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A finales del pasado mes de Noviembre de 2012, se denunció ante este Comisionado, por la persona afectada, la demora por parte de la Secretaría General para la Administración Pública (SGAP), en la ejecución de una sentencia dictada y declarada firme, en el recurso 1884/2005, por que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.
Las declaraciones contenidas en el fallo judicial, concedían al interesado un incremento en la puntuación de la fase de concurso del proceso selectivo de acceso al Cuerpo General de Administrativo de la Junta de Andalucía (de la Oferta de Empleo Público de 2002), que daba lugar a la obtención de su nombramiento como funcionario de carrera
Tras haberse dirigido a la Administración instándole a la ejecución del fallo judicial, sin alcanzar su pretensión, el Defensor del Pueblo Andaluz instó a la SGAP, proceder a la ejecución de la resolución judicial, sin perjuicio de que corresponde a los Jueces la obligación de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.
Con fecha 7 de febrero de 2013, la SGAP, dicta Resolución por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia, reconociéndose el derecho del interesado a ser incluido en el listado de aprobados, modificando, asimismo, la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 25 de enero de 2005, en el sentido de nombrar funcionario de carrera al interesado.
Tras la publicación de la ejecución de la sentencia en el BOJA de 14 de febrero de 2013 y su nombramiento como funcionario de carrera, el interesado ha tomado posesión de su cargo, cuyos efectos administrativos tendrán carácter retroactivo al día 22 de febrero de 2005.
El Defensor del Pueblo Andaluz ya recomendó, en Junio de 2011, que el Ayuntamiento de Sevilla adoptara cuantas medidas fueran necesarias para tutelar de manera efectiva el derecho de los ciudadanos que habían depositado una cantidad de dinero en concepto de reserva de plaza a que se les devolviera esta cantidad.
En los medios de comunicación se ha publicado que el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sevilla devolverá la fianza de mil euros por los aparcamientos sin construir.
Sobre esta cuestión, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz inició una actuación de oficio, a través de la queja 11/2151, en la que formuló, el 17 de Junio de 2011, una resolución que está publicada en nuestra página web.
De ese texto destacamos la siguiente Recomendación: “para que se adopten cuantas medidas sean necesarias para tutelar de manera efectiva el derecho de los ciudadanos que habían depositado una cantidad de dinero en concepto de reserva de plaza, no prevista en las normas que rigen la concesión ni en el contenido del modelo contractual aprobado por el Ayuntamiento, a que se le devuelva esta cantidad. Ello, sin perjuicio de las medidas adicionales que sean procedentes adoptar si efectivamente la empresa Equipark ha vulnerado la normativa que rige la concesión administrativa y los subsiguientes contratos de adjudicación de plazas”.