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16/03/2015 | 13.00 h: Manifestación Marcha por la Vivienda Digna. Sede dPA
El Defensor del Pueblo Andaluz recibe a la manifestación por una Vivienda Digna convocada por las corralas de la Dignidad de Sanlúcar, varias corralas de otras provincias andaluzas y colectivos sociales, sindicales y políticos con la finalidad de organizar una Marcha reivindicando una vivienda digna para todas.

Han acudido a esta Defensoría representantes de los médicos, enfermeros, conductores y celadores de los dispositivos de Cuidados Críticos y Urgencias del distrito sanitario de Sevilla, exponiéndonos las deficiencias existentes en las urgencias extrahospitalarias de la capital.

La violencia en el deporte es un fenómeno que supera el ámbito propiamente deportivo y obliga a las instituciones públicas a adoptar medidas que fomenten la prevención e incidan en el control de los comportamientos reprobables. Este tipo de violencia supone, además, un aprendizaje que se inicia en las categorías inferiores influyendo de manera directa en el proceso de educación infantil y juvenil.
En los últimos tiempos los medios de comunicación se han venido haciendo eco de noticias de altercados y episodios de violencia ocurridos en competiciones deportivas oficiales en categorías en que intervienen menores de edad.
Unos incidentes que resultan especialmente preocupantes para esta Institución ya que representan una clara muestra de comportamiento y de valores de convivencia absolutamente rechazables, además de estar especialmente proscritos por la legislación de ámbito estatal y autonómica que pretende erradicar la violencia en las competiciones deportivas.
Y es que consideramos necesario que la Administraciones cuenten con datos fiables que permitan programar actividades preventivas para erradicar los fenómenos de violencia asociados a las competiciones deportivas.
Ya en el año 2008, nuestra Defensoría se interesó por los datos sobre la posible recurrencia de tales hechos violentos en las competiciones de fútbol de nivel inferior con participación de menores. La Secretaría General del Deporte, encardinada en la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, informó entonces del contacto permanente con la Federación Andaluza de Fútbol y con todas las Federaciones deportivas andaluzas.
Fruto de esta estrecha relación era la iniciativa proyectada por la Junta de Andalucía que pretendía el control y registro de los actos violentos que se produjesen en las categorías de deporte base de todas las modalidades y especialidades deportivas reconocidas en Andalucía, con la finalidad de su prevención.
Pues bien, a fin de evaluar el resultado de las políticas preventivas actuales, en 2014 hemos retomado el asunto, dando por hecho que ya se habría acumulado suficiente información como para obtener resultados que permitieran formular alguna conclusión sobre este fenómeno. Sin embargo, la respuesta ha sido decepcionante y ha rebajado nuestras expectativas al señalar la Secretaría General del Deporte, ahora ubicada dentro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, que carece de estos datos, remitiendo para su conocimiento a cada una de las Federaciones Deportivas Andaluzas.
En este contexto. hemos dirigido una Sugerencia al mencionado centro directivo para que, sin necesidad de instaurar una complicada estructura organizativa para la recopilación organizada y sistemática de información relativa a actos violentos relacionados con competiciones deportivas organizadas en la Comunidad Autónoma, pudiera disponer al menos de un sistema ordenado que agrupase toda la información relativa a este fenómeno, especialmente cuando los episodios de violencia afectasen o guardasen relación con competiciones en que participasen menores de edad (Resolución queja 14/320).
Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/5066 dirigida a Consejería de Justicia e Interior, Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias
Con fecha 5 de Noviembre de 2014 el Defensor del Pueblo Andaluz acordó la apertura de queja de oficio a fin de abordar los servicios de atención a temporeros inmigrantes durante la campaña de la aceituna de Jaén en 2014. Dicha incoación de queja de oficio se realizó en base a los argumentos siguientes:
“La Institución del Defensor del Pueblo Andaluz viene mostrando su preocupación por la situación de personas que se desplazan a la provincia de Jaén coincidiendo con las campañas de recolección de la aceituna en busca de obtener acceso al empleo en estas faenas de temporada. Suelen ser personas inmigrantes y desplazadas específicamente a las diversas localidades donde se realiza la recogida de la aceituna.
Recientemente esta problemática fue tratada con motivo de la queja 13/6498, que tenía un ámbito más específico hacia diversos aspectos de los recursos de la localidad de Úbeda. Pero, más allá de esta circunstancia, interesa a la Institución conocer las medidas que se preparan con motivo de la inminente campaña en la provincia.
A la vista de actuaciones en campañas precedentes, estimamos oportuno conocer diversas actuaciones para la campaña de 2014:
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Previsiones elaboradas sobre la cosecha y carga de trabajos estimada.
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Empleabilidad de trabajadores de la provincia y posible demanda de temporeros ajenos.
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Campañas de divulgación de estas previsiones de empleo para adecuarla presencia de demandantes de empleo a las necesidades efectivas de contratación.
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Relación de Albergues y plazas disponibles.
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Calendarios de prestación de servicios de atención y alojamiento.
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Medidas de apoyo y subvenciones otorgadas a los municipios de acogida.
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Relación de reuniones y contenidos del denominado “Foro Provincial para la Inmigración”.
Y, a tales efectos,se dirigió petición de informe ante la Dirección General de coordinación de Políticas Migratorias. Dicho escrito fue atendido mediante la recepción de la información ofrecida por comunicación de fecha 13 de enero de2015.
9/02/2015
Recibimos un amplio informe emitido desde la Dirección General con una detallada relación de medidas previsiones y dispositivos puestos en coordinación desde todas las administraciones responsables para preparar la campaña de 2014.
A la vista de los datos, la Institución ha de valorar el trabajo consolidado de preparación y anticipación que se desarrolla ante la cercanía de estos trabajos agrícolas. Dejando a salvo determinadas y concretas medidas que se retrasan respecto de las fechas previstas a la hora de poner en funcionamiento recursos de alojamiento, como es la apertura de determinados albergues, los planes se han llevado a cabo en términos de solvencia y se manifiesta una acreditada práctica de trabajo y de participación.
Agradecimos la información ofrecida y esperamos que se mantengan operativos los mecanismos de evaluación de estos programas para anticipar nuevas y futuras campañas.
Sin más, procedimos a concluir la presente queja de oficio, agradeciendo la colaboración de la entidad
Queja número 14/0935
Damos por concluidas nuestras actuaciones cuando conocemos que en el presupuesto de 2015 existe una partida para el pago de expropiaciones que, en el caso concreto de esta queja, data del año 2011.
La interesada se dirigió a esta Institución para exponernos que, en Septiembre de 2011, firmó con la entonces Consejería de Medio Ambiente el acta de mutuo acuerdo para la expropiación de una finca de su propiedad para la ejecución de la obra “Proyecto Encauzamiento Arroyo Gómez-Lora del Río (Sevilla)”. Desde entonces, venía solicitando el pago de esta expropiación, pero no recibía la cantidad que le correspondía.
Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos a la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en una primera respuesta se nos indicó que, en este expediente, como en otros, no había sido posible habilitar, en el presupuesto 2014, los créditos necesarios para hacer frente a estas obligaciones. Como interesamos que se nos mantuviera informados si en el presupuesto de 2015 se habilitaba esta partida, finalmente conocimos que se había destinado una partida de casi 4 millones de euros para el pago de las expropiaciones.
Con ello entendimos que el problema del pago de la expropiación estaba en vías de solución, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.
Queja número 13/6901
Tras la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz en un expediente de queja por inactividad municipal frente a la denuncia por ruidos generados por talleres de carpintería metálica y herrería en La Algaba (Sevilla), el Ayuntamiento de esta localidad exige al titular de la actividad la adopción de medidas correctoras y su implementación efectiva a fin de hacer compatible el desarrollo de los trabajos con el descanso de los vecinos.
En el escrito de queja, se dirigieron a esta Institución tres residentes en el municipio sevillano de La Algaba exponiendo, en esencia, las molestias que les ocasionaba el elevado nivel de ruido que generaba la actividad de dos talleres de carpintería y herrería en la localidad, cerca de sus viviendas. En los mismos, siempre según los interesados, “debido a sus actividades laborales, producen una gran contaminación acústica, que debido a la proximidad de nuestros hogares y a la duración en el tiempo, nos están produciendo serios problemas de salud tanto a nosotros como a nuestras familias. Dadas estas actividades molestas, hemos cursado distintos escritos dirigidos a diferentes estamentos sin que por el momento hayamos conseguido resultados satisfactorios (...) El horario de apertura de estos talleres en periodo estival es de 7 horas de la mañana y el periodo invernal es a las 8 horas de la mañana. Cuando comienzan el trabajo acaban con el descanso, tranquilidad y paz de todo el vecindario. Por otro lado, la calle antes mencionada está siempre ocupada con el material de trabajo de los talleres y con los vehículos, camiones, furgonetas, etc, que acuden a retirar los trabajos de los talleres y a traer los materiales. Decirle también que en más de una ocasión me he visto obligado a retirar mi vehículo, bien estacionado, para que estos señores puedan acceder a los talleres. La calle ...., por la que accede a la calle ..., tiene las aceras destrozadas debido al paso de camiones que circulan por encima de ésta al no poder hacerlo libremente por la calle debido a los vehículos de los vecinos allí estacionados".
Tras admitir a trámite la queja y después de varias actuaciones, finalmente conocimos que en sesión de la Junta de Gobierno Local de Octubre de 2014, se había acordado aprobar las medidas contenidas en un Plan de Acción contra la Contaminación Acústica que los talleres de carpintería metálica y de aluminio habían presentado, suscrito por técnicos competentes, teniendo constancia de que tales medidas se habían adoptado, así como las medidas que había requerido la Junta de Gobierno Local según el informe emitido por los técnicos municipales. También se le había requerido prueba sonométrica que corroborara la eficacia de las actuaciones llevadas a cabo, incluyendo la instalación del equipo de ventilación propuesto.
Entendimos que, en principio, a la vista de esta información no eran necesarias nuevas actuaciones por parte de esta Institución, pues significaban que se habían adoptado las medidas precisas para evitar la contaminación acústica a las viviendas de los interesados. No obstante y antes de dar por concluidas nuestras actuaciones, trasladamos esta información a los interesados para que presentaran las alegaciones y consideraciones que creyeran oportunas, pero no recibimos respuestas de ellos, por lo procedimos a archivar el expediente de queja.

El Defensor del Pueblo Andaluz considera que la reforma del denominado"Código de Buenas Prácticas", operada a través del Real Decreto Ley 1/2015, es positiva por decretar la inaplicación definitiva de las cláusulas suelo incluidas en los contratos hipotecarios como una de las medidas de las que se podrán beneficiar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de este Código. No obstante, considera totalmente insuficiente dicha decisión, ya que la mayoría de las personas consumidoras no reunen los requisitos necesarios para ser incluidos dentro del "Código de Buenas Prácticas", por lo que seguirán teniendo que soportar las cláusulas suelo incorporadas a sus contratos hipotecarios.
Esta Institución viene pidiendo de forma reiterada la eliminación de todas las cláusulas suelo de los contratos hipotecarios, por entender que tras la sentencia del Tribunal Supremo de 2013 no tiene sentido mantener la vigencia de unas cláusulas que en su inmensa mayoría no superan los requisitos de trasparencia que exige el Alto Tribunal. La negativa de las entidades financieras a aceptar su eliminación voluntaria y la inexistencia de una norma que les obligue a ello ha llevado a muchas personas a tener que acudir a los Tribunales de Justicia, provocando con ello un auténtico colapso en los Juzgados de lo Mercantil y forzando a estas personas a asumir los elevados costes y soportar los prolongados retrasos que se derivan de estos procesos judiciales.
El Real Decreto Ley 1/2015 ha sido una oportunidad perdida para la adopción de una medida, como es la eliminación de TODAS las cláusulas suelo, que estimamos necesaria por razones de justicia social hacia la ciudadanía y hacia las personas consumidoras.
Queja número 14/3190
El Defensor del Pueblo Andaluz, tras conocer por informes de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio la situación en la que se encuentran los trabajos para acometer la regeneración de los residuos generados por las balsas de fosfoyesos de la Marisma de Huelva, y la tramitación administrativa seguida con la empresa responsable, da por finalizada esta queja de oficio al considerar que, de los informes recibidos se desprende que se le está haciendo un seguimiento al asunto y se está interviniendo en el mismo, si bien, se ha pedido a la Consejería la máxima celeridad y diligencia en las gestiones pendientes de los procedimientos incoados que culminen de manera definitiva con la regeneración de los espacios afectados.
Esta Institución inició una actuación de oficio con objeto de conocer, valorar y estudiar posibles vías para que se aceleraran las medidas para acometer la regeneración de las denominadas balsas de fosfoyesos, en la Marisma de Huelva.
Tras dirigirnos a la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y después de varias peticiones de informe, hemos conocido las actuaciones que estaba realizando la Consejería para la eliminación de estos residuos entre las que destaca la imposición de una sanción pecuniaria de 240.000 euros a la empresa responsable de su acumulación, así como imponiéndole la obligación de presentar un proyecto técnico para restauración del espacio ocupado por las balsas de fosfoyesos.
Contra esta sanción la empresa interpuso recurso de reposición que, en Febrero de 2015, estaba pendiente de resolución. En cuanto al proyecto técnico, la empresa lo presentó en la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de Huelva en Octubre de 2014 y, posteriormente aportó, determinada documentación como la solicitud de modificación de la Autorización Ambiental Integrada, el proyecto básico y el Estudio de Impacto Ambiental. Por último, la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental elaboró, en Octubre de 2014, el noveno Informe de Seguimiento en cumplimiento del dictamen motivado, que había sido remitido a la Comisión Europea por los cauces habituales.
A la vista de estas respuestas, entendimos que no eran necesarias nuevas actuaciones y hemos procedido al archivo de la actuación de oficio. No obstante, hemos trasladado a la Viceconsejería citada que consideramos que, en la medida de lo posible, debe darse la máxima celeridad en la tramitación de los procedimientos pendientes para culminar la ejecución de las acciones destinadas a la regeneración de los espacios afectados por las balsas de fosfoyesos, incluyendo la resolución expresa del recurso de reposición presentado por la empresa y el análisis de los proyectos y estudios presentados por la misma con tal finalidad.
Queja número 14/4139
A la vista de la respuesta del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, que niega que el estado de limpieza y salubridad de la ciudad sea, en general, de abandono, el Defensor del Pueblo Andaluz considera que no son necesarias nuevas actuaciones en esta queja abierta de oficio.
En su día, el Defensor del Pueblo Andaluz inició una actuación de oficio para conocer la situación en la que se encontraba el municipio gaditano de La Línea de la Concepción, pues, según las noticias que llegaron a esta Institución, diversas calles y espacios públicos de este municipio presentaban, supuestamente, un extraordinario aspecto de abandono y suciedad, que sería incompatible con un estándar de limpieza, higiene y, en suma, de calidad de vida ambiental.
Tras dirigirnos al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción éste, en su respuesta, nos indicaba que la ciudad no presentaba, en aquellos momentos ni con anterioridad, una situación de abandono y suciedad en las vías y espacios públicos que justificaran y fundamentaran “titulares de prensa como los aparecidos en algún medio de comunicación con el único afán de desprestigiar al gobierno municipal y dañar la imagen de la Ciudad”. Continuaba aclarando que, como cualquier ciudad, podía presentar, en momentos puntuales y zonas determinadas, por la celebración de algún acontecimiento, una situación de suciedad pero ésta era corregida con inmediatez por los servicios municipales.
Terminaba la Alcaldesa asegurando, “sin temor a equivocarme”, que el estado de limpieza y salubridad de La Línea de la Concepción era “bueno y no existe descontento alguno entre la ciudadanía”.
A la vista de esta respuesta entendimos que no eran necesarias nuevas actuaciones por nuestra parte y dimos por concluidas nuestras actuaciones en esta queja de oficio.