La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 22/7674

La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a las peticiones dirigidas por un colectivo de padres y madres en relación a los impactos convivenciales derivados del comportamiento de un alumno en un Centro de Educación infantil y primaria (CEIP) en la provincia de Sevilla.

Solicitamos el necesario informe ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Sevilla, que fue recibido:

En relación con la modalidad de escolarización de este alumno, hay que indicar que son dos dictámenes (tanto el anterior, de 22 de enero de 2020, como el actual, de 3 de noviembre de 2021) los que han determinado que aquélla ha de ser la de grupo ordinario con apoyos en periodos variables.

Desde la llegada del alumno, el centro ha realizado muchas actuaciones en aras de conseguir tanto la adaptación del alumno al centro como la del centro a las características de este alumno. Pese a las inquietudes iniciales generadas tanto en el profesorado y profesionales que intervienen con el alumno como con el alumnado del grupo y en sus familias, las muchas y variadas actuaciones llevadas a cabo por el centro parecen haber surtido efecto. Se ha dado además cumplimiento a la necesidad de realizar las intervenciones multidisciplinares y de coordinación intersectorial de las que habla la normativa de aplicación. El centro mantiene relación constante con diferentes agentes externos al centro para lograr una actuación coordinada de todos ellos. Además, tiene establecido un procedimiento claro de actuación tanto con el alumno como con su grupo para hacer frente a los momentos en los que presenta episodios de agresividad".

A la vista de la citada información, y sin otros datos añadidos sobre la situación, podemos deducir que la cuestión ha sido debidamente abordada y, en principio, obteniendo resultados cuando menos esperanzadores que corrigen la situación expresada en la queja.

Pensamos que es en este escenario de reacción y diálogo en el que se debe abordar las necesidades de fondo y continuar ofreciendo eficientemente las atenciones y singularidades que están definidas en las evaluaciones y dictámenes realizados para atender al alumno afectado y, por añadidura, al alumnado que le acompaña en el aula.

Para ello debemos insistir en la efectiva disposición de los recursos que se determinan en las condiciones de escolarización en los que resulta esencial el cuidadoso seguimiento del alumno a cargo de los equipos del centro educativo, añadiendo además un esfuerzo explicativo y participativo hacia las familias.

Por ello acostumbramos a insistir en la importancia de concretar al máximo las labores de intervención de todos estos profesionales incluidos en la atención al alumno con NEAE y poder disponer de elementos de seguimiento de estos trabajos volcados en los demás menores. E, insistimos, aportando una labor comunicativa y de estrecha relación con las familias

En todo caso, y a tenor del informe recibido y analizado, procede concluir nuestras actuaciones y, como acostumbramos a señalar en este tipo de situaciones, entendemos que el asunto merecerá un análisis y un seguimiento a cargo de todos los servicios educativos y contando, desde luego, con la aportación de la comprometida aportación de las familias del CEIP.

        Sanidad, medio ambiente y empadronamiento, entre las preocupaciones de la ciudadanía de Linares que acude al Defensor del Pueblo andaluz

        El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha señalado hoy algunos temas sanitarios, medioambientales, como el caso de la contaminación acústica, y problemas para lograr el empadronamiento, como algunos de los asuntos que preocupan a la ciudadanía de Linares que, desde ayer martes, está acudiendo a la oficina móvil que el Defensor ha desplazado a la ciudad.

        En una visita al Ayuntamiento linarense, el Defensor del Pueblo andaluz ha comentado las condiciones de una ciudad como Linares "en las que debemos amortiguar el dolor" y donde la Defensoría tiene la obligación de defender y proteger los derechos de sus vecinos y vecinas. "¿Qué hace falta?", ha preguntado Jesús Maeztu, quien ha señalado que "la ciudadanía de esta comarca de Sierra Morena tiene los mismos derechos que otros territorios, y el Defensor es una palanca de esperanza y cambio para superar la depresión que pueda tenerse económicamente por ejemplo".

        El Defensor ha señalado asuntos de sanidad tras reunirse ayer tarde con asociaciones, como la falta de neurólogos, la escasez y falta de estabilidad laboral de especialistas que tratan la fibromialgia, y otros retrasos en derivaciones y listas de espera en asuntos de neurología, salud mental, aparato digestivo, reumatología... "Todos esos temas hace falta sacarlo", ha subrayado el Defensor, quien también ha destacado la reunión que mantiene con trabajadores sociales de la comarca, unos cuarenta profesionales.

        El Defensor ha señalado que ha acometido 41 visitas comarcales, y esta es la cuarta en Jaén tras las comarcas de Segura y Las Villas, La Loma y Jaén capital. Entre 2022 y 2023 esta comarca ha remitido un centenar de quejas y consultas al Defensor.

        La Oficina de Información y Atención Ciudadana (OIAC) está atendiendo en la sede de la Casa de la Juventud (calle Federico Ramírez, 6) en un horario de 9:30 a 14:00 y de 17:00 a 19:00 horas. Esta comarca reúne a los vecinos y vecinas de Aldeaquemada, Bailén, Baños de la Encina, Carboneros, Guarromán, Jabalquinto, La Carolina, Linares y Santa Elena.

        El objetivo de esta visita presencial del Defensor del Pueblo es acercar los servicios de la Institución con el fin de garantizar los derechos frente a la actuación de las administraciones públicas en vivienda, salud, educación, servicios sociales, medio ambiente, justicia o transporte público, así como en cuestiones relacionadas con los servicios de interés general, caso de reclamaciones de telefonía, entidades financieras y suministros de luz y agua.

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        El Defensor del Pueblo andaluz revela las dilaciones en la valoración entre las principales quejas recibidas en materia de discapacidad

        El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, ha comparecido hoy ante la Comisión sobre Derechos y Atención a las Personas con Discapacidad del Parlamento de Andalucía para informar sobre el balance de las principales quejas recibidas y las actuaciones desplegadas por la Institución en materia de discapacidad.

        El Defensor ha hecho mención al Informe Anual 2022 y ha subrayado, en primer lugar, las acusadas dilaciones en la valoración, apreciadas a través de las quejas individuales recibidas, y que determinaron una investigación de oficio.

        Asimismo, Jesús Maeztu ha destacado el desarrollo reglamentario de la organización y funciones de los Centros de Valoración y Orientación de personas con discapacidad, así como el procedimiento administrativo de reconocimiento de grado de discapacidad, asuntos sobre los que esta Institución venía instando con insistencia desde hace años, y que ha encontrado respuesta normativa.

        El Defensor ha apuntado también a la dotación de personal en los Centros de Valoración y Orientación, lamentando que no haya tenido lugar esta actualización de personal, y la ausencia de información sobre los tiempos medios de respuesta para la valoración y revisión del grado de discapacidad y la adecuación de los puestos de trabajo de los Centros.

        Por ello el Defensor ha señalado que, “en la actualidad, nuestra Institución continúa asistiendo a la recepción diaria de multitud de quejas que describen demoras inadmisibles en la respuesta de los Centros de Valoración y Orientación de la Discapacidad a las solicitudes de valoración inicial de la discapacidad o de revisión del grado, unido a una falta de información sobre qué hacer y la desesperanza de no saberse asistido por lo que entienden un atropello en su esfera de derechos”.

        “Contamos con testimonio de personas mayores con mal pronóstico vital, que no pueden esperar los tiempos de espera descritos, menores que precisan de intervención por parte de la Administración para poder acceder a recursos públicos y a las prestaciones pertinentes y, sobre todo, personas sin empleo cuya pretensión es la de poder contar con un instrumento que favorezca su inserción laboral, accediendo a los empleos reservados para quienes cuentan con dicho reconocimiento”, ha afirmado.

        Entre otras cuestiones, el Defensor ha apuntado además a las reclamaciones para la obtención de la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, así como ha llamado la atención sobre la función que desempeñan las instituciones tutelares de las personas sujetas a medidas judiciales de apoyo y sus eventuales carencias, sobre lo que ha iniciado una actuación de oficio.

          La Oficina de Información y Atención Ciudadana se desplaza a Linares el 18 y 19 de abril

          La Oficina de Información y Atención Ciudadana (OIAC) del Defensor del Pueblo andaluz se desplaza a la localidad de Linares los días 18 y 19 de abril para atender las quejas y consultas que quieran hacerle llegar la ciudadanía. En concreto, esta Oficina atenderá en la sede de la Casa de la Juventud (calle Federico Ramírez, 6) en un horario de 9:30 a 14:00 y de 17:00 a 19:00 horas.

          El objetivo de esta visita presencial es acercar los servicios de la Institución a los vecinos y vecinas de esta comarca con el fin de garantizar sus derechos frente a la actuación de las administraciones públicas en vivienda, salud, educación, servicios sociales, medio ambiente, justicia o transporte público, así como en cuestiones relacionadas con los servicios de interés general, caso de reclamaciones de telefonía, entidades financieras y suministros de luz y agua.

          Con el fin de prestar el mejor servicio a las personas o colectivos que se dirigen personalmente a la Oficina, se recomienda cita previa llamando al teléfono 954 21 21 21 o enviando un correo electrónico a citapreviadpa@defensor-and.es. También se puede concertar la cita a través de nuestras principales redes sociales: facebook o twitter.

            Queja número 23/0587

            En esta Institución se ha tramitado expediente de queja a instancia de parte, referente a la demora por parte de la administración en contestar a la solicitud de la Pensión No Contributiva de Invalidez, solicitada en junio de 2022.

             

            Recibido el informe solicitado a la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Granada, ésta nos comunica que se le ha concedido la PNC de Invalidez a la persona interesada.

            Queja número 22/8126

            La presente queja fue tramitada por esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, en relación con las medidas para garantizar el acceso y dispensación de medicación para la alumna afectada.

            Las actuaciones emprendidas se dirigieron a requerir información ante los servicios de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Sevilla. En el informe recibido el 16 de febrero de 2023 se recoge con detalle y argumentación el régimen normativo regulador de estas situaciones. El informe relata:

            En las actuaciones realizadas por el Inspector, se ha podido acreditar, que ambos progenitores han acudido a los requerimientos realizados por el centro educativo, cuando la menor ha precisado de la administración de insulina, teniendo en cuenta, que el informe médico indica la necesidad que dicha actividad precisa de supervisión.

            Asimismo, servicios sociales les ha dado un plazo de un mes (hasta el 16 de febrero), para que la menor trabaje la autonomía y gestión de la auto-administración del tratamiento. Finalizado dicho periodo, se tomarán las decisiones sobre la administración de la insulina por parte de la menor, informando al centro educativo.

            En este sentido, la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, establece en su articulo 11, que ‘Las Administraciones Públicas deberán tener en cuenta las necesidades de los menores al ejercer sus competencias, especialmente en materia de control sobre productos alimenticios, consumo, vivienda, educación, sanidad […]’

            De igual forma, la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía, indica en su artículo 49, que ‘Las administraciones públicas de Andalucía garantizarán el derecho a la salud de las niñas, niños y adolescentes, fomentando la educación para la salud’.

            En último lugar, el Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial, indica en su artículo 3, apartado g), que el alumnado tiene derecho ‘A la educación que favorezca la asunción de una vida responsable para el logro de una sociedad libre e igualitaria, así como a la adquisición de hábitos de vida saludable [...]’.

            Dado que la menor precisa de supervisión para poder administrarse la insulina, y que en la actualidad se encuentra en formación en servicios sociales del Hospital, para trabajar la autonomía y gestión de la autoadministración del tratamiento, ambos progenitores deberán acudir al centro educativo cada vez que sea preciso, como han hecho hasta ahora, para ayudar a su hija, en su administración.

            Finalizado el periodo de aprendizaje fijado por servicios sociales (16 de febrero), para que la alumna sea autónoma y se administre la insulina, con absoluta garantía para su salud, ambos progenitores deberán comunicar a la dirección del centro, la decisión tomada sobre la pertinencia de que su hija se medique de forma autónoma.

            CONCLUSIONES Y PROPUESTAS

            Atendiendo a la fundamentación de los hechos se concluye, que la menor precisa de supervisión para poder administrarse la insulina, y que en la actualidad se encuentra en formación en servicios sociales del Hospital, para trabajar la autonomía y gestión de la autoadministración del tratamiento, ambos progenitores deberán acudir al centro educativo cada vez que sea preciso, como han hecho hasta ahora, para ayudar a su hija en su administración.

            Finalizado el periodo de aprendizaje fijado por servicios sociales (16 de febrero), para que la alumna sea autónoma y se administre la insulina, con absoluta garantía para su salud, ambos progenitores deberán comunicar a la dirección del centro, la decisión tomada sobre la pertinencia de que su hija se medique de forma autónoma”.

            En atención al informe recibido desde los servicios educativos, podemos considerar que quedan registradas las actuaciones realizadas para el estudio de la situación creada para garantizar, en suma, la adecuada dispensación de la menor de la mediación que exige su patología. Del mismo modo, se han recogido los trabajos de los servicios hospitalarios y de las gestiones realizadas desde el personal del centro educativo.

            Comprendiendo la preocupación generada por encontrar el diseño más adecuado para facilitar esta dispensación a cargo de la propia menor, se relatan las medidas de aprendizaje y manejo que se siguen por los responsables médicos al igual que su seguimiento a cargo de los progenitores y del personal del centro educativo. Y así, se ha comunicado el plazo transitorio que se concluía el pasado 16 de febrero para preparar a la menor en su gestión autónoma de la insulina que precisa.

            Por ello, y a falta de nuevas observaciones sobre el caso, hemos de considerar que el asunto abordado se encuentra en vías de solución necesitando el periodo necesario para comprobar sus resultados en el manejo autónomo de la menor en la aplicación de las dosis prescritas. Ciertamente, el caso descrito genera igualmente la importancia de ofrecer la máxima colaboración de los progenitores y del personal educativo durante la jornada de presencia de la alumna en el centro.

            Sí solicitamos que se mantenga informada a esta Institución de la aplicación concreta de las medidas recogidas en el informe de la Inspección, en consonancia con el repertorio normativo que oportunamente ha ofrecido la Delegación Territorial en garantía del derecho a la protección la salud y a la educación de la menor.

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