Queja número 17/1793
Tras el relato de las actuaciones realizadas con la familia, entendemos que el asunto principal suscitado en la queja relativo a la situación de riesgo de la menor se encuentra en vías de solución debido a la nueva situación familiar y al seguimiento que de la misma se realiza por los Servicios Sociales del Ayuntamiento.
La persona interesada tía materna de una menor de edad, que vive con su madre toxicómana y con enfermedades mentales.
Interpuso denuncia en la policía y en los servicios sociales del Ayuntamiento.
Después de un año, los servicios sociales le informan que la menor vive en un entorno poco recomendado para su desarrollo pero que todas las denuncias han sido archivadas. Tras esta noticia se encuentra sin saber que hacer.
La familia no tiene contacto alguno con la menor.
37 Comentarios
Hola buenos dias.mi pregunta es puede servicios sociales pedir mi dni y el de mi hija para hacer una copia ,en un segimiento ?
Hola María, con los datos que nos trasladas no alcanzamos a comprender tu consulta, tampoco sabemos el motivo por el que te solicitan dicho DNI ni la ubicación de los servicios sociales que te solicitan dicha copia. Si es para una prestación económica, una ayuda, etc.
De todas formas, le informamos que la Ley de Servicios Sociales de Andalucia, establece en el artículo 12 las siguientes obligaciones con respecto a los ciudadanos usuarios de los Servicios Sociales:
Artículo 12. Obligaciones de las personas usuarias de los servicios sociales.
1. Las personas usuarias de los servicios sociales, ya sean estos de titularidad pública o privada, o quienes, en su caso, ostenten su representación legal, tienen las siguientes obligaciones:
a) Conocer y cumplir las normas, requisitos, condiciones y procedimientos establecidos para la obtención y el uso y disfrute de las prestaciones y servicios, haciendo un uso responsable de los mismos.
b) Facilitar a la Administración Pública información veraz de los datos personales, convivenciales, familiares, económicos y patrimoniales necesarios, y presentar los documentos fidedignos que sean imprescindibles para valorar y atender su situación, salvo que estos obren en poder de la Administración requirente, y autorizar su obtención cuando exista convenio entre las Administraciones.
c) Colaborar en el cumplimiento del correspondiente proyecto de intervención social y participar activamente en el proceso de mejora, autonomía e inserción social establecidos.
d) Comunicar los cambios que se produzcan en su situación personal y familiar que puedan afectar al proceso de inserción social o a las prestaciones solicitadas o recibidas.
e) Contribuir a la financiación del coste de los servicios recibidos, cuando así lo establezca la normativa aplicable, en función de la capacidad económica de la persona usuaria y, en su caso, de la unidad de convivencia.
f) Destinar la prestación recibida a la finalidad para la que se ha concedido y llevar a efecto las contraprestaciones y obligaciones que en cada caso se establezcan.
g) Reintegrar las prestaciones económicas y materiales recibidas indebidamente, o no aplicadas al objeto de las mismas.
h) Comparecer ante la Administración, a requerimiento del órgano que tramite o haya otorgado una prestación o servicio.
i) Observar una conducta basada en el respeto, la no discriminación y la colaboración para facilitar la convivencia en el establecimiento o centro en el que se les presten servicios sociales, así como la resolución de los problemas.
j) Respetar la dignidad y los derechos del personal que presta los servicios que reciben y atender a sus indicaciones.
k) Utilizar con responsabilidad y cuidar las instalaciones y bienes muebles de los centros en los que se les presten servicios sociales.
l) Firmar el contrato social pertinente con la entidad prestadora del servicio.
m) A las personas usuarias de los servicios sociales les corresponde, además, el cumplimiento de las otras obligaciones establecidas en la presente ley y en el resto del ordenamiento jurídico en materia de servicios sociales.
2. Las personas menores de edad, así como sus padres, madres o quienes ejerzan la tutela y las personas necesitadas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, tendrán los deberes que establezca la legislación vigente.
Por supuesto, también tienen derecho a que todos estos datos se guarde la debida confidencialidad: j) A la confidencialidad, entendiéndose por ello el derecho a que los datos de carácter personal que obren en su expediente o en cualquier documento que les concierna sean tratados con pleno respeto de lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, incluyendo la debida reserva por parte de las personas profesionales con respecto a la información de la que hayan tenido conocimiento sobre las personas usuarias de los servicios sociales. No será preciso el consentimiento de la persona interesada para comunicar dicha información a terceras personas cuando se trate de personal inspector en el ejercicio de una acción inspectora o de cualquier otro de los supuestos previstos en el artículo 11.2 de la citada ley
Si lo deseas puedes trasladarnos más datos a través de cualquiera de las vía que aparecen en el siguiente enlace. También puedes ponerte en contacto llamando al 954212121
Saludos
Hola quería aver que me aconsejas o que debo aser voy decir mi caso yo estoy con un seguimiento con el servicio sosiales de protección de menores y todo iva muy bien asta ahora e echo todo lo que me an dicho en mi casa y en el colegio pero ahora resulta que me an metido en un equipo de riesgo por supuestamente por ingienes de mis niño cuando no es cierto dicho por los profesores del colegio e reclamado a la sintenta que viera todo que no era cierto pero no iso nada preferio meterme en riesgo y ne an citado la presentación con ello ahora que debo aser porque todo lo que an dicho en el colegio no es cierto soy de canarias espero tu respuesta por favor estoy deseperada
Hola Verónica,
Los Servicios Sociales pueden valorar la posibilidad de desprotección de menores por diversos motivos, que deben estar debidamente justificados y con indicios importantes como para requerir de su intervención, siempre amparada por la elaboración de informes específicos sobre la situación de los menores que justifican su actuación. La propuesta de intervención que se proponga no es una decisión tomada por una sólo persona o un sólo criterio, sino que se tiene en cuenta al equipo de profesionales que trabajan con los/as menores y las familias, contando además con la colaboración de Instituciones (colegios, centro médicos, etc.).
Te sugerimos que colabore con dichos servicios y se coordine con ellos para lograr una mejor intervención con sus hijos/as.
También te informamos que si, en tu caso, no estád de acuerdo con la atención que se te está prestando desde servicios sociales, puedes presentar un escrito a los servicios sociales que te correspondan por domicilio exponiendo el problema, y si no recibieras respuesta en un plazo de tiempo prudencial o estuvieras disconforme con la contestación, nos dirijas un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.
Saludos.
Buenos días,
Tengo un régimen de visitas normalizado, donde recojo a mi hija del colegio miércoles y viernes alternos, pero la madre de mi hija la está recogiendo o directamente no la lleva al colegio los días que me corresponden para evitarlas y llevo sin verla más de un mes.
Presenté una demanda de ejecución hace 3 meses por otro incumplimiento anterior, otra demanda de ejecución por el incumplimiento actual y una denuncia ante la Policía Nacional, pero aún no han arrojado resultados.
¿Habría alguna forma de acelerar el proceso? ¿Quizás involucrar a Asuntos Sociales por las faltas de asistencia a clase o alguna otra forma?
Muchas gracias.
Hola Marco,
Te informamos que esta Institución no puede actuar en los casos que se encuentran pendiente de resolución judicial, dado que es el/la juez/a quien decidirá en cada caso sobre la modificación del régimen de custodia, visitas y estancias acordado en los procedimientos de familia. Solo podríamos actuar si se considerase que existen dilaciones en el proceso judicial, como nos trasladas en tu consulta.
Por ello, si lo deseas, para poder estudiar si se estuviera dando un excesivo retraso en el procedimiento judicial, puedes enviarnos un escrito firmado junto a la documentación que consideres de interés para que podamos valorar una posible intervención sólo en relación a las dilaciones del mismo, sin llegar a entrar en el fondo del asunto.
Debes hacernos llegar el escrito de queja a través del siguiente enlace: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic-formulario aportando la documentación que tengas.
Saludos
En mí bloque han venido una pareja muy joven, ella unos 22. Tienen una chiquilla de unos 2 años. Él es un violento, han tenido multitud de pelas donde amenaza con matarla. Ha venido muchas veces la policía pero entonces callan y no abren. La cosa es q el fuma muchos portó y la casa siempre está llena de amigos fumando porros, el olor en la escalera es tremendo. La chiquilla está tratándose todo eso, llora mucho a lo largo del día, duerme poco pq la tienen hasta las 2 de la mañana en la calle. Además tienen un perro de raza peligrosa sin licencia, ni seguro ni bozal al q tb pega amenudo. Ella tampoco es que trate a la niña bien, le grita, le dice palabrotas. No sé si se puede denunciar a servicios sociales anonimamente pq como ya he dicho es un violento que ya ha tenido problemas de insultos y amenazas contra vecinos. Gracias
Hola Lola,
Te sugerimos que en primer lugar, te pongas en contacto con los Servicios Sociales Comunitarios de tu zona para trasladar los hechos que nos cuentas en tu consulta, sobre todo si estás detectando una posible situación de desprotección de un menor en tu comunidad de vecinos/as.
Si después de entrevistarte con personal de dichos Servicios Sociales consideras que podemos ayudarte, nos envías, a través del enlace "Defensor a un clic" de nuestra página web, un escrito firmado en el que nos relatas las circunstancias que rodean esta cuestión, adjuntando toda la documentación que consideres necesaria para poder conocer adecuadamente la misma.
También existe url nuevo canal whatsapp para niños y adolescentes, a través del número de teléfono 689 967 501.
Un saludo.
Buenas tardes, tengo una pregunta. Puede una madre en proceso de custodia, solicitar seguimiento del padre del menor por servicios sociales. Por tener dudas de adicción (al alcohol). Por estar dejando tabaco, mecheros, a manos del niño de 6 años. Por ser una persona que no sabe cuidar de el mismo. Por dar ejemplo de malos hábitos alimentarios. Por trasnochar algunos días a la semana. Etc.
Hola,
Te sugerimos que en primer lugar, te pongas en contacto con los Servicios Sociales Comunitarios de tu zona con objeto de aclarar esta circunstancia, sobre todo si estás detectando una posible situación de desprotección de tu hijo por parte de su padre.
Si después de entrevistarte con personal de dichos Servicios Sociales consideras que podemos ayudarte, nos envías, a través del enlace "Defensor a un clic" de nuestra página web, un escrito firmado en el que nos relatas las circunstancias que rodean esta cuestión, adjuntando toda la documentación que consideres necesaria para poder conocer adecuadamente la misma.
Un saludo.
Si los servicios sociales y la policía canaria están haciendo un seguimiento a una madre y a su hija porque la han denunciado por desatender a la menor, dicha menor puede viajar fuera del territorio nacional y sin su tutora legal? Muchas gracias.
Hola Carla,
Con los datos que nos trasladas no contamos con información suficiente para aclarar tu consulta, pues desconocemos el procedimiento concreto en el que se encuentra la cuestión sobre la que nos planteas la duda, por otra parte, te has dirigido al Defensor del Pueblo Andaluz, cuyo ámbito de competencias se suscribe a Andalucía. Si lo deseas, puedes plantear tu consulta en los Servicios Sociales del Gobierno de Canarias
Saludos
Un juez pide un informe de la asistenta social del ayuntamiento, para la tutela de mi madre como es el proceso y cuánto tarda en llamarnos?
Hola Mary,
Con los datos que nos trasladas no contamos con información suficiente para aclarar tu consulta, pues desconocemos el procedimiento concreto en el que se encuentra la cuestión sobre la que nos planteas la duda. En todo caso, atendiendo a tu consulta parece que pueda tratarse del procedimiento de solicitud de las medidas de apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica. Para tener más información sobre el procedimiento concreto de tu madre, te recomendamos que te dirijas al juzgado donde se esté tramitando para que puedan aclarar la cuestión que nos trasladas.
Saludos
Buenas noches,a mo hermana le an demandado a menores,una persona o familiar anonima,si cojo un abogado nos docen quien asio o al ser anonima..una persona confidencial no podremps saber quien asio?
Hola Amira,
Te informamos que según lo dispuesto en el Art. 10 del Decreto 210/2018, de 20 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de actuación ante situaciones de riesgo y desamparo de la infancia y adolescencia en Andalucía (SIMIA): "De acuerdo con lo establecido en el artículo 18.5. de la Ley 1/1998, de 20 de abril, las Administraciones Públicas facilitarán la colaboración ciudadana en la detección y comunicación de posibles situaciones o circunstancias que comprometan el bienestar o pongan en peligro la integridad de los menores, a través de los medios telefónicos, electrónicos y de atención directa que se articulen para ello, incluyendo canales específicos para su uso por la infancia y la adolescencia. En caso de particulares, se mantendrá el anonimato del comunicante si así lo desea".
Te recomendamos que sigáis en coordinación con los servicios sociales comunitarios y con el Servicio de Protección de Menores con el fin de promover los recursos necesarios y el apoyo a la familia, y así velar por el bienestar del/de los menor/es.
Saludos.
Hola me pueden o bligar alejar mi pareja esque lo están aciendo
Hola Soraya,
Con la información que nos trasladas no alcanzamos a comprender tu consulta. Necesitamos que nos aportes más datos, puedes hacerlo llamando al 954212121 para que tratemos de aclararte cualquier cuestión.
Saludos
Buenas tardes. Se que esto es de Andalucía pero escribo desde la comunidad de Madrid. Y quería saber si hay posibilidad de saber si alguien se ha puesto en contacto con servicios sociales o la asistenta social sobre un caso de un familiar.
Hola Sandra,
Con los datos que nos trasladas no podemos darte una respuesta concreta. En todo caso, desde esta Institución informamos acerca de cuestiones relacionadas con los servicios públicos andaluces.
Te damos traslado de los datos de contacto del Defensor del Pueblo de las Cortes Generales:
https://www.defensordelpueblo.es/contactanos/
También puedes contactar por vía telefónica en el 900 101 025
Saludos
Soy abuela ade un menor que han quitado la junta dijeros que no había familia estensa y se lo llevaron
Ahora si somos familia estensa las situación es que el niño ha estado en el centro de Cáceres los sauces 3 meses y cuando ya no podía estar más se lo han dado a una familia ajena en vez de ami sua abuela está denunciado judicial mente las dos cosas la retirada y el acojimiento. Lo más de risa esque el otro día querían que mi hija firmara de su puño y letra un escrito q en niño está en desamparo lo cual por supuesto no hemos firmado, le he nos pedido el papel donde decía eso y no lo proporciona para recurrir en 10 días lo cual haciendo memoria hemos hecho ya. Esto le ha pasado ha alguien por un wfalso positivo.
Por un antiestaminico un niño 2 añitos
Hola Gema,
Sentimos por la situación que estás pasando. En primer lugar, te aclaramos que el Defensor del Pueblo Andaluz no tiene competencias para actuar frente a las Administraciones de otras Comunidades Autónoma, y dado que nos mencionas en tu consulta que parte de la problemática sucede en Cáceres, sería conveniente saber en qué comunidad se están produciendo los hechos que nos cuentas. En el caso de que el problema este generado por una actuación de una administración de Extremadura deberás dirigirte al Defensor del Pueblo Estatal. https://www.defensordelpueblo.es/tu-queja/embed/
Si el asunto es de la Comunidad Autónoma de Andalucia: Para aclarar el asunto, te invitamos a que nos llames al 954 212121 y nos expongas tu caso para poder valorarlo adecuadamente. También pudes trasladarnos escrito de queja detallando el problema y adjuntando la documentación que creas de interés. Si así lo decides, en este enlace (El defensor en un clic) te facilitamos los distintos medios de comunicación que ofrecemos a la ciudadanía para trasladarnos escrito de queja. IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado.
Gracias y esperamos poder ayudarte. Un saludo
Hemos estado voluntariamente haciendo análisis de orina y está a todo bien mi hija aún año y todo bien y no obstante siguen con su trama. Este asunto está en Mérida y Cáceres y nosotros somos de losar de la vera . Necesito ayuda porque ha sido un falso positivo , es más la pediatra se a negado a darnos el historial médico
Hola Gema,
Con los datos que nos trasladas no podemos responder a tu consulta. Te recomendamos que nos llames al 954212121 para poder atenderte personalmente.
Saludos
Tengo una hermana a la cual por un chivatazo que alguien dio, le retiraron la custodia de su hija los servicios sociales y ahora tengo yo el acogimiento. Como se podría averiguar quién dio ese chivatazo y más exagerando el tema porque la niña nunca ha estado desamparada. Y además el daño que están haciendo a la familia
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