Desde principios del año 2012 esta Institución ha venido recibiendo numerosas quejas de personas denunciando el abuso cometido por sus respectivas entidades financieras en la comercialización de las denominadas participaciones preferentes y los perjuicios que dicha práctica les ha ocasionado.
A la vista de lo expuesto en las quejas recibidas, consideramos que resulta acreditado que las entidades de crédito habrían ofertado a sus clientes como producto bancario (depósito a plazo) algo que finalmente ha resultado ser un producto de inversión complejo, de carácter perpetuo y no recomendado para clientes minoristas con escasos conocimientos financieros. La información facilitada a los adquirentes de estos productos parece haber sido manifiestamente insuficiente, cuando no claramente engañosa, existiendo serias dudas acerca del cumplimiento por las entidades financieras de la normativa de transparencia y protección de la clientela, o del respeto de las buenas prácticas y usos financieros.
A la vista de lo expuesto en las quejas recibidas y tomando en consideración el elevado numero de andaluces y andaluzas que se han visto afectados por estas prácticas, especialmente personas de la tercera edad, esta Institución viene realizando diversas actuaciones con el fin de ofrecer amparo y protección a las personas afectadas y, en la medida de sus posibilidades, contribuir a salvaguardar los derechos de todas aquellas personas que se encuentran imposibilitadas de acceder a sus ahorros y en peligro de perderlos o verlos devaluados.
Ante la imposibilidad de intervenir directamente ante las entidades financieras y de crédito, por ser entidades jurídico privadas, no sujetas a supervisión por parte de esta Institución, a la que únicamente corresponde supervisar la actividad de las Administraciones Públicas de Andalucía, las actuaciones de esta Defensoría se han desarrollado de la siguiente manera:
1. Ante la Defensora del Pueblo del Estado.
Dado que ese Comisionado de las Cortes Generales tiene encomendada la supervisión de los órganos de la Administración Pública Estatal, tras la recepción de los primeros escritos de denuncia se remitió una comunicación al mismo con fecha 7 de enero de 2012 en la que le exponíamos la situación creada y sometíamos a su consideración la posibilidad de realizar alguna actuación ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), organismo al que corresponde la supervisión e inspección de los mercados de valores españoles y de la actividad de cuantos intervienen en los mismos.
Escrito a la Defensora del Pueblo1.pdf
Como respuesta a esta comunicación, la referida Institución del Defensor del Pueblo Estatal nos informó que había iniciado una investigación de oficio ante la CNMV al objeto de conocer el número de reclamaciones presentadas y la solución dada a las mismas. Asimismo, habría interesado información respecto a las medidas previstas a fin de evitar que se siga produciendo este problema, dadas las consecuencias económicas negativas para los clientes.
La información recibida desde la Defensoría Estatal en relación con la queja de oficio abierta ante la CNMV se contiene en el siguiente documentos.
Respuesta de la Defensora del Pueblo.pdf
Con fecha 22 de octubre de 2012 hemos recibido nueva comunicación en la que se nos da traslado de las Recomendaciones dirigidas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y a la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa. Dichas Recomendaciones se concretan en:
“1º Que se promuevan actuaciones eficaces de información dirigidas a los usuarios financieros para que, antes de formalizar cualquier contrato de productos de inversión, tengan conocimiento pleno de qué producto se está contratando, del riesgo de la inversión y si están cubiertos por alguno de los fondos de garantía.”
Propone al efecto actuaciones concretas como un código de colores similar al de los semáforos, así como unir al contrato de inversión el estudio del perfil del inversor y la adecuación del instrumento financiero.
“2º Que se reitere a las entidades bancarias la conveniencia y buena práctica de llegar a acuerdos con los inversores de estos productos para evitar la necesidad de acudir a procedimientos judiciales.”
Si Ud. desea conocer el resultado de dicha investigación podrá hacerlo consultando la pag. Web www.defensordelpueblo.es. También puede dirigirse directamente a la Oficina del Defensor del Pueblo. Para su conocimiento, me permito trasladarle los datos de contacto necesarios:
DEFENSOR DEL PUEBLO
C/ Eduardo Dato, 31.- 28071 -Madrid
Tf.: 900 10 10 25 o bien 91 43 27 900
E-mail: registro@defensordelpueblo.es
A este respecto, desde esta Institución se viene informando puntualmente a la Oficina del Defensor del Pueblo Estatal acerca de todas las quejas y denuncias recibidas por este asunto, por si esa Institución considerara necesario ponerse en contacto con las personas afectadas.
2. Ante la Secretaría General de Consumo de la Junta de Andalucía.
Este organismo, dependiente de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, tiene encomendada la defensa y protección de las personas consumidoras y usuarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por ello, con fecha 18 de mayo de 2012, desde esta Institución se dirigió escrito a la misma solicitando información sobre las reclamaciones que se hubieran presentado ante las oficinas de consumo en relación con las participaciones preferentes y sobre las actuaciones que se vinieran realizando desde esa Administración en relación con dichas reclamaciones.
Escrito a la Dirección General de Consumo.pdf
Dicho escrito obtuvo la siguiente respuesta de la Secretaría General de Consumo.
A la vista de lo expuesto por la Secretaría General de Consumo en su respuesta, el Defensor del Pueblo Andaluz consideró oportuno formular a dicho organismo con fecha 20 de julio de 2012 una Resolución con el fin de instarle a adoptar medidas efectivas para amparar los derechos e intereses de las personas consumidoras afectadas.
En concreto, se requería a dicho organismo para que exigiera a las entidades financieras que hubieran comercializado participaciones preferentes a clientes minoristas en el territorio andaluz la acreditación de que habían puesto en su conocimiento las circunstancias relativas a la modificación del valor de su inversión.
Asimismo, se pedía que se iniciara procedimiento sancionador frente a dichas entidades financieras por la comercialización de participaciones preferentes con infracción de las normas que garantizan los derechos e intereses de las personas consumidoras.
Igualmente se pedía que se considerase la conveniencia de ejercer otras medidas de protección y defensa de las personas consumidoras y usuarias tanto judiciales como extrajudiciales, citando expresamente el arbitraje como vía extrajudicial para la solución del conflicto y particularmente el arbitraje de consumo colectivo, que podía resultar idóneo en un caso como el presente que afecta a un número muy elevado de personas en Andalucía.
Con fecha 8 de noviembre de 2012 se recibió respuesta de parte de la Secretaría General de Consumo al citado escrito de Resolución, deduciéndose del escrito recibido la aceptación de la Resolución dictada. No obstante, considerándose insuficiente la respuesta, con fecha 13 de noviembre de 2012 se dirigió una nueva petición a la Secretaria General de Consumo instándole a concretar las actuaciones efectuadas para dar debido cumplimiento a la mencionada Resolución.
Dicha petición fue atendida mediante escrito de respuesta de la Secretaría General de Consumo, recibido el 21 de diciembre de 2012, deduciéndose del mismo la plena aceptación de la Resolución dictada por esta Institución y la realización de diversas actuaciones cuya finalidad es la salvaguarda de los derechos de los consumidores afectados por las participaciones preferentes, incluida la apertura de expedientes sancionadores a diversas entidades financieras.
Con fecha 5 de febrero de 2013 se ha recibido una comunicación de la Secretaría General de Consumo informando de nuevas actuaciones realizadas en respuesta a la Resolución dictada por esta Institución, que incluyen gestiones con la Entidad CaixabanK para buscar soluciones a los casos planteados y la apertura de un nuevo expediente sancionador a la entidad BBVA.
3. Ante la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Con fecha 5 de junio de 2012 se dirigió escrito al Sr. Fiscal Superior de Andalucía a fin de someter a su consideración la posibilidad de iniciar una investigación sobre las prácticas que han venido desarrollando las entidades financieras radicadas en Andalucía en la oferta de participaciones preferentes, por si las mismas pudieran suponer una vulneración del ordenamiento jurídico civil o penal.
En dicho escrito, tomando en consideración el elevado número de personas que pueden estar viéndose afectadas y la inacción mostrada hasta la fecha por las autoridades administrativas que deberían velar por sus derechos como clientes y consumidores, le rogábamos que analizase la posibilidad de emprender acciones que posibilitasen una adecuada salvaguarda de los derechos en riesgo. Escrito Fiscalía.pdf
Como respuesta a esta petición, por el Fiscal Superior del TSJA se dictó Decreto de fecha 16 de Julio de 2012 ordenando la coordinación de las acciones, civiles o penales, ejercidas al efecto por las Fiscalías provinciales; requiriendo el apoyo de las unidades policiales especializadas en delitos económicos o grupos de estafas; y solicitando la aportación de información por parte de la Secretaría General de Consumo.
Partiendo de esta información la Fiscalía procedería a estudiar la posible existencia de actuaciones con relevancia penal, así como la posibilidad de instar en el ámbito civil las acciones legales pertinentes para la defensa de los intereses colectivos y difusos de consumidores y usuarios.
En cumplimiento de lo dispuesto en el citado Decreto, la Institución viene poniendo a disposición de la Fiscalía Superior de Andalucía todas las denuncias y reclamaciones recibidas en relación con las participaciones preferentes y remitirá a dicho organismo las que se reciban a partir de ahora.
En relación con este asunto, con fecha 12 de diciembre de 2012, se ha dictado un nuevo Decreto de la Fiscalía Superior de Andalucía, informando de las actuaciones realizadas en relación con las denuncias sobre participaciones preferentes, relatando el resultado obtenido en las pesquisas policiales emprendidas respecto de algunas entidades financieras y ordenando nuevas actuaciones investigadoras por parte de las distintas Fiscalías Provinciales.
Asimismo, en el Decreto se incluye un análisis pormenorizado de las posibilidades de intervención de la Fiscalía ante la jurisdicción civil para pedir la nulidad de los contratos suscritos de forma irregular para la adquisición de participaciones preferentes y la devolución de las cantidades invertidas.
información de interés.
Los escritos de queja y denuncia que se reciban en esta Institución en relación con las participaciones preferentes serán remitidos íntegramente a la Fiscalía Superior de Andalucía en virtud de lo dispuesto en el Decreto de 16 de Julio de 2012.
A fin de facilitar la labor investigadora de dicha Fiscalía rogamos que dichos escritos de queja y denuncia aporten la siguiente documentación.
Asimismo, atendiendo a la petición cursada en tal sentido por la Secretaría General de Consumo de la Junta de Andalucía, recomendamos a todas las personas afectadas por las participaciones preferentes que presenten reclamación ante la correspondiente oficina de consumo.
Por último, aquellas personas que deseen ejercer su derecho de reclamación ante las entidades financieras y/o ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores pueden hacerlo siguiendo las indicaciones del siguiente enlace: http://www.cnmv.es/PortalInversor/section.aspx?hid=20
En relación con Preferentes de Bankia hemos de añadir que en caso de adquisición de participaciones preferentes comercializadas por entidades que actualmente integran BFA-Bankia, el Ministerio de Economía y Competitividad ha señalado que el proceso de arbitraje se va a realizar a través del Instituto Nacional de Consumo. Adjuntamos enlace a un documento con información relevante en relación con la posibilidad de acudir a este arbitraje. Ver enlace”
Cualquier nueva actuación o información de interés que se produzca en relación con esta cuestión será igualmente objeto de publicidad a través de este medio.
- Contenido del escrito de la Secretaría General de Consumo
- Peticiones del Defensor a Consumo para abordar determinadas actuaciones
- Reseña de prensa de la reunión con el Fiscal Superior
- Decreto dictado por la Fiscalía Superior del TSJA
- Reseña de prensa sobre expedientes sancionadores.
- Respuesta de Consumo a la Resolución del Defensor (8 nov. 2012)
- Nuevo escrito a Consumo instando la concreción de medidas urgentes (13 nov. 2012)
- Entrega a la Fiscalía Superior de Andalucía de las denuncias recibidas