La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 20/1520

La promotora de la queja se dirigió a esta Institución, porque estaba disconforme con la resolución de revisión de su grado de discapacidad, que había reducido el porcentaje que tenía reconocido, a pesar de que padecía mayor número de patologías y las que sufría no eran susceptibles de mejoría.

Puesto que había impugnado la resolución mediante la presentación de reclamación previa, interesaba la conclusión del procedimiento de recurso.

Admitida a trámite la queja y solicitado el preceptivo informe a la Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, se estimó su reclamación previa, y de la valoración realizada en la misma resultó la rectificación de su grado de discapacidad, aprobándose el 65% inicial.

Queja número 20/3450

La promotora de la queja nos trasladaba su necesidad de que se valorase su discapacidad y la limitación de su movilidad, dado que había sufrido un trasplante de médula y padece insuficiencia respiratoria, por lo que tener la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida le resultaba esencial en sus desplazamientos mensuales a revisiones en el hospital.

La solicitud dirigida por su parte a la Administración databa de enero de 2019.

Efectuada la investigación oportuna y recabado el informe de la Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, la propia interesada nos comunicó la estimación de su petición.

Queja número 20/8106

La persona interesada en el presente expediente de queja, madre de un alumno de un centro de educación especial de Sevilla, nos exponía su lógica preocupación, así como del resto de la comunidad educativa del centro, por las condiciones en las que se estaba prestando el servicio de transporte escolar a un alumnado que, por su especial vulnerabilidad, debería estar especialmente protegido.

Según nos relataba, la ruta se realizaba en furgoneta, no en minibús como los años anteriores, de modo que todos los pasajeros van pegados los unos y los otros, sin distancia de seguridad, y no pudiendo utilizar mascarilla por estar todos diagnosticados de Trastorno del Espectro Autista, lo que les hace no entender la necesidad de su uso durante todo el trayecto, en algunos casos casi de una hora.

A juicio de las autoridades sanitarias se considera contacto estrecho a partir de 15 minutos sin mascarilla y sin distancia de seguridad, por lo que la preocupación por el riesgo de contagio para toda la comunidad educativa era obvia, teniendo en cuenta lo complejo que sería para los 40 alumnos del centro hacerse una PCR (en algunos casos imposible por la discapacidad), o tenerlo en confinamiento, o hacerles un seguimiento de la enfermedad (muchos de ellos no pueden hablar).

Por todo ello los padres y madres del centro habían solicitado a la Delegación de Educación y Deporte de Sevilla, a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa y a la Dirección General de Planificación y Centros que garantizaran la distancia de seguridad en el transporte escolar, sustituyendo las tres furgonetas que hacen ruta por tres minibuses, lo que supondría un aumento del número de asientos dejando algunos vacíos y la existencia de un pasillo central por el que poder desplazarse la monitora que los acompaña en caso de que alguno de ellos tuviera algún problema.

No habían tenido ninguna respuesta, y por este motivo solicitaban del Defensor del Pueblo Andaluz su intervención.

Fue a la Dirección General de Planificación y Centros a las que nos dirigimos solicitando información al respecto del asunto, habiéndonos informado de que desde el pasado día 2 de marzo de 2021, efectivamente, las furgonetas han sido sustituidas por otros vehículos de mayor capacidad, lo que nos ha sido confirmado por la propia interesada.

A la vista de la respuesta recibida, entendemos que el asunto objeto de la presente queja está solucionado, por lo que damos por concluidas nuestras actuaciones.

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