La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

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Queja número 14/3372

La interesada exponía que el pasado 26 de Diciembre de 2013 presentó la solicitud del salario social, debido a que su situación era de auténtica precariedad, ya que no contaba con medio alguno y no podía sobrevivir a tan larga espera. Por este motivo, pedía nuestra mediación para un pronta resolución de su expediente.

Nos dirigimos a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada ante la importancia de atender estas situaciones en base a lo recogido en el Decreto-ley 7/2013, de 30 de Abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía, que en su disposición final segunda modifica el Decreto 2/1999, de 12 de Enero, por el que se regula la creación del Programa de Solidaridad de los Andaluces para la Erradicación de la Marginación y la Desigualdad en Andalucía, en el que en su apartado uno, se establece un plazo máximo de dos meses desde la fecha de su presentación para resolver motivadamente las solicitudes presentadas.

En su respuesta, la citada Delegación Territorial nos decía que la interesada había presentado solicitud para acogerse al Programa de Solidaridad el pasado 11/02/2014 y que, junto a la documentación preceptiva, se acompañaba informe social emitido por los Servicios Sociales Comunitarios.

Una vez revisado el expediente, visto que cumplía todos los requisitos, se valoró de forma positiva por el empleado público que tenía asignado dicho expediente, lo cual se trasladó a la Comisión Provincial de Valoración.

Dicha Comisión Provincial de Valoración, se reunió el pasado 28/07/2014, la cual emitió propuesta de resolución al Delegado Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, y éste la pertinente Resolución de Concesión el pasado 31/07/2014, estando el expediente actualmente resuelto y en el primer pago IMS, el cual fue transferido a la interesada el pasado 28/08/2014.

En vista de lo anterior, puesto que el asunto por el que la interesada acudió a la institución se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 13/4098

El interesado nos refería que en el año 2005 compró una vivienda por un valor, según escritura de 100.00 €. .El crédito hipotecario obtenido en su momento fue de 120.000€, más una ampliación firmada el mismo día de 30.000 € . Ambas escrituras venían a responder al coste real de la vivienda.

En el segundo de los créditos aparecía como avalista su padre, que se vía afectado, debido a que su hijo, propietario con su ex esposa, eran los firmantes de los créditos. Los créditos hipotecarios se realizaron con fecha 25 de Abril de 2005.

Al parecer, en las negociaciones mantenidas con el director de la sucursal, se le ofertó la dación en pago, por el primero de los créditos, fijándose pendiente la deuda del segundo crédito a la que no podía hacer frente por la situación de desempleo en la que se encontraba. Por ello pedía nuestra mediación para llegar a una solución que evitase la pérdida de la vivienda de sus padres.

Pusimos los hechos en conocimiento de la entidad financiera, y el 18 de Diciembre de 2013 mantuvimos una reunión con la Directora de Calidad de La Caixa. Según se nos informó, en Mayo se le denegó la dación en pago de la vivienda y ahora estaban estudiando de nuevo esta opción, y nos proponían que existiera alguna compensación económica para paliar las pérdidas de esta operación.

A este respecto le informamos de las dificultades que el interesado tenía en estos momentos para hacer frente a esta opción.

Con respecto a las garantías de los bienes de sus padres, se nos informó que en ningún caso se les iba a echar de la vivienda. Es por ello, que le indicamos a nuestro reclamante que debía ponerse de nuevo en contacto presencial con nosotros para abordar las posibles propuestas que le estaban haciendo.

Al haber transcurrido tiempo sin atender el interesado nuestro requerimiento de ponerse en contacto con nosotros, hemos dado por concluidas nuestras actuaciones al considerar que el asunto por el que acudió a la Institución se encontraba en vías de solución.

Queja número 14/1355

La interesada exponía que cobraba un pensión no contributiva que venía percibiendo desde la Comunidad de Madrid. En Enero de 2014 solicitó en la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla su cambio a Andalucía, comunicándosele que hasta Junio no percibiría dicha pensión.

Entendíamos que este periodo se debía a los trámites que se debían realizar, pero la situación de nuestra promotora era de precariedad absoluta ya que contaba con dos menores de uno y tres años, y su marido se encontraba disfrutando del tercer grado penitenciario.

Solicitado informe a la citada Delegación Territorial, ésta nos comunicó que, de conformidad con la normativa vigente, tras la preceptiva revisión de oficio se había resuelto con fecha 14 de Mayo de 2014 la confirmación del derecho de la interesada a seguir percibiendo la pensión de invalidez en su modalidad no contributiva, por lo que se restituiría a la misma el cobro de su pensión a partir de la próxima nómina, junto con los atrasos generados.

A la vista de ello, considerando que el asunto por el que la interesada había acudido a nosotros se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 14/3285

El ayuntamiento de Estepa explica las actuaciones que está acometiendo para superar los efectos de los graves incidentes provocados por el asalto a varias viviendas el pasado verano.

Abrimos de oficio la queja 14/3285 con motivo de unos graves incidentes de inseguridad ciudadana ocurridos tras el asalto de varias viviendas en Estepa. Tras las actuaciones realizadas, se formuló una Recomendación dirigida con fecha 6 de Agosto de 2014 al ayuntamiento. Dicha Recomendación abordaba las actuaciones de carácter general que afectaban a la situación convivencial de las familias implicadas en los sucesos y de las actuaciones que pretendía acometer ese Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias.

De los hechos que se nos ha trasladado, parece deducirse que la Corporación viene acometiendo los impulsos de medidas correctivas que necesitarían las viviendas afectadas que son de titularidad púbica, así como de otras acciones en relación con inmuebles que estarían siendo ocupados sin justo título en el momento de producirse los incidentes aludidos el pasado verano.

Así mismo tomamos nota de las actuaciones llevadas a cabo por parte de los servicios sociales especialmente orientadas al seguimiento y atención de las circunstancias y necesidades de los menores afectados. De ahí que, aun a pesar de no responder textualmente a las medidas recogidas en la Recomendación, creemos entender que dichas respuestas están siendo llevadas a cabo y que las actuaciones anunciadas por esa Alcaldía se está acometiendo de la mano de las distintas administraciones e instancias implicadas.

 

Por tanto consideramos que el asunto queda en vías de solución, concluyendo nuestras actuaciones referidas a los temas específicos tratados en el presente expediente 14/3285.

España confirma la retirada de 29 genéricos

Medio: 
Redacción Médica
Fecha: 
Mié, 28/01/2015

Las quejas del universitario, David contra Goliat

Medio: 
El mundo
Fecha: 
Mié, 28/01/2015
¿Es propia de algún canal? Indique cual.: 

Queja número 14/1493

La interesada nos refería que había venido cobrando el Salario Social desde el mes de Diciembre, y que llegado el mes de Marzo se le había suspendido el pago por lo que temía que hasta el mes de Junio, en el que terminaba el período de concesión de la ayuda, se suspendiera y no pudiera hacer frente a los gastos más elementales que le permitiesen vivir.

Solicitado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, se nos comunicó que el 1º pago se realizó con fecha 23/12/2013, el 2º con fecha 14/02/2014, el 3º con fecha 17/03/2014, el 4º con fecha 21/04/2014, el 5º con fecha 22/05/2014 y estaba pendiente el ingreso en la cuenta de nuestra reclamante de dos mensualidades, cada una de ellas de 503,33 € (cuantía total de 3.019,98 €, correspondiente a unidades familiares de tres miembros, año 2013), indicando que esa Delegación Territorial, iría ingresando en su cuenta corriente, los pagos correspondientes del Ingreso Mínimo de Solidaridad.

También se nos comunicaba que a fecha 22/05/2014 no se había recibido ninguna devolución de la entidad bancaria donde se habían ingresado los cuatro pagos anteriores.

Considerando que el asunto por el que la interesada había acudido a la Institución se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 14/4442

La Administración reconocen las deficiencias denunciada y se anuncia la tramitación de un expediente para la contratación de los servicios y adquisiciones necesarias para su subsanación.

Recibimos un escrito suscrito por muchos vecinos de San Fernando quienes nos muestran su preocupación por el mal estado de limpieza, inseguridad y conservación, de los parques infantiles de titularidad municipal.


La luz fue más barata con la tarifa oficial que en el mercado libre en 2014

Medio: 
ABC
Fecha: 
Mié, 28/01/2015
Temas: 

Queja número 14/4681

La Administración reconoce que la adaptación de la menor en el centro no había sido positiva. Por dicho motivo, en interés de la menor se emitieron informes favorables a su traslado al centro solicitado, hecho que finalmente se produjo.

La interesada nos exponía su disconformidad en el modo en que se ejecutó la medida de internamiento terapéutico de su hija, y en la manera de proceder del centro por lo que solicitó un cambio de centro, pero tampoco le atendieron dicha petición.


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