La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Este tercer bloque se centra en la propuestas de las personas electrodependientes y sus familiares para mejorar su calidad de vida y sufragar el coste que le supone el alto consumo de energía eléctrica de la maquinaria vital necesaria. Proteger a estas personas electrodependientes de los cortes de energía eléctrica, fomentar y sufragar el coste de los tratamientos domiciliarios de los enfermos renales, gestión de recibos económicos de la empresas suministradoras de energía eléctrica para personas electrodependientes, implicación de las compañías y la Administración.

El segundo bloque de testimonios contempla las diferentes reivindicaciones de los familiares/cuidadores y personas electrodependientes. Aumento de las ayudas económicas, proceder a un registro de personas electrodependientes que pueda suministrarse a las compañías eléctricas, homogeneizar los precios de la energía eléctrica para personas electrodependientes en todo el territorio nacional, para evitar las diferentes entre Comunidades Autónomas, flexibilizar los requisitos para el acceso a las ayudas públicas, asegurar el suministro de luz para las personas electrodependientes para que no se produzcan cortes de energía.

Primer bloque de testimonios de personas con familiares electrodependientes nos cuentan la problemática del día a día que sufren las personas electrodependientes y sus cuidadores. La precariedad económica sobrevenida por la enfermedad, el coste del consumo eléctrico asociado a la maquinaria vital necesaria o los tratamientos o los cortes de luz

Queja número 22/8547

La compareciente nos traslada su preocupación ante la situación en que se encuentra su madre, de 88 años de edad. Explica que padece una grave enfermedad neurológica y por Resolución del mes de julio de 2021, se le reconoció el Grado II, de dependencia severa. Destaca que la trabajadora social acudió a su domicilio y elaboró la propuesta de PIA, proponiéndose el servicio de atención residencial como recurso más adecuado, sin embargo, transcurren los meses y continúa a la espera de que se le notifique resolución aprobatoria del PIA.

Manifiesta que desde el mes de julio de 2021, ocupa plaza de carácter privado en el CR Vitalia Kansas City, suponiendo un enorme esfuerzo económico puesto que su padre también ocupa plaza residencial en ese mismo centro.

Admitida a trámite la queja, nos interesamos ante la Administración por los motivos por los que a pesar del tiempo transcurrido desde el reconocimiento de la situación de dependencia, continúa sin ser dictada la correspondiente resolución de PIA.

Posteriormente, hemos tenido conocimiento de que la afectada ha podido acceder a plaza concertada en el Centro Residencial Vitalia - Mairena del Aljarafe y, por tanto, ha podido acceder al servicio tan esperado y necesitado.

Nos congratulamos de que el asunto haya sido resuelto de forma favorable debido a las circunstancias trasladadas por la promotora de la queja y la tranquilidad que supone que una persona casi nonagenaria pueda estar atendida debidamente, sin la presión del temor de tener que abandonar la plaza residencial que ocupaba de carácter privado por su imposibilidad de afrontar el elevado coste.

Queja número 22/4556

En el mes de julio de 2022 la compareciente exponía que su madre tenía reconocido desde diciembre de 2021 el Grado II, de dependencia severa, sin que hasta la fecha hubiera podido acceder al recurso del catálogo de dependencia correspondiente a su condición de dependiente severo.

Exponía que tras presentar escrito de reclamación ante el Ayuntamiento de Sevilla, acudió la trabajadora social a su domicilio y elaboró la propuesta de Programa Individual de Atención (PIA), proponiéndose el servicio de atención residencial como recurso más adecuado para la dependiente.

Destacaba el delicado estado de salud de su madre, postrada en cama. Por ello, amplió zona geográfica para la adjudicación de plaza residencial a los municipios más cercanos a la capital, pero que aún se encontraba a la espera.

Solicitado el preceptivo informe a la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Sevilla, se nos participaba que ese organismo se encontraba pendiente de recepción de la propuesta del PIA por parte del Ayuntamiento. Una vez se recepcionase, se tramitaría conforme al artículo 71.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Desde esta Defensoría con esperanza de que la dependiente ya hubiese podido acceder a plaza en centro residencial, en marzo de 2023 contactamos con la interesada, quien nos comunicaba que el asunto seguía sin avance alguno, mostrando una vez más su desesperación.

Por ello, nos dirigimos nuevamente a la Administración solicitando información acerca de los avances producidos en la tramitación del expediente de dependencia de la afectada, así como la fecha de recepción de la propuesta de PIA y lugar que ocupa en la lista de espera para la adjudicación de plaza residencial.

En respuesta, nos indican que en abril de 2023 se dictó resolución aprobatoria del PIA de la afectada, reconociéndole el derecho de acceso al servicio de atención residencial.

Queja número 22/8392

En diciembre de 2022 el promotor de la queja exponía que en el mes de julio de 2022 habría presentado solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia, sin que hasta la fecha hubiera sido siquiera valorado. Explicaba que vive solo y debido a su deterioro físico se había visto obligado a su ingreso en centro residencial, ocupando plaza privada cuyo coste ascendía a 1800 euros mensuales, siendo sus únicos ingresos 1200 euros.

Interesados ante la Administración, se nos informa al efecto de que por Resolución de fecha 24 de febrero de 2023 se le ha reconocido el Grado II, de dependencia severa, impulsándose de oficio la elaboración del programa individual de atención.

Queja número 22/8224

Se impulsa expediente de Dependencia, donde la Gran Dependiente, de 90 años de edad, recibe, tras un largo periodo de espera, Resolución administrativa por la que se le reconoce la prestación económica vinculada al servicio de atención residencial.

Se planteaba en la presente queja la preocupación del familiar de una mujer, de 90 años de edad, ante la demora que afecta a la tramitación de su expediente de dependencia.

Explicaba que en junio de 2019 habría presentado solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia, reconociéndole por resolución del mes de octubre de 2021, el Grado III, de Gran Dependencia. En el mes de febrero de 2022, el personal trabajador social encargado de elaborar la propuesta de PIA, propuso como recurso más adecuado la prestación económica vinculada al servicio de atención residencial.

La gran dependiente de 90 años de edad, ocupa plaza de carácter privado en el Centro Residencial Emera Macarena, cuyo coste asciende a 3000 euros mensuales.

Interesados ante la Administración, y realizadas cuantas gestiones han sido necesarias, finalmente hemos tenido conocimiento de que en el mes de mayo se le ha notificado a la afectada Resolución por la que se le reconoce el derecho de acceso a la prestación económica vinculada al servicio de atención residencial.

Dado que el asunto que el interesado nos planteaba ha quedado resuelto, damos por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.

Queja número 23/2922

El promotor de la queja se dirigía a esta Institución al estar incluido en lista de espera desde el 29 de septiembre de 2022 para intervención quirúrgica de prótesis de rodilla izquierda, sin que hubiera sido citado. Añadía que cada día padecía más dolor y veía más mermada su movilidad.

Interesados ante la Administración sanitaria, nos trasladaban que el paciente había sido citado por el servicio de anestesia y reanimación como paso previo a la intervención quirúrgica programada.

Posteriormente, el interesado nos informa que ya ha sido intervenido y se encuentra en su domicilio recibiendo las curas pertinentes, por lo que el asunto que planteaba ha quedado resuelto.

Queja número 22/7308

En octubre de 2022 la promotora de la queja manifestaba que en junio de 2020 había presentado solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia, sin embargo, tras consultar el estado de tramitación en los Servicios Sociales Comunitarios, le habrían informado que no constaba en la base de datos.

Admitida a trámite la queja, solicitamos un primer informe de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Sevilla, indicándonos al efecto que consta solicitud presentada en el mes de noviembre de 2022, sin que conste solicitud presentada con fecha anterior. Asimismo, nos indican que, tras revisar la documentación, se procedería a solicitar el correspondiente informe de condiciones de salud y agendar la visita domiciliaria por parte del personal valorador.

Analizado el contenido del informe, esta Defensoría consideró procedente solicitar un segundo informe centrado en la solicitud presentada a través de la UTS Macarena en el mes de junio de 2020. Atendiendo nuestro requerimiento se nos participa que con fecha 21 de noviembre de 2022 tuvo entrada en ese órgano territorial solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia de la afectada. Tras revisar la documentación se advierte que la solicitud es de fecha 23 de junio de 2020 y, por tanto, nos indican que desconocen lo sucedido en periodo entre la fecha de entrada en el Ayuntamiento de Sevilla y su remisión a la Delegación Territorial.

A la vista de la situación, nos dirigimos a la Administración municipal interesando la información, indicándonos en su respuesta que tras nuestra intervención, desde los Servicios Sociales Comunitarios contactaron con la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, siendo informados de que con carácter urgente se ha asignado su expediente de dependencia a un técnico/a valorador/a para que proceda a su valoración lo antes posible.

Añaden que una vez se recepcione la resolución reconociendo a la afectada situación de dependencia en el Ayuntamiento, se procederá con carácter urgente a la elaboración de la propuesta de PIA.

Deduciéndose, por tanto, que el asunto planteado en la presente queja se encuentra en vías de ser solucionado, procedemos al archivo de la misma.

Queja número 23/1329

La persona interesada en dicha comunicación, así como otras que también se habían dirigido a esta Defensoría por el mismo asunto, nos exponían la preocupación de las familias por el cierre inminente del centro de educación infantil al que asisten sus hijos e hijas.

De este modo, el día 15 de febrero de 2023 habían recibido una circular de esa misma fecha en la que se les informaba de que el centro de educación infantil en el que estaban escolarizados sus hijos e hijas dejaría de prestar sus servicios a final de ese mismo mes.

El cierre del centro suponía un gran perjuicio para las 109 familias que tienen sus hijos matriculados y para sus 14 trabajadores y trabajadoras.

Quedaban 5 meses para que terminara el curso escolar y el cierre de este centro iba a tener como consecuencia que los profesionales del centro se quedaran sin trabajo hasta el próximo curso (es muy improbable encontrar un puesto de trabajo a mitad de curso); que los niños tuvieran que pasar por un nuevo proceso de adaptación (si es que se conseguía reubicar a esos 109 niños); y que los padres tuvieran que acarrear con el gasto de la compra de nuevos materiales, por no hablar de los problemas de conciliación al tener que llevar al alumno a un centro que estaría más lejos del domicilio familiar o del centro de trabajo.

Además, al ser un centro concertado, su cierre antes del fin del curso escolar suponía un incumplimiento del contrato de colaboración que el propio centro firma con la Junta de Andalucía.

Solicitada información a la Delegación Territorial competente, esta nos informa de que presentado por la titularidad del centro infantil escrito solicitando la resolución del convenio de colaboración suscrito, se convocó una reunión que se celebró el día 21 de febrero de 2023, a la que asistieron todas las partes implicadas, llegándose al acuerdo de que el centro permanecería abierto hasta la finalización del curso, es decir, hasta el día 31 de julio de 2013.

A la vista de la respuesta recibida, entendemos que el asunto objeto de la presente queja está solucionado, por lo que damos por concluidas nuestras actuaciones.

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