encuentra el Conservatorio de Música y Danza de Almería y, en su caso, las medidas que, de forma urgente, se hayan adoptado o se adoptarán al objeto de solucionar los problemas señalados.

27-02-2017 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

La Administración informa que como consecuencia de la aprobación de una Proposición no de Ley (PNL), por parte de la Comisión de Educación del Parlamento de Andalucía, la Junta de Andalucía adquirió el compromiso de construir un nuevo Conservatorio de Danza, por lo que en la actualidad se está a la espera de los presupuestos de Educación para ver si se puede introducir en la planificación del presente año.

Queja número 15/2220

A la vista de la prolija información recibida, y tras su análisis, podemos deducir que las entidades y consorcios en los que se articulan los servicios de salvamento y extinción de incendios han afrontado el modelo establecido en la citada Ley 27/2013, de 27 de Diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL), a través de la ordenación de sus dotaciones y mediante acciones de planificación territorial para dotar de bases o parques en los respectivos ámbitos de intervención a través de diferentes fórmulas de cooperación local.

En otros supuestos, las respuestas anuncian diversos planes de dotación de personal que se hacen depender de las condiciones presupuestarias que marquen las exigencias de contención del gasto público en los ejercicios de 2017 y siguientes, bien con la incorporación de nuevas plazas o bien con procesos de funcionarización de personal interino o categorías afines.

Tal y como señalábamos en el escrito inicial que motivaba la apertura del expediente de oficio, hemos procurado conocer el impacto que la citada LRSAL podía incidir en las Administraciones locales responsables de estos delicados servicios, en particular en los pequeños municipios, menores de 20.000 habitantes, especialmente necesitados de la cooperación y asistencia técnica de sus respectivas Diputaciones. Pues bien, de la información recibida creemos poder valorar los esfuerzos que las respectivas entidades provinciales vienen volcando para garantizar la mejor ordenación y prestación de estos servicios para la ciudadanía.

Sin perjuicio de continuar desplegando las actuaciones de seguimiento y supervisión que esta especial temática exige, creemos oportuno proceder a la conclusión del presente expediente de queja.

Ver cierre de actuación de oficio

Queja número 16/4964

Nos dirigimos a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (SGIP) exponiendo la pretensión de un inerno de ser trasladado al Centro Penitenciario de Algeciras, al estar familiarmente vinculado a la localidad de La Línea de la Concepción, donde residen esposa, hijas y madre, que tenían graves dificultades, según nos aseguraba Vd., para trasladarse hasta Huelva, entre otras razones, unidas al tema económico, porque trabajan en un negocio familiar que sólo les deja libres un día a la semana, el domingo, lo que le estaba ocasionando una situación de recíproco desarraigo familiar.

En contestación a nuestra petición, desde el referido centro directivo nos manifiestan que “vista y valorada la documentación ahora recibida, se ha modificado su destino al centro penitenciario de Algeciras”, encontrándose el traslado (en el momento de evacuarse el informe remitido) pendiente de ejecución.

Desprendiéndose de lo anterior que el problema que le llevó a dirigirse a esta Defensoría ha quedado positivamente resuelto, damos por concluidas nuestras actuaciones, agradeciendo la colaboración de la SGIP.

Queja número 16/4464

Logramos la devolución de cantidades embargadas a consecuencia de recibo de IBI duplicado.

La parte promotora de la queja, en nombre y representación de sus hermanos, exponía que en fecha 11 de marzo de 2015 había presentado escrito de alegaciones al procedimiento de recaudación, llevado a cabo por el servicio correspondiente de la Diputación de Granada, respecto del Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza Rústica, sin que desde entonces hubieran recibido respuesta alguna, antes bien según indicaba se había procedido a la ejecución de embargo de nómina y se había generado cobro por duplicado de recibo por el citado Impuesto.

Interesados ante la administración, se nos indica mediante informe que se ha estimado la petición formulada y se ha procedido a la devolución del recargo, costas e intereses de demora.

Dado que el asunto objeto de la queja ha quedado solucionado, damos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.

Queja número 16/3384

Logramos que el Ayuntamiento facilite información en formato digital actualizada sobre el estado de ejecución del Presupuesto.

En dicho escrito, la parte promotora de la queja, como representante del Grupo Municipal Andalucista en el Ayuntamiento de Frigiliana (Málaga), manifestaba que desde el día 18 de abril está a la espera de recibir el estado de ejecución del presupuesto 2016. Añadía que habían formulado esta petición en pleno y en comisiones informativas en las que estaba presente el concejal de Hacienda de la corporación municipal.

Interesados ante la administración, se nos indica mediante informe que se ha estimado su petición y se le ha facilitado la documentación solicitada.

Añaden que se está trabajando en aras de poder incorporar en la propia web municipal información actualizada sobre el estado de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento.

Asimismo, indican que cualquier interesado tiene a su disposición la documentación que estime necesario y/o conveniente consultar en su función de control y fiscalización municipal.

Dado que el asunto objeto de la queja ha quedado solucionado, damos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/5550 dirigida a Consejería de Justicia e Interior

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

En el curso de la tramitación del presente expediente de queja, se ha recibido informe de la Viceconsejería de Justicia e Interior.

Dicho completo y detenido informe relata la actual situación de los Juzgados de lo Penal 12, 13 y 14 de Málaga, que asumen los asuntos propios de Violencia sobre la Mujer, sobre cuyo funcionamiento ya se habían abordado actuaciones desde esta Institución en relación con problemas de dilaciones y retrasos en la gestión de asuntos cuya materia reviste tan singular trascendencia.

02-11-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Determinadas quejas que se refieren al funcionamiento de determinados órganos judiciales son, entre otros indicadores, ejemplos claros de algunos de los graves problemas que afectan a la Administración de Justicia y que, en ocasiones, han sido motivo de análisis específicos por parte de las Memorias del Tribunal Superior de Justicia (TSJA) y del propio Defensor del Pueblo Andaluz, a través de sus Informes Anuales al Parlamento, junto a los propios diagnósticos de la Consejería de Justicia e Interior.

Sin embargo, en otros supuestos, la preocupación por el normal funcionamiento de los órganos judiciales en el ámbito de las competencias de este Comisionado del Parlamento, proviene de determinadas informaciones que aluden a deficiencias en determinados órganos judiciales que merecen una particular atención.

Éste fue el caso de la queja 15/6105, incoada de oficio, para conocer las incidencias relatadas sobre la situación de los Juzgados de lo Penal nº 12 y nº 13 de Málaga.

Dicho expediente fue concluido en base a la información que se nos hizo llegar desde la Viceconsejería. El escrito de conclusión decía:

“Recibimos informe de la Viceconsejería de Justicia e Interior, de fecha 8 de febrero 2016, nº de Registro de Salida 445100001304, fechado el 9 de febrero 2016, relativo al expediente arriba indicado, promovido de oficio por esta Institución. Confiamos que las medidas adoptadas de reordenación de asuntos dedicados a la Violencia de Género entre los Juzgados,así como la excelente noticia de la creación de un nuevo órgano judicial para Málaga coadyuven a ofrecer las mejoras de gestión que esa delicada materia necesita en la jurisdicción malagueña.”

Sin embargo, nuevas informaciones reiteran la persistencia de los problemas, cuyo contenido merece, cuando menos, una información actualizada y contrastada. Probablemente el dato más destacado del que se hacen eco diversos representantes sindicales alude a señalamientos de tres años de retraso para atender los “juicios rápidos” en materia de violencia de género.

La queja de oficio tramitada anunciaba una serie de medidas como eran atribuir al Juzgado 14 de lo Penal con carácter exclusivo desde principios de año 2016 asuntos de violencia contra la mujer, junto con los desempeños de los Juzgados 12 y 13. Así mismo se anunciaba la creación de Juzgado de lo Penal nº 15 de Málaga que ayudaría a un reparto más beneficiosos de asuntos penales entre sus órganos judiciales.

Por tanto, necesitamos poner en actualidad la situación de estos Juzgados y evaluar de nuevo el resultado de las medidas correctivas que en su día motivaron el cierre de la queja de oficio 15/6105. Estas situación, pues, han sido determinante para motivar la incoación de esta nueva queja de oficio y procurar ante la Consejería de Justicia e Interior conocer su criterio global en orden a la situación que describimos y las posible medidas que, en su caso, estimen oportuno adoptar para abordar la situación.

Es por ello que, se viene a proponer conforme a lo previsto en el apartado 1 del artículo 10 de nuestra Ley reguladora sobre la posibilidad de iniciar actuación de oficio, y atendiendo a lo dispuesto en el artículo 29 del Estatuto de Autonomía de Andalucía sobre la garantía de calidad de los servicios de la Administración de Justicia, en el marco de las competencias atribuidas al correspondiente Departamento de esa Consejería de Justicia e Interior, procede solicitar informe sobre la realidad del problema expuesto y sus posibles soluciones, al objeto de poder también dar cuenta a la ciudadanía y a los operadores jurídicos.

30-12-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

En el curso de la tramitación del presente expediente de queja, se ha recibido informe de la Viceconsejería de Justicia e Interior

Dicho completo y detenido informe relata la actual situación de los Juzgados de lo Penal 12, 13 y 14 de Málaga, que asumen los asuntos propios de Violencia sobre la Mujer, sobre cuyo funcionamiento ya se habían abordado actuaciones desde esta Institución en relación con problemas de dilaciones y retrasos en la gestión de asuntos cuya materia reviste tan singular trascendencia.

La información repasa los principales indicadores de gestión de estos tres órganos, que viene a ratificar, más allá de algunas peculiaridades, una manifiesta sobrecarga de entrada de asuntos (657 asuntos de media/año) respecto del módulo asignado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) establecido entre 328 y 441. Sin embargo, por lo que respecta al conjunto de Andalucía, se aduce que, salvo Sevilla, Málaga y Córdoba, los niveles de asuntos por año en estos órganos en Andalucía permanecen en el marco de la ratio señalada por el CGPJ.

Obviamente, la persistencia de esta situación y los problemas detectados implicó en su día que la medida básica que tal situación aconsejaba era el reforzamiento del número de juzgados en esta materia, lo que permitiría desde su núcleo afrontar las medidas correctivas que se habían reseñado para atender las iniciativas judiciales en esta delicada materia de violencia sobre la mujer.

Sin embargo, tal y como apuntan con certeza en su informe, la propuesta técnica de crear un nuevo juzgado (el nº 15 de lo Penal para Málaga) no ha resultado atendida por el Gobierno de la Nación, según señala el artículo 36 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial. Por tanto, ante la omisión de esta medida, resulta a todas luces previsibles la continuidad de los problemas en los servicios asignados a estos órganos infradotados y, con el tiempo, cabe esperar un más que probable agravamiento de la situación.

Tomamos en consideración las restantes medidas de carácter complementario (reasignación de los repartos de asuntos entre los distintos órganos judiciales; reforzamiento de personal de tramitación) si bien no alcanzan a contar con la capacidad correctiva que se atribuye a la propuesta de dotación del nuevo Juzgado de lo Penal para Málaga, el número 15.

En suma, y aunque debemos quedar atentos a poder evaluar los desempeños finales del ejercicio de 2016 del Juzgado nº 14 al que se asignó (junto al 12 y 13) las materias de violencia sexista, debemos ratificar los motivos de preocupación por la actual situación de estos órganos que permanecen necesitados de un impulso de asignación de Juzgados conforme en su día se propuso desde la Consejería de Justicia e Interior.

Así pues, deberemos permanecer atentos a la evolución de la situación conforme a los datos completos de 2016 en estos órganos judiciales de Málaga y quedaremos a la espera de que, finalmente, se adopten las medidas efectivas anunciadas para la creación del nuevo Juzgado de lo Penal que se incorporaría para atender los asuntos de violencia sobre la mujer que están bajo una situación claramente insuficiente.

Participamos en el IV Encuentro Estatal de Consejos de Participación Infantil y Adolescentes

Una representación de nuestro e-Foro de Menores participa en el Cuarto Encuentro Estatal de Consejos de Participación Infantil y Adolescente, que reúne a 200 niños y adolescentes representantes de órganos de participación de 50 localidades españolas, este fin de semana en Santander, para debatir sobre sus derechos y plantear nuevas propuestas que puedan hacer de sus entornos lugares más amigables y respetuosos con sus derechos.

Los representantes del Consejo de Menores del Defensor del Menor de Andalucía por Almería, Granada, Huelva y Jaen, junto con la coordinadora del e-Foro y la responsable del área de Menores de la Defensoría andaluza, intervienen en los talleres que durante dos días van a celebrarse para poner en común el trabajo realizado meses atrás.

El Cuarto Encuentro es una iniciativa organizada por el Ayuntamiento de Santander, la Plataforma de Infancia y UNICEF Comité Español y supone la culminación de un periodo de trabajo previo que se inició en el mes de mayo para que niños y niñas conocieran si se cumplen o no sus derechos en España.

Sus objetivos se centran en:

  • Facilitar el ejercicio del derecho de los niños, niñas y adolescentes a participar en todo lo que les afecta. La participación infantil es uno de los principios rectores de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas (CDN), ratificada por el Estado Español en el año 1990.

  • Promover y potenciar las estructuras de participación infantil de ámbito local poniendo en valor su derecho a ser escuchados y tenidos en cuenta.

  • Conocer las demandas de los niños, niñas y adolescentes para incluirlas en informes sobre infancia y adolescencia en el ámbito nacional e internacional, por parte de las entidades organizadoras. Algunos de estos informes son el Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia y el Informe Complementario al Informe de España que se presentará al Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas sobre el cumplimiento de sus derechos.

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