La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 17/3021

La parte promotora de la queja exponía que solicitó la beca Erasmus+ que salió en convocatoria en fecha 16 de marzo de 2016. Al parecer, en el mes de julio le fue adjudicada provisionalmente, pero posteriormente le fue denegada porque afirmaban que las condiciones habían cambiado y que la convocatoria definitiva había salido el 18 de julio.

Alegaba la interesada que su estancia fue en julio y agosto, y que podían haberle abonado la parte proporcional. Añade que nunca salió resolución definitiva, y asegura que estuvo hasta el 25 de enero de este año preguntando.

Consideraba la interesada que no habrían hecho uso del principio de publicidad y realmente se sentía engañada puesto que de haberlo sabido no habría pedido el préstamo que pidió.

Interesados ante la Universidad, se nos indica que habiéndose procedido a la revisión del expediente, se ha detectado una serie de defectos en el procedimiento que han provocado que la ayuda concedida a la interesada no se haya hecho efectiva. Añaden que una vez subsanados los defectos procedimentales, se han dado instrucciones correspondientes a la Gerencia de la Universidad para que se proceda a la mayor brevedad posible a realizar el abono del importe de la ayuda concedida, dando debido traslado de estas cuestiones a la parte interesada.

Así, a la vista de la información recibida, y considerando que el asunto planteado se encuentra solucionado, se procede al cierre del expediente.

Queja número 17/3989

La parte promotora de la queja exponía que con ocasión de licencia de obras concedida para reforma de finca urbana contigua a su vivienda se estaban causando daños en su propiedad, razón por la cual solicitó diversa documentación que debía obrar en los expedientes que se tramiten para concesión de licencias urbanísticas. Según indicaba el interesado, el Ayuntamiento le habría permitido el acceso a la documentación solicitada, pero no le facilitaría copia de la misma, pese a que la interesaba en escritos presentados al efecto con objeto de promover las correspondientes actuaciones en demanda de las responsabilidades a que hubiere lugar.

Interesados ante la Administración municipal se nos informa que el solicitante tiene a su disposición en Secretaría del Ayuntamiento la documentación requerida, que puede retirar previo pago de las tasas en concepto de reproducción de copias y acreditación de diligencia del acto. De todo lo cual se le ha dado debido traslado al interesado mediante resolución de fecha 28 de marzo de 2017.

Dado que la presente queja se admitió únicamente a los efectos de romper el silencio administrativo existente al escrito de petición formulado por la parte promotora de la queja, se entiende que el asunto ha quedado solucionado.

Queja número 17/3125

La operadora de telefonía rectifica y anula la deuda en concepto de permanencia que reclamaba a la promotora de queja.

La parte promotora de la queja exponía que con fecha 27/10/2016 había solicitado alta con Vodafone y al mes solicitaba la baja por su malestar por la gestión y el servicio recibidos de la compañía.

Refería que el contrato que firmó no tenía permanencia, pero que aun así le reclamaban una deuda que correspondería a dicho concepto.

Asimismo, habiendo reclamado por este asunto ante el Servicio de Consumo en Granada, no había recibido ninguna información sobre la tramitación de su reclamación.

Interesados ante los organismos afectados, recibimos informe de Vodafone en el que nos indican que tras la revisión del expediente han realizado una factura rectificativa correspondiente a todas las cuotas facturadas desde noviembre de 2016 a junio de 2017. Anulando así la deuda que se le estaba reclamando a la parte promotora de la queja.

Por su parte, la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales acredita haber enviado acuse de recibo de la reclamación a la interesada y cursado las peticiones oportunas a la empresa reclamada, recibiendo finalmente la misma respuesta de la que se daba traslado a la promotora de queja.

Dado que el asunto planteado se encuentra solucionado, se procede al cierre del expediente.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/4517 dirigida a Ayuntamiento de Mollina (Málaga)

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Nos explican la ocupación de una calle peatonal por mesas y veladores. Se celebraba una verbena.

07-09-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio al conocer, a través del correo electrónico de la Institución, que en el municipio malagueño de Mollina existe un establecimiento hostelero, sito en la calle peatonal Virgen de la Oliva, que instala una terraza, fija en invierno y desmontable en verano, y que, al parecer, no podría contar con la debida autorización pues ocupa casi todo el espacio de la calle (“ocupa mucho espacio de la calle, apenas permite paso a las viviendas vecinas”, según este correo electrónico) en contra de la normativa reguladora municipal (Ordenanza Reguladora de la Ocupación y Uso en Bienes de Dominio Público Local, publicada en el BOP de Málaga, de 19 de Enero de 2016).

Teniendo en cuenta la información a la que hemos tenido acceso (en especial las fotografías que se adjuntaban al correo electrónico) consideramos que esta actividad, en lo que concierne a la ubicación de la terraza, no es ajustada a derecho pues limita, si es que no impide, la accesibilidad por el espacio público a las personas con movilidad reducida y dificulta el tránsito para todas las personas, desvirtuando la naturaleza y uso de este espacio público.

Por ello, nos hemos dirigido al Ayuntamiento de Mollina con objeto de conocer si la terraza en cuestión cuenta con la preceptiva licencia, si han recibido quejas vecinales por este hecho y, en su caso, de las medidas que haya adoptado, o tenga previsto adoptar, para garantizar la accesibilidad de las personas y facilitar el libre tránsito peatonal, de manera que haya una distribución razonable o proporcional entre el uso público, tal y como exige la naturaleza jurídica del dominio público, y el uso especial derivado de la utilización de la terraza.

23-07-2018 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

De la respuesta que nos remitió el Ayuntamiento, al que acompañaba los informes emitidos por Alcaldía, Jefatura de Policía Local y Urbanismo, conocimos que el establecimiento tenía licencia para ejercer la actividad de pizzería y elaboración propia de comida preparada, así como para la instalación de sillas y veladores; dado que fue necesario tramitar en su día un cambio de actividad, se notificó a todos los vecinos colindantes con la actividad esta situación y no hubo alegaciones. Después de ello, sí han llegado al Ayuntamiento correos electrónicos anónimos, sin identificación alguna, denunciando una situación parecida a la que esta Institución tuvo conocimiento, por lo que el ayuntamiento había adoptado algunas medidas, inspeccionando la actividad, hablando con los vecinos colindantes y no habían encontrado “motivación para sancionar al establecimiento”.

En concreto, las fotografías que habíamos trasladado con nuestra petición de informe correspondían a una verbena que a beneficio de una asociación de personas con discapacidad se había celebrado en julio de 2017, y que el Ayuntamiento había autorizado, con horario de 20'00 a 00'30 h. y para la que el propio ayuntamiento había cedido sillas y mesas.

Entendimos, por tanto, que no eran precisas nuevas actuaciones por nuestra parte por lo que procedimos al archivo de esta actuación de oficio.

El Defensor del Pueblo Andaluz traslada su criterio al Defensor del Pueblo de las Cortes Generales de que se debe proceder a la suspensión definitiva del Proyecto de Gaseoducto de Doñana en todos sus tramos, incluido el de Marismas Occidental.

Esto en base a la información que actualmente se posee sobre los posibles riesgos que se pueden derivar de la ejecución del Proyecto de Gaseoducto de Doñana, lo acontecido en el Depósito de El Castor, la forma en que se han tramitado los proyectos, tanto en lo que concierne a la DIA del proyecto Marismas Occidental, como en lo relativo a la ausencia de una evaluación conjunta que tenga en cuenta las afecciones que se pueden generar asociadas a los cuatros proyectos y, sobre todo, teniendo en cuenta los valores ambientales y la extraordinaria diversidad del Espacio Único de Doñana, que es muy necesario mantener, conservar y, en la medida de lo posible, acrecentar ante las amenazas que ha tenido, y tiene, pese a haber sido declarado Patrimonio de la Humanidad, derivadas de la actividad humana, se debe proceder a la suspensión definitiva del Proyecto de Gaseoducto de Doñana en todos sus tramos, incluido el de Marismas Occidental.

 

Queja número 14/4892

El Defensor del Pueblo Andaluz inició esta actuación de oficio para conocer si el Ayuntamiento de Sevilla iba a presupuestar la redacción de un plan programado para auditar la eficacia y riesgos del carril bici de Sevilla, así como la eliminación de los “puntos negros” en su recorrido.

En la misma se formuló resolución en la que se sugirió al Ayuntamiento que siguiera apostando por la mejora y ampliación del carril bici, que tomara en consideración las propuestas de las asociaciones que defienden el uso de la bicicleta para eliminar los puntos peligrosos o conflictivos de su trazado, que adoptara medidas para invertir la tendencia de disminución de los usuarios de este tipo de transporte dada su incidencia en el modelo de sostenibilidad de nuestras ciudades y, por último, que retomara los contactos con la Junta de Andalucía para que se hiciera realidad la pasarela ciclo peatonal sobre la SE-30, que debía estar debidamente conectada a la red ciclista de la ciudad. Como respuesta a esta resolución, el Ayuntamiento nos indicó expresamente que aceptaba su contenido, pero no concretaba las intervenciones y obras de mejora en las que podría traducirse dicha aceptación, por lo que interesamos un nuevo informe para que nos indicara las mismas.

En su respuesta, la Tenencia de Alcaldía de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo nos dijo, en síntesis, en qué se concretaban las actuaciones previstas, que se enmarcaban, en lo substancial, en la redacción del Programa de la Bicicleta 2016-2020, que recoge diversas actuaciones para incrementar el uso de la bicicleta como medio de transporte urbano, así como un estudio pormenorizado del estado de conservación de los carriles bici (que servirá para programar las actuaciones y dotarlas económicamente y subsanar las patologías que se detecten). A ello se añadía el contrato de mantenimiento en vigor que, para el corriente ejercicio 2017, introducía diversas mejoras, como una plataforma de gestión integral del servicio de mantenimiento y un aumento de su presupuesto.

Por último, ante el descenso del número de usuarios del servicio de alquiler de bicicletas, Sevici, se anunciaba una posible modificación de la tipología de los abonos para dar respuesta a la demanda existente y de sus precios.

Así las cosas, esperando que el citado Programa de la Bicicleta, cuyo periodo de vigencia ya había transcurrido parcialmente, fuera impulsado y ejecutado con eficacia y ello conduzca a una mejora apreciable del estado de los carriles bici, dimos por concluidas nuestras actuaciones, entendiendo aceptadas nuestras sugerencias dado que, por otra parte, nos constaba el proceso de puesta en funcionamiento de la pasarela ciclo peatonal sobre la SE-30.

Reunión con representantes del sindicato USTEA y del colectivo de monitoras escolares despedidas del "Plan de Choque"

Imagen: 
Fecha: 
Mar, 14/11/2017
Provincia: 
ANDALUCÍA

Queja número 17/4237

Una funcionaria del Cuerpo Superior de Administradores Generales, de la Administración de la Junta de Andalucia, con destino definitivo en la Gerencia Territorial de la Agencia Tributaria de Andalucia en Granada, denunciaba la demora por parte de los responsables del centro de trabajo en disponer las medidas necesarias para adaptar su puesto de trabajo, por motivos de salud, y de conformidad con los informes emitidos por el Centro Provincial de Riesgos Laborales de Granada de fecha 15 de junio de 2010 y 7 de julio de 2010. Lo anterior, a pesar de los reiterados escritos y gestiones realizadas ante los responsables del órgano territorial e informes del propio Asesor Técnico de Prevención de Riesgos laborales.

Entre otras cuestiones, la interesada denunciaba las condiciones de la estancia o zona de trabajo (reducidísima, sin ventana), mobiliario inadecuado (mesa pequeña imposible poner equipo y útiles necesarios, sillón no se ajusta a lo prescrito, aparato de aire acondicionado encima de la cabeza, consiguiente el chorro de aire da directo y, si no se enciende, asfixia...).

Debido a la situación en la que desempeña sus funciones, la interesada afirmaba que todo lo descrito incidía negativamente en su salud y en su trabajo, teniendo que tener periodos de bajas y visitas constantes al médico. Además del porcentaje de discapacidad física que ya padece, la pérdida de visión con carácter irreversible por estar mal ubicada y persistir en la mala ubicación, sin motivo alguno, le seguiría produciendo más pérdida de visión.

Asimismo, señalaba la funcionaria que, aunque la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública ha estimado la adaptación, tuvo que interponer Recurso pues cada vez se encontraba peor y sin adoptarse las medidas necesarias.

Solicitado informe de la Agencia Tributaria de Andalucía y a la Secretaría General para la Administración Pública, se nos remiten, en ambos casos, dando respuesta a todas las cuestiones planteadas por lo que, consideramos que por los departamentos afectados y por el órgano competente en materia organizativa y de personal, la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, se han adoptado todas las medidas posibles para adaptar el puesto de trabajo a las necesidades de la funcionaria interesada.

9 h: Seminario de Expertos/as sobre el modelo de Mediación del dPA. Fundación Caja Rural del Sur. Sevilla
PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR VULNERABLE: nuevo Bono Social eléctrico

  1. Pobreza energética. Desde hace ya varios años venimos demandando la necesidad de dar una solución a la situación de personas y familias que se ven amenazadas de cortes de luz por no disponer de medios para pagar las facturas.
  2. Defendemos la vinculación del bono social a la renta familiar.
  3. Discrepamos de la decisión de fijar estos límites máximos de consumo por debajo de los perfiles de consumo medio de una familia normal, ya que consideramos que sólo debe perseguirse el despilfarro y nunca el consumo normalizado.
  4. Las deducciones fijadas del 25% o 40% según los casos-, beneficiaran a un número importante de personas que actualmente están desprotegidas.
  5. Valoramos positivamente que las garantías previas al corte de suministro se extiendan a personas que tengan contrato en mercado libre
  6. Discrepamos de que la fórmula de protección aplicada para el denominado “consumidor en riesgo de exclusión social” (copago de facturas Admon.-empresas) se haya desvinculado del tope de consumo. Creemos que también en estos casos deben adoptarse medidas para desincentivar el consumo abusivo y el despilfarro.
  7. Echamos en falta el reconocimiento expreso en la norma del derecho de las personas en situación de exclusión a recibir unos suministros mínimos vitales de forma gratuita.
  8. Insistimos en que el abordaje de la denominada “pobreza energética” debería ser un paso transitorio en tanto no se adopta una respuesta conjunta y coherente a la situación de las familias que se encuentran en situación de exclusión social.
  9. Solicitamos la adopción de otras medidas, igualmente necesarias, como son las relativas a la eficiencia energética en los hogares vulnerables.
  10. Demandamos la adopción de medidas de protección con respecto al consumo de gas y agua, al tratarse de suministros igualmente esenciales para la vida humana.

 

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