La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Tolerancia cero con la ilegal contaminación acústica

Este jueves y viernes el Defensor del Pueblo andaluz participa en Pamplona (Navarra) en las XXXI Jornadas de Coordinación de los Defensores del Pueblo. En esta ocasión, abordarán como tema principal 'La invasión del domicilio por ruidos : la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la integridad física y psíquica.

El Defensor del Pueblo andaluz dará a conocer durante estas jornadas el estudio que ha elaborado la institución sobre el ruido que genera la emisión de música en la hostelería andaluza. En el año 2013 iniciamos una actuación de oficio ante todos los municipios de Andalucía destinada a concienciar a los gobiernos locales de que no podían tolerar, y mucho menos autorizar, la instalación de equipos de música pregrabada o la celebración de eventos con música en vivo, en los locales que no reunieran los requisitos legales para ello. Habíamos recibido noticias de que algunos gobiernos locales habían autorizado la disposición de terrazas de veladores a establecimientos con música (pubs, bares con música e incluso discotecas), siendo ello contrario a la normativa en vigor.

De acuerdo con esa idea, enviamos una resolución a todos los Ayuntamientos de Andalucía en la que se incluían unas recomendaciones y sugerencias de acuerdo con una jurisprudencia, muy consolidada, de nuestro Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo y tribunales ordinarios. En esa resolución se recordaba, por ejemplo, que «es completamente ilegal la autorización de terrazas en pubs y bares con música y en las salas de fiesta, discotecas y discotecas de juventud» y se solicitaba de los ayuntamientos un «compromiso de tolerancia cero con la ilegal contaminación acústica».

Nos respondieron 469 municipios, la gran mayoría aceptando el contenido de nuestra resolución.De estos informes concluimos que la mayor parte de los establecimientos de hostelería respetan la normativa de aplicación, y sólo una exigua minoría genera el 90% de las reclamaciones. Por todo ello recomendamos a los ayuntamientos y diputaciones una serie de buenas prácticas contra este tipo de contaminación acústica. Por ejemplo, la conveniencia de que los ayuntamientos aprueben ordenanzas; grupos especiales dentro de la policía con capacidad para manejar aparatos de medida; vigilar los horarios de cierre; que las diputaciones presten colaboración a los pequeños municipios o asumir por escrito el compromiso de tolerancia cero con estas actividades, que tanto daño causan a las personas que residen en el entorno de estos lugares.

Por último, nos comprometemos a realizar un nuevo trabajo sobre los ruidos generados específicamente por las terrazas y veladores.

  

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Participamos en la XXXI Jornada Coordinación Defensores del Pueblo. Los días 22-23 septiembre en Navarra

Los Defensores del Pueblo celebran las XXXI Jornadas de Coordinación de estas instituciones, los días 22 y 23 de septiembre en Pamplona (Navarra). En esta ocasión abordarán "La invasión del domicilio por ruidos: la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la integridad física y psíquica"

Semana Europea de Movilidad: Movilidad inteligente, economía fuerte

El modelo actual de ciudad, espacio en el que, en nuestro país, se concentra ya el 80 % de la población, basado, en gran medida, en el desplazamiento en vehículo de motor de uso privado, no es sostenible.

La oficina del Defensor del Pueblo Andaluz se posiciona, una vez más, en la necesidad de que, desde el planeamiento urbanístico y, en conexión con éste, los planes de movilidad apuesten decididamente por diseñar y entender la ciudad en clave peatonal, impulsar infraestructuras que permitan el uso funcional de la bicicleta e invertir en el transporte colectivo. Con estas medidas impulsaremos un nuevo modelo de ciudad que incorpore los objetivos de mejora de la calidad de vida y protección de la salud de una ciudadanía a cuyo servicio se debe destinar el espacio público que, en la actualidad, continua estando mayoritariamente destinado al uso de los vehículos de motor.

Al mismo tiempo, entender la ciudad en clave peatonal supondrá un paso decisivo en la disminución de los gases de efecto invernadero por lo que facilitarán los objetivos de la lucha contra el calentamiento global fijados en la Cumbre de París.

Esta Institución, comprometida con estos objetivos, en 2014 elaboró el Informe Especial al Parlamento de Andalucía “Seguridad, accesibilidad y calidad ambiental en los espacios urbanos peatonales de las ciudades andaluzas”, en el que se incluyen distintas propuestas en la dirección apuntada. Asimismo, el año pasado organizó la jornada “Ciudades Inteligentes, Ciudades Sostenibles”, en la que se demandaba un cambio en el modelo de desarrollo económico de nuestras ciudades utilizando las TIC para dar respuestas inteligentes a los retos de la sostenibilidad.

Investigamos la emisión de música no autorizada en la hostelería andaluza

En el año 2013 iniciamos una actuación de oficio ante todos los municipios de Andalucía destinada a concienciar a los gobiernos locales de que no podían tolerar, y mucho menos autorizar, la instalación de equipos de música pregrabada o la celebración de eventos con música en vivo, en los locales de hostelería que no reunieran los requisitos legales para ello. Habíamos recibido noticias de que algunos gobiernos locales habían autorizado la disposición de terrazas de veladores a establecimientos con música (pubs, bares con música e incluso discotecas), siendo ello contrario a la normativa en vigor. 

De acuerdo con esa idea, enviamos una resolución a todos los Ayuntamientos de Andalucía en la que se incluían unas recomendaciones y sugerencias de acuerdo con una jurisprudencia, muy consolidada, de nuestro Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo y tribunales ordinarios. En esa resolución se recordaba, por ejemplo, que «es completamente ilegal la autorización de terrazas en pubs y bares con música y en las salas de fiesta, discotecas y discotecas de juventud» y se solicitaba de los ayuntamientos un «compromiso de tolerancia cero con la ilegal contaminación acústica».

Nos respondieron 469 municipios, la gran mayoría aceptando el contenido de nuestra resolución. De estos informes concluimos que la mayor parte de los establecimientos de hostelería respetan la normativa de aplicación, y sólo una exigua minoría genera el 90% de las reclamaciones. Suele tratarse de locales muy concretos. Lo sabe la Policía Local, lo conocen los servicios técnicos y las autoridades, pero no intervienen. Por todo ello recomendamos a los ayuntamientos y diputaciones una serie de buenas prácticas contra este tipo de contaminación acústica, y nos comprometemos por último a realizar un nuevo trabajo sobre los ruidos generados por las terrazas y veladores.

Esta publicación la presentaremos en las jornadas de coordinación de Defensores del Pueblo que se celebrará en Pamplona jueves 22 y viernes 23 y que abordará como tema principal 'La invasión del domicilio por ruidos : la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la integridad física y psíquica ”.

La Asociación de Vecinos del Casco Histórico de Jerez nos traslada sus quejas por la contaminación acústica en la zona

La Asociación de Vecinos del Centro Histórico de Jerez ha presentado una queja al Defensor del Pueblo Andaluz por los problemas que están padeciendo los vecinos como consecuencia de la contaminación acústica que provoca las concentraciones de personas en la zona con motivo de “la botellona”, el consumo de bebidas en la calle y la emisión de música en locales que no reúnen los requisitos para ello.

En una reunión celebrada hoy en la Oficina del Defensor, los representantes vecinales han trasladado también otros problemas de los centros históricos que también vienen sufriendo, tales como la suciedad y basura acumuladas en las vías públicas derivada de esas concentraciones; el deterioro de los inmuebles por el abandono de su conservación, y el creciente despoblamiento de estas zonas urbanas.

Precisamente para denunciar esta situación, la Asociación de Vecinos del Centro Histórico de Jerez, ha informado a la Institución que en noviembre esperan celebrar la asamblea constituyente de la Federación Andaluza de Asociaciones de Vecinos de Centros Históricos, a cuya asistencia se han comprometido 25 grandes municipios de Andalucía.

Los objetivos básicos de esta Federación son luchar porque se adopten políticas públicas que faciliten la conservación de los cascos históricos, el aumento de la calidad de vida facilitando la peatonalización de las vías públicas y la lucha contra la contaminación acústica.

    Solicitamos un protocolo de actuación en los fraudes de suministros eléctricos para garantizar los derechos de las personas consumidoras

    La reiteración de quejas en esta Institución que denuncian vulneración de los derechos y garantías de las personas consumidoras nos lleva a presentar una propuesta relativa a los requerimientos mínimos que deberían incluirse en los expediente de fraude que se tramitan en nuestra Comunidad Autónoma.

    Por ello, nos hemos dirigido a la Secretaría General de Innovación, Industria y Energía (Consejería de Empleo, Empresa y Comercio) y a Endesa, como principal empresa distribuidora en el ámbito andaluz y por ser la empresa a la que se refieren las quejas recibidas.

    Les hemos trasladado nuestro análisis acerca de las cuestiones que consideramos necesitadas de una mayor protección al consumidor, proponiendo alternativas a la falta de regulación y solicitando compromisos por parte de las empresas implicadas para la adopción de protocolos de actuación con las debidas garantías, así como por parte de las Administraciones competentes para su debida exigencia a través de las pertinentes Instrucciones.

    Consideramos que se encuentra afectado el derecho a la protección de las personas consumidoras que garantiza el artículo 27 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y que el artículo 51 de la Constitución española define como uno de los principios que deben regir la actuación de las Administraciones públicas.

    El Defensor del Pueblo pide que se aclare la configuración de los derechos y garantías en la futura Ley de Servicios Sociales de Andalucía
    • Jesús Maeztu comparece en la Comisión de Igualdad y Políticas Sociales para valorar el proyecto de ley
    • El titular de la Defensoría reclama una definición del derecho subjetivo a recibir las prestaciones garantizadas, el acceso de las personas extranjeras no residentes o la inclusión de la renta básica

    El Defensor del Pueblo de Andalucía, Jesús Maeztu, ha comparecido hoy en la comisión de Igualdad y Políticas Sociales del Parlamento andaluz para valorar el proyecto de ley de Servicios Sociales de Andalucía, que sustituirá a la vigente ley aprobada en 1988. El Defensor del Pueblo ha valorado el proyecto de una forma positiva con carácter general, como un nuevo marco jurídico para los servicios sociales que mantendrá su vocación pública o la estructura territorial del sistema, aunque ha solicitado que se analicen algunas dudas como la configuración de los derechos y garantías que proporcionará la ley.

     Jesús Maeztu ha mostrado su inquietud en cuanto al reconocimiento de los derechos subjetivos al condicionar el derecho de acceso a las prestaciones del Sistema, también en el caso de las prestaciones garantizadas, a criterios de índole presupuestaria. El Defensor del Pueblo ha subrayado que, con independencia de la regulación legal, la propia Constitución y las leyes de estabilidad presupuestaria, surge la duda de si es la dotación presupuestaria la que condiciona la categoría de derecho subjetivo o es al revés, como tendría que ser.

    El titular de la Defensoría también ha reclamado que no se restrinja la titularidad de los derechos a las personas extranjeras no residentes de acuerdo a la Ley de Extranjería y que el listado de prestaciones garantizadas, a la espera de la aprobación del catálogo, incluya una renta básica que garantice unas condiciones de vida digna, puesto que se trata de un derecho reconocido en el artículo 23.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

    El Defensor del Pueblo andaluz ha propuesto la inclusión de otras prestaciones garantizadas que no aparecen en el proyecto de ley como la ayuda a domicilio básica, la atención psicosocial y psicoeducativa y la garantía de un alojamiento alternativo, para que no se pierda la oportunidad de configurarlas como derechos.

    Entre otras propuestas, el comisionado del Parlamento ha recomendado la inclusión del derecho de los usuarios de los servicios sociales a recibir un buen trato por parte de los profesionales o el derecho a no ser sometidos a ningún tipo de inmovilizaciones o restricciones físicas o intelectuales, salvo peligro inminente para la seguridad propia o externa, con la reivindicación de que se minimice y elimine el uso de sujeciones o contenciones en la comunidad autónoma.

    El Defensor del Pueblo andaluz ha planteado una revisión de las competencias y financiación del sistema de servicios sociales tras la reciente sentencia del Tribunal Constitucional para definir una relación concreta de funciones y competencias y ha señalado que el proyecto de ley no matiza suficientemente la diferencia entre la colaboración y la participación de las empresas privadas.

    Jesús Maeztu ha invitado a encontrar el máximo consenso social y político posible sobre el concierto social y, para ello, ha propuesto considerar las premisas de calidad y proximidad de los servicios, enfoque comunitario, apoyo a la iniciativa social y a la economía social y, en los restantes casos, preeminencia de los proyectos que supongan creación de empleo de calidad y reinversión de parte de los beneficios en mejoras del servicio.

    Solicitamos información sobre las diferencias en la fiscalización de las ayudas al alquiler de la vivienda

    El Defensor del Pueblo pide a la Intervención General de la Junta información sobre las incidencias planteadas en varias provincias

    Como ya hemos informado en comunicados anteriores, en esta Institución se tramita de oficio la queja 15/5618, ante las numerosas quejas recibidas por los retrasos en la convocatoria de ayudas al alquiler para el año 2015, regulada por la Orden de 15 de marzo de 2015, de la Consejería de Fomento y Vivienda. Estas personas nos muestran su indignación y desesperación ante el excesivo retraso en la conclusión definitiva de esta convocatoria. Algunas de las personas promotoras han denunciado también las varias veces que han sido requeridas para aportar documentación sin que tuvieran información alguna de cuándo se iba a resolver de forma definitiva su solicitud, dada la falta de información por parte de los órganos gestores de la misma.

    Téngase en cuenta que estas ayudas están dirigidas a personas con una situación económica precaria, en situación de especial vulnerabilidad, que esperan la ayuda como la única posibilidad que les va a permitir hacer frente al pago del alquiler de su vivienda, o a poder acceder a una y, por consiguiente a mantener o disponer de una vivienda digna ya que, de lo contrario, se podrían ver abocados a un procedimiento de desahucio, a vivir en la calle, en condiciones de hacinamiento o en viviendas precarias. En definitiva, se trata de ayudas destinadas a permitir que determinadas personas puedan satisfacer su derecho de acceso a una vivienda o bien, su derecho a no perderla y poder disfrutar una. De manera que, cualquier retraso en el pago de estas ayudas, con el indiscutible y grave perjuicio que se ocasiona a las personas beneficiarias provisionales, y las situaciones dramáticas que se esconden tras las distintas solicitudes, desvirtúa la intencionalidad y finalidad última que persigue el legislador al contemplar las mismas.

    En fecha de 30 de mayo de 2016 esta Defensoría formuló a la Secretaría General de Vivienda una Resolución consistente en varias Recomendaciones y Sugerencias, entre las que se encontraba:

    - "Que se proceda a la inmediata resolución definitiva de los expedientes de ayuda al alquiler que aún se encuentran en trámite y se publiquen las correspondientes listas definitivas de personas beneficiarias, debiéndose proceder a continuación, a la tramitación del pago y abono efectivo de las mismas, a la mayor brevedad posible y sin dilaciones indebidas”.

    En su respuesta, este organismo nos dice textualmente lo siguiente:

    -“Es prioridad para esta Consejería la inmediata resolución de estas ayudas. Una vez baremadas y revisadas las solicitudes, las propuestas de resolución definitiva han sido enviadas a las Intervenciones Provinciales para la fiscalización previa a la resolución definitiva. En las distintas provincias difiere la situación respecto de la fiscalización, estando más avanzada en Córdoba, que fue resuelta favorablemente con fecha de 17 de junio, lo que ha permitido iniciar el procedimiento de pago, esperando que en las provincias de Cádiz y Huelva, el trámite de fiscalización permita la emisión de la resolución definitiva en los próximos días, mientras que en Sevilla y Jaén está pendiente de respuesta por parte de su Intervención, y en Málaga, Almería y Granada, se han manifestado incidencias por parte de sus Intervenciones Provinciales que es preciso solventar. Con el fin de evitar distintas situaciones en las provincias, se ha mantenido contacto con la Intervención General si bien están pendientes de resolver algunas cuestiones planteadas”.

    En consecuencia, el Defensor del Pueblo andaluz ha solicitado información a la Intervención General de la Junta, en especial, sobre las diferencias en la actuación de las diferentes Intervenciones Provinciales en la fiscalización de las ayudas al alquiler de vivienda sobre la convocatoria de 2015, con especial mención de las incidencias planteadas por las Intervenciones Provinciales de Málaga, Almería y Granada.

    Asimismo, el Defensor reclama que se nos comunique cuáles son las cuestiones planteadas por la Consejería de Fomento y Vivienda, a fin de evitar situaciones distintas y diferencias entre las provincias, en el trámite de fiscalización de estas ayudas, así como la resolución que finalmente se adopte respecto de las mismas, así como cualesquiera otras cuestiones que nos puedan resultar de interés para que podamos efectuar una adecuada valoración final de esta queja de oficio.

    La escolarización será compatible con otras ayudas a los menores dependientes

    Los menores con una plaza escolar podrán tener servicio de ayuda a domicilio o prestación económica para cuidados en el entorno familiar. La Agencia de Dependencia regulará una homogeneización por provincias

    Familias andaluzas nos venían planteando su disconformidad con la incompatibilidad entre las prestaciones y recursos de la dependencia a las personas menores dependientes en edad de escolarización obligatoria. Si se beneficiaban de residencia escolar, no tenían acceso a otras prestaciones.

    En relación con la primera cuestión, las personas interesadas concretaban que la pretendida incompatibilidad a que aludía la Administración hacía que a los discapacitados con residencia escolar de lunes a viernes, con dependencia reconocida, o bien les era aprobado el PIA con un recurso del que no podían hacer uso por no estar en el domicilio familiar (caso del Servicio de Ayuda a Domicilio), siendo éste el único recurso que se les aprobaba, aunque estuviera vacío de contenido, o bien, de tener reconocida la prestación económica para cuidados en el entorno familiar previamente al acceso a la residencia escolar, se dictaba resolución extinguiendo la misma. Esta situación producía la injusta situación de que la persona discapacitada en residencia escolar no tenía derecho a ningún recurso en virtud de su dependencia, sin que la Administración contemplase siquiera la posibilidad de modular o adaptar alguno de los disponibles a la situación del dependiente.

    Añadían estas familias que no existía uniformidad de criterio en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, produciéndose resoluciones dispares según la provincia y creándose por tanto desigualdad entre las personas afectadas. Así, mientras en las provincias de Cádiz, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla se aseveraba la existencia de incompatibilidad total entre la residencia escolar y la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, -que posteriormente confirmó la Agencia de Dependencia-, y que había determinado revisiones de oficio del PIA para extinguir las reconocidas, en la de Almería no se oponía objeción a que los menores dependientes usuarios de residencia escolar se beneficiaran de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, con una intensidad media o parcial, en función del tiempo de permanencia en el domicilio.

    Igualmente, algunas Delegaciones Territoriales consideraban que existía incompatibilidad absoluta entre la residencia escolar y cualquier recurso del Sistema de la Dependencia (Cádiz, Málaga y Sevilla), por lo que las personas con discapacidad que tienen reconocida residencia escolar no pueden ser beneficiarias ni de servicios ni de prestaciones económicas de atención a la dependencia en sus correspondiente programas individualizados de atención, ni siquiera de modo parcial. Otras, como la de Granada, consideraba que, en estos casos, el único recurso de la dependencia posible es el del servicio de ayuda a domicilio, con la intensidad acomodada a su situación de estancia en el domicilio.

    En resumen, existía una aplicación divergente e injustificada de la norma a personas en idéntica situación por razones de ubicación provincial. De forma que mientras a algunos dependientes no se les reconoce recurso o prestación alguna, a otros se les reconoce únicamente el servicio de ayuda a domicilio; asimismo, algunos obtienen ex novo la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y otros que ya la tenían reconocida ven revisado de oficio su PIA para suprimirla.

    Esta institución reclamó informes a las Delegaciones Territoriales de las ocho provincias andaluzas y tras un pormenorizado estudio, formulamos una Sugerencia a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía para que procediera a dictar las instrucciones que homogeneizasen los criterios en materia de compatibilidad e intensidad.

    En su respuesta, la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía nos manifestó que el servicio educativo que se impartía en estos centros públicos residenciales debía ser equiparado al servicio de atención residencial, por lo que se estimó la incompatibilidad entre aquél y el resto de prestaciones de dependencia. No obstante, consideró que las personas en situación de dependencia que disfrutaban de una plaza de residencia escolar recibían atención de lunes a viernes, motivo por el cual podría estimarse, excepcionalmente, la posibilidad de prescribir el servicio de ayuda a domicilio o la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales (PECEF) en el ámbito de la dependencia, siempre que se diesen los requisitos y las circunstancias adecuadas y exigidas para su reconocimiento, y en cualquier caso, con una intensidad media o parcial en función de la permanencia en el domicilio y de los cuidados que se estaban prestando efectivamente a estas personas.

    Y, habiéndose detectado diferentes criterios entre las provincias, la Agencia aceptó la Sugerencia propuesta, por lo que se procedería a abordar esta cuestión concreta y a elaborar las instrucciones precisas dirigidas a los Servicios Territoriales para garantizar un tratamiento unificado en estos supuestos.

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