La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

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Queja número 14/3154

La Administración nos informó que se autorizó a la menor a permanecer durante un año más en la Escuela Infantil en la que hasta ahora se encontraba matriculada.

La persona interesada nos exponía que la Delegación Territorial de Educación, autorizara la permanencia excepcional de su hija en el último curso del Primer Ciclo de Educación Infantil ya que sufre un retraso madurativo que aconseja dicha medida. nos indica que hasta el presente curso, dicho ente territorial aplicaba el criterio de autorizar dicha permanencia excepcional en idénticos casos al de su hija.


Queja número 14/2566

Mediamos con Movistar al objeto de que se acepte la solicitud de línea telefónica con ADSL cursada por la parte interesada.

La parte promotora de la queja, residente en un municipio de Málaga, expone que no puede acceder a internet pese a haberlo solicitado a la compañía Movistar.

Al parecer la solicitud de la línea telefónica con ADSL y teléfono móvil (Contrato Fusión de Movistar) se habría formulado telefónicamente en junio de 2013 y la única respuesta que se le ofreció era que estaba en estudio. Después de mucho llamar le confirmaron que no había pares libres en la zona y que, aun a pesar de la demanda existente, no había posibilidad de instalar la conexión a Internet en el domicilio.

Asimismo acudió a una tienda Movistar y en cuanto refirieron la zona en la que se solicitaba la línea confirmaron rotundamente que no había posibilidad de acceso al servicio y que eran muchas las personas que estaban a la espera de que se quedara algún par libre.

El día 23 de junio de 2014 habría solicitado nuevamente el servicio, al recibir una oferta por correo electrónico, y estaría a la espera de respuesta.

Tras realizar diversas gestiones de mediación ante la compañía Movistar, finalmente se nos comunica que se ha tramitado solicitud de alta 3G, considerando, por tanto, solucionado el problema planteado, dando por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.


Queja número 14/4560

La interesada expone que desde hace cinco años viene padeciendo un calvario por sus problemas en una rodilla, pues padece condromalacia grado III y ya se ha sometido a cuatro intervenciones.

Por lo visto después de la última operación en noviembre de 2013 la remitieron a fisioterapia, donde no hizo más que empeorar, y después fue vista por el traumatólogo, que la citó para sesión clínica, la cual tras un incidente inicial, no tuvo lugar hasta el 28 de julio.

En el curso de la misma se decidió su remisión a la unidad del dolor, y en función de la evolución se planteó una nueva intervención de artroplastia total de rodilla.

Pues bien, en la cita con el traumatólogo que tuvo el 4 de junio pasado, le solicitó la emisión de un informe de su situación de salud (registró la solicitud por escrito el 3 de junio), con el fin de poder acreditar el empeoramiento del mismo ante la Seguridad Social. Con posterioridad el 28 de julio reclamó por este tema, aparte de realizar llamadas y enviar correos electrónicos al director médico, preguntando por qué la emisión de dicho informe tarda más de tres meses, pero en ningún caso ha tenido respuesta.

Tras dirigirnos a la Agencia Pública Empresa Sanitaria Hospital de Poniente, se nos responde que con fecha 4 de agosto de 2014, el presente caso fue presentado en sesión clínica, donde se decide tras información detallada a la paciente y de forma consensuada con la misma, derivación a Unidad del Dolor y según evolución, plantear propuesta de tratamiento quirúrgico, explicándole con detalle el tipo de intervención, complicaciones y resultados esperados. La paciente con fecha 20/10/2014 decide intervención siendo incluida en lista de espera quirúrgica.

Asimismo, nos indican que la reclamante solicitó emisión de informe de su situación de salud con fecha 4/06/2014, si bien por circunstancias relacionadas con permiso reglamentario del médico referente no se realizó hasta el día 22 de octubre, siendo entregado a la paciente con fecha 23/10/2014.

Queja número 13/6696

La administración acepta nuestra resolución. El programa de Salud Mental contactó con la dirección del Hospital Virgen Macarena quién dio instrucciones para que se tramitara la libre elección pedida por los padres del menor y se concertara cita.

Los interesados en este expediente nos manifiestaban su disconformidad con la atención sanitaria (salud mental) que viene recibiendo su hijo, menor de edad.

El menor tiene diagnosticado un trastorno disocial desafiante oposicionista, a lo que se añade un incipiente consumo de drogas, absentismo escolar y ausencia de respeto por la autoridad paterna y materna, protagonizando episodios violentos en el seno familiar.

El cuadro clínico que presenta el menor viene siendo atendido desde hace más de 3 años por la Unidad de Salud Mental del Área Hospitalaria Virgen del Rocío, en régimen ambulatorio.

Los padres del menor manifiestan que las terapias aplicadas durante los últimos años no han obtenido resultados positivos, y es por ello que solicitan otras alternativas terapéuticas.

Por ello habían solicitado que su hijo fuera atendido por una USMIJ de diferente Área Hospitalaria, ello con la finalidad de que su trastorno del comportamiento pudiese ser abordado desde el criterio terapéutico de diferentes profesionales y que la intervención del nuevo equipo de salud mental pudiera romper la inercia negativa en el trastorno de comportamiento que padece.

Tras diversas gestiones se procedió a emitir las siguientes resoluciones:

RECOMENDACIÓN:

Que se garantice el derecho a la protección de salud del menor, facilitándole la atención sanitaria especializada solicitada por sus padres en ejercicio del derecho a libre elección de especialista y hospital conforme a las previsiones contenidas en el Decreto 128/1997”

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/5654 dirigida a Consejería de Educación, Cultura y Deporte

La especial atención que la Defensoría viene prestando al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo nos llevó en el año 2010 a elaborar un Informe especial sobre los centros específicos de educación especial en Andalucía.

Con este trabajo ofrecimos una visión amplia y detallada de la investigación sobre estos recursos, básicamente a través de la experiencia de la Institución en la tramitación de las quejas, en atención a los datos facilitados por los sujetos protagonistas en un cuestionario, y de las manifestaciones y reflexiones de las familias, los profesionales y el movimiento asociativo. Unido todo ello a las conclusiones que pudimos deducir de las visitas que el personal al servicio de esta Defensoría realizó a más del 40 por 100 de estos recursos.

Las propuestas de la intervención de la Administración que entendíamos necesarias y convenientes y que, en un sentido u otro, tenían y tienen como finalidad última mejorar la calidad de la atención educativa que está recibiendo el alumnado escolarizado en este tipo de recurso educativo, quedaron reflejadas en un conjunto de Recomendaciones dirigidas en su momento a la Administración educativa.

Desde que dicho Informe fue presentado al Informe al Parlamento de Andalucía, a la comunidad educativa, y al resto de la sociedad, hemos venido realizando diversas actuaciones tendentes a comprobar el grado de aceptación y cumplimiento de las Recomendaciones por parte de la Administración educativa.

Es así que desde distintos ámbitos de la Consejería de Educación se dejó constancia de la importante toma en consideración del mencionado Informe especial habida cuenta que muchas de las propuestas habían sido ya asumidas, estando en aquella fecha ¿finales de 2011- constituidos diversos grupos de trabajo que tenían como misión profundizar en cada uno de los aspectos tratados.

Unos meses más tarde, por Acuerdo de 20 de marzo de 2012 del Consejo de Gobierno, se aprueba el Plan de Actuación para la Mejora de la Atención Educativa al alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial en Andalucía 2012-2015 (BOJA número 64 de 2 de abril de 2012). Dicho Plan tiene establecido 8 objetivos, cada uno de los cuales es objeto de una serie de actuaciones, en el que, además quedan delimitados los agentes implicados y los criterios de evaluación e indicadores. Los objetivos señalados se concretan en los siguientes:

1º) Consolidar el papel de los centros específicos de educación especial en el marco de un sistema educativo inclusivo.

Las acciones que llevan aparejadas este objetivo son la difusión de buenas prácticas de los centros específicos de educación especial como centros abiertos a la comunidad; la adaptación de determinados centros públicos específicos como centros de referencia o de recursos para la comunidad educativa; el establecimiento de criterios y procedimientos para el desarrollo de la modalidad de escolarización combinada entre centros específicos y centros ordinarios; la formación específica para el profesorado y personal de atención educativa complementaria de estos centros; la potenciación del desarrollo de trabajos de investigación para el conocimiento de buenas prácticas nacionales e internacionales en relación con estos centros; la celebración de intercambios profesionales formativos para el conocimiento de buenas prácticas docentes; la potenciación de la participación de las familias en el proceso educativo de sus hijos e hijas a través de la ampliación de las vías de comunicación con los centros educativos; la regulación de la realización de planes de acogida para el alumnado y la familias; la puesta en funcionamiento de aulas de familias que permitan el conocimiento de estrategias de intervención a los padres, madres y otros familiares encargados del cuidado y educación del alumnado; y la definición de los requisitos de infraestructuras y equipamiento que deben reunir los centros específicos de educación especial.

2º) Revisar y actualizar la ordenación de las enseñanzas del período de Formación básica de carácter obligatorio y del período de Formación para la transición a la vida adulta y laboral.

Para ello se prevé la revisión del sistema de información Séneca y adecuación del mismo a la ordenación de las enseñanzas del período de Formación básica de carácter obligatorio; la revisión y adecuación de la ordenación del período de formación para la transición a la vida adulta y laboral, a través del desarrollo completo de programas de Cualificación profesional inicial accesibles y de Transición a la vida adulta y laboral; la creación de procedimientos de comunicación y coordinación entre los diferentes agentes que intervienen en la tutorización del alumnado con discapacidad que cursa enseñanzas en modalidades no presenciales, a fin de optimizar el seguimiento y el rendimiento de cada alumno o alumna; la creación de documentos de evaluación y certificaciones que permitan al alumnado acreditar las enseñanzas cursadas a lo largo de su escolarización, así como las competencias alcanzadas; y la actualización de las fichas recogidas en el sistema de información Séneca sobre estas enseñanzas

para mejorar el seguimiento del alumnado.

3º) Potenciar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en las aulas y centros específicos de educación especial como apoyo al profesorado y como recurso para el desarrollo de las competencias del alumnado escolarizado en estos centros.

Para este objetivo es necesario la dotación de recursos informáticos adaptados y dispositivos periféricos para los centros específicos de educación especial sostenidos con fondos públicos; la dotación de recursos informáticos adaptados y dispositivos periféricos para las aulas específicas de educación especial en centros ordinarios públicos; la formación del profesorado de los centros para el uso de los recursos informáticos disponibles y su implementación en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

4º) Establecer criterios para la emisión de dictámenes de escolarización en centros específicos de educación especial de forma que se facilite una adecuada distribución del alumnado y un ajuste de la oferta educativa.

Las acciones que habrán de desarrollarse en este objetivo se concretan en la elaboración de normativa que establezca los criterios para la emisión de los dictámenes que recomienden esta modalidad de escolarización por parte de los Equipos de Orientación Educativa; el establecimiento de criterios para la determinación de los agrupamientos del alumnado; el establecimiento de criterios para la revisión de los dictámenes de escolarización de cara a la adopción de las medidas educativas más adecuadas para cada alumno o alumna a lo largo de su proceso de escolarización; y garantizar la participación de los representantes legales del alumnado en el proceso de elaboración del dictamen de escolarización, a través de la aportación de información relevante para la toma de decisiones.

5º) Elaborar protocolos para la dotación de recursos materiales específicos de difícil generalización al alumnado de los centros específicos de educación especial sostenidos con fondos públicos.

Este objetivo se desarrolla con la creación de un protocolo unificado para la dotación de recursos materiales de difícil generalización a este tipo de recurso educativo, a través de un sistema de préstamos gestionado por las Delegaciones Provinciales.

6º) Optimizar la organización interna de los centros específicos de educación especial, así como las relaciones de colaboración con otros agentes externos.

A tal fin es necesario el desarrollo y concreción de la organización de los centros conforme a lo establecido en el Reglamento Orgánico correspondiente; la redacción de una guía de orientaciones en relación con la optimización de la organización interna de los centros, así como para la mejora de la coordinación con otros agentes externos (servicios sanitarios, servicios sociales comunitarios, etc.); la definición del papel de los servicios de orientación educativa (internos y externos) en el funcionamiento de los colegios; y la creación en Colabor@ de una comunidad de centros específicos de educación especial que fomente la colaboración y el intercambio de experiencias.

7º) Adecuar la respuesta ofrecida al alumnado de los centros específicos de educación especial en relación con los servicios complementarios y del Plan de Apertura de Centros.

Un objetivo que se desarrolla con el análisis y valoración de la implantación del Plan de Apertura de Centros en los centros específicos de educación especial; la adaptación de las normas y criterios de implantación de los servicios del Plan de Apertura de Centros (aula matinal, comedor y actividades extraescolares) a las necesidades de estos colegios, posibilitando la realización de este tipo de actividades a alumnado de diferentes centros educativos; el análisis y optimización de la prestación del servicio de transporte

escolar dirigido al alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en estos colegios; y la potenciación del desarrollo de actividades deportivas adaptadas.

8º). Análisis de la adecuación de las plantillas de profesorado y del personal de atención educativa complementaria de los centros específicos a las necesidades del alumnado.

Para el cumplimiento de este último objetivo contenido en el Plan de referencia, las actuaciones a desarrollar se basan en el análisis de las plantillas del profesorado y del personal de atención educativa complementaria y la elaboración del mapa actual de profesionales en los centros específicos de educación especial; en la determinación de los perfiles profesionales que deben, como mínimo, configurar las plantillas de los centros públicos; en el establecimiento de criterios para la adecuada configuración de las plantillas, considerando la ratio y las necesidades específicas de atención de su alumnado escolarizado; y en la optimización de los recursos personales existentes en determinados centros en el marco de las zonas educativas.

Estos son, por tanto, los distintos objetivos y las acciones que habrán de desarrollarse en cada uno de ellos para la consecución de Plan. Como puede inferirse, se trata de un proyecto ciertamente ambicioso a la par que complejo, cuya puesta en funcionamiento, prevista a lo largo de cuatro años -2012 a 2015- exige un importante esfuerzo de todos los componentes de la comunidad educativa que ha de ser más intenso en sus comienzos, y también, como no puede ser de otro modo, una dotación presupuestaria suficiente.

Desde la puesta en funcionamiento del mencionado Plan, esta Institución ha venido realizando un seguimiento respecto de las distintas acciones desarrolladas en cada ejercicio. Es por ello que comenzado el año 2013, nos dirigimos a esa Consejería de Educación solicitando información detallada acerca las actuaciones desplegadas en los ocho objetivos que vertebran el Plan de Actuación durante su primer año de vigencia así como el seguimiento y la evaluación realizados a cada una de las actuaciones desarrolladas.

En respuesta a esta petición, desde ese organismo se nos informó pormenorizadamente sobre las distintas acciones emprendidas o los proyectos para la puesta en marcha de las 34 actuaciones que, agrupadas en 8 objetivos, conforman el Plan de actuación.

Tras valorar detenidamente la extensa información ofrecida pudimos advertir el esfuerzo realizado por los miembros de la comunidad educativa en general y por la Consejería en particular para ejecutar este ambicioso y complejo Plan. Un esfuerzo que había comenzado a dar sus frutos en los trabajos llevados a cabo respecto de algunas actuaciones.

No obstante, para la conclusión de determinados objetivos, todavía queda una significativa labor. Así ocurre con la adecuación de los servicios complementarios educativos (transporte escolar, aula matinal y actividades extraescolares) y con el Plan de apertura de centros a las peculiaridades de los centros específicos de educación especial y, particularmente a las necesidades del alumnado que acude a los mismos que se recogen en el objetivo 7.

Ciertamente por las características de estos niños y sus familias, los servicios complementarios se convierten en un instrumento de especial relevancia para la anhelada conciliación de la vida familiar y laboral, para la continuidad del proceso de estimulación y formación del alumnado, y también como alternativa para la ocupación del tiempo libre de estos menores y jóvenes que tan difícil acceso tienen a determinadas actividades de ocio.

Esa importante tarea que todavía había de desarrollarse cabe predicar del objetivo número 8, aquel que tiene por misión la adecuación de las plantillas de profesorado y del personal de atención educativa complementaria. Dicha tarea se antoja como un elemento primordial para la reordenación de estos recursos conforme proponíamos en nuestro Informe. Uno de los principales hándicap lo encontramos en la variedad de servicios que se prestan en estos colegios, algunos de ellos trascienden del ámbito estrictamente educativo, lo cual tiene su reflejo en la pluralidad de profesionales que trabajan con el alumnado o para el alumnado.

La última información que disponemos sobre este asunto data de junio de 2013, fecha en la que desde esa Consejería se indica que la puesta en funcionamiento de las acciones aún pendientes, entre ellas algunas de las contenidas en los objetivos 7 y 8, está prevista para el primer trimestre del curso escolar 2013-14.

Desde entonces ha finalizado el curso señalado y ha dado comienzo el curso 2014-2015, por lo que, conforme a las previsiones contenidas en el Plan de referencia muchas de las acciones previstas han debido ser desarrolladas y puestas en funcionamiento.

Así las cosas, Por todo lo señalado, conforme a las facultades que nos confiere el artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, reguladora del Defensor del Pueblo Andaluz y a tenor de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor, hemos acordado iniciar una queja de oficio y, a tal efecto, le solicitamos información detallada acerca las actuaciones desarrolladas desde junio de 2013 en los ocho objetivos que vertebran el Plan de Actuación para la Mejora de la Atención Educativa al alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial en Andalucía 2012-2015. Asimismo, demandamos información sobre el seguimiento y la evaluación realizados a cada una de las actuaciones ejecutadas hasta la fecha del mencionado Plan.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/5655 dirigida a Banco Popular - Caixa - Caja de España de Inversiones, Salamanca y Soria - Caja General Ahorros Granada (BMN) - Caja Rural de Granada - Caja Rural de Jaén - Caja Rural del Sur - Caja de Ahorros de Córdoba-Cajasur-BBK - Unicaja - Liberbank - Credifimo

Nuevo llamamiento a todas las entidades financieras radicadas en Andalucía para que, sin mas dilaciones, procedan a dejar sin efecto las cláusulas suelo incorporadas a sus contratos hipotecarios.

Hace exactamente un año esta Institución publicó un comunicado pidiendo a las entidades financieras la retirada de las cláusulas suelo para hacer posible que las personas pudieran beneficiarse de los bajos tipos de interés que venían rigiendo en los mercados hipotecarios.

La petición se basaba en el contenido de la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, que dejó clara la ilicitud de las cláusulas suelo incluidas en los contratos hipotecarios cuando incumplen los deberes de transparencia e información previa, suficiente y comprensible, especificando el Alto Tribunal que en estos casos estas cláusulas habrán de ser consideradas como abusivas y tenidas por nulas.

Esta Institución entendía que esta falta de transparencia era predicable de la mayoría de los contratos hipotecarios en vigor que incluían cláusulas suelo, por lo que consideraba necesario que por las entidades financieras se procediera a la inmediata declaración de nulidad de dichas cláusulas sin que para ello tuviera que mediar una resolución judicial.

No nos parecía justo que la única vía para conseguir la anulación de unas cláusulas abusivas fuera la vía de los Tribunales porque para muchas personas ésta es una alternativa lenta, compleja y costosa.

La petición cursada por esta Institución no ha sido atendida por las entidades financieras, que optaron por persistir en el mantenimiento de las cláusulas suelo con carácter general, sin perjuicio de que en algunos casos concretos, a petición de esta Institución, aceptaran retirar las mismas.

Transcurrido un año desde ese comunicado la situación actual se caracteriza por una masiva judicialización del problema de las cláusulas suelo, que está provocando una situación de auténtico colapso en los Juzgados de lo Mercantil, con una sucesión de sentencias y pronunciamientos judiciales en las que Tribunales de diferentes instancias vienen declarando de forma abrumadora la nulidad de las cláusulas suelo sometidas a su consideración.

Así, son cada vez más numerosas las sentencias de los Juzgados de lo Mercantil en las que la declaración de nulidad de la cláusula suelo viene acompañada de la suspensión cautelar de su aplicación y la condena en costas a la entidad financiera por la temeridad de su posición judicial. Asimismo, son bastantes las sentencias que condenan a la entidad financiera a la devolución de las cantidades percibidas indebidamente por aplicación de dicha cláusula.

Este posicionamiento judicial está siendo avalado mayoritariamente por las diferentes Audiencias Provinciales. Incluso el Tribunal Supremo, en una reciente sentencia y en relación con casos particulares, ha ratificado plenamente su doctrina de la STS de 9 de mayo de 2013.

Por ello, ante la certeza de que el resultado de tan largo itinerario procesal no será otro que el reconocimiento final de la nulidad de la cláusula analizada, no entendemos la insistencia de las entidades financieras en recurrir a una vía judicial que, además de implicar un importante coste para las mismas, las somete a un elevado daño reputacional.

Por otro lado, son muchas las personas que por desconocimiento y, sobre todo, por falta de medios no han acudido a los Tribunales para defender su derecho frente a estas cláusulas abusivas. Asimismo, son muchas las personas que, habiendo pedido el amparo judicial, soportan largas dilaciones en espera de un pronunciamiento judicial, debiendo afrontar, mientras tanto, el pago de las cláusulas y los costes del proceso.

Ante esta situación, esta Institución ha considerado necesario hacer un nuevo llamamiento público a todas las entidades financieras radicadas en Andalucía para que, sin mas dilaciones, procedan a dejar sin efecto las cláusulas suelo incorporadas a sus contratos hipotecarios.

Apelamos para ello a la responsabilidad social de las entidades financieras, recordándoles la deuda que mantienen con la sociedad española por el esfuerzo realizado desde las arcas públicas para el sostenimiento del sistema financiero en los momentos mas duros de la crisis económica.

Apelamos igualmente a principios básicos de equidad y justicia, por entender inaceptable que sólo puedan beneficiarse de la anulación de estas cláusulas quienes disponen de los medios y los conocimientos necesarios para defender sus derechos en vía judicial.

Entendemos que el correlato necesario de este llamamiento es la tramitación de una queja de oficio a través de la cual se reanuden las actuaciones iniciadas por esta Institución (a través de la queja 13/409) en defensa de las personas afectadas por la aplicación de la cláusula suelo en su contrato de préstamo hipotecario.

En particular, se hace necesario trasladar de forma específica el comunicado público a todas las entidades financieras radicadas en Andalucía respecto de las que se han recibido quejas en esta Institución por la aplicación de una cláusula suelo incluida sin la debida transparencia exigida de conformidad con la doctrina sentada por el Tribunal Supremo.

 

26/01/2015 | 12.30 h. Presentación "Las urgencias hospitalarias en el Sistema Nacional de Salud: derechos y garantías de los pacientes”.

 

La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, y los defensores autonómicos presentan este estudio, que han realizado de manera conjunta, y donde han examinado la aplicación práctica de los derechos y garantías de los pacientes en los servicios de urgencia hospitalaria.

La presentación tendrá lugar en la sede del Defensor del Pueblo Estatal. Calle Zurbano, 42. Madrid.

Reunión del Vicepresidente Diego Valderas con el Defensor del Pueblo Andaluz

El Defensor del Pueblo Andaluz ha mantenido hoy una reunión de trabajo con el Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de Administración Local y Relaciones Institucionales, Diego Valderas, para avanzar en la propuesta de atender la demanda de muchas familias andaluzas que sufren cortes de luz y agua, mediante la regulación del derecho a unos suministros mínimos.

En reiteradas ocasiones, el Defensor ha manifestado su preocupación por una parte importante de la población que no dispone de recursos para pagar el coste de estos suministros y que crece cuando afecta a una unidad familiar que ya se encuentra en una posición de vulnerabilidad económica, incrementando el riesgo de caer en exclusión.

Una situación que sufren alrededor de 300.000 hogares y que afecta a los colectivos más débiles: los menores y las mujeres con hijos a su cargo.

Durante el encuentro, también se han tratado los últimos proyectos de Ley aprobados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía el pasado 20 de enero y que el titular de la Consejería de Administración Local ha querido informar al Defensor. Se trata del proyecto de Ley de Memoria Democrática de Andalucía y del proyecto contra los abusos en la contratación de préstamos hipotecarios.

Sobre este último, el Defensor del Pueblo Andaluz, ha valorado las medidas frente a las cláusulas abusivas y la protección de los prestatarios y de los avalistas, además de contemplar fórmulas voluntarias de mediación extrajudicial de conflictos, entre otras cuestiones.

 

Quejas por las emisiones de Canal Sur TV

Estamos estudiando las consecuencias de la reordenación de los sistemas de acceso a las emisiones de Canal Sur Televisión, tras recibir varias quejas individuales de personas que protestan por la dificultad de acceder a los contenidos de la cadena pública andaluza vía satélite.

Coinciden todas ellas en la petición de una respuesta que aclare la decisión adoptada y, sobre todo, ofrezcan alternativas que, técnica y económicamente, puedan corregir el anuncio ofrecido sobre la suspensión de las emisiones en las condiciones establecidas hasta la fecha.

La UE determina que los jueces pueden anular cláusulas abusivas de hipoteca

Medio: 
Diario de Sevilla
Fecha: 
Jue, 22/01/2015
Temas: 
  • Defensor del Pueblo Andaluz
  • Otras defensorías