La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

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Queja número 17/3269

Logramos que Aquacartaya derive a reclamación judicial la deuda vinculada a una vivienda y admita una nueva solicitud de contratación de suministro.

Un ciudadano exponía el conflicto suscitado con Aquacartaya a raíz de la suspensión del suministro de su vivienda de El Rompido. La titular de este contrato era su madre, aunque había venido reclamando para que se pusiera a su nombre.

Al parecer el corte vendría motivado en el impago de unas facturas devueltas por su banco, aunque la parte promotora de la queja sostenía que fue a causa de la gestión de la propia empresa, tras asumir la gestión del servicio. El conflicto generó incluso la resolución del contrato por encontrarse suspendido el suministro durante más de tres meses.

Exponía que había formulado nueva solicitud de suministro, con fecha 25/04/2017, a la que Aquacartaya le habría contestado requiriéndole las condiciones técnico económicas de una nueva alta. Ello suponía, además de los derechos de contratación en concepto de abastecimiento y alcantarillado, la fianza y la documentación pertinente, incluyendo boletín de instalación y licencia de primera ocupación. Pero, además, se le exigía el pago de la deuda pendiente del anterior contrato como requisito ineludible para la contratación del suministro.

Interesados tanto ante el Ayuntamiento de Cartaya como ante la entidad suministradora se nos informa, en efecto, que no se puede restablecer el suministro al estar de baja, y se le ha indicado a la parte interesada que debe realizar una solicitud, para lo cual debe aportar la documentación solicitada y el pago de la cuota de contratación. Una vez presentada la solicitud se le remitiría las condiciones técnico/económicas necesarias para la contratación del servicio, y que una vez cumplidas debería firmar el contrato. En cuanto a la deuda existente, informan que se reclamará vía judicial a la persona que corresponda.

Dado que el problema planteado se encuentra en vías de ser solucionado, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.

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Medio: 
CincoDías
Fecha: 
Lun, 20/11/2017
Temas: 

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La Oficina de Atención Ciudadana estará en la comarca de La Loma (Jaén) los días 28 y 29 de noviembre

La Oficina de Atención e Información Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará en la comarca de La Loma de Jaén los próximos días 28 y 29 de septiembre para atender en persona las quejas y consultas que quiera hacerle llegar la ciudadanía.

El objetivo de esta visita in situ es acercar los servicios de la Institución a la ciudadanía con el fin de atender, proteger y defender sus derechos frente a la actuación de las administraciones públicas en vivienda, salud, educación, servicios sociales, medio ambiente, justicia, transporte público, etcétera. Y también en cuestiones relacionadas con los servicios de interés general, tales como reclamaciones de telefonía, entidades financieras, suministros de luz y agua, etc.

La Oficina de Atención Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará abierta en horario de mañana, de 9 a 14 horas, y de tarde, de 17 a 19 horas, ambos días. La oficina atenderá las quejas y consultas ciudadanas en el Centro de Servicios Sociales Comunitarios de Baeza, en calle Compañia 5, 2. 

La Oficina atenderá principalmente a los pueblos de la zona; Baeza, Begíjar, Ibros, Lupión, Torreblascopedro, Úbeda, Rus, Canena, Sabiote y Torreperogil.

Cualquier persona o colectivo podrá dirigirse directamente a la Oficina y trasladar su reclamación, si bien, para una mejor prestación del servicio, se podrá concertar una cita previa llamando al teléfono 954 21 21 21 o enviando un correo electrónico a citapreviadpa@defensor-and.es.

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz también aprovechará este viaje para reunirse con representantes de asociaciones, con el fin de conocer en detalle la situación de la zona, sus principales proyectos, objetivos y aspiraciones.

Como en anteriores visitas del Defensor a otras comarcas andaluzas, el objetivo del desplazamiento de la Oficina de Atención Ciudadana es acercar la Institución del Defensor del Pueblo Andaluz a toda la ciudadanía, reforzar las relaciones con las entidades locales y colectivos sociales, y, sobre todo, tener un mayor conocimiento de la problemática de la zona.

Hasta la fecha, esta Oficina móvil ya se ha desplazado a las comarcas de Aracena (Huelva), Los Pedroches y La Subbética cordobesas, la Axarquía (Málaga), Bahía de Cádiz, Sierra Norte en Sevilla, y la comarca del Almanzora y Los Vélez en Almería. 

 

 

    10 h: Inauguración del Acto: Defensor del Usuario "Un compromiso de diálogo directo con la ciudadanía". Sevilla. Salón de actos de EMASESA

    Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 16/4386 dirigida a Ayuntamiento de Nerva (Huelva)

    El Defensor del Pueblo Andaluz recomienda al Ayuntamiento de Nerva que convoque a la Comisión de Seguimiento del Depósito de Seguridad a fin de valorar, de acuerdo con sus competencias, la situación del Vertedero de Nerva y, en su caso, actuaciones a realizar.

    ANTECEDENTES

    En esta Institución presentó escrito de queja la portavoz de un grupo municipal del Ayuntamiento de Nerva (Huelva) denunciando que el Vertedero de Nerva se instaló bajo “unas condiciones que implicaban unos límites de almacenamiento y capacidad del mismo, la creación de herramientas de participación y transparencia, el compromiso de que los residuos industriales (peligrosos o no) serían los derivados de procesos industriales de nuestra tierra ... y sobre todo que terminada la vida útil del mismo el Plan Director de Residuos de Andalucía planificaría otra instalación en un sitio distinto de Andalucía”. Sin embargo, con el paso del tiempo, los vecinos del municipio habían comprobado que “nada de lo prometido se ha cumplido y que la administración legisla progresivamente para incumplir de manera flagrante, y también progresiva, todo lo comprometido. Se saltan los límites máximos establecidos, se amplía la capacidad del vertedero aprovechando los cambios normativos en la materia, y lo que es más grave no se vislumbra el fin del mismo dado que Andalucía no tiene planificado ninguna nueva instalación alternativa que sustituya a la existente que a nuestro juicio está completamente colmatada”.

    En concreto denunciaban el incumplimiento de las condiciones iniciales para la instalación del vertedero de residuos peligrosos de Nerva; la alta de convocatoria de la Comisión de Seguimiento de Depósito de Seguridad existente en Nerva, creada a propósito del Protocolo de Intenciones suscrito entre la Consejería de Medio Ambiente, la Universidad de Huelva y el Ayuntamiento de Nerva: el desconocimiento vecinal del estado de los expedientes sancionadores e informativos incoados a la empresa que gestiona el Vertedero en relación a las instalaciones de Nerva; el incumplimiento, siempre a juicio de este grupo municipal, de las proposiciones no de ley aprobadas en la Comisión de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Parlamento de Andalucía, así como de las mociones del Pleno del Ayuntamiento de Nerva y, por último, la necesidad de redactar un nuevo plan de prevención de gestión de residuos peligrosos en Andalucía, en el que se prevea el cierre del vertedero de Nerva y se planifique la construcción de un nuevo sistema de recogida.

    Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, recibimos su respuesta, que trasladamos al grupo municipal que presentó la queja a fin de que nos remitieran sus alegaciones.

    CONSIDERACIONES

    En este expediente se ha formulado Resolución dirigida a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de cuyo contenido también hemos dado traslado al Ayuntamiento de Nerva. Entendemos que su contenido es de interés para ese Ayuntamiento y, con independencia de las cuestiones que afectan directamente a las competencias autonómicas, hemos detectado un asunto en el que guarda ese Ayuntamiento una relación directa, concretamente el relativo a la convocatoria de la Comisión de Seguimiento del Depósito de Seguridad, que ha de producirse por esa Corporación municipal. Según se desprende de los datos que obran en poder de esta Institución, esta Comisión lleva años sin convocarse.

    A la vista de todo ello y de conformidad con lo establecido en el artículo 29, apartado 1, de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, se formula la siguiente

    RESOLUCIÓN

    RECORDATORIO del deber legal de convocar la Comisión de Seguimiento del Depósito de Seguridad, habida cuenta de la importancia e interés público que para el municipio tiene el funcionamiento de este vertedero y de las funciones que tiene atribuidas la citada Comisión de Seguimiento.

    RECOMENDACIÓN para que, con carácter urgente, proceda a convocar esta Comisión a fin de valorar, de acuerdo con las competencias asignadas, la situación del vertedero y, en su caso, las actuaciones a realizar dentro de las competencias municipales.

    Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

    Queja número 16/0181

    El Defensor del Pueblo Andaluz formulaba resolución ante el Patronato de Recaudación Provincial de Málaga sugiriendo que desde aquella Agencia Provincial se adoptaren las iniciativas necesarias para que por el organismo competente se procediera a establecer y aprobar modificación de su Ordenanza General en materia de recaudación tributaria, en forma tal que posibilitare el reconocimiento de la situación provisional de insolvencia y fallido en aquellos supuestos en que se hubiere constatado la inexistencia de bienes y créditos embargables o, que el único bien realizable fuese la vivienda habitual de la persona obligada tributaria.

    Al efecto se recibió informe indicando la aceptación de la Resolución formulada, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.

    Queja número 17/4227

    La Administración informa que el problema suscitado en la queja ha encontrado solución satisfactoria al haberse posibilitado la reunificación de la madre biológica con el menor tras los resultados de las pruebas de ADN.

    La persona interesada relata que el pasado junio ingresó en uno de los dispositivos de acogida de CEAR una mujer extranjera que manifestaba una fecha de nacimiento de 29 de marzo de 1993. Llegó acompañada de un menor que venía reseñado por la Policía nacional, nacido el 12 de julio de 2016. Ambos habían entrado irregularmente en patera.

    Esta mujer es entrevistada por los servicios legales de la entidad, a fin de conocer su situación jurídica en España, sus necesidades de documentación y realizar el correspondiente asesoramiento legal. Durante dicha entrevista se observan determinados indicadores de riesgo sobre una posible condición de presunta víctima de trata de seres humanos sobre la unidad familiar.

    Se puso en contacto con la responsable del dispositivo de acogida de CEAR donde reside la unidad familiar, para informar de que las pruebas biológicas realizadas sobre la mujer y el menor no demuestran de forma fehaciente el vínculo y que de CEAR deben avisar ante la eventualidad de una posible partida de la mujer con el menor.

    También se pone en conocimiento de la Brigada, la cual, en coordinación con la Fiscalía de Menores procede urgentemente, a ordenar a la entidad CEAR la puesta a disposición del menor de forma provisional, hasta en tanto se confirme el vínculo biológico mediante otras pruebas que se están realizando.

    Se procede a la retirada efectiva de dicho menor. Se hace constar que en ese acto la presunta madre no recibe ninguna documentación acreditativa de los motivos de dicha retirada, recibiendo únicamente del APROME una información verbal bastante inexacta acerca de su condición de irregularidad en España como motivo de la retirada del menor, no constando en ningún documento las advertencias legales ni sus derechos como presunta madre del niño ni los recursos legales que podía ejercer para su recuperación ni para el conocimiento de los resultados de las pruebas biológicas de contraste que se estaban efectuando.

    Añade la persona interesada que dado el perfil de extrema vulnerabilidad de esta mujer, y ante los indicios de poder estar incursa como víctima, en un delito de trata, es trasladada con su consentimiento al recurso específico de acogida. Actualmente la madre sigue residiendo en el recurso y ha solicitado recientemente al Servicio de Protección de Menores, ante la demora en la obtención de los resultados de las pruebas médicas de contraste (más de un mes) para verificar el vínculo biológico, el reconocimiento de un derecho de visitas al menor. Dicha solicitud esta aún pendiente de resolución pasado más de una mes.

    Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/4642 dirigida a Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

    RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

    El Defensor del Pueblo Andaluz concluye la actuación de oficio al comunicarle la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio las actuaciones que vienen realizando para que estos hechos no vuelvan a producirse.

    08-09-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

    El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio al conocer, por los medios de comunicación, que en una finca existente en el término municipal de Castellar de la Frontera (Cádiz) se organizan rutas para que los conductores de vehículos todo terreno y 4x4 realicen pruebas con los vehículos. Siempre según estas noticias, varias asociaciones ecologistas han denunciado que han visionado vídeos subidos a las redes sociales “en los que se ve a los vehículos cruzando un canal que transporta agua para consumo desde el pantano de Castellar al depósito ubicado junto a Los Timbales, en la Estación de San Roque, donde el agua es depurada antes de ser enviada al suministro doméstico”.

    Siempre según estas noticias, estas asociaciones han denunciado ante el SEPRONA, de la Guardia Civil, la policía autonómica y la Dirección del Parque Natural Los Alcornocales estos hechos y consideran “muy grave que los conductores de estos vehículos se diviertan cruzando un canal que transporta agua que tiene como destino el consumo humano. «Creemos que se está produciendo un atentado contra la seguridad y la salud del ciudadano. Cualquier incidente en un vehículo puede provocar el vertido de combustible u otro tipo de sustancias que podrían considerarse tóxicos», explica un portavoz de los ecologistas”.

    A la vista de estos hechos nos hemos dirigido a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio a fin de que nos informe si tienen conocimiento de los mismos, si tales actividades son compatibles con la protección que se debe dispensar al espacio en el que se desarrollan y, en el supuesto de que se trate de actividades no amparadas en derecho, que incluso pueden suponer cierto riesgo para la protección adecuada del derecho a la salud, si se han adoptado medidas, o se tiene previsto adoptar, para impedir que se continúen desarrollando tales actividades.

    15-12-2017 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

    El Defensor del Pueblo Andaluz concluye la actuación de oficio al comunicarle la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio las actuaciones que vienen realizando para que estos hechos no vuelvan a producirse.

    En su respuesta, la Consejería nos comunicó que los hechos tuvieron lugar en una finca privada del término municipal de Castellar de la Frontera (Cádiz), que es un de las que se han incorporado al Parque Natural tras la publicación en el BOJA núm. 194, de 9 de octubre de 2017, del Decreto 150/2017, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del ámbito Los Alcornocales, se amplía el ámbito territorial del Parque Natural Los Alcornocales y de la Zona de Especial Protección para las Aves Los Alcornocales (ES0000049), y se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Los Alcornocales.

    Siempre según esta información, en la finca se vienen desarrollando desde hace años actividades ligadas a la entrada de vehículos todoterreno, por lo que, tras su incorporación, por parte de la dirección del Parque Natural se vienen realizando actuaciones para comprobar la existencia de actividades de esta naturaleza, así como la entrada de personas sin control alguno, por lo que la propiedad de la finca ha procedido a poner mallas en las inmediaciones de la zona húmeda del Soto, zona de mayor valor ambiental de la finca. También han identificado a la empresa que realiza estas actividades, aunque no se ha podido constatar que sean los causantes de los destrozos en el canal.

    No obstante, estas gestiones no han resultado fructíferas pues la finca pasa por problemas de titularidad y no se puede identificar a sus propietarios; así, por ejemplo, ante las actividades ilegales en la zona, aunque se han cerrado algunas zonas con cancelas, no todas permanecen cerradas. En cuanto al hecho concreto por el que se abrió esta actuación de oficio, la Consejería nos informó que se habían denunciado a la Guardia Civil y las mismas, además de un posible daño a la salud y medioambiental, ocasionan también perjuicios a las infraestructuras ya que canal está hecho de losas de hormigón que pueden moverse con estas actividades, originando pérdidas de agua e, incluso, su rotura.

    Por ello, ante la gravedad de los hechos, personal técnico de la Delegación Territorial de Cádiz y agentes de Medio Ambiente mantuvieron una reunión con el Ayuntamiento de Castellar de la Frontera y de la Guardia Civil, en la que se concluyó intensificar las labores de vigilancia de los agentes de Medio Ambiente en coordinación con los de la Policía Local y Guardia Civil para evitar la repetición de estos hechos.

    A la vista de esta respuesta, entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones por nuestra parte por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

    Queja número 17/0901

    El Defensor del Pueblo Andaluz formulaba resolución ante el Ayuntamiento de Huelva por la que recomendaba dar respuesta, a la mayor brevedad posible, a los escritos presentados por la parte afectada con fechas 19 de enero, 13 de marzo, 20 de mayo y 16 de julio de 2015.

    Al efecto, se recibe informe del Ayuntamiento dando respuesta a las cuestiones planteadas en los escritos presentados por la parte promotora de la queja.

    A la vista de la información recibida, hemos de concluir que el Ayuntamiento acepta la Resolución formulada por esta Institución, por lo que se procede al cierre del expediente.

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