La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

Contáctanos

Ayuda

Alerta por correo electrónico de las novedades

DEscripción newsleter

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/5177 dirigida a Diputación de Córdoba, Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios

Por la información publicada en prensa escrita y digital, así como escritos de queja presentados en esta Institución, hemos tenido conocimiento del descontento -por la mala organización- generalizado entre los participantes del último ejercicio práctico del proceso selectivo convocado (para cubrir 54 plazas) por el Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de la Diputación de Córdoba, que tuvo lugar el pasado 23 de septiembre de 2017.

Según los datos que hemos recopilado, a la que se presentaron 540 aspirantes, el ejercicio comenzó a las 8 de la mañana del sábado y terminó a las 9 de la mañana del domingo. Más de 24 horas de examen.

La maratoniana jornada de examen comenzaba con un llamamiento que se prolongó durante más de tres horas y del que se hacía cargo tan solo una mesa.

Sin perjuicio de que se había realizado un sorteo para conocer la letra del apellido que comenzaba el turno de examen, el hecho en sí de tener casi 24 horas encerrados en un gimnasio a 540 participantes, con un único servicio, sin poder salir, con la acumulación de nervios y estrés por la espera, las altas temperaturas del día, y hacer el examen (algunos, casi 24 horas después de acceder al recinto), habría podido influir, sin duda, en el estado tanto físico como psíquico de la mayoría de los participantes.

Al parecer, la prueba fue cronometrada a puerta cerrada sin que el opositor pudiera acceder a ver el cronómetro, ni a conocer el tiempo en que realizó su prueba.

Sin perjuicio de que el objetivo final de los responsables del organismo convocante fuese evitar que los aspirantes conocieran la prueba realizada (lo que, parece que al final no se consiguió) no es menos cierto que, con las medidas adoptadas (encierro durante 24 horas y en condiciones ambientales no óptimas para el desarrollo de cualquier prueba selectiva), posiblemente, haya resultado vulnerado el principio de igualdad (art. 23.2 Constitución Española) que reconoce a todos los ciudadanos el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.

Lo anterior por cuanto, las condiciones en las que, por ejemplo los primeros participantes realizaron sus pruebas no fueron las mismas en las que debieron realizar las suyas aquellos opositores que las realizaron tras una espera larga y varias horas “encerrados”, y en horas de la madrugada, por ejemplo, ya que de media, cada aspirante tardó unos 10 minutos en completar el supuesto práctico.

Con objeto de conocer, y en su caso, confirmar por parte del Consorcio de si los hechos sucedidos fueron como hemos reseñado, se propone iniciar actuación de oficio, ante la Presidencia del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de la Diputación de Córdoba.

En todo caso, esperamos que el informe nos concrete si se ha valorado el desarrollo de la prueba, los hechos denunciados por los aspirantes y medios de comunicación sobre las condiciones en las que la prueba práctica fue realizada y, en su caso, si se ha adoptado alguna medida al respecto, por ejemplo suspender y repetir la misma en condiciones óptimas, en garantías del principio de igualdad que establece el art. 23.2 CE.  

Queja número 17/2767

La parte interesada exponía que desde el ejercicio de 2011 viene solicitando devolución de cantidades ingresadas indebidamente en concepto de IBI, por finca catastral objeto de procedimiento de rectificación de errores por la Gerencia Territorial del Catastro de Málaga. Pese a que reiteradamente y en diversas ocasiones ha presentado solicitudes de devolución en los sucesivos ejercicios, desde el Patronato no se atienden las mismas, ni se le contesta, lo que ha motivado que en fecha 11 de mayo de 2017 presentara una nueva solicitud refiriendo las anteriormente presentadas.

Interesados ante la Administración se recibe informe por el que indican que mediante Resolución de la Gerencia se ha estimado la solicitud formulada, aportando notificación a la parte interesada.

Dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración al escrito presentado, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/4626 dirigida a Ministerio del Interior, Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil (en vía de colaboración)

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Suspendemos nuestra actuación sobre una planta de reciclaje de neumáticos al estar en vía judicial.

08-09-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio al conocer, por las noticias publicadas en los medios de comunicación, que una asociación ecologista ha denunciado al SEPRONA (Servicio de Protección de la Naturaleza), de la Guardia Civil, y a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, que una empresa encargada del reciclaje de neumáticos “acumula en su planta de Aznalcóllar una importante cantidad de neumáticos fuera de uso que corren peligro de arder”. Siempre según estas noticias, la planta, con una capacidad, al parecer, de 20.000 toneladas de neumáticos al año, se abastece de agua de un pozo “cuya capacidad puede ser insuficiente en caso de incendio, según la entidad conservacionista”. La asociación ecologista sostiene que esta empresa “«está actualmente en muy mala situación, prácticamente en quiebra», en concurso de acreedores y con una deuda de más de 100 millones de euros, «debido a la crisis que sufre el sector del reciclaje de neumáticos». Además, recordó que esta empresa ingresa dinero en el momento de recibir los neumáticos porque cobra el reciclaje por adelantado, por lo que ha interpretado que, «en estas circunstancias, es posible que sea más rentable no gastar dinero en triturar y obtener liquidez cobrando el seguro de incendios»”.

A la vista de tales hechos nos hemos dirigido, en vía de colaboración y como actuación previa a una posible intervención ante la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, al SEPRONA para obtener información acerca de la situación en la que se encuentra esta planta de reciclaje de neumáticos, así como si tienen conocimiento de la existencia de otros plantas de reciclaje de neumáticos en la provincia de Sevilla que consideren que no cumplen con las exigencias de la normativa legal en su funcionamiento.

14-12-2020 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

De las actuaciones que hemos realizado ante la Consejería competente en materia de medio ambiente de la Junta de Andalucía, y tras la emisión de cinco informes por parte de dicho organismo, además de otro informe por parte del SEPRONA por vía de colaboración, hemos podido conocer que tras la intervención inspectora se incoó procedimiento sancionador con resolución de mayo de 2019, por la que se imponía a la empresa una sanción económica a la que “se añade la obligación de restauración, procediendo a la retirada de todos los residuos y su puesta a disposición de gestor autorizado, así como la limpieza del terreno, ante las manifestaciones de la interesada respecto a la imposibilidad de obtener la autorización ambiental exigible. Este extremo habrá de ser acreditado documentalmente ante esta Delegación Territorial en el plazo de tres meses desde la notificación de la resolución de este procedimiento sancionador”

Nos interesamos por la firmeza de la Resolución y como respuesta la Consejería no comunicó que el asunto objeto de esta queja se encuentra sub iudice, al haber interpuesto la empresa sancionada un recurso contencioso-administrativo, con pieza de medidas cautelares en la que se ha solicitado la suspensión de la resolución sancionadora y que al parecer se ha concedido por el Juzgado previa garantía.

Asimismo, se nos comunicaba que en cuando a la obligación de restaurar, también se estaba tramitando en el juzgado su posible suspensión.

Ante tal circunstancia hay que tener presente que el artículo 17.2 primer inciso de la Ley del Defensor del Pueblo Andaluz establece que «El Defensor del Pueblo Andaluz no entrará en el examen individual de aquellas quejas sobre las que esté pendiente resolución judicial y lo suspenderá si, iniciada su actuación, se interpusiera por persona interesada demanda o recurso ante los Tribunales ordinarios o el Tribunal Constitucional».

De acuerdo con ello, dando cumplimiento a lo que dice el artículo 17.2 primer inciso de nuestra Ley reguladora, suspendimos nuestras actuaciones en este asunto.

Queja número 17/3021

La parte promotora de la queja exponía que solicitó la beca Erasmus+ que salió en convocatoria en fecha 16 de marzo de 2016. Al parecer, en el mes de julio le fue adjudicada provisionalmente, pero posteriormente le fue denegada porque afirmaban que las condiciones habían cambiado y que la convocatoria definitiva había salido el 18 de julio.

Alegaba la interesada que su estancia fue en julio y agosto, y que podían haberle abonado la parte proporcional. Añade que nunca salió resolución definitiva, y asegura que estuvo hasta el 25 de enero de este año preguntando.

Consideraba la interesada que no habrían hecho uso del principio de publicidad y realmente se sentía engañada puesto que de haberlo sabido no habría pedido el préstamo que pidió.

Interesados ante la Universidad, se nos indica que habiéndose procedido a la revisión del expediente, se ha detectado una serie de defectos en el procedimiento que han provocado que la ayuda concedida a la interesada no se haya hecho efectiva. Añaden que una vez subsanados los defectos procedimentales, se han dado instrucciones correspondientes a la Gerencia de la Universidad para que se proceda a la mayor brevedad posible a realizar el abono del importe de la ayuda concedida, dando debido traslado de estas cuestiones a la parte interesada.

Así, a la vista de la información recibida, y considerando que el asunto planteado se encuentra solucionado, se procede al cierre del expediente.

Queja número 17/3989

La parte promotora de la queja exponía que con ocasión de licencia de obras concedida para reforma de finca urbana contigua a su vivienda se estaban causando daños en su propiedad, razón por la cual solicitó diversa documentación que debía obrar en los expedientes que se tramiten para concesión de licencias urbanísticas. Según indicaba el interesado, el Ayuntamiento le habría permitido el acceso a la documentación solicitada, pero no le facilitaría copia de la misma, pese a que la interesaba en escritos presentados al efecto con objeto de promover las correspondientes actuaciones en demanda de las responsabilidades a que hubiere lugar.

Interesados ante la Administración municipal se nos informa que el solicitante tiene a su disposición en Secretaría del Ayuntamiento la documentación requerida, que puede retirar previo pago de las tasas en concepto de reproducción de copias y acreditación de diligencia del acto. De todo lo cual se le ha dado debido traslado al interesado mediante resolución de fecha 28 de marzo de 2017.

Dado que la presente queja se admitió únicamente a los efectos de romper el silencio administrativo existente al escrito de petición formulado por la parte promotora de la queja, se entiende que el asunto ha quedado solucionado.

Queja número 17/3125

La operadora de telefonía rectifica y anula la deuda en concepto de permanencia que reclamaba a la promotora de queja.

La parte promotora de la queja exponía que con fecha 27/10/2016 había solicitado alta con Vodafone y al mes solicitaba la baja por su malestar por la gestión y el servicio recibidos de la compañía.

Refería que el contrato que firmó no tenía permanencia, pero que aun así le reclamaban una deuda que correspondería a dicho concepto.

Asimismo, habiendo reclamado por este asunto ante el Servicio de Consumo en Granada, no había recibido ninguna información sobre la tramitación de su reclamación.

Interesados ante los organismos afectados, recibimos informe de Vodafone en el que nos indican que tras la revisión del expediente han realizado una factura rectificativa correspondiente a todas las cuotas facturadas desde noviembre de 2016 a junio de 2017. Anulando así la deuda que se le estaba reclamando a la parte promotora de la queja.

Por su parte, la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales acredita haber enviado acuse de recibo de la reclamación a la interesada y cursado las peticiones oportunas a la empresa reclamada, recibiendo finalmente la misma respuesta de la que se daba traslado a la promotora de queja.

Dado que el asunto planteado se encuentra solucionado, se procede al cierre del expediente.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/4517 dirigida a Ayuntamiento de Mollina (Málaga)

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Nos explican la ocupación de una calle peatonal por mesas y veladores. Se celebraba una verbena.

07-09-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio al conocer, a través del correo electrónico de la Institución, que en el municipio malagueño de Mollina existe un establecimiento hostelero, sito en la calle peatonal Virgen de la Oliva, que instala una terraza, fija en invierno y desmontable en verano, y que, al parecer, no podría contar con la debida autorización pues ocupa casi todo el espacio de la calle (“ocupa mucho espacio de la calle, apenas permite paso a las viviendas vecinas”, según este correo electrónico) en contra de la normativa reguladora municipal (Ordenanza Reguladora de la Ocupación y Uso en Bienes de Dominio Público Local, publicada en el BOP de Málaga, de 19 de Enero de 2016).

Teniendo en cuenta la información a la que hemos tenido acceso (en especial las fotografías que se adjuntaban al correo electrónico) consideramos que esta actividad, en lo que concierne a la ubicación de la terraza, no es ajustada a derecho pues limita, si es que no impide, la accesibilidad por el espacio público a las personas con movilidad reducida y dificulta el tránsito para todas las personas, desvirtuando la naturaleza y uso de este espacio público.

Por ello, nos hemos dirigido al Ayuntamiento de Mollina con objeto de conocer si la terraza en cuestión cuenta con la preceptiva licencia, si han recibido quejas vecinales por este hecho y, en su caso, de las medidas que haya adoptado, o tenga previsto adoptar, para garantizar la accesibilidad de las personas y facilitar el libre tránsito peatonal, de manera que haya una distribución razonable o proporcional entre el uso público, tal y como exige la naturaleza jurídica del dominio público, y el uso especial derivado de la utilización de la terraza.

23-07-2018 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

De la respuesta que nos remitió el Ayuntamiento, al que acompañaba los informes emitidos por Alcaldía, Jefatura de Policía Local y Urbanismo, conocimos que el establecimiento tenía licencia para ejercer la actividad de pizzería y elaboración propia de comida preparada, así como para la instalación de sillas y veladores; dado que fue necesario tramitar en su día un cambio de actividad, se notificó a todos los vecinos colindantes con la actividad esta situación y no hubo alegaciones. Después de ello, sí han llegado al Ayuntamiento correos electrónicos anónimos, sin identificación alguna, denunciando una situación parecida a la que esta Institución tuvo conocimiento, por lo que el ayuntamiento había adoptado algunas medidas, inspeccionando la actividad, hablando con los vecinos colindantes y no habían encontrado “motivación para sancionar al establecimiento”.

En concreto, las fotografías que habíamos trasladado con nuestra petición de informe correspondían a una verbena que a beneficio de una asociación de personas con discapacidad se había celebrado en julio de 2017, y que el Ayuntamiento había autorizado, con horario de 20'00 a 00'30 h. y para la que el propio ayuntamiento había cedido sillas y mesas.

Entendimos, por tanto, que no eran precisas nuevas actuaciones por nuestra parte por lo que procedimos al archivo de esta actuación de oficio.

El Defensor del Pueblo Andaluz traslada su criterio al Defensor del Pueblo de las Cortes Generales de que se debe proceder a la suspensión definitiva del Proyecto de Gaseoducto de Doñana en todos sus tramos, incluido el de Marismas Occidental.

Esto en base a la información que actualmente se posee sobre los posibles riesgos que se pueden derivar de la ejecución del Proyecto de Gaseoducto de Doñana, lo acontecido en el Depósito de El Castor, la forma en que se han tramitado los proyectos, tanto en lo que concierne a la DIA del proyecto Marismas Occidental, como en lo relativo a la ausencia de una evaluación conjunta que tenga en cuenta las afecciones que se pueden generar asociadas a los cuatros proyectos y, sobre todo, teniendo en cuenta los valores ambientales y la extraordinaria diversidad del Espacio Único de Doñana, que es muy necesario mantener, conservar y, en la medida de lo posible, acrecentar ante las amenazas que ha tenido, y tiene, pese a haber sido declarado Patrimonio de la Humanidad, derivadas de la actividad humana, se debe proceder a la suspensión definitiva del Proyecto de Gaseoducto de Doñana en todos sus tramos, incluido el de Marismas Occidental.

 

Queja número 14/4892

El Defensor del Pueblo Andaluz inició esta actuación de oficio para conocer si el Ayuntamiento de Sevilla iba a presupuestar la redacción de un plan programado para auditar la eficacia y riesgos del carril bici de Sevilla, así como la eliminación de los “puntos negros” en su recorrido.

En la misma se formuló resolución en la que se sugirió al Ayuntamiento que siguiera apostando por la mejora y ampliación del carril bici, que tomara en consideración las propuestas de las asociaciones que defienden el uso de la bicicleta para eliminar los puntos peligrosos o conflictivos de su trazado, que adoptara medidas para invertir la tendencia de disminución de los usuarios de este tipo de transporte dada su incidencia en el modelo de sostenibilidad de nuestras ciudades y, por último, que retomara los contactos con la Junta de Andalucía para que se hiciera realidad la pasarela ciclo peatonal sobre la SE-30, que debía estar debidamente conectada a la red ciclista de la ciudad. Como respuesta a esta resolución, el Ayuntamiento nos indicó expresamente que aceptaba su contenido, pero no concretaba las intervenciones y obras de mejora en las que podría traducirse dicha aceptación, por lo que interesamos un nuevo informe para que nos indicara las mismas.

En su respuesta, la Tenencia de Alcaldía de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo nos dijo, en síntesis, en qué se concretaban las actuaciones previstas, que se enmarcaban, en lo substancial, en la redacción del Programa de la Bicicleta 2016-2020, que recoge diversas actuaciones para incrementar el uso de la bicicleta como medio de transporte urbano, así como un estudio pormenorizado del estado de conservación de los carriles bici (que servirá para programar las actuaciones y dotarlas económicamente y subsanar las patologías que se detecten). A ello se añadía el contrato de mantenimiento en vigor que, para el corriente ejercicio 2017, introducía diversas mejoras, como una plataforma de gestión integral del servicio de mantenimiento y un aumento de su presupuesto.

Por último, ante el descenso del número de usuarios del servicio de alquiler de bicicletas, Sevici, se anunciaba una posible modificación de la tipología de los abonos para dar respuesta a la demanda existente y de sus precios.

Así las cosas, esperando que el citado Programa de la Bicicleta, cuyo periodo de vigencia ya había transcurrido parcialmente, fuera impulsado y ejecutado con eficacia y ello conduzca a una mejora apreciable del estado de los carriles bici, dimos por concluidas nuestras actuaciones, entendiendo aceptadas nuestras sugerencias dado que, por otra parte, nos constaba el proceso de puesta en funcionamiento de la pasarela ciclo peatonal sobre la SE-30.

Reunión con representantes del sindicato USTEA y del colectivo de monitoras escolares despedidas del "Plan de Choque"

Imagen: 
Fecha: 
Mar, 14/11/2017
Provincia: 
ANDALUCÍA
  • Defensor del Pueblo Andaluz
  • Otras defensorías