La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 16/2083

La Administración informa que acepta nuestra resolución y, en consecuencia, este año los tickets de atracciones de feria han sido entregados a todos los niños y niñas de edad de Educación Primaria de la localidad, con independencia del colegio en el que se encuentren escolarizado, ya sean de colegios del municipio o fuera de este, públicos, privados o concertados.

El interesado se mostraba disconforme con determinada iniciativa municipal que consideraba discriminatoria para su hijo.

Nos decía en su queja que el Ayuntamiento de había emprendido una actuación social para que a los niños que estuviesen matriculados en alguno de los colegios del municipio se les hiciera entrega de vales de invitaciones para usar de forma gratuita algunas de las atracciones de la Feria de Abril de la localidad, siendo así que su hijo no podía beneficiarse de tales invitaciones por no estar escolarizado en un colegio público, sino en un colegio privado concertado por la Junta de Andalucía.

Tras admitir la queja a trámite solicitamos a ese Ayuntamiento información sobre dicha cuestión, respondiéndonos que la iniciativa social que analizamos se viene llevando a cabo desde hace más de ocho años, todo ello gracias a un acuerdo entre el Ayuntamiento y la Asociación de Feriantes de Málaga.

La finalidad de este acuerdo es que la situación de desventaja económica de muchas familias del municipio no fuese un condicionante para que los hijos puedan disfrutar de la Feria. Para lograr una mayor efectividad y garantizar que los vales gratuitos llegasen a las familias necesitadas, el Ayuntamiento optó, como método más viable, por efectuar el reparto a través de los colegios públicos de Primaria y guarderías del municipio, todo ello teniendo en consideración, además, los costes de gestión que implicaría realizar un estudio pormenorizado de los recursos económicos de todas las familias empadronadas en Cártama, localidad que tiene registrados cerca de 25.000 habitantes y cuenta con 11 núcleos de población que conforman el municipio.

Expresaba el Ayuntamiento en su informe que la corporación local es consciente de la imperfección de este método de reparto de las invitaciones, pudiendo darse el caso de familias con situación económica holgada y que tengan a sus hijos matriculados en colegios públicos de Primaria del municipio, con lo que también se beneficiarían de esta iniciativa, pero aún así el Ayuntamiento sigue considerando que la forma de reparto es la que aporta mayor seguridad de que las invitaciones llegan a todas y cada una de las familias con problemas económicos.

 

Exclusión financiera: Nos preocupan las consecuencias del cierre de oficinas de bancos en los pueblos

El Defensor del Pueblo Andaluz ha abierto una queja de oficio, dirigida a las 8 Diputaciones provinciales, ante su preocupación por la situación de exclusión financiera que sufre la población que reside en municipios rurales y dispersos por el cierre de oficinas bancarias, sobre todo, por lo que afecta a las personas más mayores o personas con dificultad en el acceso y manejo de las herramientas digitales.

El Defensor ha alertado sobre "el importante porcentaje de población que reside en localidades pequeñas y que se ve especialmente perjudicada por el cierre de sucursales, ya que, por su edad o por otras razones, carece de una mínima cultura digital y el acceso a los medios electrónicos les resulta complicado y, a veces, imposible. Es en referencia a estas personas que se ha acuñado el término exclusión financiera”.

La Institución viene tramitando diversas quejas sobre la prestación de servicios financieros en localidades pequeñas, que han puesto de manifiesto la problemática de exclusión financiera existente en las mismas.

Ante la falta de soluciones a este problema y dado que es muy previsible que dicho problema vaya a extenderse a otras zonas del territorio andaluz, es por ello que solicita a las 8 Diputaciones Provinciales de Andalucía -a quienes corresponde la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios de menor capacidad económica y de gestión-, para que adopten medidas que puedan ayudar a resolver la situación expuesta en esos municipios.

Entre ellas, la Institución del Defensor señala la celebración de conciertos con las propias entidades financieras para la atención presencial; la realización de programas específicos de alfabetización financiera digital para personas mayores en zonas rurales a través de la red guadalinfo; la firma de convenios con los Ayuntamientos para formar a personas que puedan realizar labores de monitorización y ayuda a personas que necesiten realizar gestiones financieras telemáticas, etc.

Asimismo se ha dirigido a las principales entidades financieras radicadas en Andalucía, para que promuevan posibles soluciones para la adecuada atención de sus clientes en pequeños municipios como pueden ser oficinas móviles; la utilización ocasional de dependencias municipales; el concierto con entidades comerciales o con oficinas de farmacia, etc.

Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 17/2237 dirigida a todas las Diputaciones Provinciales de Andalucía

Actuamos ante las Diputaciones Provinciales para que impulsen iniciativas ante la exclusión financiera que sufre la población rural tras el cierre de sucursales bancarias.

ANTECEDENTES

El Defensor del Pueblo Andaluz atiende con preocupación las consecuencias que se están derivando de la política generalizada de cierre de oficinas bancarias.

Según datos publicados en noticias digitales, aunque España sigue teniendo la mayor densidad de sucursales por habitante dentro de la Unión Europea, lo cierto es que el ajuste de oficinas ha dejado a más de un millón de personas sin oficina bancaria en su localidad. Estas localidades normalmente son rurales y dispersas, afectando a una población cada vez más envejecida.

Las presiones para el cierre de oficinas vienen de la mano de exigencias de los organismos supervisores en torno a la rentabilidad de la banca, centrándose en la reducción de costes que supone el cierre de oficinas y despido de empleados.

El propio Banco de España en su último Informe de estabilidad financiera pone de manifiesto que, ante la perspectiva de que la situación de tipos bajos y reducido nivel de actividad se prolongue en el tiempo, es de esperar que las entidades perseveren en su esfuerzo por aumentar la eficiencia mediante la reducción de sus costes.

Por otra parte, el cambio en los hábitos de la clientela, cada vez mayoritariamente más proclive a la contratación de servicios por canales de comunicación digital, favorece y justifica las medidas de cierre de oficina.

No obstante existe un porcentaje importante de la población que reside en localidades pequeñas y que se ve especialmente perjudicada por el cierre de sucursales, ya que, por su edad o por otras razones, carece de una mínima cultura digital y el acceso a los medios electrónicos les resulta complicado y, a veces, imposible. Es en referencia a estas personas que se ha acuñado el término “exclusión financiera”.

El desplazamiento a oficinas ubicadas en poblaciones cercanas para la realización de las gestiones necesarias no es una solución siempre factible, bien porque no se disponga de medios propios de transporte, porque las comunicaciones de transporte público no estén bien desarrolladas o por no poder hacer frente al coste que estos desplazamientos implican.

Hemos podido comprobar que existe una gran sensibilidad entre los responsables de las Administraciones locales en relación con este asunto, como lo demuestra que hayan impulsado movilizaciones ciudadanas e, incluso, aprobado mociones en sus órganos representativos instando a las entidades financieras a abrir sucursales en determinados municipios o a la prestación del servicio de atención personal a través de una oficina móvil.

Según parece, algunas entidades financieras por su propia historia vinculada al ámbito municipal -antiguas Cajas de Ahorro- se muestran más reacias al cierre de oficinas, manteniendo en mayor medida su implantación territorial o prestando el servicio móvil.

En esta Institución se han recibido y tramitado diversas quejas sobre la prestación de servicios financieros en localidades pequeñas, que han puesto de manifiesto la problemática de exclusión financiera existente en las mismas. Lamentablemente, las entidades interpeladas se limitan a señalar que el propio Banco de España considera que la decisión sobre la ubicación de una sucursal se inserta en el ámbito de su esfera discrecional de actuación y que sólo les incumbe, por normativa de transparencia, la obligación de informar a la clientela afectada por el cierre del traslado de sus posiciones a otra oficina y explicar los cambios que conlleva.

Ante la falta de soluciones al problema de exclusión financiera que padece parte de la población andaluza y dado que es muy previsible que dicho problema vaya a extenderse a otras zonas del territorio andaluz, hemos considerado oportuno desarrollar una actuación de oficio al amparo de lo establecido en el art. 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz.

CONSIDERACIONES

Primera.- Sobre los derechos de la ciudadanía afectados.

Consideramos que se encuentra afectado el derecho a la protección de las personas consumidoras que garantiza el artículo 27 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (EAA) y que el artículo 51 de la Constitución española define como uno de los principios que deben regir la actuación de las Administraciones públicas.

De modo particular entendemos que resulta afectado el derecho de las personas mayores a recibir de los poderes públicos de Andalucía una protección y una atención integral para la promoción de su autonomía personal y del envejecimiento activo (artículo 27 EAA), protección que se configura también como uno de los principios rectores de las políticas públicas (art. 37 EAA).

Finalmente consideramos implicado el derecho de todas las personas a acceder y usar las nuevas tecnologías y a participar activamente en la sociedad del conocimiento, la información y la comunicación (artículo 34 EAA).

Segunda.- Posibles soluciones a la situación de exclusión financiera.

Dentro del respeto debido a las decisiones que en el ámbito de su autonomía de gestión tienen las entidades financieras, la protección de los derechos antes mencionados nos mueve a proponer soluciones que eviten o aminoren la exclusión financiera que sufren las personas mayores y/o con escasos recursos que residen en municipios rurales.

Además de los dispositivos de atención presencial móvil que ya están siendo implementados por algunas entidades financieras, valoramos las posibilidades que generaría la firma de convenios con Ayuntamientos para permitir el uso de instalaciones públicas con objeto de dar servicio a la población.

De este modo personal de la entidad podría disponer de un espacio gratuito, al menos de forma temporal, para atender las operaciones que desee realizar la clientela que resida en el municipio.

El mismo modelo podría desarrollarse mediante acuerdos con profesionales o empresas locales que pudieran ceder parte de sus espacios de negocio para permitir a la entidad financiera la prestación de su servicio de atención comercial a la población.

Estas propuestas se han trasladado a las entidades financieras radicadas en Andalucía mediante Resolución de posicionamiento, con la confianza de que serán objeto de la debida atención y merecerán una respuesta positiva.

La otra vía por la que apreciamos podría reducirse la exclusión financiera sería la alfabetización digital del colectivo afectado así como la oferta de medios complementarios para el uso de servicios telemáticos.

En la primera línea ya se estaría interviniendo a través de los centros Guadalinfo, sostenidos con fondos de la Junta de Andalucía y de las Diputaciones Provinciales, para garantizar la disponibilidad de un punto cercano de acceso, formación y asesoramiento sobre las TIC en municipios menores de 20.000 habitantes.

Asimismo a través del programa Andalucía Compromiso Digital se trabaja para romper la brecha digital, facilitando la formación en el uso de las TIC. El programa incluye el acompañamiento digital de voluntarios a personas con especiales dificultades en el manejo de las nuevas tecnologías.

Aún así consideramos que sería necesario aportar nuevos recursos que permitieran extender estas medidas como instrumento específico para la erradicación de la exclusión financiera.

En la misma línea que se viene desarrollando el acompañamiento digital valoramos que podrían instrumentarse convenios con Ayuntamientos para formar a personas que puedan realizar labores de monitorización y ayuda a personas que necesiten realizar gestiones financieras telemáticas por no disponer de oficina bancaria en su localidad.

Pese a todo lo anterior, también contamos con la realidad de que hay municipios que no tienen acceso a Internet de banda ancha, en cuyo desarrollo está implicado el Gobierno de la Nación a través de las correspondientes medidas de impulso de la sociedad de la información.

Por todo lo anterior y de conformidad con lo establecido en el apartado primero del artículo 29 de la Ley 9/1983, del Defensor del Pueblo Andaluz, se formula

RESOLUCIÓN

RECOMENDACIÓN: Que por parte de esa Diputación Provincial se impulsen iniciativas que permitan superar la exclusión financiera que sufre la población que reside en municipios rurales tras el cierre de sucursales bancarias.

Ver actuación de oficio.

Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/2237 dirigida a a todas las Diputaciones Provinciales de Andalucía

Nos interesamos, ante las Diputaciones Provinciales, por la situación de exclusión financiera que sufre la población que reside en municipios rurales y dispersos por el cierre de oficinas bancarias. Las entidades financieras afectadas son: BBVA, Caixabank, BMN, Caja Rural de Granada, Caja Rural de Jaén, Caja Rural del Sur, Cajasur, Unicaja, Banco Popular y Banco Santander.

Esta Institución atiende con preocupación las consecuencias que se están derivando de la política generalizada de cierre de oficinas bancarias.

Según datos publicados en noticias digitales, aunque España sigue teniendo la mayor densidad de sucursales por habitante dentro de la Unión Europea, lo cierto es que el ajuste de oficinas ha dejado a más de un millón de personas sin oficina bancaria en su localidad. Estas localidades normalmente son rurales y dispersas, afectando a una población cada vez más envejecida.

Las presiones para el cierre de oficinas vienen de la mano de exigencias de los organismos supervisores en torno a la rentabilidad de la banca, centrándose en la reducción de costes que supone el cierre de oficinas y despido de empleados.

El propio Banco de España en su último Informe de estabilidad financiera pone de manifiesto que, ante la perspectiva de que la situación de tipos bajos y reducido nivel de actividad se prolongue en el tiempo, es de esperar que las entidades perseveren en su esfuerzo por aumentar la eficiencia mediante la reducción de sus costes.

Por otra parte, el cambio en los hábitos de la clientela, cada vez mayoritariamente más proclive a la contratación por canales de comunicación digital, favorece y justifica las medidas de cierre de oficina.

No obstante existe un porcentaje importante de la población que reside en localidades pequeñas y que se ve especialmente perjudicada por el cierre de sucursales, ya que, por su edad o por otras razones, carece de una mínima cultura digital y el acceso a los medios electrónicos les resulta complicado y, a veces, imposible. Es en referencia a estas personas que se ha acuñado el término “exclusión financiera”.

El desplazamiento a oficinas ubicadas en poblaciones cercanas para la realización de las gestiones necesarias no es una solución siempre factible, bien porque no se disponga de medios propios de transporte, porque las comunicaciones de transporte público no estén bien desarrolladas o por no poder hacer frente al coste que estos desplazamientos implican.

Hemos podido comprobar que existe una gran sensibilidad entre los responsables de las Administraciones locales en relación con este asunto, como lo demuestra que hayan impulsado movilizaciones ciudadanas e, incluso, aprobado mociones en sus órganos representativos instando a las entidades financieras a abrir sucursales en determinados municipios o a la prestación del servicio de atención personal a través de una oficina móvil.

Según parece, algunas entidades financieras por su propia historia vinculada al ámbito municipal -antiguas Cajas de Ahorro- se muestran más reacias al cierre de oficinas, manteniendo en mayor medida su implantación territorial o prestando el servicio móvil.

En esta Institución se han recibido y tramitado diversas quejas sobre la prestación de servicios financieros en localidades pequeñas, que han puesto de manifiesto la problemática de exclusión financiera existente en las mismas. Lamentablemente, las entidades interpeladas se limitan a señalar que el propio Banco de España considera que la decisión sobre la ubicación de una sucursal se inserta en el ámbito de su esfera discrecional de actuación y que sólo les incumbe, por normativa de transparencia, la obligación de informar a la clientela afectada por el cierre del traslado de sus posiciones a otra oficina y explicar los cambios que conlleva.

Ante la falta de soluciones al problema de exclusión financiera que padece parte de la población andaluza y dado que es muy previsible que dicho problema vaya a extenderse a otras zonas del territorio andaluz, hemos considerado oportuno desarrollar una actuación de oficio al amparo de lo establecido en el art. 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz.

En dicha actuación solicitaremos la colaboración de las principales entidades financieras radicadas en Andalucía, planteándoles algunas posibles soluciones para la adecuada atención de su clientela que reside en pequeños municipios como pueden ser la puesta en marcha de oficinas móviles; la utilización ocasional de dependencias municipales; el concierto con entidades comerciales o con oficinas de farmacia, etc.

Asimismo nos dirigiremos a las Diputaciones Provinciales de Andalucía -a quienes corresponde la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios de menor capacidad económica y de gestión-, con objeto de proponerles la adopción por las mismas de medidas que puedan ayudar a resolver la situación expuesta en esos municipios, como pueden ser la celebración de conciertos con las propias entidades financieras para la atención presencial; la realización de programas específicos de alfabetización financiera digital para personas mayores en zonas rurales a través de la red guadalinfo; la firma de convenios con los Ayuntamientos para formar a personas que puedan realizar labores de monitorización y ayuda a personas que necesiten realizar gestiones financieras telemáticas, etc.

Consideramos que esta actuación de oficio encuentra su justificación al verse afectado el derecho a la protección de las personas consumidoras que garantiza el artículo 27 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (EAA) y que el artículo 51 de la Constitución española define como uno de los principios que deben regir la actuación de las Administraciones públicas.

De modo particular entendemos que resulta afectado el derecho de las personas mayores a recibir de los poderes públicos de Andalucía una protección y una atención integral para la promoción de su autonomía personal y del envejecimiento activo (artículo 27 EAA), protección que se configura también como uno de los principios rectores de las políticas públicas (art. 37 EAA).

Finalmente consideramos implicado el derecho de todas las personas a acceder y usar las nuevas tecnologías y a participar activamente en la sociedad del conocimiento, la información y la comunicación (artículo 34 EAA).

Resolución dirigida a diversas entidades financieras.

Resolución dirigida a todas las Diputaciones Provinciales de Andalucía.

Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 17/2237 dirigida a diversas entidades financieras

Promovemos ante las entidades financieras (BBVA, Caixabank, BMN, Caja Rural de Granada, Caja Rural de Jaén, Caja Rural del Sur, Cajasur, Unicaja, Banco Popular, Banco Santander) el impulso de iniciativas para superar la exclusión financiera que sufre la población rural tras el cierre de sucursales.

ANTECEDENTES

Esta Institución atiende con preocupación las consecuencias que se están derivando de la política generalizada de cierre de oficinas bancarias.

Según datos publicados en noticias digitales, aunque España sigue teniendo la mayor densidad de sucursales por habitante dentro de la Unión Europea, lo cierto es que el ajuste de oficinas ha dejado a más de un millón de personas sin oficina bancaria en su localidad. Estas localidades normalmente son rurales y dispersas, afectando a una población cada vez más envejecida.

Las presiones para el cierre de oficinas vienen de la mano de exigencias de los organismos supervisores en torno a la rentabilidad de la banca, centrándose en la reducción de costes que supone el cierre de oficinas y despido de empleados.

El propio Banco de España en su último Informe de estabilidad financiera pone de manifiesto que, ante la perspectiva de que la situación de tipos bajos y reducido nivel de actividad se prolongue en el tiempo, es de esperar que las entidades perseveren en su esfuerzo por aumentar la eficiencia mediante la reducción de sus costes.

Por otra parte, el cambio en los hábitos de la clientela, cada vez mayoritariamente más proclive a la contratación de servicios por canales de comunicación digital, favorece y justifica las medidas de cierre de oficina.

No obstante existe un porcentaje importante de la población que reside en localidades pequeñas y que se ve especialmente perjudicada por el cierre de sucursales, ya que, por su edad o por otras razones, carece de una mínima cultura digital y el acceso a los medios electrónicos les resulta complicado y, a veces, imposible. Es en referencia a estas personas que se ha acuñado el término “exclusión financiera”.

El desplazamiento a oficinas ubicadas en poblaciones cercanas para la realización de las gestiones necesarias no es una solución siempre factible, bien porque no se disponga de medios propios de transporte, porque las comunicaciones de transporte público no estén bien desarrolladas o por no poder hacer frente al coste que estos desplazamientos implican.

Hemos podido comprobar que existe una gran sensibilidad entre los responsables de las Administraciones locales en relación con este asunto, como lo demuestra que hayan impulsado movilizaciones ciudadanas e, incluso, aprobado mociones en sus órganos representativos instando a las entidades financieras a abrir sucursales en determinados municipios o a la prestación del servicio de atención personal a través de una oficina móvil.

Según parece, algunas entidades financieras por su propia historia vinculada al ámbito municipal -antiguas Cajas de Ahorro- se muestran más reacias al cierre de oficinas, manteniendo en mayor medida su implantación territorial o prestando el servicio móvil.

En esta Institución se han recibido y tramitado diversas quejas sobre la prestación de servicios financieros en localidades pequeñas, que han puesto de manifiesto la problemática de exclusión financiera existente en las mismas. Lamentablemente, las entidades interpeladas se limitan a señalar que el propio Banco de España considera que la decisión sobre la ubicación de una sucursal se inserta en el ámbito de su esfera discrecional de actuación y que sólo les incumbe, por normativa de transparencia, la obligación de informar a la clientela afectada por el cierre del traslado de sus posiciones a otra oficina y explicar los cambios que conlleva.

Ante la falta de soluciones al problema de exclusión financiera que padece parte de la población andaluza y dado que es muy previsible que dicho problema vaya a extenderse a otras zonas del territorio andaluz, hemos considerado oportuno desarrollar una actuación de oficio al amparo de lo establecido en el art. 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz.

CONSIDERACIONES

Primera.- Sobre los derechos de la ciudadanía afectados.

Consideramos que se encuentra afectado el derecho a la protección de las personas consumidoras que garantiza el artículo 27 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (EAA) y que el artículo 51 de la Constitución española define como uno de los principios que deben regir la actuación de las Administraciones públicas.

De modo particular entendemos que resulta afectado el derecho de las personas mayores a recibir de los poderes públicos de Andalucía una protección y una atención integral para la promoción de su autonomía personal y del envejecimiento activo (artículo 27 EAA), protección que se configura también como uno de los principios rectores de las políticas públicas (art. 37 EAA).

Finalmente consideramos implicado el derecho de todas las personas a acceder y usar las nuevas tecnologías y a participar activamente en la sociedad del conocimiento, la información y la comunicación (artículo 34 EAA).

Segunda.- Posibles soluciones a la situación de exclusión financiera.

Dentro del respeto debido a las decisiones que en el ámbito de su autonomía de gestión tienen las entidades financieras, la protección de los derechos antes mencionados nos mueve a proponer soluciones que eviten o aminoren la exclusión financiera que sufren las personas mayores y/o con escasos recursos que residen en municipios rurales.

Además de los dispositivos de atención presencial móvil que ya están siendo implementados por algunas entidades financieras, valoramos las posibilidades que generaría la firma de convenios con Ayuntamientos para permitir el uso de instalaciones públicas con objeto de dar servicio a la población.

De este modo, personal de la entidad podría disponer de un espacio gratuito, al menos de forma temporal, para atender las operaciones que desee realizar la clientela que resida en el municipio.

El mismo modelo podría desarrollarse mediante acuerdos con profesionales o empresas locales que pudieran ceder parte de sus espacios de negocio para permitir a la entidad financiera la prestación de su servicio de atención comercial a la población.

En este sentido, nos permitimos trasladar a esa entidad financiera la siguiente

RESOLUCIÓN

SUGERENCIA: Que por parte de esa entidad financiera se impulsen iniciativas que permitan superar la exclusión financiera que sufre la población que reside en municipios rurales tras el cierre de sucursales.

Ver actuación de oficio

Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

Jesús Maeztu presenta el Informe Anual del Menor de 2016

El Defensor del Menor de Andalucía, Jesús Maeztu, ha presentado hoy al presidente del Parlamento andaluz, Juan Pablo Durán, el Infome Anual 2016 del Defensor del Menor de Andalucía.

En rueda de prensa, el Defensor del Menor ha destacado que el número total de actuaciones de la Defensoría en asuntos de menores y adolescentes realizadas a lo largo del año 2016 se ha elevado a 5.009, de las cuales 2.385 se refieren a quejas, y 2.624 a consultas.

De las 2.385 quejas tramitadas, 1.872 fueron nuevas, lo que supone un incremento de la actividad de la Institución del 71,9% respecto del ejercicio anterior de 2015. El aumento señalado ha tenido especial incidencia en el número de quejas a instancia de parte, que han pasado de 970 del año anterior a 1.804 en 2016; por su parte, las actuaciones iniciadas de oficio durante el pasado año fueron 68, frente a las 75 intervenciones realizadas en 2015.

Las reclamaciones más numerosas presentadas en 2016 afectan a la educación con un total de 731 expedientes. Destacan asimismo aquellas que contienen cuestiones relativas a la familia (155) en las que se abordan principalmente asuntos relativos a ruptura de la pareja y conflictos por la guarda y custodia de los hijos, principalmente. Las intervenciones relativas al Sistema de Protección, donde se engloban las situaciones de guarda, desamparo, tutela y medidas de protección también han adquirido un destacado protagonismo, al haberse tramitado un total de 108 expedientes.

El Defensor del Menor de Andalucía ha destacado que este año se ha centrado en el debate sobre la desigualdad como una de las herencias que nos ha dejado la crisis económica. Esta crisis sigue afectando a miles de hogares andaluces, y en muchos de ellos habitan niños, niñas y adolescentes.

Jesús Maeztu ha señalado que la desigualdad en la infancia es especialmente perjudicial no sólo por sus consecuencias, sino también porque las niñas y niños carecen en general de las posibilidades de modificar sus circunstancias y a menudo están sujetos a las decisiones y elecciones de su entorno familiar.

El Defensor del Menor ha repasado los derechos analizados en el Informe bajo esta óptica, y ha subrayado cómo la desigualdad afecta por ejemplo, en la salud, en laausencia de pediatras en determinadas zonas de Andalucía, en la atención temprana,donde ha mostrado su preocupación por cómo se esté dando la prestación, o en la falta de adaptación de espacios asistenciales para menores.

En educación, ahora las familias demandan una educación de calidad en igualdad de condiciones para todo el alumnado. Así, un elevado número de quejas tiene como protagonista a la equidad en la educación (equidad para compensar desigualdades de tipo económico, o para alumnado con necesidades educativas especiales). Jesús Maeztu ha destacado que “la educación inclusiva es una poderosa herramienta para combatir el riesgo de exclusión, porque la exclusión escolar precede a la exclusión social”. Otras reclamaciones están relacionadas con el servicio complementario de comedor escolar, o los retrasos que se producen en los pagos de las becas de la convocatoria general, gestionada por la Junta. En 2016 presentamos el informe sobre acoso escolar, qué es acoso y qué no, qué se está haciendo para abordarlo y qué soluciones proponemos, como un registro específico sobre los casos que, junto a los protocolos, ayuden a conocer mejor el acoso, y también el ciberacoso.

El Defensor del Menor ha señalado que este ano el asunto relevante se ha centrado en el consumo de alcohol por parte de los menores, ante la preocupación de que cada año siga incrementándose el número de adolescentes que empiezan a ingerir alcohol y a edades cada vez más tempranas. El Defensor del Menor ha señalado que desde hace años hemos venido recibiendo multitud de quejas sobre las molestias sufridas como consecuencia de las concentraciones juveniles (el ruido), y sin embargo ha quedado relegada las consecuencias negativas que acarrea estos comportamientos en personas que se encuentran en pleno proceso de formación o cómo estas situaciones pueden afectar a su futuro.

Por ello, Jesús Maeztu ha reclamado un mayor control de las normas vigentes que prohíben el consumo de alcohol de menores en las vías públicas. El Defensor del Menor ha propuesto al Parlamento de Andalucía que estudie la viabilidad de modificar la actual normativa para restringir la publicidad y el acceso de los menores al alcohol.

  • Legislatura del informe:
  • Fecha de presentación del informe: 13/06/2017

   NOTA DE PRENSA                                   

 

 

    Queja número 16/1795

    Con motivo de la tramitación de la presente queja de oficio, esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz dictó a la Consejería de Justicia e Interior y al Ayuntamiento de Estepona, las siguientes RESOLUCIONES

    RECOMENDACIÓN, a la vista del marco normativo aludido, para que se proceda a la puesta a disposición del solar o inmueble con las características urbanísticas adecuadas para destinar en el mismo la futura ubicación del edificio como sede judicial de Estepona con las condiciones de adaptación y accesibilidad establecidas por la normativa aplicable a su uso definido garantizando las condiciones de igualdad y equidad que merecen todas las personas usuarias y profesionales de los servicios prestados por los órganos judiciales y de atención al público ubicados en tales dependencias.

    SUGERENCIA, a fin de que se acuerden entre las Administraciones implicadas las medidas de coordinación y mutua colaboración para acometer todas las actuaciones necesarias para disponer en la localidad de Estepona de la sede judicial adecuada a las funciones de los órganos judiciales de la demarcación.

    SUGERENCIA, a fin de que, atendiendo a las disponibilidades presupuestarias, se evalúe la oportunidad de abordar los proyectos de construcción de la futura sede judicial de Estepona conforme a las prioridades diseñadas en la programación elaborada por la Consejería de Justicia e Interior.

    En su respuesta, la Administración Autonómica ha comunicado su posición al respecto, indicando que:

    La Consejería tiene prevista la ejecución de un edificio de nueva planta para ubicar todos sus órganos judiciales y fiscales con espacio para crecimientos futuros, con una superficie aproximada de 5.550 m2 y una inversión total estimada de 9,30 millones de euros. Pero esta actuación no se ha podido iniciar por no disponer de suelo, aunque aún disponiendo de él tampoco sería asumible presupuestariamente a corto o medio plazo.

    En varias ocasiones se ha reiterado la solicitud de suelo al Ayuntamiento, pero a día de hoy no se ha obtenido respuesta, aunque en su escrito reciente del Ayuntamiento, entre otras cuestiones comunica que en el Pleno de 18 de abril de 2008, el Ayuntamiento de Estepona acordó “ofrecimiento de una parcela de equipamiento público para la construcción de una futura sede judicial en el SUP-RP4 Las Mesas”. De dicho Acuerdo no tiene conocimiento esta consejería, por lo que no se ha podido tramitar la aceptación desconociendo asimismo si el Ayuntamiento, por su parte, ha tramitado la cesión.

    Por otra parte, el usufructo del edificio de Avda. Juan Carlos I, finaliza en 2018 y el Ayuntamiento ha solicitado el edificio, para lo que se ha comprometido a facilitar una nueva ubicación para los Juzgados mixtos, nº 1 y 2 y el Registro Civil.

    Se están manteniendo negociaciones en este momento con el Ayuntamiento en ese asunto, por lo que a la sede de Avda. Juan Carlos I se refiere, lo que supone que existe una mutua colaboración.

    Se ha evaluado profundamente la oportunidad de abordar el proyecto de construcción de la futura sede judicial de Estepona, pero, va a ser imposible acometerlo a corto o medio plazo, hasta que no se cuente con suelo disponible y hasta que no mejore la situación presupuestaria que permita acometer obras de nueva planta con cargo al capítulo de inversiones”.

    Del mismo modo, el Ayuntamiento de Estepona ha contestado a la Resolución en los siguientes términos:

    Por ello, manteniendo la voluntad ya manifestada, y con expresa aceptación de la Recomendación formulada por esa Institución, desde esta Alcaldía se han dado instrucciones a los Servicios Técnicos Municipales para localizar y determinar una parcela municipal de equipamiento público que, con las características urbanísticas adecuadas y cumpliendo las necesidades previstas, resulte apropiada a los efectos de facilitar la materialización de la actuación en el menor tiempo posible.

    En respuesta a lo interesado, el Jefe de los Servicios Técnicos Municipales de urbanismo ha dado traslado del Informe del Arquitecto Municipal sobre el asunto de referencia, donde se propone el ofrecimiento de la parcela denominada EQ en el Sector SUP- R7.2 “La Lobilla”. Como indica el técnico municipal, el grado de desarrollo del sector y las condiciones de la parcela propuesta permiten la inmediata concesión de licencia de obras. Acompañamos copia del citado informe junto con información del Inventario Municipal y plano de situación y planta general.

    Avanzando en el cumplimiento del coincidente objetivo de la actuación municipal y su Recomendación, visto el informe técnico antes referido, esta Alcaldía tiene el propósito de someter a la consideración del Pleno Municipal el formal ofrecimiento de dicha parcela a la Junta de Andalucía para la construcción de la nueva sede judicial, previas las actuaciones administrativas y preparatorios legalmente establecidas.

    Una vez se someta el asunto al Pleno de la Corporación, se dará el oportuno traslado al órgano competente de la Junta de Andalucía, actuación que igualmente pondremos en conocimiento de la Institución a la que nos dirigimos a los efectos oportunos.

    Sobre las sugerencias formuladas, en el ámbito de las competencias que corresponden a esta Administración Local, hemos de manifestar nuestra plena disposición de colaboración interadministrativa, realizando cuantas actuaciones sean necesarias y así se soliciten por la Administración Autonómica competente para el desarrollo y materialización de la nueva sede judicial.

    En materia de coordinación y colaboración, durante el último año ha sido reiterado el contacto con la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía con relación al asunto que nos ocupa, siendo la última comunicación remitida desde el Ayuntamiento de fecha 03/04/2017 (RGSal. Nº 7076) y registrada de entrada en la Junta de Andalucía el siguiente día 04/04/2017, con el núm. 3422. Como documento adjunto, acompañamos copia de la citada comunicación”.

    A la vista de sendas posiciones de las Administraciones afectadas, esta Institución debe entender que se ha logrado un impulso en las relaciones entre ambas instancias a fin de avanzar en las gestiones que permitan definir el entorno urbanístico adecuado para disponer estos recursos judiciales así como en la elaboración del proyecto que resuelva las graves carencias de infraestructuras y sedes judiciales en Estepona.

    Por ello, hemos de valorar como aceptada la Resolución y procedemos a concluir el presente expediente de queja, sin perjuicio de realizar las acciones de seguimiento que la situación aconseje para lograr, finalmente, ofrecer a Estepona el servicio judicial que necesita.

    Queja número 17/1411

    Con motivo de la tramitación de la presente queja de oficio, esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz solicitó a la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Málaga y al Ayuntamiento de Ronda información sobre el estado de conservación y posibles intervenciones sobre el “Puente Nuevo” de Ronda.

    Esa Delegación nos ha remitido informe en el que, entre otras consideraciones nos indica que:

    “El Puente Nuevo de Ronda es un vial cuya titularidad, conservación protección corresponde al Ayuntamiento, sin perjuicio de las competencias de esta Administración cultural; no obstante los técnicos de esta Delegación Territorial están en permanente contacto con los técnicos municipales para prestarles toda la colaboración asesoramiento que necesiten en aras a la mejor protección y conservación del patrimonio histórico que existe en el municipio. Con ocasión de otras intervenciones en el Conjunto Histórico de Ronda por los Servicios Técnicos municipales se nos ha puesto de manifiesto que el elemento más agresivo para la totalidad del Conjunto Histórico en general y para el Puente Nuevo en particular, es el tráfico rodado, circulando cada día por el mismo más de 11.000 vehículos y que por la Corporación se están realizando estudios técnicos para la elaboración de un plan de actuación para garantizar la conservación del Bien de Interés Cultural, especialmente en la zona más afectada del barrio de La Ciudad y Padre Jesús.”

    Por su parte, el Ayuntamiento de la ciudad explica:

    “Actualmente nos encontramos en fase de concertación del primer borrador del Plan de Actuación de la EMS, la cual ha estado precedida del oportuno Estudio Diagnóstico, objetivos y conclusiones, documento que ha contemplado la situación del Puente Nuevo a la que se han unido los informes técnicos del arquitecto municipal de Ronda y de técnicos del Instituto Geológico Minero, los cuales concluyen que el puente presenta un estado general de conservación aceptable aunque proponen la adopción de medidas que posibiliten una mejor coexistencia de peatones y vehículos, entre otras.

    De todo lo expuesto anteriormente, el Ayuntamiento de Ronda con subvención de la Excma. Diputación Provincial de Málaga, acometerá, concluida la fase procedimental administrativa oportuna, las obras para subsanar los problemas de filtraciones que padece en la actualidad el Puente Nuevo así como la reparación del tablero del mismo y cuyas previsiones de comienzo de las obras se prevé para la segunda semana de Junio de 2017”.

    A la vista de las anteriores informaciones, ambas administraciones actúan para definir los usos y actuaciones que afectan a este elemento emblemático de la capital de la serranía, así como para intervenir mediante los proyectos que los técnicos están elaborando.

    Dados los compromisos indicados, y las fechas próximas de realización, procede concluir nuestras actuaciones, sin perjuicio de desplegar en adelante las acciones de seguimiento que el caso aconseje velando por las medidas garanticen y protejan a una de las imágenes más identificativas de la riqueza patrimonial y cultural de Andalucía.

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