La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 16/5348

Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, los vecinos solicitantes conocen que el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, admitiendo a trámite su petición, ha iniciado el procedimiento administrativo para la declaración de Zona Acústicamente Saturada de un espacio situado entre las calles San Pablo y Caballeros.

En su escrito de queja, los interesados indicaban que, junto a otras personas, habían solicitado, en enero de 2015, al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz) que la zona situada entre las calles San Pablo y Caballeros, en el tramo comprendido entre plaza Arenal y calle San Pablo, fuera declarada Zona Acústicamente Saturada “dada la existencia de diez establecimientos hosteleros”. Después de ello, sabían que otros vecinos se habían adherido a la propuesta, pero que desde entonces no habían obtenido ninguna notificación por parte del citado Ayuntamiento.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, éste nos indicó que tras realizar los informes técnicos preceptivos, en octubre de 2016 se inició el procedimiento de declaración de Zona Acústicamente Saturada, tal y como habían solicitado los interesados. En aquellos momentos se encontraba el expediente en fase de información pública, hecho éste que se había notificado a los proponentes de la queja.

Con ello, entendimos que se había aceptado la pretensión de los mismos, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

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Medio: 
El País
Fecha: 
Vie, 10/03/2017
Temas: 
Presentación del Informe Especial de "Acoso Escolar y Ciberacoso" en comisión parlamentaria

El Defensor del Pueblo Andaluz y Defensor del Menor de Andalucía, Jesús Maeztu, ha presentado este jueves, 9 de marzo, el Informe Especial "Acoso Escolar y Ciberacoso: Prevención, Detección y Recuperación de las Víctimas" en la Comisión de Educación del Parlamento de Andalucía. El presente informe del Defensor del Menor de Andalucía supone una aproximación al acoso escolar y al ciberacoso desde la perspectiva de esta institución, que ya desde finales de la década de los 90 comenzó a interesarse por este fenómeno. El informe parte de una definición del acoso escolar, sus modalidades, causas y responsabilidades, así como se detiene en la aparición del ciberacoso o en la incidencia de este tipo de maltrato entre iguales en la comunidad autónoma de Andalucía.

  • Demandamos que el acoso escolar y el ciberacoso no permanezcan ocultos

  • Demandamos que prime el interés superior del menor a la hora de intervenir, tanto con las víctimas, como con los agresores.

  • El acoso escolar y el ciberacoso son formas de violencia entre iguales. Ningún niño o adolescente puede ser maltratado por sus compañeros sin merecer la justa respuesta de protección y tutela.

  • Pedimos un Plan integral de convivencia escolar en la Comunidad Autónoma de Andalucía

  • La escuela, junto con la familia, principales escenarios donde niños y niñas han de gozar de mayor protección frente a actos violentos

  • Los centros escolares deben disponer de todos recursos de los protocolos contra el acoso escolar y el ciberacoso

  • Es fundamental la participación de los menores en la resolución de los conflictos menos graves a través de los sistemas de mediación.

  • Ciberacoso: Los padres deberían ejercer una labor de supervisión y control en el uso de las TICs

  • Luchar contra el acoso y el ciberacoso no puede realizarse exclusivamente desde la institución educativa

 

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Medio: 
El Mundo
Fecha: 
Jue, 09/03/2017
Temas: 
    DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER. Por la eliminación de todas las formas de discriminación a la mujer

     

    • Reiteramos la necesidad de tener en cuenta la dimensión de la igualdad de género a la hora de abordar los problemas de nuestra sociedad.

       

    • Urge un cambio en el concepto de igualdad de género, más amplio del existente: no solamente igualdad de jure sino también de facto.

       

    • La falta de igualdad se sigue manifestando con toda su crudeza, como es el caso de la violencia contra las mujeres.

       

    • El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación

     

    Sevilla, 8 de marzo de 2017. La eliminación de los tratos discriminatorios contra cualquier grupo se configura como un factor determinante para un desarrollo más equitativo y democrático del conjunto de la sociedad. No obstante, las estadísticas siguen mostrando, al igual que en los países de nuestro entorno, que todavía persisten importantes desigualdades entre hombres y mujeres.

     

    Es evidente que, en muchos ámbitos, se han eliminado discriminaciones y que las desigualdades también han disminuido, pero aún quedan otros en donde la falta de igualdad se sigue manifestando con toda su crudeza, como es el caso de la violencia contra las mujeres, una de las violaciones de derechos humanos más habitual.

     

    La igualdad no se genera por el mero trato igualitario dado a personas socialmente desiguales. No se puede gobernar ni impulsar una buena administración pública simplemente respondiendo con una normatividad jurídica que consagre la igualdad entre hombres y mujeres, cuando en la realidad no existe igualdad de oportunidades.

     

    Es por ello que desde hace algunos años, urge establecer condiciones de igualdad de trato entre hombres y mujeres, desarrollar políticas de igualdad de oportunidades y sobre todo, impulsar una educación igualitaria.

     

    Ello significa que “la perspectiva de igualdad de género se incorpore en todas las políticas, a todos los niveles y en todas las etapas, por los actores normalmente involucrados en la adopción de medidas políticas”, tal y como recoge la Unión Europea, que destaca como elemento clave un cambio en el concepto de igualdad de género, más amplio del existente: no solamente igualdad de jure sino también de facto.

     

    Por eso, hoy, Día Internacional de la Mujer, como Institución garante de derechos volvemos a reiterar la necesidad de tener en cuenta la dimensión de la igualdad de género a la hora de abordar los problemas de nuestra sociedad.

     

    No en vano, el diagnóstico que se efectúa en la Resolución no vinculante del Parlamento Europeo de 9 de Junio de 2015 aludía a que el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta y para su toma de consideración hay que tener en cuenta las formas múltiples e interrelacionadas de discriminación que sufren muchas mujeres y niñas (por razones de discapacidad, origen inmigrante, origen étnico, edad, orientación sexual, identidad de género, embarazo, condiciones de vivienda, bajo nivel educativo, ser víctima de la violencia, etc.) y que sus condiciones han empeorado durante los últimos años.

     

    Es un hecho que la igualdad entre mujeres y hombres es un derecho fundamental reconocido en diversos Tratados Internacionales , así como en nuestra Constitución española y en nuestro Estatuto de Autonomía, si bien, los avances siguen siendo insuficientes y aún persisten muchas desigualdades entre mujeres y hombres.

     

    Los roles de género tradicionales y los estereotipos siguen teniendo una gran influencia en la división de tareas entre mujeres y hombres en el hogar, en el lugar de trabajo y en la sociedad en general, limitando, por tanto, las opciones de empleo y el desarrollo personal y laboral de las mujeres, e impidiéndoles realizar su pleno potencial como personas y como agentes económicos.

     

    Según la Unión Europea, a este ritmo habrá que esperar hasta 2038 para alcanzar el objetivo consistente en que la tasa de empleo de las mujeres sea del 75 %, y que la igualdad salarial se hará realidad en 2084; que es posible lograr la igualdad de representación en los Parlamentos nacionales, en las instituciones de la UE y en los consejos de administración de las empresas europeas antes de 2034, pero el reparto igualitario de las tareas domésticas no sería una realidad hasta 2054.

     

    Son muchos los estudios y estadísticas en los que se concluye que hay más mujeres que hombres en situación de pobreza y exclusión, en gran parte porque, por motivos familiares, las mujeres trabajan con mayor frecuencia que los hombres a tiempo parcial o con contratos de trabajo temporales, por lo que la pobreza de las mujeres se debe en gran medida a la precariedad de sus empleos y a las diferencias salariales por igual trabajo desempeñado.

     

    En este orden de cosas, la tasa de empleo de las mujeres en la Unión Europea es del 63 %; la diferencia salarial entre mujeres y hombres se cifra en 16,4 %; el 73 % de los diputados nacionales en los países de la UE son hombres, las mujeres representan el 17,8 % de los miembros de los consejos de administración de las grandes empresas y dedican a las tareas domésticas por semana más del triple de tiempo que los hombres (por ejemplo, cuidando de los niños, de las personas de edad avanzada o de las discapacitadas y realizando tareas del hogar);

     

    En otros campos, las mujeres constituyen cerca del 60 % de las licenciaturas universitarias en la UE y, sin embargo, su representación entre el alto funcionariado y en los cargos decisorios es desproporcionadamente baja; la proporción de científicas e ingenieras en la UE no alcanza el 33 %, mientras que las mujeres representan el 80 % de la población activa en los sectores de la sanidad, la educación y el bienestar social.

     

    Ante este panoroma aún desolador no podemos si no concluir que aún queda mucho por hacer para la consecución de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, y que para su pleno alcance hay que tener en cuenta la perspectiva de género, los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades en la elaboración de las políticas públicas, en los Presupuestos y en la aplicación de los programas y medidas que se pongan en marcha.

    La Oficina de Atención Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará en Cádiz los días 14 y 15 de marzo

    La Oficina de Atención e Información Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz se desplazará a Cádiz, los próximos días 14 y 15 de marzo para atender en persona las quejas y consultas que quiera hacerle llegar la ciudadanía.

     

    El objetivo de esta visita in situ es acercar los servicios de la Institución a la ciudadanía con el fin de atender, proteger y defender sus derechos frente a la actuación de las administraciones públicas en vivienda, salud, educación, servicios sociales, medio ambiente, justicia, transporte público, etcétera. Y también en cuestiones relacionadas con los servicios de interés general, tales como reclamaciones de telefonía, entidades financieras, suministros de luz y agua, etc.

     

    La Oficina de Atención Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará abierta ambos días en horario de mañana, de 9:30 a 14:00 horas, y de tarde, de 17:00 a 19:00 horas, en el Aulario Simón Bolívar (primera planta), de la Universidad de Cádiz, en la avenida Duque de Najera, 16.

     

    Cualquier persona o colectivo podrá dirigirse directamente a la Oficina y trasladar su reclamación durante esos días, si bien, para una mejor prestación del servicio, se podrá concertar una cita previa llamando al teléfono 954 21 21 21 o enviando un correo electrónico a citapreviadpa@defensor-and.es. También por facebook (https://www.facebook.com/DefensordelPuebloAndaluz/) o twitter (@DefensorAndaluz).

     

    La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz también aprovechará este viaje para reunirse con trabajadores sociales y con representantes de asociaciones, con el fin de conocer en detalle la situación de la zona, sus principales proyectos, objetivos y aspiraciones.

     

    Junto a la atención ciudadana por parte de la Oficina del Defensor, el programa del Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, lo completa reuniones con el Ayuntamiento de Cádiz, la Universidad de Cádiz y la Diputación de Cádiz, además de la visita a la Fundación Tierra de Todos.

     

    Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/0659 dirigida a Ayuntamiento de Osuna (Sevilla)

    RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

    El Defensor del Pueblo Andaluz suspende sus actuaciones al continuar las diligencias de investigación abiertas por la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla.

    El Defensor del Pueblo Andaluz inició esta actuación de oficio al conocer que en Osuna (Sevilla) se había producido un vertido, al parecer no autorizado, de orujo al colector municipal, así como su almacenamiento en suelo no acondicionado para ello.

    02-03-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

    El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio al conocer, a través de los medios de comunicación, que en la ciudad de Osuna (Sevilla), agentes de la Guardia Civil investigan a una empresa por emisiones atmosféricas y vertidos al colector municipal sin autorización. Además, habrían constatado los agentes la acumulación de nueve millones de kilos de orujo a la intemperie, sobre suelo no impermeabilizado, del que se desprenden fuertes olores y partículas.

    Siempre según estas noticias, una plataforma vecinal viene denunciando estos hechos desde hace más de dos años, sin que la empresa haya tomado medida alguna. Al parecer, la Fiscalía de Medio Ambiente de la Audiencia Provincial de Sevilla ha recibido esas diligencias practicadas por los agentes de la Guardia Civil.

    A la vista de tales hechos hemos iniciado una actuación de oficio para averiguar la situación real de los mismos y, para ello, nos hemos dirigido, en primer lugar, a la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla para conocer, en síntesis, el estado en el que se encuentran estos hechos y las diligencias seguidas para, en su caso y si finalmente no se han derivado actuaciones judiciales, llevar a cabo una investigación conforme a nuestras competencias legales de supervisión ante los órganos administrativos competentes en materia de medio ambiente con objeto de que esta conducta, si así procediera, quede debidamente sancionada.

    07-04-2017 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

    El Defensor del Pueblo Andaluz suspende sus actuaciones al continuar las diligencias de investigación abiertas por la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla.

    El Defensor del Pueblo Andaluz inició esta actuación de oficio al conocer que en Osuna (Sevilla) se había producido un vertido, al parecer no autorizado, de orujo al colector municipal, así como su almacenamiento en suelo no acondicionado para ello.

    Tras dirigirnos a la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico, ésta nos ha comunicado que aún continúan abiertas las diligencias de investigación incoadas, por lo que hemos procedido a suspender nuestras actuaciones en cumplimiento de lo establecido en el art. 17.2 de la Ley del Defensor del Pueblo Andaluz.

    No obstante ello, hemos solicitado de la Fiscalía que nos mantengan informados cuando finalicen las mismas para, en su caso y si resultara procedente conforme a nuestra Ley reguladora, dirigirnos a los organismos administrativos afectados.

    Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/0776 dirigida a Ayuntamiento de Málaga, Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

    El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio al conocer, a través de los medios de comunicación, la queja de una asociación de vecinos de la zona de El Candado, en la ciudad de Málaga, por una posible falta de control de las Administraciones Públicas de la calidad del aire que se respira en la zona, debido fundamentalmente a las emisiones contaminantes a la atmósfera de una fábrica de cementos allí instalada.

    Según la noticia de referencia, la asociación de vecinos en cuestión “ha mostrado su preocupación por lo que considera «falta de control municipal y autonómico» sobre la calidad del aire en Málaga”. Además, se dice en la misma que esta asociación de vecinos viene, desde el 2003, “luchando en los tribunales contra las emisiones de la fábrica de cemento …, para que las administraciones «lleven a cabo sus funciones de política medioambiental y urbanística»”. A este respecto, recuerda el colectivo vecinal que esta cementera es la industria más contaminante de la provincia de Málaga y la tercera más contaminante de Andalucía, aunque apuntan que las otras dos no se encuentran en capitales de provincia.

    Recuerda la asociación de vecinos que las cementeras emiten a la atmósfera “«contaminantes potencialmente peligrosos para la salud como los óxidos de nitrógeno, metales pesados, las dioxinas y los furanos, monóxido de carbono, dióxido de carbono, ácido de azufre, compuestos inorgánicos de flúor, partículas, etc.. y en el caso de la cementera coincineradora de La Araña, tiene además permitido utilizar como combustible algunos residuos peligrosos»”. Además, se menciona en la noticia la tramitación de diversos procedimientos judiciales con los que los vecinos esperan lograr la satisfacción de sus pretensiones respecto de la actividad de la cementera.

    No obstante lo expuesto y al margen del curso de los procedimientos judiciales (en los que por aplicación del artículo 17.2 de la Ley del Defensor del Pueblo Andaluz, esta Institución no puede entrar) entablados en relación con las autorizaciones concedidas a esta industria, tanto por el Ayuntamiento de Málaga como por parte de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, parece que actualmente se encuentra en pleno funcionamiento, generando un alto nivel de contaminación atmosférica, consolidando un problema desde hace años denunciado.

    Sobre lo expuesto, hay que tener en cuenta que conforme al Decreto 2329/2011, de 12 de julio, por el que se regula la calidad del medio ambiente atmosférico y se crea el Registro de Sistemas de Evaluación de la Calidad del Aire en Andalucía, corresponde a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio [apartado a)] la vigilancia y el control de la calidad del aire en Andalucía a través de la red de vigilancia y control de la calidad del aire prevista en la sección 1ª del capítulo II, así como [apartado i)] la vigilancia, inspección y ejercicio de la potestad sancionadora en relación con las emisiones a la atmósfera producidas por las actividades sometidas a autorización ambiental integrada, autorización ambiental unificada y autorización de emisión a la atmósfera, así como con las emisiones de compuestos orgánicos volátiles reguladas en el Real Decreto 117/2003.

    En relación con ello, la producción de cemento se encuentra sujeta al trámite de autorización ambiental integrada o unificada en función de las circunstancias particulares previstas en el anexo de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía. Por tanto, corresponde a la Consejería de Medio Ambiente la vigilancia, inspección y ejercicio de la potestad sancionadora.

    Por otra parte, es también competencia de la Consejería garantizar que el público en general y las entidades interesadas reciban información adecuada y oportuna acerca de la calidad del aire y de los planes de mejora de la calidad del aire y de acción a corto plazo elaborados para la protección de la atmósfera o para minimizar los efectos negativos de la contaminación atmosférica, con arreglo a la Ley 27/2006.

    Asimismo, el Decreto 231/2013, de 3 de diciembre, aprueba planes de mejora de la calidad del aire en determinadas zonas de Andalucía, entre ellas la aglomeración de Málaga y la Costa del Sol. Dichos planes surtirían efectos hasta el 31 de diciembre de 2015.

    Más recientemente, además, se ha promulgado el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Prevención y Control Integrado de la Contaminación, cuya Disposición Transitoria primera establece que «El órgano competente para el otorgamiento de las autorizaciones ambientales integradas llevará a cabo las actuaciones necesarias para la actualización de las autorizaciones para su adecuación a la Directiva 2010/75/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre, sobre las emisiones industriales, con anterioridad al 7 de enero de 2014» y que «Con posterioridad, las revisiones se realizarán de acuerdo a lo establecido en el artículo 25.2 y 3 de esta ley y para aquellas instalaciones de combustión acogidas a los mencionados mecanismos de flexibilidad incorporando las prescripciones que en estos mecanismos se estipulen».

    A la vista de cuanto antecede, teniendo en cuenta la preocupación mostrada en medios de comunicación por vecinos de El Candado, Málaga, por la calidad del aire en esa zona con motivo de la actividad cementera, el Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio ya que entendemos que los hechos de fondo son susceptibles de motivar la intervención de esta Institución. Como dice la Exposición de Motivos del propio Decreto 239/2011, la contaminación atmosférica constituye una de las mayores amenazas para la salud de las personas y el medio ambiente en general, por lo que es necesario reducir los niveles de contaminación de manera que se minimicen los efectos perjudiciales para la salud humana.

    De acuerdo con ello, nos hemos dirigido tanto a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, como al Ayuntamiento de Málaga, con objeto de que nos remitan cuanta información dispongan sobre este asunto y de conocer su posición al respecto.

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