La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

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Queja número 13/2489

Tras la denuncia de una afectada y después de tramitar el oportuno expediente de queja, el Ayuntamiento de Montilla ha cumplido, por vía de la ejecución subsidiaria, una orden de obras dictada para ejecutar diversas obras de seguridad en un inmueble.

La interesada denunciaba en su escrito de queja que residía en la planta superior de un edificio de dos plantas, en el que la planta inferior estaba, desde hacía ya dos años, sustentada por puntales. La situación, siempre según la interesada, se había agravado en la última temporada de lluvias.

Tras admitir a trámite la queja y después de varias actuaciones, el Ayuntamiento de Montilla (Córdoba) nos informó que había ordenado a la propiedad del inmueble la ejecución de las obras necesarias para garantizar las condiciones de seguridad del mismo, consistentes en reparación o sustitución, utilizando las técnicas adecuadas, del forjado en mal estado. Sin embargo, al no ejecutarse, por parte de la propiedad, estas obras, se acordó ejecutar las mismas por parte del Ayuntamiento mediante la figura de la ejecución subsidiaria, para lo que fue necesario redactar el proyecto y contratar las obras con cargo a los propietarios de los inmuebles afectados.

Finalmente, dimos por concluidas nuestras actuaciones cuando el Ayuntamiento nos comunicó que se habían iniciado las obras y que, una vez finalizadas éstas, se giraría visita de inspección para comprobar que se habían ejecutado de acuerdo con la orden de ejecución dictada.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/1076 dirigida a Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

El Defensor del Pueblo Andaluz ha abierto un actuación de oficio al tener conocimiento, a través de distintos medios de comunicación, del deterioro que están sufriendo las praderas marinas de Posidonia oceánica del paraje natural Maro Cerro-Gordo, en la costa mediterránea, entre Nerja y Almuñécar.

Esta institución ha tenido conocimiento, a través de distintas noticias publicadas en los medios de comunicación, del deterioro creciente que están sufriendo las praderas marinas en los espacios aledaños al paraje natural Maro-Cerro Gordo, entre Nerja y Almuñécar, en la provincia de Málaga y Granada, motivado por la acción de barcos de arrastre y la pesca furtiva que podrían causar graves daños a esos fondos.

También nos consta, no obstante, la preocupación de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por la conservación de esta pradera y de otras praderas de Posidonia oceánica en el Mediterráneo andaluz, como lo atestigua el proyecto aprobado por la Comisión Europea Life+ para la «conservación de las praderas de Posidonia oceánica en el litoral andaluz», para frenar la pérdida de este ecosistema clave en las costas mediterráneas andaluzas.

Este proyecto, que comenzó a desarrollarse en 2011, tenía como objetivo general asegurar la conservación a largo plazo de las praderas marinas andaluzas, aplicando medidas de protección y dando a conocer a las personas, sobre todo a los habitantes de la costa, la importancia que las praderas marinas tienen para su calidad de vida y desarrollo sostenible.

Según se desprende de estas noticias, aunque se han formulado distintas denuncias, no han tenido consecuencias para terminar con estas prácticas ilegales que tanto daño están haciendo a estos fondos de alto valor ecológico. Además, parece que la situación, lejos de controlarse, se está agravando por la falta de vigilancia de quienes hasta tiempos recientes llevaban ésta al haberse despedido recientemente los vigilantes que, por cuenta del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente, llevaban a cabo esta labor.

Ante esta situación, y si se confirman tales hechos, parece ser que el proyecto aprobado y financiado en gran parte por la Unión Europea va a tener serias dificultades, al menos en lo que se refiere a este paraje, para cumplir sus objetivos que, según la información a la que hemos podido acceder, eran:

1. Identificar el estado actual de las praderas andaluzas y su tendencia

2. Mitigar las principales amenazas que pesan sobre las praderas

3. Valorizar las praderas marinas andaluzas entre los sectores productivos costeros y público en general, buscando su implicación en la conservación

4. Asegurar la protección a largo plazo de las praderas marinas andaluzas

A la vista de ello y dadas las competencias que de acuerdo con el artículo 57 del Estatuto Andaluz corresponde a la Comunidad Autónoma en el ámbito de la protección del Medio Ambiente y, en lo aquí concierne, en relación con los espacios protegidos y sostenibilidad y sin perjuicio de las  competencias que corresponden al Estado a tenor de lo previsto en el artículo 149.1.23 CE, así como las que le corresponde a tenor del artículo 197 del mencionado Estatuto en relación con la protección del litoral y la red de espacios naturales protegidos en aras a garantizar la sostenibilidad a la que deben quedar vinculados todos los sectores económicos, hemos iniciado una actuación de oficio dirigiéndonos a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para conocer, si tienen conocimiento de los hechos y, en su caso, las medidas que hayan adoptado para garantizar el cumplimiento de los objetivos del proyecto europeo mencionado y si se ha hecho una evaluación de los resultados del mismo y, en este caso, qué medidas se han previsto poner en marcha para asegurar la protección a largo plazo de las praderas marinas andaluzas.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/0341 dirigida a Consejería de Justicia e Interior

Una vez recabada toda la información, está siendo estudiada y analizada para acordar, en su caso, la apertura del correspondiente procedimiento sancionador con objeto de depurar las correspondientes responsabilidades.

A la vista de ello y dado que se han activado los mecanismos administrativos para determinar si, conforme a los hechos objeto de este asunto, es preciso ejercitar competencias, en su caso, sancionadoras, contra los titulares de estas instalaciones, dimos por concluidas nuestras actuaciones en el mismo, aunque interesamos de la citada Consejería que nos informaran del resultado de sus investigaciones y, en su caso, si finalmente iban a tramitar algún expediente sancionador.

El Defensor del Pueblo Andaluz inició una actuación de oficio al conocer, por los medios de comunicación, el estado de precariedad y abandono en que se encontraban los animales recogidos en un refugio propiedad de una asociación protectora de animales y plantas en el municipio sevillano de Bormujos.

Tras dirigirnos a la Consejería de Justicia e Interior, ésta nos ha informado que al tener conocimiento de la situación de los animales en estas instalaciones, ante un posible hacinamiento de ellos y las pésimas condiciones higiénico-sanitarias del refugio, se han iniciado los procedimientos adecuados para esclarecer los hechos, reuniéndose con los colectivos denunciantes de la situación, requiriendo a la Guardia Civil la remisión del acta de inspección levantada por sus agentes, ordenando la inspección de las instalaciones a través de los facultativos de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y requiriendo al Ayuntamiento de Bormujos que les remitiera la documentación relativa a la autorización de las instalaciones.

Resolución de Defensora del Pueblo a varias CCAA relativa a exención tasas universitarias alumnado con matrícula de honor en FP

Una Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz consiguió que en Andalucía los alumnos que accedían a la Universidad procedentes de Formación Profesional y que habían obtenido

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Fecha: 
Vie, 23/05/2014
Documentos: 

28/05/2014 | 16.30 h: Presentación del Informe Anual 2013 en Pleno del Parlamento de Andalucía

Queja número 14/0341

Una vez recabada toda la información, está siendo estudiada y analizada para acordar, en su caso, la apertura del correspondiente procedimiento sancionador con objeto de depurar las correspondientes responsabilidades.

A la vista de ello y dado que se han activado los mecanismos administrativos para determinar si, conforme a los hechos objeto de este asunto, es preciso ejercitar competencias, en su caso, sancionadoras, contra los titulares de estas instalaciones, dimos por concluidas nuestras actuaciones en el mismo, aunque interesamos de la citada Consejería que nos informaran del resultado de sus investigaciones y, en su caso, si finalmente iban a tramitar algún expediente sancionador.

El Defensor del Pueblo Andaluz inició una actuación de oficio al conocer, por los medios de comunicación, el estado de precariedad y abandono en que se encontraban los animales recogidos en un refugio propiedad de una asociación protectora de animales y plantas en el municipio sevillano de Bormujos.

Tras dirigirnos a la Consejería de Justicia e Interior, ésta nos ha informado que al tener conocimiento de la situación de los animales en estas instalaciones, ante un posible hacinamiento de ellos y las pésimas condiciones higiénico-sanitarias del refugio, se han iniciado los procedimientos adecuados para esclarecer los hechos, reuniéndose con los colectivos denunciantes de la situación, requiriendo a la Guardia Civil la remisión del acta de inspección levantada por sus agentes, ordenando la inspección de las instalaciones a través de los facultativos de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y requiriendo al Ayuntamiento de Bormujos que les remitiera la documentación relativa a la autorización de las instalaciones.

 

22/05/2014 | 20 h: "Derecho a la participación en nuestra sociedad". Granada

El Defensor del Pueblo Andaluz imparte hoy ua charla en el Centro Suárez de los Padres Jesuitas, en Granada (calle Elvira, 65), dentro del ciclo de "Jueves Culturales" que celebra este centro.

Informe: "Acoso escolar y ciberacoso: propuestas para la acción"

 

El acoso escolar y el ciberacoso son realidades que viven los niños y las niñas en el mundo, y tienen repercusiones negativas en su bienestar, su desarrollo y el ejercicio de sus derechos.

Todos los niños y las niñas sin excepción tienen el derecho a ser protegidos de todas las formas de violencia y al desarrollo de todo su potencial de aprendizaje en un ambiente seguro. Así lo consagra la Convención sobre los Derechos del Niño y lo desarrolla ampliamente la Observación General Nº 13 de 2012 del Comité de Derechos del Niño

La violencia se define como toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual. Esta definición incluye la exposición a la violencia en el hogar, en la escuela y en otros lugares y no sólo entiende por violencia aquella que tiene lugar entre adultos y niños, sino también entre niños.

La protección, la prevención y la atención de los niños y las niñas víctimas de violencia, desde una perspectiva de sus derechos, requiere adoptar “un paradigma basado en el respeto y la promoción de su dignidad humana y su integridad física y psicológica como titulares de derechos”. También exige que sean considerados seres humanos únicos y valiosos con necesidades e intereses propios.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/1767 dirigida a Fiscal Jefe Provincial de Huelva

De la información recibida se desprende que tanto la Fiscalía como el Juzgado están dando impulso a las ejecutorias por las penas impuestas sin que se aprecien defectos procesales que deban ser subsanados ni en apariencia se estén produciendo dilaciones indebidas.

Por nuestra parte, debemos dar por finalizadas nuestras actuaciones ya que en lo relativo a quejas que afecten a la Administración de Justicia. nuestra Ley Reguladora nos impide llevar a cabo de forma directa investigaciones al respecto.

Diversos medios de comunicación de Andalucía se hicieron eco de la noticia que relata como una niña, de 11 años de edad, víctima de abusos sexuales, se ve obligada a vivir en la cercanía del autor confeso de los abusos, por los que fue condenado a 2 años de prisión, con una orden de alejamiento de 100 metros respecto de la menor.

Tras iniciar de oficio el expediente de queja solicitamos informe a la Fiscalía Provincial de Huelva.

La Fiscalía informa que son 2 las sentencias condenatorias contra el agresor sexual que, por ser firmes, están en ejecución. Existe otra que está pendiente de resolverse el recurso de apelación interpuesto.

La primera condena, se trataba de la responsabilidad personal subsidiaria por impago de la pena de multa de 24 meses a razón de 4 euros cada cuota diaria. Suspendida por un plazo de 3 años condicionada, no solo a que no volviera a delinquir dentro del plazo, sino a que no se aproximara al domicilio de la menor a una distancia de 200 metros durante el tiempo de la suspensión. Esta prohibición resulta de difícil cumplimiento al estar muy próximos los domicilios de la víctima y el penado, y sin que exista hasta ahora ninguna sentencia condenatoria por un posible delito de quebrantamiento, ni de ningún otro tipo.

La segunda se trataba de una pena de prisión de 2 años, que ha sido suspendidas, por un plazo de 5 años, no supeditada a más condición que no volver a delinquir durante ese tiempo. También se imponía la medida de libertad vigilada por 6 años, fue en este fallo en el que se fijaba la duración del alejamiento en 6 años, y la distancia se fijó en 200 metros.

La tercera sentencia condenatoria, es por delito de quebrantamiento de la medida cautelar de alejamiento, la pena es de prisión de 6 meses. Pero aún no es firme.

La Fiscalía estima procedente requerir a la policía nacional para que efectúe un seguimiento especial del penado e informe sobre el cumplimiento de la condición de prohibición de aproximación a 200 metros de la menor.

 

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