La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

Contáctanos

Ayuda

Alerta por correo electrónico de las novedades

DEscripción newsleter

Queja número 17/3637

Tanto la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir como la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio informan al Defensor del Pueblo Andaluz de los hechos relativos a un vertido al río Guadalquivir en término de Pedro Abad, que provocó una importante mortandad piscícola, así como que el Ministerio Fiscal había iniciado el procedimiento judicial contra la empresa que provocó el vertido.

El Defensor del Pueblo Andaluz inició esta actuación de oficio al conocer la existencia de vertido de orujo en el río Guadalquivir, en el término municipal de Pedro Abad (Córdoba) y con el fin de conocer las actuaciones que se hubieran realizado, nos dirigimos a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Ésta última nos informó que durante los días 18 y 19 de junio de 2017 se produjo un vertido de alperujo al río Guadalquivir procedente de las instalaciones de almacenamiento de residuos de una empresa oleícola situada en el término municipal de Pedro Abad (Córdoba), debido a un fallo del sistema de trasiego interno de dichos residuos. El vertido se produjo en una instalación cuya autorización y control compete a Ia Administración Autonómica, que, al parecer, no puso en conocimiento de la Confederación estos hechos, por lo que las valoraciones hubieron de hacerse con posterioridad, sin registro de caudales. Por ello, la estimación que habían hecho de los residuos se había establecido en 11.473 m3 y había provocado un drástico agotamiento del oxígeno en la masa de agua afectada, con una mortandad piscícola importante. Por ello, procedieron a abrir expediente sancionador contra la oleícola.

En cuanto a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio nos informó que a finales de junio de 2017 inició expediente de con el fin de conocer los hechos, por lo que interesó los oportunos informes. Tras ello, en septiembre iniciaron un expediente sancionador por infracción muy grave, conociendo en su tramitación que el SEPRONA había dado cuenta al Ministerio Fiscal de estos hechos y que éste había interpuesto querella ante el Juzgado de Instrucción de Montoro contra la empresa oleícola, por lo que se había acordado la suspensión del procedimiento sancionador hasta que recayera resolución judicial.

Por tanto, también esta Institución procedió a suspender sus actuaciones de acuerdo con lo previsto en el art. 17.2 de nuestra Ley reguladora, al estar el asunto pendiente de una resolución judicial.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 18/0885 dirigida a Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz)

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

El Ayuntamiento de Puerto Real activa un segundo punto limpio en la ciudad y la puesta en marcha de un servicio de punto limpio móvil tras la retirada de contenedores de aceite.

20-02-2018 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

El Defensor del Pueblo Andaluz abre una actuación de oficio para conocer la situación creada ante la retirada de los contenedores de aceite usado doméstico en el municipio gaditano de Puerto Real. Tras las explicaciones dadas por el Ayuntamiento se archiva esta actuación al estar en vías de solución la problemática creada.

El Defensor del Pueblo Andaluz inició una actuación de oficio al conocer, a través de los medios de comunicación, que el Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz) había comenzado el 23 de enero a retirar los contenedores de recogida de aceite doméstico usado, instalados hacía años por una empresa, dada la falta de mantenimiento y el abandono de los mismos debido a los problemas judiciales motivados por la denuncia del convenio suscrito en su día entre ese Ayuntamiento y la empresa.

Siempre según estos medios, la Concejal de Medio Ambiente, Salud y Consumo de ese Ayuntamiento hizo unas manifestaciones recordando a la ciudadanía que “no se deben depositar aceites en los contenedores que aún no se han retirado y animó a que se utilicen otras alternativas, como la de llevar este residuo al punto limpio del Río de San Pedro, mientras no se mejore la recogida del aceite, en la que se está trabajando”.

A a la vista de esta información, cuando nos hemos dirigido al citado Ayuntamiento le hemos trasladado que consideramos muy positivo el que se haga una llamada a la población para que deposite los aceites domésticos usados en el punto limpio, aunque llama la atención que, al igual que ha ocurrido en alguna otra población, después de haber dado por finalizado el contrato se mantengan, durante un largo periodo de tiempo, a veces años, depósitos de aceite en estado de abandono en la ciudad, sin que al tiempo de denunciar los convenios, o resolver los contratos, no se tengan alternativas previstas para que, a la mayor brevedad posible, se continúe prestando ese servicio en la forma en que se considere más idónea.

Con motivo del estudio que realizamos sobre “Puntos Limpios y Recogida de Aceite de Uso Doméstico en el Contexto del Plan de Residuos Urbanos No Peligrosos de Andalucía”, tuvimos conocimiento de que la mayor cantidad de aceite doméstico usado se depositaba en los contenedores situados en la vía pública; ofrecer como alternativa el punto limpio es adecuado si no hay otra, pero es claramente insuficiente y sabemos que, por motivos obvios, un porcentaje muy pequeño de la población utiliza estas infraestructuras con esa finalidad.

Esto, en una Comunidad Autónoma como la de Andalucía, en la que, con motivo del mencionado estudio, concluíamos manifestando lo siguiente:

1. La apuesta por un modelo de economía circular en lo que concierne a la recogida de residuos de uso domiciliario exige, desde luego, una serie de infraestructuras al servicio de la ciudadanía, con la que gran parte de los municipios andaluces no cuenta.

En este trabajo nos hemos detenido únicamente en dos de éstas, la previsión y existencia de los puntos limpios y el depósito de aceites vegetales usados de uso doméstico. Desde luego, estamos muy lejos de cumplir los objetivos fijados por los planes de residuos.

2. Evidencia esa falta de compromiso por parte de los gobiernos locales a la hora de afrontar sus obligaciones en este ámbito, la consulta de cualquier página web municipal, que nos permite verificar que la inmensa mayoría de los municipios apuestan por modelos de desarrollo sostenible en los que la protección del medio ambiente es un objetivo irrenunciable.

Sin embargo, los datos de este trabajo ponen de manifiesto el desfase existente entre los modelos virtuales y la realidad cotidiana.

En realidad, la sostenibilidad del modelo de desarrollo está siempre previsto en el discurso, pero, con frecuencia, no en el día a día de la política ambiental.

3. No es posible la transición de una economía lineal a un modelo circular sin el consenso y el apoyo en la sociedad civil. Justamente por ello creemos que además de campañas de concienciación sobre el uso adecuado de los puntos limpios, los contenedores y, entre éstos, los de aceite doméstico usado, es preciso ofrecer unas dotaciones adecuadas de estas infraestructuras a la población, ya que es el paso decisivo para que la ciudadanía se incorpore a un modelo hacia el que, necesariamente, debemos caminar todos.

Los gobiernos locales deben liderar ese nuevo modelo en las ciudades y en la Nueva Agenda Urbana, que tendrá un gran impacto ambiental pero, también, no lo dudemos, económico y social. Ahora bien, el consenso de la sociedad en este camino es lo que permite evaluar si realmente nos encaminamos hacia esos objetivos de la Estrategia Europea 2020, que se traducen en una apuesta clara por un modelo inteligente, sostenible e integrador del espacio urbano.

4. En este contexto, llama la atención que sólo un 40,21 % de los municipios obligados cuenten con una reserva de suelo para destinarlo a punto limpio y sólo el 58,11 % lo tengan real y efectivamente habilitado. Ello teniendo en cuenta, además, que muy probablemente se trate, en muchos supuestos, de puntos móviles, tal y como permite la legislación actual.

La inexistencia de puntos limpios en infinidad de municipios de más de 2.000 habitantes (no poseemos datos de los de menor población) pone de manifiesto la ausencia de un compromiso serio de muchos municipios con la recogida selectiva de residuos. Así no podemos continuar; es preciso adoptar medidas eficientes de distinta naturaleza para garantizar, en un momento cercano, que toda la población andaluza va a tener la opción de depositar residuos en contenedores separados y, en su caso, en un punto limpio.

5. Respecto de la recogida de aceite vegetal de uso doméstico, se evidencia que allí donde existen facilidades para su depósito, un sector de la población utiliza los contenedores, pues resulta que en los 325 municipios que han respondido afirmativamente que cuentan con estos contenedores, la población los utiliza habitualmente en un 93,54 % de los casos.

6. Cuestión distinta es si, pese a esa utilización por la población, según nos dicen en un porcentaje tan alto de municipios, es realmente representativo el número de personas que, real y efectivamente, los utilizan.

Dicho de otro modo, un dato es que allí donde hay contenedores sean utilizados éstos, que efectivamente es superior al 93 % de los supuestos, y otro muy distinto que haya un número representativo de ciudadanos que habitualmente los utilicen.

Respecto del segundo nuestra valoración no puede ser positiva por varias razones:

- Porque sólo el 26 % (116 de los municipios consultados) poseen datos sobre el porcentaje de aceite usado de uso domiciliario recogido en los contenedores distribuidos por el término municipal. Por tanto, en sentido contrario, el 64 % de los municipios (un 8,80 % no han respondido a esta cuestión) carecen de información al respecto.

- En segundo lugar, porque de esos 116 municipios, sólo 50 estarían recogiendo una cantidad de cierta entidad de aceite vegetal usado para su posterior reciclaje: en 35 municipios se recogería en torno al 26%-50% del aceite utilizado y en 15, el porcentaje es superior al 51 %.

7. A la sociedad andaluza le queda un larguísimo camino por recorrer para alcanzar un grado de compromiso aceptable con el debido tratamiento de los residuos urbanos en nuestros municipios. Un porcentaje elevadísimo no separa adecuadamente, con lo que las posibilidades de su adecuado reciclaje son muy bajas. La mayoría de los municipios, pese a estar obligados a ello, carecen de infraestructuras de puntos limpios.

En esta situación no podemos continuar, pues supone que seguimos anclados -y vamos a estarlo durante mucho tiempo- en un modelo de economía lineal como si la energía y los recursos fueran de utilización ilimitada. “Producir, usar y tirar” o, como también se ha dicho, “tomar, hacer y desechar”, parece ser el paradigma en el que estamos situados mayoritariamente, cualquiera que sea el discurso y la agenda que se mantenga.

8. Es por ello que las Administraciones Públicas tienen que liderar un cambio radical, al que debe incorporarse la sociedad civil, sencillamente porque no existe un plan B, alternativo al modelo de economía circular. Ésta, y no otra, es la conclusión a la que podemos llegar después de estudiar los datos que hemos obtenido con motivo de este estudio.

De acuerdo con todo ello, en una población de más de 40.000 habitantes, nos preocupaba que esta situación se prolongara en el tiempo, por lo que nos dirigimos a su Ayuntamiento para conocer, en síntesis, las previsiones temporales para la licitación del nuevo contrato que permitiría que la ciudadanía cuente con contenedores de proximidad para depositar el aceite doméstico usado.

21-05-2018 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

En la respuesta del Ayuntamiento, éste nos informaba que la retirada estuvo motivada, entre otros factores, por los perjuicios medio ambientales y de seguridad para las personas que se estaban produciendo debido al abandono y falta de mantenimiento, por parte de Ia empresa convenida para prestar el servicio, al extremo de que los contenedores eran saqueados por personas que se llevaban el aceite, desconociendo el destino de los residuos sustraídos, los derrames en la vía pública eran muy frecuentes, habiéndose producido, llegando esos derrames a los imbornales de pluviales con Ia contaminación correspondiente.

Ello motivó el consejo de la Concejalía de Medio Ambiente a la ciudadanía, pues si se continuaba depositando aceite en los contenedores abandonados el problema se agravaba, pero el Ayuntamiento estaba plenamente concienciado con la recogida selectiva de residuos y prueba de ello eran sus resultados en esta materia. El Ayuntamiento había paliado los efectos de la retirada de contenedores de aceite usado con la apertura de un segundo punto limpio en la ciudad y la puesta en marcha de un servicio de punto limpio móvil.

Por tanto, entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones, por lo que las dimos por concluidas.

 

Queja número 18/0885

El Defensor del Pueblo Andaluz inició una actuación de oficio al conocer, a través de los medios de comunicación, que el Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz) había comenzado el 23 de enero a retirar los contenedores de recogida de aceite doméstico usado, instalados hacía años por una empresa, dada la falta de mantenimiento y el abandono de los mismos debido a los problemas judiciales motivados por la denuncia del convenio suscrito en su día entre ese Ayuntamiento y la empresa.

A a la vista de esta información, cuando nos hemos dirigido al citado Ayuntamiento le hemos trasladado que consideramos muy positivo el que se haga una llamada a la población para que deposite los aceites domésticos usados en el punto limpio, aunque llama la atención que, al igual que ha ocurrido en alguna otra población, después de haber dado por finalizado el contrato se mantengan, durante un largo periodo de tiempo, a veces años, depósitos de aceite en estado de abandono en la ciudad, sin que al tiempo de denunciar los convenios, o resolver los contratos, no se tengan alternativas previstas para que, a la mayor brevedad posible, se continúe prestando ese servicio en la forma en que se considere más idónea.

En la respuesta del Ayuntamiento, éste nos informaba que la retirada estuvo motivada, entre otros factores, por los perjuicios medio ambientales y de seguridad para las personas que se estaban produciendo debido al abandono y falta de mantenimiento, por parte de Ia empresa convenida para prestar el servicio, al extremo de que los contenedores eran saqueados por personas que se llevaban el aceite, desconociendo el destino de los residuos sustraídos, los derrames en la vía pública eran muy frecuentes, habiéndose producido, llegando esos derrames a los imbornales de pluviales con Ia contaminación correspondiente.

Ello motivó el consejo de la Concejalía de Medio Ambiente a la ciudadanía, pues si se continuaba depositando aceite en los contenedores abandonados el problema se agravaba, pero el Ayuntamiento estaba plenamente concienciado con la recogida selectiva de residuos y prueba de ello eran sus resultados en esta materia. El Ayuntamiento había paliado los efectos de la retirada de contenedores de aceite usado con la apertura de un segundo punto limpio en la ciudad y la puesta en marcha de un servicio de punto limpio móvil.

Por tanto, entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones, por lo que las dimos por concluidas.

 

Queja número 18/3556

La reclamante exponía que su madre llevaba presentando reclamaciones al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción (Cádiz) desde 1989 para que peatonalizasen su calle, ya que suponía un peligro para las personas con movilidad reducida y para el resto de peatones, y no cumplía con la Ley de Accesibilidad Universal a la que se estaba acogiendo.

El problema era que un tramo de la calle era muy estrecho, 3 metros de ancho por 30 de largo, y en él concurrían vehículos y peatones. El uso combinado de vehículos y peatones suponía un grave peligro, tan solo 3 metros de los cuales 2,20 metros eran de calzada, por tanto las aceras eran minúsculas e insignificantes, e incumplían la Ley de Accesibilidad Universal, ya que debían medir 1'50 m. y la suya no llegaba a los 50 cm., de modo que no cabía una silla de ruedas.

Por tanto se veía a diario en peligro y con riesgo de que la atropellasen con su familiar, una persona con movilidad reducida y un 84% de discapacidad, ya que para entrar o salir de la vivienda con la silla de ruedas acababa siempre en medio de la calle, y para colmo estaba situada en un ángulo en el que los coches que circulaban hasta que no estaban encima suya no se percataban de su presencia debido a la poca visibilidad que había en ese tramo y a la velocidad que llevaban los vehículos.

Ya habían solicitado por escrito la peatonalización y que redirigieran el tráfico por las calles aledañas, pero no lo hacían y no comprendía como no se cumplía la Ley de Accesibilidad Universal. Se trataba de una vía estrecha en la que era incompatible el trafico rodado y el peatonal, por tanto tenía preferencia el peatonal, poniéndose en peligro a cualquier peatón, madres con carros de bebés, ancianos, discapacitados visuales, que se dirigían al edificio de la ONCE que estaba situado en la misma calle, personas con movilidad reducida, ...

El Ayuntamiento de La Línea, decía, se negaba a cumplir con la ley que les amparaba, lo único que habían hecho era poner un disco de limitación de velocidad de 20, y que en 6 o 10 meses colocarían bandas reductoras, lo cual supondría más barreras adicionales a las ya existentes, y que a posteriori si pasaba algo, o sea, un atropello, se plantearían tomar otras medidas.

Admitida la queja a trámite, solicitamos informe al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción para que nos indicase si era posible acceder a la petición de la reclamante de que fuese peatonalizada la calle objeto de la queja o, de no ser así, que nos expusiera las razones por las que ello no se estimaba procedente y las medidas que se pudieran adoptar para evitar la peligrosidad y los problemas de accesibilidad que afectaban a la misma.

En su respuesta, el Ayuntamiento daba cuenta de las razones que desaconsejaban la peatonalización de la calle, pero anunciaba que pretendían resolver el problema de acceso a su vivienda mediante la ejecución del nuevo proyecto de obras de mejora de pavimentación en varias calles, incluida la suya, con un plazo de ejecución de 5 meses y que establecería las medidas necesarias para solventar el problema que motivaba su queja.

Así las cosas, entendimos que el problema que motivó la presentación de la queja se encuentra en vías de solución a la vista de las actuaciones anunciadas por el Ayuntamiento por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 18/1618

El reclamante nos manifestaba que el pasado 4 de Agosto de 2016 presentó escrito en el Ayuntamiento de Écija denunciando el peligro que, a su juicio, ocasionaba una viga de hierro que se encontraba en la vía pública. El caso es que, a pesar de sus gestiones, no había recibido respuesta alguna, ni se había retirado dicho peligroso obstáculo de la calzada.

Solicitamos informe del Ayuntamiento, en cuya respuesta se explicaba la función de la viga situada en la calzada y señalaba que se encontraba señalizada y que nunca había motivado denuncia sobre su posible peligrosidad. Nos indicaba que se estaba estudiando la posibilidad de retranquear el acerado y el vallado de la zona a la parte anterior de la viga para que quedara fuera de la calzada e integrada en el acerado existente.

Con fecha 26 de junio de 2018, al objeto de encontrar una resolución definitiva, volvimos a solicitar información al Ayuntamiento, para que nos comunicara el resultado del estudio acerca del posible retranqueo del acerado y el vallado que nos anunciaba.

En este sentido, recibimos la información solicitada, donde se nos comunicaba que la viga que se encontraba en la calzada y que suscitaba la preocupación del interesado ya había sido retirada de la vía pública.

Considerando, por tanto, aceptada la pretensión del interesado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 18/5243

La reclamante exponía que en febrero de 2018 presentó en el Ayuntamiento de Arahal escrito desistiendo de licencia de obras para un solar por motivos de ruptura matrimonial, al no poder hacer frente a los pagos de la misma y por desconocer el destino del inmueble. Desde entonces, el Ayuntamiento seguía cobrando una cantidad de aproximadamente 176 euros mensuales. Verbalmente habían llegado a decir que aunque había desistido, mínimo debían cobrar un importe de más de 1000 euros.

Formalmente no se habían puesto en contacto con ella ni le daban una explicación al motivo de esos cobros, por lo que seguían cargando importes en su cuenta, con el detrimento patrimonial que estaba sufriendo, ya que también pagaba el inmueble sola, ascendiendo a más de 1000 euros mensuales los gastos en esos dos conceptos exclusivamente. El 6 de agosto de 2018 volvió a presentar escrito en el Ayuntamiento y seguían sin contestar a su petición de desistimiento de la licencia y cobrando las cuantías.

La queja se admitió a los solos efectos de que por parte del Ayuntamiento se diera una respuesta expresa a la petición formulada por la interesada, por lo que solicitamos a dicho organismo que diera respuesta, expresamente y sin más dilaciones, al escrito presentado el 19 de febrero de 2018, informándonos al respecto.

Tras la petición de informe formulada al Ayuntamiento de Arahal, se nos remite respuesta dando cuenta de la aceptación de su desistimiento en la solicitud de licencia de obras y, por consiguiente, acordando la devolución de lo pagado por su parte más los intereses devengados.

Así las cosas, habiendo quedado resuelta favorablemente la pretensión de la interesada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 18/3341

En relación con escrito de queja presentado en esta Institución donde el interesado refiere mal funcionamiento del portal Verifirma para la administración electrónica, la Dirección General de Infraestructuras y Sistemas nos traslada la siguiente información:

Una vez revisados los distintos sistemas de información de esta Dirección General, no se encuentra constancia de la solicitud de asistencia técnica por parte del afectado. Cabe señalar que este órgano directivo recibe habitualmente este tipo de peticiones a través del Portal Adriano (www.juntadeandalucia.es/justicia/portal/adriano) o del correo de la Dirección General de Infraestructuras y sistemas de la Consejería de Justicia e Interior (dg.infraestructuras.cji@juntadeandalucia.es), siendo atendidas por personal experto a la mayor brevedad posible culminando con la resolución de la incidencia a plena satisfacción del usuario.

No obstante, a la recepción de su escrito, hemos procedido a buscar los datos de contacto profesional del afectado y hemos fijado un día y hora de la conveniencia del mismo para prestarle asistencia técnica telefónica. El día 11 de septiembre, un técnico de esta Dirección General ha podido comprobar que no se estaba accediendo al recurso web correcto y de la necesidad de un ajuste de configuración en el equipo (información que está disponible a través de la sección ayuda). Tras las realización de los cambios por D. , este ha confirmado el uso satisfactorio de la aplicación Verifirma para poder cotejar documentos”.

El Defensor del Pueblo andaluz reclama medidas para garantizar plazas al personal docente e investigador con discapacidad en las universidades públicas

El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha inaugurado hoy una jornada sobre la inclusión de las personas con discapacidad como personal docente e investigador en las universidades andaluzas.

Con motivo del Día Internacional de las Personas con Discapacidad, el Defensor del Pueblo Andaluz quiere contribuir a reforzar la garantía de los derechos de este colectivo celebrando esta jornada en relación con el acceso de las personas con discapacidad a la condición de personal docente e investigador (PDI) en las Universidades públicas andaluzas, cuestión que motivó la realización de una actuación de oficio por parte de esta institución.

El Defensor del Pueblo andaluz ha aludido a los datos que figuran en el III Estudio Universidad y Discapacidad, promovido por la Fundación Universia y por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), donde el personal docente e investigador con discapacidad supone el 0,6% de estos efectivos en las Universidades públicas españolas y un 0,9% en las privadas, porcentajes muy alejados del objetivo que se fijan las leyes garantizadoras del derecho a la inclusión laboral de las personas con discapacidad para que se alcance el porcentaje del 2% de las mismas entre los efectivos totales que se requiere en cada Administración pública.

En este contexto, ante los requerimientos del CERMI y otras organizaciones sociales, como la ONCE, a las Universidades públicas españolas para hacer efectivos los mandatos legales de inclusión laboral de personas con discapacidad en sus plantillas de personal docente e investigador, así como de los Defensores Universitarios andaluces para que se promovieran medidas que permitieran garantizar la reserva legal de plazas para personas con discapacidad en este ámbito, el Defensor del Pueblo andaluz acordó iniciar una actuación de oficio destinada a conocer la situación de las personas con discapacidad para acceder a los puestos de personal docente e investigador en las Universidades públicas de Andalucía, ha señalado Jesús Maeztu.

Tras la información facilitadapor las propias Universides públicas andaluzas, Jesús Maeztu ha expuesto que, a pesar de que los porcentajes totales de personal PDI con discapacidad en nuestras universidades mejora algo con respecto a la media a nivel nacional (el 0,87% frente al 0,6% de media estatal), "todavía no se alcanza ni siquiera el 1% de estos puestos en el total de sus plantillas que, según dichos datos ascienden a 16.033 efectivos".

"Como ponen de manifiesto estos datos -ha continuado el Defensor- los porcentajes de personas con discapacidad que acceden al ámbito profesional de la docencia e investigación en el sistema universitario andaluz son insuficientes y lejos aún del objetivo general del 2% que señalan las normas legales como óptimos para avanzar en la igualdad de oportunidades de este colectivo en dicho ámbito".

Otro dato de interés a destacar que se contiene en el III Estudio Universidad y Discapacidad, publicado en 2017, es que el porcentaje de personas con discapacidad en el colectivo PAS (personal de administración y servicios) en las universidades públicas españolas (el 1,5%), es muy superior al que se alcanza en el colectivo del PDI (0,6%), lo que es indicativo de la mayor dificultad que tienen las personas con discapacidad para acceder a puestos de mayor cualificación como son los correspondientes a la función docente e investigadora en el sistema universitario público. Proporción que se mantiene en las Universidades privadas (un 0,9% en PDI, frente al 1,6% en PAS).

"Esta desproporción de presencia de personas con discapacidad en ambos colectivos, que también observamos en los datos de las Universidades públicas andaluzas facilitados, es una consecuencia muy directa de la distinta forma de aplicar los porcentajes legales de reserva para personas con discapacidad en las ofertas públicas de empleo para el personal docente e investigador", ha considerado el Defensor del Pueblo andaluz.

Por último, Jesús Maeztu ha señalado que de la información trasladada por la Administración Universitaria se pone de manifiesto que, "mientras que estas Universidades vienen cumpliendo en su totalidad la reserva de puestos para personas con discapacidad en las ofertas de empleo público para personal de administración y servicios, no ocurre así para el personal docente e investigador". "Esta discordancia entre las previsiones legales y su aplicación práctica respecto al acceso de personas con discapacidad a los puestos de PDI en la Administración Universitaria, hace necesario la adopción de medidas de acción positiva para poder pasar del derecho formal reconocido a estas personas al derecho real que permita hacerlo efectivo y que, como ustedes saben, constituyen el objetivo que nos hemos propuesto con esta Jornada", ha concluido.

    El Defensor del Menor de Andalucía entrega los premios de la XI edición del concurso "Así veo mis derechos"

    El Defensor del Menor de Andalucía, Jesús Maeztu, acompañado por la Alcaldesa de Ronda, ha entregado este jueves, 29 de noviembre, en Ronda, los premios de los ganadores de la undécima edición del concurso "Así veo mis derechos", que convoca cada año la Institución Andaluza entre los centros escolares para la promoción y defensa de los niños y niñas y adolescentes.

    Un total de 226 dibujos y 65 vídeos han participado en esta nueva edición, resultando ganadores:

    - El dibujo sobre el derecho a la igualdad de la alumna de 5º de Primaria, María Serrato Martínez, del colegio de Educación Infantil y Primaria Tierno Galván en Castellar de la Frontera (Cádiz).

    -  El vídeo sobre el derecho a la protección del  IES LA Algaida, en Río San Pedro (Cádiz) que han realizado los alumnos y alumnas de 2º y 4º de Secundaria.

    - Accésit al dibujo sobre el derecho a la igualdad de Nayara Velandia Ruz, alumna de 6º de Primaria del Colegio de Educación Infantil y Primaria Colón de Linares (Jaén)

    - Accésit al vídeo sobre el derecho al amor del IES Inmaculada Vieira en Sevilla (Sevilla)

    Los escolares andaluces reinvindican los derechos a la igualdad, a la protección y al amor

    El jurado de la XI edición del Premio del Menor de Andalucía ha fallado los premios en la modalidad de dibujo y vídeo respectivamente, del concurso “Así veo mis derechos” que convoca anualmente el Defensor del Menor de Andalucía para la promoción y defensa de los derechos de los menores.

    El dibujo ganador de esta edición ha correspondido a la representación del derecho a la igualdad que ha dibujado la alumna de 5º de Primaria, María Serrato Martínez, del colegio de Educación Infantil y Primaria Tierno Galván en Castellar de la Frontera (Cádiz).

    El vídeo ganador ha recaído en el IES LA Algaida, en Río San Pedro (Cádiz), por la representación del derecho a la protección que han realizado los alumnos y alumnas de 2º y 4º de Secundaria.

    Además, el jurado ha fallado a favor de conceder dos accésit en ambas modalidades, ante la calidad de los trabajos presentados y la alta participación, con 291 trabajos presentados en total.

    Así, el accésit por el dibujo ha sido para Nayara Velandia Ruz, alumna de 6º de Primaria del Colegio de Educación Infantil y Primaria Colón de Linares (Jaén), por su representación del derecho a la igualdad. Y en la modalidad de vídeo ha sido para los alumnos de 3º de Secundaria del IES Inmaculada Vieira en Sevilla (Sevilla) por su recreación del derecho al amor.

    Esta nueva edición del Premio del Menor concluyó el pasado 20 de noviembre, con motivo del Dïa Internacional del Niño y se entregan los premios este jueves, 29 de noviembre en Ronda.

    Un año más, la convocatoria de este concurso, que anualmente celebra el Defensor del Menor para que los niños y niñas conozcan sus derechos, los defiendan y los difundan, ha contado con una importante participación por parte de los centros educativos andaluces. En concreto, se han presentado 226 dibujos y 65 videos, batiendo el récord de ediciones anteriores. Todos ellos, para reivindicar sus derechos a la educación y el juego, a la igualdad, a la salud, a una identidad, a la protección, a la educación, etc.

    La iniciativa se enmarca en las acciones que el Defensor del Menor de Andalucía viene desarrollando para promocionar los derechos de las personas menores de edad en nuestra Comunidad Autónoma. En este caso, como viene siendo habitual, con la participación e implicación directa del profesorado y alumnado de los centros escolares andaluces, la colaboración de Save the Children y Unicef y la participación del Consejo de Menores del Defensor del Menor de Andalucía, así como de las entidades que conforman el jurado.

    Un total de 3.512 centros educativos de Primaria, Secundaria y Educación Especial de Andalucía han sido invitados a participar en esta convocatoria: 310 centros en Almería; 514, en Cádiz; 369 en Córdoba; 428, en Granada; 230, en Huelva; 320, en Jaén; 601, en Málaga; y 740, en Sevilla.

    • Defensor del Pueblo Andaluz
    • Otras defensorías