La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 11/3617 dirigida a Ayuntamiento de Padul (Granada)

ANTECEDENTES

En la queja 11/3617 se dirigió a nosotros la Presidenta de una asociación de vecinos del municipio granadino de Padul trasladándonos el descontento vecinal con las carencias y deficiencias de urbanización e infraestructuras que presentaba la urbanización donde residían. Estimaba que tanto el Ayuntamiento, como la entidad promotora de la urbanización, estaban incumpliendo sus responsabilidades ante la falta de terminación y las deficiencias que presentaba la urbanización y que los residentes sufrían sus consecuencias.

Tras admitir a trámite la queja e interesar informe al Ayuntamiento de Padul, éste, en una primera respuesta, nos daba cuenta de las diversas circunstancias que habían determinado que, hasta aquel momento, no hubiera sido posible recepcionar la urbanización, ni constituir la entidad de conservación.

De esta respuesta dimos traslado a la asociación de vecinos para que presentara sus alegaciones. Cuando las recibimos, interesamos un nuevo informe al Ayuntamiento para que nos informara del resultado del requerimiento que había formulado al promotor de la urbanización y, en el caso de que el mismo ya hubiera dado cuenta de las actuaciones que fuera a emprender, la fecha de inicio y el plazo de ejecución, así como en caso contrario, de las gestiones que hubiera realizado el Ayuntamiento para que las deficiencias y carencias de la urbanización quedaran subsanadas en el menor plazo de tiempo posible.

Posteriormente conocimos la compleja situación judicial del conflicto existente con el promotor de la urbanización, aunque el Ayuntamiento había iniciado los estudios técnicos de las obras a ejecutar con el fin de instar al promotor a efectuarlas, por lo que continuamos actuaciones para conocer el estado de tramitación de este expediente y el contenido de la sentencia que, en su día, se dictara en el recurso de casación interpuesto por la promotora de la urbanización

CONSIDERACIONES

Sin perjuicio de ello y comprendiendo las limitaciones que la actual crisis económica puede suponer para la disposición de fondos municipales en orden a abordar la elaboración del proyecto de obras de reparación de la urbanización, así como para afrontar -ante la previsible negativa del promotor a la ejecución voluntaria de las obras necesarias que el proyecto determine- las actuaciones que procedan para la recepción de la urbanización, entendemos que los muchos años transcurridos desde que los vecinos vienen demandando una solución para las carencias que padecen, exigen que esa Administración Municipal impulse con la mayor diligencia posible cuantas actuaciones sean procedentes para su solución.

En tal orden de cosas, esta Institución considera que -a pesar de las carencias económicas que afectan a las Corporaciones Municipales que, en muchos casos, se encuentran con muchas dificultades para ejercer sus competencias y prestar servicios básicos- todas las Administraciones deben agotar sus esfuerzos para atender demandas ciudadanas de colectivos que, como las de los residentes en esta Urbanización, desde hace tantos años vienen reclamando y que, tampoco en los años de bonanza económica, fueron atendidas.

 

A la vista de todo ello y de conformidad con lo establecido en el artículo 29, apartado 1, de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, se formula la siguiente

RESOLUCIÓN

RECOMENDACIÓN 1: Para que, conforme al modelo constitucional de Administración al servicio de la ciudadanía, por parte de ese Ayuntamiento se impulse la elaboración y aprobación a la mayor brevedad posible del anunciado proyecto de obras de reparación de la Urbanización Valle del Puntal y, en el caso de resultar procedente, se requiera la ejecución de las obras que el mismo recoja, conforme a lo ya comprometido por esa Corporación Municipal, a su promotor de forma que sea factible recepcionar la misma contando con los servicios e infraestructuras que la legislación urbanística exige.

RECOMENDACIÓN 2: para que, igualmente que se establezca un plazo máximo en que el aludido proyecto deberá estar concluido y aprobado por ese Ayuntamiento el correspondiente requerimiento al promotor para la ejecución de las obras que hagan posible la recepción tantos años pendiente de las obras de urbanización

José Chamizo de la Rubia<br/> Defensor del Pueblo Andaluz en funciones

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 12/7177 dirigida a Consejería de Cultura y Deporte

21-03-2013

Desde hace tiempo, la Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha venido detectando que por parte de la Administración cultural andaluza se ha hecho una interpretación excesivamente rigorista y restrictiva del derecho de acceso a archivos y registros previsto en el ordenamiento.

A nuestro entender, tal hecho afecta negativamente al derecho de participación de la ciudadanía en asuntos públicos y, por consiguiente, al buen gobierno; y resulta contradictorio con iniciativas legislativas que está habiendo sobre transparencia en las Administraciones Públicas.

Por tal motivo, se dirigió Resolución al Sr. Consejero de Cultura y Deportes de la Junta de Andalucía sugiriéndole que dictase las instrucciones necesarias para que los organismos dependientes de dicha Consejería no obstaculizasen, de forma indebida, el derecho de acceso a la información en materia de cultura, asumiendo por tanto criterios de transparencia y fomento de la participación ciudadana.

Tal sugerencia ha sido aceptada por la Consejería de Cultura y Deportes, que ha manifestando estar de acuerdo, con carácter general, con los argumentos de este Defensor del Pueblo Andaluz.

"Pido la palabra" programa de Canal Sur invitó a Jose Chamizo


José Chamizo en el programa de Canal Sur "Pido la palabra".

El Defensor respondió a las inquietudes ciudadanas que versaron sobre diferentes temas con especial incidencia en la crisis económica y en las graves consecuencias que ésta está teniendo sobre los colectivos más desfavorecidos.

Vea su intervención pulsando la siguiente imagen o más abajo insertado en esta página.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 12/5197 dirigida a Ayuntamiento de Umbrete (Sevilla)

ANTECEDENTES

El interesado de la queja 12/5197 nos exponía que en Marzo de 2012, paseando por el municipio sevillano de Umbrete, cruzó la calle por el paso de cebra. Tras ello, le llamó un agente de la policía local, pidiéndole el DNI y, siempre según el interesado, colaboró en todo momento con las indicaciones que le hacía el agente. Posteriormente, recibió una sanción de 222,40 euros y retirada de cuatro puntos del carné de conducir por desobediencia y dada la gravedad del caso. Alegó contra ello al Ayuntamiento, pero la sanción devino en firme. El interesado acudía a la Institución no por la sanción económica, que en definitiva asumía aunque la consideraba desproporcionada, sino por la retirada de cuatro puntos del carné de conducir por una presunta falta cometida como peatón. Indicaba, textualmente, lo siguiente: “Yo trabajo de camionero asalariado, si me quitan el carné de conducir perdería el trabajo y la ruina llegaría a mi casa, tengo 54 años y mi familia depende sólo de mí. Me queda la duda de cómo le quitan los puntos al que no tenga carné de conducir porque entonces se produce un agravio comparativo por la misma falta”.

Tras admitir a trámite la queja e interesar informe al Ayuntamiento de Umbrete, en su respuesta éste nos trasladó el informe emitido por la Jefatura de Policía Local del municipio, en el que el agente de la policía local se ratificaba en la sanción

CONSIDERACIONES

En relación con lo que nos manifiesta, ya exponíamos a ese Ayuntamiento que el interesado asumía la multa impuesta (de hecho ya la ha abonado), pero que su preocupación y el objeto principal de su escrito de queja era el grave perjuicio que le ocasionaba la retirada de 4 puntos del carné de conducir, ya que se dedica a la actividad profesional de conductor y constituye el principal sustento económico de su familia.

No se indica nada al respecto en su respuesta, por lo que ignoramos si se han llevado a cabo gestiones por parte de ese Ayuntamiento para la retirada de dichos 4 puntos. Por ello, queremos remitirnos a que, de acuerdo con el Anexo II del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en su penúltimo párrafo, «la pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir». Resultando que los hechos sancionados no tienen relación con la conducción de vehículo alguno, puesto que el afectado circulaba como peatón, no resulta admisible la retirada de puntos de la que se advierte.

 

A la vista de todo ello y de conformidad con lo establecido en el artículo 29, apartado 1, de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, se formula la siguiente

RESOLUCIÓN

RECORDATORIO del deber legal de atenerse a lo establecido en el penúltimo párrafo del Anexo II del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y, en consecuencia, del deber de dejar sin efecto la sanción impuesta al reclamante en lo que se refiere a la retirada de puntos

José Chamizo de la Rubia<br/> Defensor del Pueblo Andaluz en funciones

Chamizo pide no abusar de las ocupaciones de edificios

Medio: 
El País Andalucía
Fecha: 
Vie, 28/12/2012
Noticia en PDF: 
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Chamizo pide no abusar de las ocupaciones de edificios

Hoy, entre las 21 y 22 horas, en el programa de la Cada Ser "Hora 25" el Defensor del Pueblo Andaluz será entrevistado por Angels Barceló sobre la situación de los presos españoles encarcelados en Marruecos.

La Plataforma de Ciudadanos por las Fabricas y Agaden presentan una queja conjunta contra la delegación provincial de medio ambiente

Medio: 
Radio Sol Los Barrios
Fecha: 
Mié, 26/12/2012

La queja se presenta en la oficina del defensor del pueblo andaluz, solicitandoles el acceso a la información que la ley reconoce para todos los ciudadanos.

El escrito se basa en la negación de información sobre los expedientes sancionadores que en el año 2007 se iniciaron por la obras ilegales de la finca la Gertrudis donde se pretendía instalar una papelera y en la posibilidad de que dicha sanción prescriba.

Más información en http://radiosol.wordpress.com/

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Destacado: 
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La Plataforma de Ciudadanos por las Fabricas y Agaden presentan una queja conjunta contra la delegación provincial de medio ambiente

Situación crítica de los cobros por formación

Medio: 
Ideal de Granada
Fecha: 
Jue, 27/12/2012
Noticia en PDF: 
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Destacado: 
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Titulo Destacado: 
Situación crítica de los cobros por formación

Programa Verde Verde de 5-4-2013. Canal Sur Radio

Presentamos una nueva publicación en formato de Guía práctica para contribuir a la promoción y más efectiva protección de los derechos de la ciudadanía en unos ámbitos donde es frecuente su vulneración y en los que suele existir un desequilibrio importante entre quienes pretenden ejercitarlos y quienes deben dar cumplimiento a los mismos. Esta publicación se ha realizado con la colaboración de Ecologistas en Acción.

Desde 2006 existe en nuestro País una Ley, la Ley 27/2006, que proclama en su título su pretensión de garantizar y regular el ejercicio por la ciudadanía de su derecho de acceso a la información ambiental.

Después de la aprobación de esta Ley, hace ya seis años, siguen siendo muchas las quejas que esta Institución recibe de personas y especialmente de asociaciones que ven sistemáticamente denegado su derecho de acceso a la información ambiental.

La presente Guía tiene como cometido contribuir al logro de una mayor efectividad del derecho de acceso a la información ambiental.

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