La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 17/4997

Con motivo de la tramitación de la presente queja, relativa a los retrasos en los informes técnicos sometidos a autorización por la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Jaén, se ha recibido información sobre el estado de tramitación de los referidos expedientes

Esa Delegación nos ha remitido informe en el que, entre otras consideraciones, nos indica que:

Efectivamente como manifiesta el interesado existe un único arquitecto en plantilla en esta Delegación Territorial, que entre otras funciones tiene encomendada la de informar sobre las obras de conservación promovidas por la Consejería de Cultura y los tramitados de conformidad con lo especificado en el art. 33 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre de Patrimonio Histórico de Andalucía.

Actualmente, los expedientes de obras que están esperando informe al respecto, a fecha de 11 de octubre de 2017, son los siguientes:

  • Del año 2015 3

  • Del año 2016 98

  • Del año 2017 102

Aunque los datos son malos hay que tener en cuenta que la crisis económica de años atrás y la desdotación de plazas en la Relación de Puestos de Trabajo, sin cobertura, durante varios años por las limitaciones de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, a fin de contener el déficit público, han sido los verdaderos causantes de esta situación.

No obstante, los expedientes iniciados o dados de alta a los que nos referimos en el año 2016 fueron 347, estando a primeros del año 2017, pendientes de informar 234, y a pesar de haber estado de baja el único arquitecto en plantilla se han reducido los expedientes, pasando de 234 a los 203 actuales, por lo que el esfuerzo ha sido considerable, desde la creación de esta Delegación Territorial y en particular de la Secretaria General Provincial de Cultura, pues la cifra reflejada implica que el ritmo de elaboración de informes es superior al de entrada de solicitudes de estos.

En nuestra perseverancia en la mejora del tiempo de respuesta y a fin de evitar mayor perjuicio a la ciudadanía, desde esta Delegación Territorial se ha solicitado en numerosas ocasiones un refuerzo de personal técnico, contando a partir del 1 de septiembre de 2017 con una Conservadora de Patrimonio Histórico, lo que esperamos suponga continuar aumentando el número de expedientes tramitados, si bien se sigue instando la incorporación de un Arquitecto Técnico, redoblando los esfuerzos para reducir al máximo los tiempos de espera, actualmente excesivos en la tramitación de los distintos expedientes, por lo que esperamos que esta queja sirva de acicate para la mejora del Servicio.”

A la vista de las anteriores informaciones, la Delegación anuncia una serie de medidas que en un plazo breve de tiempo procurarán minorar de manera sustancial las dificultades en los trámites técnicos que se realizan en los expedientes y proyectos sometidos al control e intervención de esa autoridad cultural.

Ciertamente, el relato de la Delegación ha venido a confirmar la entidad del problema planteado por el profesional promotor de la queja.

Dados los compromisos indicados en las medidas posibles a acordar en los plazos indicados, procede concluir nuestras actuaciones, sin perjuicio de desplegar en adelante las acciones de seguimiento que el caso aconseje, velando por las medidas garanticen la correcciones de estas dificultades en la tramitación de los expedientes afectados por los retrasos en los trabajos de valoración e información a cargo de los técnicos de Cultura.

Quedaremos atentos al procesos de puesta al día de los expedientes en curso gracias la refuerzo desde el 1 de Septiembre, así como de la posible incorporación de una nueva plaza de arquitectura o arquitectura técnica.

Reiterando nuestro compromiso de verificar en breves fechas la eficacia de las medidas anunciadas, procedemos a concluir las actuaciones.

Queja número 17/4134

La parte promotora de la queja exponía que tras Resolución de la Gerencia Territorial del Catastro relativa a alteración catastral en finca urbana de su propiedad, el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Málaga, venía desatendiendo aquel acuerdo y los continuos escritos, recursos y reclamaciones que al respecto vendría formulando sobre recibos por IBI que le liquidan anualmente y con exceso de cuota tributaria.

Interesados ante la Administración tributaria municipal se recibe oficio por el que aportan las notificaciones remitidas al interesado dando respuesta a los escritos presentados.

Por la respuesta pudimos comprobar que la Agencia tributaria interviniente, procedía expresamente a la desestimación de las pretensiones en vía de recurso, en forma motivada y fundamentada, habiendo sido dadas de baja las liquidaciones primeramente recurridas por el interesado, tras la revisión de valores por el Catastro, y practicadas otras nuevas liquidaciones, razón por la que consideramos que dicha cuestión había quedado solventada tras la última notificación que recibió el contribuyente recurrente.

Dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración a los escritos presentados, y considerando que dicha cuestión quedó resuelta expresamente, procedimos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

Queja número 17/2862

Se nos dirigió un ciudadano de Motril solicitando cambios en los canales de Televisión Digital Terrestre en la zona de la costa granadina. Tras pedir información sobre el caso, en fecha reciente hemos recibido informe de la Dirección General de Comunicación Social:

Es por tanto evidente el interés del Gobierno de la Junta de Andalucía en asegurar el mantenimiento del servicio público de televisión realizado por RTVA con unos niveles técnicos de calidad, incorporando gradualmente (en la medida de lo posible) los nuevos avances tecnológicos (Alta Definición-HD) y en armonía con un plan de difusión sólido y consistente con el operador de red, lo que, sin duda, repercutirá en la calidad del servicio público que se preste a la ciudadanía andaluza.

Por otra parte, la habilitación del referido periodo posibilitó superar en la práctica, al menos con carácter transitorio, las contradicciones que supusieron la aplicación del propio Real Decreto 805/2014. Con anterioridad a su entrada en vigor existían en el ámbito autonómico seis títulos habilitantes en vigor, tres concesiones de servicio público y tres licencias privadas, para dos canales múltiples digitales de televisión con cobertura autonómica. Tras su entrada en vigor, estos seis canales pasaron a coexistir en un único múltiple autonómico. Sin embargo, el citado Real Decreto 805/2014 (Disposición adicional segunda, apartado 1) limita la capacidad de cualquier canal múltiple a un máximo de cuatro canales, por lo que el propio texto normativo ha consagrado una contradicción conceptual en si misma que resulta de muy difícil articulación en la práctica.

En este sentido, la reorganización que persiguió la habilitación del periodo transitorio propuesto resultaría coherente con el planteamiento que viene defendiendo el Gobierno de la Junta de Andalucía tras la supresión operada por el aludido Plan Técnico Nacional de 2014 (Real Decreto 805/2014), en torno a la necesidad de reserva y asignación de uso de un segundo canal múltiple digital de cobertura autonómica para Andalucía, con el que la Comunidad Autónoma trataría de potenciar procedimientos tendentes a que uno de los múltiples digitales fuera destinado a la emisión de servicios audiovisuales televisivos de carácter público, y otro a servicios audiovisuales privados de carácter comercial.

En virtud de las consideraciones expuestas, de la normativa vigente citada, y demás preceptos de general aplicación, esta Dirección General de Comunicación Social, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, ratificó la propuesta trasladada a la Junta de Andalucía por el órgano coordinador del múltiple autonómico de televisión digital terrestre, con fecha 12 de julio de 2016, y habilitó un periodo transitorio para la reorganización del mismo, con una vigencia de tres años.

Durante el periodo estipulado en el apartado anterior, quedaron suspendidos los derechos y obligaciones que corresponden [a dos entidades], en su condición de licenciatarios de comunicación audiovisual televisiva de ámbito autonómico. Esta suspensión temporal determina la asunción de cualquier compromiso formal para ambos licenciatarios durante la duración de la misma, y la de no utilización del ancho de banda que les corresponde en el múltiple autonómico (1/6 cada uno). Asimismo, dicha suspensión no modifica la titularidad formal de ambas licencias, que siguen conservando con el mismo alcance con que fueron adjudicadas y de conformidad con la normativa general y en materia audiovisual que resulte aplicable.

Este órgano directivo lleva tiempo trabajando en la redacción del proyecto de Ley Audiovisual de Andalucía (actualmente, en tramitación parlamentaria). Su Disposición transitoria segunda recoge un procedimiento de extinción de licencias inactivas o sin regularizar por causa directamente imputable a la persona prestadora del servicio de comunicación audiovisual, que podría aplicarse en la demarcación de TDT Local de Motril.

Por último, en lo que se refiere, a la programación diaria ofrecida por el Canal se le ha enviado requerimiento al correspondiente licenciatario, , en el que se le insta a respetar los preceptos de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, el Decreto 1/2006, de 1 0de enero, por el que se regula el régimen jurídico de las televisiones locales por ondas terrestres en Andalucía y demás normativa vigente, así como el contenido del proyecto audiovisual por el que obtuvieron la concesión cuyos compromisos fueron recogidos en el correspondiente contrato de concesión para la prestación del servicio, suscrito por ..., S.A.U., el 20 de junio de 2007. Cuando la licencia se adquiere por negocio jurídico, el adquirente se subroga en todas las obligaciones y derechos del vendedor”.

A la vista de la anterior información hemos de entender que la cuestión analizada se encuentra en vías de solución, por lo que procedemos a concluir nuestras actuaciones sin perjuicio de las acciones de seguimiento que, en su caso, se consideren convenientes.

Queja número 17/1808

Instamos la respuesta administrativa a una reclamación por disconformidad con expediente de anomalía y refacturación derivada de la misma.

Una asociación de consumidores, en nombre de su socio, exponía que con fecha 31 de julio de 2015 presentaron denuncia contra Endesa Distribución por disconformidad con expediente de anomalía (doble acometida) y refacturación derivada de la misma.

Con fecha 4 de enero de 2016 se presentaron alegaciones, dentro del plazo concedido al efecto, tras la respuesta facilitada por la empresa, y con fecha 19 de octubre de 2016 el Departamento de Energía comunicaba que el expediente se encontraba pendiente de resolver.

Interesados ante la Administración afectada se nos informa que en fecha 7 de septiembre de 2017 se ha dictado Resolución, por la que se estima la reclamación interpuesta, poniendo fin al procedimiento.

Dado que la queja se admitió a trámite a los efectos de romper el silencio mantenido a la reclamación formulada, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.

Queja número 17/3110

Una ciudadana exponía que, con fecha 9/03/2015 presentó denuncia contra Gas Natural por falta de reposición de la carcasa del contador de su vivienda, fracturada por un operario de la propia empresa al manipularlo para tomar lectura.

Se tramitó expediente en el que la empresa contestó con fecha 19/06/2015 señalando que no consideraba necesaria su instalación.

Con posterioridad se habría interesado por la situación del expediente en varias ocasiones. Mediante escritos de fechas 1/12/2015 y 1/09/2016 el Departamento de Energía le contesta que se encuentra pendiente de resolución, sin que hasta la fecha de la presentación de la queja haya recibido más noticias.

Interesados ante la Administración afectada se nos informa que, en fecha 20 de septiembre de 2017, se ha resuelto por la Delegación Territorial archivar la reclamación interpuesta, por la que se pone fin al procedimiento.

Dado que la queja se admitió a trámite a los efectos de romper el silencio mantenido a la reclamación formulada, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.

Queja número 17/0838

La Agencia tributaria provincial contesta nuestra resolución aceptando recurso de la interesada.

El Defensor del Pueblo Andaluz formulaba resolución ante la Agencia Provincial de Administración Tributaria de la Diputación Provincial de Granada, recomendando dar respuesta, a la mayor brevedad posible, al recurso de reposición formulado por la parte afectada con fecha 28 de octubre de 2016.

Recibido informe al efecto, se nos indica que en fecha 6 de marzo de 2017 el Presidente del Servicio Provincial Tributario dictó resolución, por la que acuerda estimar el recurso de reposición interpuesto por la parte promotora de la queja.

Habiendo aceptado la Administración la Resolución formulada por esta Institución en el presente expediente de queja, damos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 17/1474

Se resuelve la reclamación formulada contra la refacturación derivada de una supuesta manipulación del equipo de medida.

Una asociación de consumidores, en nombre de su socio, exponía que con fecha 1 de octubre de 2015 se presentó reclamación ante la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Sevilla contra la refacturación girada por Endesa, derivada de una supuesta manipulación del equipo de medida.

Habiéndose tramitado expediente administrativo, con fecha 22 de febrero de 2016 la asociación cumplimentó el trámite de alegaciones concedido tras la respuesta facilitada por la empresa. Con fecha 30 de junio de 2016 el Departamento de Energía informaba, en respuesta a su petición, que el expediente se encontraba pendiente de resolución.

Pese al tiempo transcurrido no se habría resuelto la reclamación.

Interesados ante la Administración afectada se nos informa que en fecha 18 de septiembre de 2017 se ha dictado Resolución por la que se pone fin al procedimiento, estimando la reclamación interpuesta.

Dado que la queja se admitió a trámite a los efectos de romper el silencio mantenido a la reclamación formulada, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.

 

 

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/6175 dirigida a Consejería de Turismo y Deporte, Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Sevilla

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Nos dan cuenta de las medidas realizadas para la protección del Convento de Santa Inés, en Sevilla

21-11-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha venido desarrollando una amplia y dilatada labor de atención al eficaz sistema normativo de promoción y protección del patrimonio histórico artístico.

Así, en los sucesivos Informes Anuales al Parlamento, al igual que con motivo de la elaboración de los Informes Especiales, la Institución ha querido contribuir al mejor desempeño de las actuaciones de los poderes públicos para la protección y puesta en valor de nuestra riqueza monumental. Todo ello en consonancia con las funciones de protección y tutela de los derechos establecidos en los artículos 44 de la Constitución y 33 y 37.1º.18 del Estatuto de Autonomía en el ámbito de la Cultura.

En el amplio escenario de intervenciones de este tipo que se producen a lo largo del territorio andaluz, ocupa un lugar preeminente las acciones que posibilitan el efectivo disfrute de nuestro patrimonio cultural gracias a promover su conocimiento y protección.

Sin duda, en determinadas comarcas y localidades de Andalucía, esta tarea compleja e ingente adquiere la dificultad de la alta concentración de este patrimonio histórico y monumental. En concreto, hemos tenido conocimiento de la situación del Convento de Santa Inés en la ciudad de Sevilla, sobre el que pesa un aparente estado de conservación muy deficiente. Algunas informaciones hablan de se estancias sin cubiertas que protejan de la lluvia, paneles de azulejos en grave estado y una situación que, en general, sería calificable de emergencia para poder intervenir en aspectos esenciales para la estabilidad del monumento.

En todo caso, se alude a intervenciones a través de la Delegación de Cultura y de recientes inspecciones de técnicos que habrían informado sobre el asunto, por lo que deseamos solicitar la colaboración de las autoridades para conocer su criterio al respecto.

Por ello, hemos considerado oportuno proponer incoar queja de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, ante la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Sevilla, a fin de conocer:

  • medidas declarativas de protección patrimonial-cultural del denominado Convento de Santa Inés, en la ciudad de Sevilla.

  • obras que se hubieran realizado por parte de la propiedad y régimen de autorizaciones.

  • calendario de intervenciones previstas, en su caso, para su protección o conservación.

26-02-2018 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Tras la tramitación de la queja de oficio incoada ante la situación que presenta el Convento de Santa Inés en la ciudad de Sevilla, con fecha 9 de Febrero de 2018 recibimos informe de la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Sevilla en el que se expresa, resumidamente, lo siguiente:

Intervenciones a realizar por la propiedad autorizadas por esta Delegación Territorial.

En su sesión de 31 de marzo de 2016 la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico informó favorablemente la ejecución de medidas de seguridad por la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla a las propietarias del inmueble.

Dichas medidas se centraban en la zona del Convento donde se sitúa la antigua vivienda del portero y estaban destinadas a reparar la cubierta, en mal estado, ya efectuar la limpieza del área y la consolidación de la estructura. Fueron propuestas las siguientes actuaciones:

Apuntalamiento de zonas inestables para proceder a la limpieza y desescombro de la edificación de manera segura.

Retirada de viguería de madera. Una vez desmontados los elementos en mal estado, debía procederse a la reconstrucción de los forjados demolidos para mantener la estabilidad inicial del muro.

Para la ejecución de la medida anterior era necesario el desmontaje de los entrevigados y solerías existentes sobre los forjados en mal estado de la edificación, al igual que el desmontaje y nueva ejecución de la azotea plana transitable, de forma que una vez ejecutada se garantice la estanqueidad para evitar futuros daños .

En la edificación de planta primera que cubre el acceso al compás, se procederá a la inspección de la viguería existente bajo la cubierta inclinada para comprobar el grado de afección por humedad.

Reparación de las zonas de la cubierta donde se están produciendo filtraciones al interior.

El Presupuesto de las obras ascendía a la cantidad de 32.174,02 euros y, si bien en esta fecha nos consta que la propiedad ha realizado algunas de las actuaciones prescritas, otras siguen pendientes de ejecución.

El cumplimiento de buena parte de los compromisos asumidos por la Consejería de Cultura en virtud del convenio de colaboración suscrito en 1990 ha permitido la recuperación de importantes zonas del Monasterio, no sólo en las antiguas naves dormitorio, para su transformación en una sala de exposiciones que ha albergado a lo largo de los últimos veinticinco años gran número de muestras, sino, también, en diversos sectores que requerían intervención.

De este modo, puede avanzarse que la Junta de Andalucía ha realizado con estas actuaciones una inversión de 5.083.732,69 €, cantidad que duplica la comprometida en la letra del Convenio. No obstante, el conjunto edilicio sigue registrando deficiencias en su estado de conservación, razón por la cual es conveniente volver a programar inversiones que, en primer lugar, permitan corregir situaciones de riesgo sobrevenidas y, en segundo, facilite acometer el proyecto completo que tiene por objeto el Claustro del Herbolario.

La voluntad de la Consejería de Cultura ha sido siempre responder a las necesidades de un bien de interés cultural de tanta significación histórica y artística, y así ha quedado demostrado en las sucesivas actuaciones que ha acometido, incluso muchos años después del plazo temporal prefijado en el Convenio para la ejecución de las obras. No obstante esto, no siempre ha sido posible destinar las partidas presupuestarias requeridas para asumir tales trabajos, máxime cuando, además, esas sumas se han revelado significativamente más cuantiosas que las inicialmente definidas.”

A la vista de sendas informaciones, hemos de entender que la administración cultural, en el marco de sus iniciativas, viene interviniendo sobre dicho Bien de Interés Cultural (BIC).

Es intención de esta Institución proseguir impulsado las actuaciones necesarias de todas las instancias competentes para salvaguardar la integridad de dicho monumento declarado BIC y merecedor de la protección y tutela que la normativa establece para los inmuebles inscritos en el CGPHA.

Por ello, hemos de requerir de nuevo a la Delegación de Cultura, la continuidad de los trabajos emprendidos y el impulso de las medidas dirigidas al cumplimiento de las obligaciones establecidas, bajo su competencias, por la normativa patrimonial y artística.

Entendiendo que el asunto se encuentra en vías de solución, y sin perjuicio de las actuaciones de seguimiento que resulten necesarias, procedemos a concluir nuestras actuaciones.

Conocemos la propuesta de bono social eléctrico del Ayuntamiento de Cádiz

El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, y el alcalde de Cádiz, José María González, han mantenido hoy una reunión en la sede del Defensor, en Sevilla, sobre el bono social eléctrico que impulsa el ayuntamiento de la localidad gaditana. El Defensor del Pueblo andaluz ha conocido las razones para su implantación y, en principio, al Defensor le ha parecido que el bono social eléctrico planteado por el Ayuntamiento puede ser "fantástico y merece la pena que siga adelante". El Defensor del Pueblo andaluz va a analizar la documentación aportada por los servicios técnicos del Ayuntamiento de Cádiz y emitirá una resolución al respecto. 

    bono_social.mp3

    Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/5334 dirigida a Ayuntamiento de Sevilla

    RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

    Tienen en cuenta nuestras recomendaciones en la organización de una prueba deportiva.

    23-11-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

    La Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha tenido conocimiento, por distintos medios de comunicación (prensa escrita, redes sociales, noticias de televisión de ámbito nacional) de la suspensión el pasado domingo día 8 de Octubre de la prueba denominada “Carrera de la Mujer” de Sevilla.

    Desde esta Institución abogamos por la condición, entre otros, del factor corrector de desequilibrios sociales y fomento de la solidaridad que supone el deporte, así el Preámbulo de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, señala que «constituye como un elemento fundamental del sistema educativo y su práctica es importante en el mantenimiento de la salud y, por tanto, es un factor corrector de desequilibrios sociales que contribuye al desarrollo de la igualdad entre los ciudadanos, crea hábitos favorecedores de la inserción social y, asimismo, su práctica en equipo fomenta la solidaridad. Todo esto conforma el deporte como elemento determinante de la calidad de vida y la utilización activa y participativa del tiempo de ocio en la sociedad contemporánea».

    La recientemente aprobada Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte Andaluz, incide en dicho aspecto «postulando al deporte como un derecho de la ciudadanía, mediante el reconocimiento de la existencia de la práctica deportiva en toda su magnitud, que incluye desde el deporte de competición al deporte de ocio», «teniendo la consideración de actividad de interés general que cumple funciones sociales, culturales, educativas, económicas y de salud», «inspirada en el principio de igualdad efectiva y en la plena integración de las personas con discapacidad, personas mayores y los grupos de atención especial … reconociendo del derecho al deporte con carácter universal e imponiendo a todas las administraciones públicas el deber de garantizar el acceso de la ciudadanía a la practica del deporte en igualdad de condiciones y de oportunidades».

    Por lo tanto, partimos de la premisa de apoyar toda iniciativa deportiva que redunde en beneficio de la sociedad en general, y más aún, cuando en un evento como el que nos ocupa, no solo se dan cita deportistas de todas las edades, condiciones y niveles, sino que se congrega un gran número de personas que están o han estado enfermas de cáncer de mama, así como sus familias; y que su única finalidad es aportar, en la medida de sus posibilidades, su contribución al avance en el estudio de esta enfermedad y sus respuestas contra la misma.

    Los objetivos perseguidos por los colectivos promotores de esta iniciativa ciudadana merecen el reconocimiento y apoyo de toda la sociedad, así como de los poderes públicos.

    El pasado jueves 5 de Octubre, previo a la carrera, fue presentada oficialmente en el Ayuntamiento de Sevilla, con la presencia de cuatro deportistas sevillanas que iban a participar en la prueba: Almudena Rodríguez, María Pujol, Carmen Valle Atienza y Carmen Gutiérrez. Acudieron autoridades del Ayuntamiento de Sevilla, así como de la dirección del circuito nacional de la Carrera de la Mujer, entidades de apoyo y la Junta Provincial de Sevilla de la Asociación Española Contra el Cáncer.

    La organización, por su parte, destacó el fuerte apoyo recibido por parte del Ayuntamiento de Sevilla, su compromiso con el deporte femenino y el impulso para que la carrera volviera a celebrarse en el mítico escenario donde se ha desarrollado durante las diez primeras ediciones, entorno a la Plaza de España y el Parque de María Luisa de la ciudad de Sevilla.

    Esta convocatoria, ampliamente publicitada y aplaudida, supo despertar la adhesión de numerosas participantes y el apoyo de variados colectivos implicados en la lucha contra el cáncer y el apoyo a las personas afectadas.

    Cuando todo se disponía a servir de una movilización para fundir la solidaridad y el deporte, la convocatoria se ve súbitamente truncada con la cancelación de su celebración. La repentina decisión que implicaba la suspensión del evento suscitó de inmediato una confrontación de versiones y motivos entre los responsables municipales y la entidad organizadora.

    Por parte del Ayuntamiento de Sevilla se publicó el siguiente comunicado oficial:

    El gobierno aclara que la suspensión de la Carrera de la Mujer es responsabilidad exclusiva de la empresa privada que la organiza.

    La celebración de la Carrera de la Mujer en Sevilla ha sido suspendida por una decisión exclusiva de la empresa privada que organiza el evento que es la única responsable de que se cumplan las adecuadas medidas de seguridad y movilidad, así como que se garantice la adecuación a la normativa de ocupación del espacio público.

    Durante los últimos días se han sucedido los avisos dado que la empresa privada promotora del evento no había cumplido con los requisitos exigidos en materia de seguridad, movilidad y ocupación del espacio público dependiente de la Gerencia de Urbanismo, fundamentales para la autorización por parte de la Delegación de Seguridad, Movilidad y Fiestas Mayores.

    No obstante, durante los últimos días se ha venido trabajando de forma intensa con el único objetivo de no causar molestias y dar respuesta a las miles de personas que habían confiado en esta empresa privada y habían adquirido los dorsales para el evento, sobre todo dada la importancia que tienen para la ciudad los eventos deportivos en la vía pública.

    Por este motivo, se ha trabajado hasta el último momento y el dispositivo del Ayuntamiento estaba preparado para la celebración de la Carrera desde todas las áreas municipales, y así se le comunicó a la organización.

    En la inspección realizada en la mañana de hoy y tal y como se les había advertido se les comunicó que el dispositivo estaba preparado para la realización de la carrera pero que se mantenían incumplimientos administrativos en cuanto a la documentación y las autorizaciones necesarias para la celebración de un evento de estas características. Ante ese aviso, y de forma imprevista, la organización anunció la suspensión del evento al negarse a asumir cualquier tipo de responsabilidad administrativa que pudiera derivar”.

    Por su parte, la empresa organizadora -Motor Press Ibérica-, comunicó lo siguiente:

    El Ayuntamiento de Sevilla ha impedido dar la salida de la Carrera de la Mujer 2017, con 14.000 participantes ya preparadas para celebrar uno de los mayores festivales del deporte femenino en Europa

    Antes que nada queremos pedir disculpas a las 14.000 mujeres que hoy iban a formar una marea rosa maravillosa en las calles de Sevilla. Somos muy conscientes de la ilusión con la que afrontáis cada año la prueba, lo dentro que lleváis la Carrera de la Mujer, y la desilusión que os ha supuesto que hoy no os hayan dejado correr.

    El año pasado la prueba ya sufrió un cambio de recorrido comunicado apenas 72 horas antes de su celebración. Este año el Ayuntamiento de Sevilla propuso a la organización llevar el evento a la Isla de La Cartuja en un circuito que por las dimensiones de las calles hacía imposible albergar con un mínimo de seguridad a las 14.000 participantes, que igualmente hubieran tenido graves problemas para trasladarse a la salida ante la escasez de transporte público en domingo.

    Finalmente por parte del Ayuntamiento, se decidió retornar la Carrera de la Mujer al lugar donde se celebró desde su primera edición pero sólo este mismo lunes fue comunicada a la organización tal decisión, dándose a esta sólo 48 horas para poder entregar toda la documentación requerida que incluía un plan de autoprotección que nunca había sido solicitado para este evento. Fue preparada y entregada en tiempo récord en el Ayuntamiento, que este mismo jueves estuvo presente en la presentación en la que en ningún momento se refirió a problemas en la organización.

    Queremos dejar muy claro que desde el viernes por la tarde está en poder del Ayuntamiento absolutamente toda la documentación correcta para la celebración del evento. La organización, a pesar del perjuicio económico generado, ha decidido devolver íntegramente el importe de las inscripciones a todas las mujeres. Toda la información para esta devolución será publicada en la web oficial de la prueba.

    Motorpress Ibérica se reserva el derecho de emprender todas las acciones jurídicas y legales que estén en su mano para proteger sus derechos y su imagen. Tras 14 años celebrando esta prueba en España queremos transmitir nuestro más profundo pesar por los inconvenientes causados a todas las participantes y esperamos que la fuerza de la marea rosa sea lo suficientemente fuerte para superar este difícil momento para el evento deportivo y solidario más importante de Europa”.

    Sin perjuicio de profundizar más adelante en los detalles del caso, ambas versiones aluden a un intercambio de proyectos desde la entidad promotora y de correcciones que se requieren desde el Ayuntamiento. Se desprende, finalmente, que la definición del proyecto de carrera y las medidas adoptadas no obtuvieron la conformidad municipal para la realización del evento.

    En este sentido, se entiende oportuno que esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz tome mayor conocimiento de la situación, y en virtud de lo dispuesto en el art. 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, reguladora de esta Institución, se propone iniciar una actuación de oficio para que por parte del Ayuntamiento de Sevilla se informe al respecto y, en concreto, sobre los siguientes extremos:

    • Normativa aplicada a la tramitación y estudio de la solicitud para la organización del evento. Protocolos o procedimientos especiales diseñados por el Ayuntamiento para la formalización y tramitación de estos eventos o actividades en la vía pública.

    • Fecha de la solicitud formal para la celebración del evento y descripción de los aspectos sustanciales del proyecto de carrera en materia de seguridad, movilidad, ocupación del espacio público, etc.

    • Requerimientos municipales efectuados para su corrección o adecuación por la empresa organizadora en cada una de estas materias.

    • Resultado de la aplicación por la entidad promotora de las subsanaciones requeridas.

    • Título de licencia o autorización municipal, en su caso, para la celebración de la prueba y fecha de su expedición.

    • Revocación o resolución contraria, en su caso, de la celebración de la prueba y notificación a la entidad promotora.

    • Identidad del sujeto, entidad o autoridad que suspende la prueba.

    • Consecuencias que podrían derivar de dichas irregularidades o incumplimientos de haberse celebrado la prueba.

    15-10-2018 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

    Esta Institución formuló Resolución al Ayuntamiento de Sevilla con fecha 18 de Junio pasado, en relación con la cancelación de la Carrera de la Mujer 2017.

    A pesar de la inminente celebración de la edición de 2018 del mismo evento sin conocer el criterio del Ayuntamiento sobre las medidas propuestas por el Defensor del Pueblo Andaluz, hemos recibido el último día hábil previo al evento una contestación que procedemos a transcribir.

    En contestación al escrito presentado por la oficina del Excmo. Sr. Defensor del Pueblo, con referencia 17/5334, de fecha 21/06/18, relativo a la suspensión de la Carrera de la Mujer del pasado 8 de octubre, acusamos recibo del mismo y tendremos en consideración las recomendaciones que en el escrito se realizan, en atención a la transparencia en la gestión económica. Asimismo nos ajustaremos al procedimiento establecido por la normativa de aplicación y a tenor de las competencias que a este Instituto Municipal de Deportes le competen”.

    A la vista de lo aportado por el Ayuntamiento de Sevilla, debemos entender que han sido subsanadas las irregularidades puestas de manifiesto con motivo de la edición de 2017, en cuanto al procedimiento y plazos establecidos, así como la implementación de mecanismos de transparencia económica que permitan conocer las aportaciones finales percibidas para los fines sociales comprometidos.

    Por lo tanto, consideramos que el contenido de dicha Resolución ha sido asumido favorablemente, por lo que damos por concluidas nuestras actuaciones, procediendo con esta fecha al archivo del expediente de queja.

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