Queja número 22/1408
Se dirigió a nosotros la familia extensa de una menor, tutelada por la Junta de Andalucía, quejándose porque no habían obtenido respuesta a la solicitud que presentaron para volver a tener a su nieta en acogimiento familiar, fundamentando su solicitud en que en esos momentos habían variado sustancialmente las circunstancias que motivaron la extinción del acogimiento familiar, resultando por tanto beneficioso para la menor volver con su abuelos, con quienes seguía manteniendo vínculos afectivos.
En relación con esta cuestión la Delegación Territorial nos informó que si bien no se les dio respuesta escrita, los solicitantes habían sido atendidos telefónicamente y conocían la situación jurídica del expediente por lo que se estimaba que su insistencia en obtener respuesta escrita carecía de fundamento.
La Administración dio respuesta favorable a nuestra resolución, asumiendo su contenido y procediendo a comunicar por escrito a la familia extensa de la menor la resolución motivada emitida en respuesta a su petición, que en este caso fue en sentido negativo, por considerar que no existían elementos que hicieran necesario modificar la medida acordada en protección de la menor.
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