La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Pedimos a la Administración que controle la accesibilidad y frecuencia del transporte público en Palenciana (Córdoba)

Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 22/1520 dirigida a iceconsejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

El Defensor del Pueblo Andaluz formula Resolución ante la Viceconsejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda realizando Recomendación para que ese centro directivo, en el ejercicio de sus competencias, proceda a realizar una inspección para averiguar si las empresas que prestan el servicio público en la localidad de Palenciana están cumpliendo con la normativa de accesibilidad en el trasporte regular de viajeros

ANTECEDENTES

Primero.-. Con fecha 23 de febrero de 2022 fue registrada de entrada en este Comisionado del Parlamento de Andalucía comunicación remitida por Dª. ...

La Sra. ... manifestaba que es una persona dependiente con movilidad reducida y exponía la imposibilidad de poder acceder a los pocos vehículos destinados a las líneas de transporte público que tiene Palenciana, que comunican con municipios como Antequera, Benamejí, Lucena, Cabra y Córdoba, por no disponer de vehículos adaptados para personas con movilidad reducida.

Asimismo, la Sra. ... denunciaba: “la falta de horarios adaptados y la eliminación continua de horas que se presta el servicio, quedando Palenciana totalmente olvidada respecto al transporte público que requiere y reclama la ciudadanía de mi localidad”.

Segundo .- Reunidos cuantos requisitos formales resultan exigidos por el apartado primero del artículo 16 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, esta Institución acordó admitir a trámite la queja y, consiguientemente, con fecha 7 de abril de 2022, solicitamos a la Viceconsejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio la emisión del preceptivo informe sobre la accesibilidad en los vehículos que prestan el servicio de transporte público interurbano en el municipio de Palenciana y sus horarios y capacidades.

Tercero .- Con fecha 13 de febrero de 2023, desde la Viceconsejería se nos daba traslado del informe elaborado por la Dirección General de Movilidad y Transportes.

En el informe se señalaba que el centro directivo competente en materia de movilidad y transportes exige a las empresas concesionarias el cumplimiento de la normativa en materia de accesibilidad y, en su caso, realiza las actuaciones inspectoras oportunas.

Igualmente señala el informe que en relación a la posible insuficiencia de de horarios en las diferentes rutas, que la Junta de Andalucía está tramitando la licitación de un nuevo mapa concesional entre las que se incluye la concesión que nos ocupa.

Dicho informe se remitió a la parte promotora de la queja a fin de que presentara las consideraciones y alegaciones que creyese convenientes.

Ante esa petición, la Sra. ... expuso, con fecha 5 de julio de 2023, que las empresas concesionarias del servicio no cumplen con lo expuesto en el informe.

La interesada sostenía que dicho informe se basaba en la legislación y en describir lo que debería existir formalmente, sin embargo, en la práctica la realidad es muy distinta, señalando específicamente que persisten problemas como la inexistencia de un lugar público y visible donde estén puestos los servicios y horarios de autobuses adaptados, la desatención al teléfono de contacto o la falta de suministro de vehículos adaptados para personas con movilidad reducida.

Con fecha 23 de mayo de 2024 la promotora de la queja se pone en contacto con esta Institución para denunciar, nuevamente, la persistencia de los problemas y pedir una intervención para solucionarlos.

En base a los referidos antecedentes, conviene realizar a la Administración actuante las siguientes

CONSIDERACIONES

Única.- Sobre la accesibilidad en el transporte.

El Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad y el Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, son las normas de aplicación más relevantes en esta materia, ambos con rango reglamentario.

Corresponde a la Dirección General de Movilidad y Transportes llevar a efecto, las oportunas inspecciones de campo para corroborar la presencia de vehículos accesibles y de las normas de accesibilidad en el transporte en las distintas empresas concesionarias, levantando las correspondientes actas de denuncia en caso contrario.

Dadas las reiteradas denuncias presentadas por la persona promotora de la queja, que resultan persistentes en el tiempo y claramente contradictorias con lo expuesto en los informes recibidos, resulta conveniente averiguar si la empresa operadora están cumpliendo con la normativa en accesibilidad en el trasporte regular de viajeros.

En el caso de que, como resultado de tal inspección se comprobase que existe tal incumplimiento, procedería la apertura del correspondiente expediente sancionador, ya que el incumplimiento de esta obligación supone una infracción de las consideradas muy graves, según establece el artículo 140.27.6 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

A la vista de todo ello y de conformidad con lo establecido en el apartado primero del artículo 29 de la Ley 9/1983, del Defensor del Pueblo Andaluz, se le formula la siguiente

RESOLUCIÓN

RECOMENDACIÓN. para que ese centro directivo, en el ejercicio de sus competencias, proceda a realizar una inspección para averiguar si las empresas que prestan el servicio público en la localidad de Palenciana están cumpliendo con la normativa de accesibilidad en el trasporte regular de viajeros.

Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

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