La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/4011 dirigida a Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz), Consejería de la Presidencia e Igualdad, Instituto Andaluz de la Mujer

A raíz de noticias publicadas en diversos medios de comunicación, esta Institución ha tenido conocimiento de la muerte, el día 12 de Junio de 2013, de una mujer de 21 años (M.T.R.), en Jerez de la Frontera, Cádiz, que fue apuñalada mientras huía de su agresor -presuntamente su expareja, G.J.G.- pidiendo auxilio, cuando se dirigía a cursar sus estudios en la Escuela de Hostelería. Ella era madre de un niño de meses.

Según las noticias periodísticas, no había interpuesta solicitud de alejamiento ni denuncia por malos tratos entre ambos; tampoco las había en el Ayuntamiento, aunque vecinos del barrio aseguran que la víctima dijo que se sentía amenazada, que desde niño fue un chico violento y que iba diciendo que su hijo no tendría otro padre que él y ninguno más, y que si su novia no era para él no sería para nadie.

El presunto agresor que, al parecer, tiene antecedentes delictivos por delitos contra las personas por robo con violencia y amenazas graves, fue retenido por varios testigos hasta la llegada de la Policía y ya se encuentra ingresado en el complejo penitenciario de El Puerto. Al parecer, es politoxicómano.

A la vista de los hechos expuestos, y siguiendo la línea ya emprendida por esta Defensoría, en materia de defensa de los derechos fundamentales consagrados en los artículos 10 y 15 de la Constitución Española, especialmente en el caso que nos ocupa, cuando la presunta violación de los mismos afecten a las mujeres y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 16 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, según el cual las mujeres tienen derecho a una protección integral contra la violencia de género, que incluirá medidas preventivas, medidas asistenciales y ayudas públicas, se propone la incoación de queja de oficio.

Comedores escolares también en verano

Medio: 
La Voz de Almería
Fecha: 
Dom, 07/07/2013
Noticia en PDF: 
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-
Destacado: 
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Provincia: 
Almería

El Defensor del Pueblo preocupado por la situación de trata de menores

Medio: 
El Faro de Ceuta
Fecha: 
Dom, 07/07/2013
Noticia en PDF: 
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-
Destacado: 
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Provincia: 
ANDALUCÍA

Un pivote por la vía penal

Medio: 
Ideal de Granada
Fecha: 
Sáb, 06/07/2013
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-
Destacado: 
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Provincia: 
Granada

¿Qué se puede hacer ante un desahucio o un lanzamiento sobre nuestra vivienda habitual?

 

 

 

Fecha: 
Mar, 09/07/2013

"Reivindico la necesidad de la transparencia y limpieza ética de la política"

Medio: 
VIVA MEDINA
Fecha: 
Mar, 09/07/2013
Noticia en PDF: 
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-
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Provincia: 
ANDALUCÍA

¿Cobrar solo por existir?

Medio: 
El País
Fecha: 
Dom, 07/07/2013
Provincia: 
ANDALUCÍA

Queja número 13/1432

Nos indican, que para poder facilitarle un certificado académicos de los estudios de Formación Profesional, con plena validez académica y laboral en todo el territorio de la Unión Europea, puede dirigirse o bien al centro docente en el que los realizó o a la propia Delegación Territorial de Granada (c/ Gran Vía,56 – Telf:958.02.90.00), donde podrán informarle de la documentación que ha de presentar para que dicho certificado pueda serle expedido.

La interesada nos expone que, aún habiendo concluido el ciclo formativo de Formación Profesional en Audiología Protésica en el curso 2010-2011, todavía no se le había facilitado el Diploma correspondiente, lo que le estaba impidiendo poder convalidar sus estudios en Francia y, por lo tanto, ejercer su profesión. 0), donde podrán informarle de la documentación que ha de presentar para que dicho certificado pueda serle expedido.

Queja número 13/0802

Tras la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Sevilla ha autorizado el cambio en la ubicación de unos contenedores de basura que provocaban, debido a su cercanía a una vivienda, un ambiente insalubre e inadecuado, agravado con la circunstancia de que uno de los residentes en dicha vivienda padece problemas respiratorios.

La interesada de esta queja indicaba en la misma que en las inmediaciones de su vivienda, a tan sólo 15 cm. de la ventana de su dormitorio, se encontraban localizados unos contenedores de basura. Dado que los vecinos incumplían las normas sobre depósito de residuos y la falta de limpieza de los mismos, el entorno en que se encontraban era insalubre para todos los vecinos, pero especialmente para su familia debido a las circunstancias que nos trasladaba. Esto se agravaba porque uno de los residentes en la vivienda tenía una enfermedad respiratoria y no se podía ventilar adecuadamente la habitación. Habían solicitado al Ayuntamiento de Sevilla y, en concreto, a LIPASAM, que se cambiara la ubicación de los contenedores, pero todas estas actuaciones habían resultado infructuosas.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de Sevilla, finalmente hemos conocido que LIPASAM ha accedido a la pretensión de esta ciudadana y se va a cambiar la ubicación de los contenedores a otro lugar. 

Queja número 12/2028

Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Lepe y la interesada que presentó queja, han estimado oportuno resolver, de forma convencional, un expediente de responsabilidad patrimonial por daños en una vivienda.

La interesada presentó queja en esta Institución por la falta de respuesta expresa del Ayuntamiento de Lepe (Huelva) a su solicitud de reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños sufridos en su vivienda, ocasionados a raíz del otorgamiento improcedente de una licencia de apertura a un obrador de panadería; licencia que resultó posteriormente anulada.

En esta queja se formuló, el 21 de Diciembre de 2012, al citado Ayuntamiento Recordatorio del deber legal de dictar resolución expresa en todos los procedimiento y Recomendación para que resolviera, a la mayor brevedad posible, el expediente de responsabilidad patrimonial incoado a instancias de la promotora de la queja. Como respuesta a esta resolución, el Ayuntamiento nos ha indicado que se ha convenido con la interesada “la terminación convencional del procedimiento mediante reparación in natura de los daños ocasionados en la medianera y demás zonas de su vivienda” con el local donde se ubicaba la actividad de obrador de panadería, así como en aquellas otras zonas que pudieran haberse afectado según el criterio municipal. Estas obras han sido realizadas con los medios propios municipales, en aquellos momentos en fase de ejecución.

Dado que esta terminación convencional, satisfactorio para los intereses de la promotora de la queja, suponía la terminación expresa del procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado por la  interesada, entendimos que había sido aceptada nuestra resolución, dando así por concluidas nuestras actuaciones. 

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